1 PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.
DEFINICIÓN DE LOS PROGRAMAS Y CAMPAÑAS
4. ECONOMÍA IRREGULAR.
Campaña de lucha contra la economía irregular.
En términos generales, la economía irregular o sumergida, que en la UE y la OIT se denomina comúnmente trabajo no declarado, en España incluye tanto el fraude a la seguridad social como el empleo de extranjeros sin autorización para trabajar.
Pueden distinguirse dos tipos de fraude social en economía irregular:
• Trabajo declarado de forma incompleta o incorrecta, o “trabajo gris”. Supone la elusión parcial de las obligaciones sociales. Tal es el caso de de la declaración incompleta de los salarios (diferencias de cotización) o la incorrecta (encuadramientos indebidos).
• Trabajo no declarado en absoluto, o “trabajo negro”. Supone la elusión completa de las obligaciones sociales. Tal es el caso de la contratación de extranjeros sin autorización, falta de alta en seguridad social y compatibilización de prestaciones con el trabajo
Fraude social y materias de planificación. Desde el punto de vista de la planificación
de la ITSS, se ha distinguido entre Seguridad Social (materia 3) y Economía Irregular y Trabajo de Extranjeros (materia 4). Aunque se pretende que la materia 3 contenga el “trabajo gris” y la materia 4 el “trabajo negro”, la planificación no coincide exactamente con esta distinción, pues, al incluir en el primero los acuerdos con organismos, asimismo contiene supuestos de “trabajo negro”. Por otro lado, la economía sumergida se incorpora como materia a efectos de planificación pero no se trata de una materia o rama de la normativa social sino de la manifestación más grave del fraude.
Tal y como se ha señalado en el apartado de S. Social, se incorporan en este ámbito los controles de incumplimientos de S. Social relacionados con el trabajo no
declarado o con la compatibilización indebida de prestaciones con la actividad laboral,
entre otros.
La detección y afloración de las empresas o actividades en situación de economía irregular es un objetivo constante de la Inspección de Trabajo, relacionado intrínsecamente con la razón de su existencia al constituir el supuesto extremo de los incumplimientos normativos, y generar situaciones de precariedad laboral absoluta, desprotección social y desigualdad competitiva con los sectores de actividad normalizados. El control de la economía sumergida y la inmigración irregular es una prioridad de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, manteniendo la intensidad iniciada en 2009 al incrementarse por la Conferencia Sectorial en un 30% el número de controles a realizar.
Esta prioridad, coincidente con la demanda social de atajar los supuestos de trabajo desregulado y fraude a la Seguridad Social, exigen mantener el esfuerzo en 2011, tanto en los objetivos definidos, como en el perfeccionamiento de los instrumentos y herramientas de detección y análisis.
En este sentido se trata de evitar que la situación de crisis actual no redunde en un incremento de la economía irregular, en una precarización de las condiciones laborales y en la disminución de la calidad en el empleo, aspectos todos ellos en los que se habían conseguido grandes avances en los últimos años, siendo abordados por la ITSS en sus diferentes programas o campañas.
En la planificación y ejecución de los programas o campañas se aplicarán los criterios y procedimientos establecidos por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social sobre la materia. Igualmente se pretende dar estabilidad a los instrumentos de detección y actuación por lo que se impulsarán los trabajos del grupo de análisis del fraude dentro del proyecto de “observatorio del fraude”, ya mencionado, en materia de S. Social.
Por otro lado la firma del PIF con la TGSS y la AEAT, permite el inicio de nuevas vías de trabajo y el acceso a nuevas herramientas de detección del fraude, incluyéndose programas específicos derivados del mismo.
Igualmente es necesario seguir avanzando en la concienciación y participación de los interlocutores sociales mediante sus aportaciones en la definición de los objetivos y programas del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
incumplimientos más frecuentes:
• Contratación de trabajadores sin tramitar su alta en el correspondiente Régimen de la Seguridad Social.
• Falta de inscripción de la empresa en la Seguridad Social.
• Trabajo de perceptores de prestaciones económicas del Sistema de Seguridad Social, cuando éstas sean incompatibles con las rentas de trabajo.
• Empleo de ciudadanos extranjeros sin el preceptivo permiso de trabajo.
Las visitas se realizarán prioritariamente en los sectores que se indican a continuación según el número de actuaciones y distribución provincial que figura en los anexos. La estimación se realiza en función de la experiencia acumulada por las inspecciones provinciales, las actividades con mayor probabilidad de precariedad de las condiciones de empleo y la concurrencia de actividades de temporada o campañas que intensifican la ocupación en periodos de gran actividad o con empleos de corta duración. Igualmente se reorientarán en función de los análisis que se realicen o de los aspectos que se detecten por el mencionado “observatorio del fraude”.
En caso de necesidad de evaluar algunas actuaciones más concretas, según las propuestas que se vayan incorporando, siempre que no sea posible la identificación del objetivo con un CNAE concreto, se generará y ejecutará una campaña diferenciada dentro de la correspondiente actividad. (Ej. Campañas agrícolas de temporada, para diferenciarlas del resto de actuaciones esta actividad., etc...). En este sentido en 2011 se incorporan nuevas campañas específicas, que focalizan actuaciones en actividades más desagregadas, en las que se ha detectado un mayor riesgo de fraude, y campañas transversales orientadas a ocupaciones o colectivos concretos.
Se relacionan a continuación algunas de ellas:
A. Transportes por carretera (4.1.6). Se mantiene en los mismos términos que el pasado año.
B. Becarios (4.1.9). Se mantiene en los mismos términos que el pasado año.
C. Bajas en navidad, vacaciones y fines de semana (4.1.9). Se mantiene en los mismos términos que el pasado año.
D. Falsos autónomos (4.1.9). En 2011 la selección de los sujetos a investigar se realizará por esta Subdirección General mediante el cruce de las claves A y G del 190 IRPF.
E. Contratos a tiempo parcial (4.1.9). Se mantiene en los mismos términos que el pasado año.
F. Centros sanitarios privados (4.1.8). Es una nueva medida de control incluida en el PIF.
G. Talleres clandestinos (4.1.2). Es una nueva medida de control incluida en el PIF. H. Comercio de precios notoriamente bajos (4.1.4). Es una nueva medida de
control incluida en el PIF.
I. Centros de enseñanza reglada y no reglada (4.1.8). Es una nueva medida de control incluida en el PIF.
J. Artistas en fiestas locales (4.1.9). Se mantiene en los mismos términos que el pasado año.
K. Expedientes de regulación de empleo (4.1.9). La selección de las empresas se realizará por los jefes de inspección de entre aquellas a las que se les hayan autorizado suspensiones de contratos.
Las actuaciones en esta materia no se especifican como programa diferenciado, ya que son objeto de control junto con el resto de aspectos examinados en las actuaciones sectoriales. Los resultados en esta materia en 2009 y 2010 han variado de forma relevante respecto de años anteriores, disminuyendo el número de incumplimientos relacionados con la carencia absoluta de autorizaciones para trabajar. Ello ha estado motivado, en parte, por la finalización del periodo transitorio para los nacionales rumanos y búlgaros.
En todo caso se prestará especial atención, además de las campañas de temporada, a las actividades o empresas con mayor volumen de trabajadores extranjeros, con la finalidad de analizar la posible precarización de condiciones laborales, circunstancia incluida en las actuaciones en materia de relaciones laborales.
Se mantendrán los programas de colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, especialmente en esta materia, en la que se considera fundamental la planificación de actuaciones conjuntas o coordinadas. En este sentido se mantendrá la colaboración tanto con Policía Nacional, como con Guardia Civil, a través del grupo de trabajo específico a nivel de comunidad autónoma, y mediante las relaciones bilaterales provinciales organizadas por las Inspecciones provinciales.
El tipo de actuaciones a realizar, así como la periodicidad de las mismas serán determinadas por el Jefe de Inspección en ejecución de los objetivos fijados y el periodo de tiempo en el que transcurran las actividades objeto de control. Ej: campañas agrícolas de temporada, o actividad de hostelería por periodos vacacionales o acontecimientos relevantes. Se mantendrá una estrecha colaboración con las Oficinas de Extranjeros para recabar información o determinar los criterios de solicitud de informes a la Inspección de Trabajo.
Igualmente se realizarán actuaciones respecto de la acreditación de la situación de arraigo laboral, especialmente respecto del supuesto de apreciación de ocupación continuada sin autorización, cuando se acredite en una sola acta de infracción, o de colaboración con la Inspección en la detección de incumplimientos notorios, todo ello de conformidad con los criterios establecidos al efecto.
Programas - Sectores de actuación: 4.1.1. Agricultura. 4.1.2. Industria 4.1.3. Construcción 4.1.4. Comercio 4.1.5. Hostelería 4.1.6. Transporte 4.1.7. Hogar 4.1.8. Servicios 4.1.9. Otros