TEMA NRO. 08: PRINCIPIOS INTERNACIONALES DE ACTUACIÓN DE LOS ESTADOS
El Estado es la entidad jurídica, política, que se integra por la unidad de territorio, población, soberanía y gobierno que resulta de la afinidad en ordenamiento legal que identifica a un grupo de personas.
Es una entidad jurídica, porque es quién otorga la nacionalidad, es una entidad política, porque da al ciudadano planes de acción para garantizarle sus derechos.
El Estado es el cuerpo político de una Nación. Es la personificación de la Nación en el plano interno y en el plano internacional. El sujeto propiamente dicho del orden jurídico internacional es el Estado, definido en la Convención Panamericana de Montevideo de 1933 por tres (03) elementos:
1 Población 2 Territorio 3 Poder
2 CARACTERÍSTICAS DEL ESTADO
1 Se detecta el elemento humano, definido como pueblo 2 Tiene elemento jurídico
3 Tiene personalidad jurídica: En consecuencia tienen capacidad jurídica y de goce, siendo así el único sujeto de Derecho Internacional Público, titular de todos los derechos y deberes jurídico-internacionales posibles.
4 Posee un territorio definido como elemento existencial: En este sentido, se puede decir que el Estado no puede existir sin un territorio que le sirva de asiento y de ámbito material donde ejerza con exclusividad sus poderes jurídicos y políticos.
5 Se define por sus tres elementos existenciales: Pueblo, Territorio y Poder 6 Es sujeto de Derecho Internacional
7 Tiene poder soberano
8 Es Institucional: Porque no constituye un simple agregado inorgánico y circunstancial de seres humanos con fines o propósitos particulares y accidentales, sino que son una asociación histórica y permanente de seres humanos políticamente organizados que persiguen determinados fines o propósitos generales.
9 Es permanente: Porque es el producto de un conjunto de seres humanos organizados conscientemente, con perspectivas de duración indefinida y asume implícitamente la representación internacional de los intereses de la mayoría, es decir, del pueblo, representación que en la práctica es solo formal, en cambio, es real y efectiva cuando actúa sin mediaciones como vocero legítimo de la voluntad popular.
10 Es activo: Porque no solo es destinatario de las normas jurídicas internacionales sino creador constante de normas de Derecho Internacional Público.
3 ELEMENTOS EXISTENCIALES DEL ESTADO
1 Población: Número de hombres y mujeres que componen un Estado. Es el elemento más importante en la conformación del Estado, porque es el elemento que ofrece las condiciones y bases de sustentación, la razón de ser de la existencia de un Estado.
Palestina no es un Estado, sino una nación, puesto que no tienen territorio propio. Es territorio donde están asentados fue cedido por la Comunidad Internacional, en consecuencia no poseen territorio autónomo.
2 Territorio: Es el que sirve de asiento a la masa poblacional y aquel que ha de ser considerado como el ámbito espacial dentro del cual el Estado ejerce su soberanía.
3 Poder u ordenamiento Jurídico: Viene a ser el conjunto de instituciones que garantizan que los ciudadanos se sometan a un Estado determinado, con la
finalidad de establecer seguridad y orden jurídico interno para preservar la existencia del Estado.
En sentido amplio, Poder es la capacidad de influir en el comportamiento ajeno. Podemos mencionar distintos tipos de poder:
Poder persuasivo: Aquel que convence o logra determinadas conductas queridas, sin el empleo de la fuerza y que solo a través de sugerencias o ideas, son obedecidas.
Poder Coercitivo: Aquel que se basa en el empleo de amenazas, referidas tanto a la integridad física como a la libertad. Ej. El Poder Estatal.
Poder Retributivo: Aquel que se basa en obedecer a cambio de una retribución. 4 SOBERANÍA
En toda sociedad existe un poder superior absoluto e incontrolado, que tiene la decisión final con respecto a la adopción y promulgación de las normas jurídicas que deben regir dentro del orden interno de un estado determinado. Este poder se impone a todos los demás poderes que coexisten dentro de él y en el plano internacional, está colocado en pie de igualdad con los demás Estados.
5 COMO NACE UN ESTADO
Kelsen considera que el nacimiento de un Estado es una cuestión de derecho, porque además de requerir los tres elementos existenciales, requiere también un acto legal que lo reconozca como tal.
Jellineck, señala que el nacimiento de un Estado, es una cuestión de hecho, porque la porción de territorio es uno de los elementos más importantes
Muchos doctrinarios, sin embargo, han señalado que el Estado nace producto de: 1 Segregación: Cuando se toma una parte de un todo. Ej. El nacimiento de Panamá,
que pertenecía a Colombia y al separarse nació como Estado.
2 Independencia: Para el DIP americano se inicia en 1810 en Caracas, con la revolución americana, cuando se produce la independencia de la Capitanía General de Venezuela, El Virreinato de la Plata, de Santa Fe y Uruguay.
3 Separación: Cuando un Estado se divide y nacen nuevos Estados. Ej. La separación de la Gran Colombia
4 Integración: Cuando varios Estados se unen para formar uno solo y así fortalecerse en la Comunidad Internacional.
6 ORIGEN DEL ESTADO
La utilización por vez primera del término Estado en su acepción moderna lo hizo Maquiavelo en su Obra “El Príncipe’, publicada en 1531 la cual se recoge al inicio de su obra la expresión los estados y soberanía tas que han tenido y tienen autoridad sobre los hombres, fueron y son, o republica o principados; esta formación histórica del estado corresponde a la unificación política lograda después de la era Medieval; donde para los griegos la palabra ‘polis’, o sea dudad, expresaba la comunidad diferenciada por un modo de vida propia. El estado era extendido por Un romanos como ‘Res Publica’ o “Civitas”, al extender su dominación Roma llamo ‘lmperium’ a su organización política, acentuando así el elemento decisivo del concepto ‘Estado”, que es el imperio o potestad de mandar En el derecha Germánico también se acentuó el elemento de dominio, pues el Estada fue llamado ‘Reich’ que procede de ‘Regnum”, es decir mando de un príncipe. Por tal motivo podemos decir que el Estado es el resultado de una larga evolución de la convivencia humana, que aparece con la civilización sedentaria, cuando el grupo pasa de la vida nómada a la vida agraria. El Estado surge cuando la sociedad se divide en clases sociales, ya que con este se alcanza el grado más alto de la organización social, el de la unidad colectiva dotada de capacidad para la autodeterminación y regida por una ordenación jurídica. El hecho de que el hombre este naturalmente destinado a la convivencia
fue lo que determino las formas primitivas de la vida social y la aparición del Estado.
7 TEORÍAS DEL ORIGEN DEL ESTADO
1 Teoría sobre la naturaleza social del hombre: según Platón Aristóteles el vivir unido en sociedad es una tendencia natural del hombre donde debe hacer una autoridad que conduzca el esfuerzo de todos hacia el fin común.
2 Teoría Patriarcal; según Bodino el estado procede históricamente como una familia, se funda en los recursos de muchos pueblos
3 Teoría organicista; Spencer sostiene que la sociedad es un organismo, producto de la evolución histórica y que se plasma en un estado.
4 teoría de la lucha de clases la sociedad es anterior al poder y al derecho par tanto el estado es producto de la sociedad cuando llega a un grado de Desarrollo.
5 Teoría del contrato social: el estado proviene de la convención o contrato de U tos hombres.
8 FORMAS TRADICIONALES DEL ESTADO
La organización política surgida como antecedente del actual estado ha presentado modalidades a través del tiempo, que pueden compendiarse de la siguiente manera: 1. Estado patrimonial: Se ubica históricamente después de la época feudal y se caracteriza por la confusión entre el derecho público y el derecho privado. Ello en la práctica a considerar que tanto el pueblo como el territorio son patrimonios del monarca.
2. Estado de policía: Se identifica con las monarquías absolutas que existen históricamente en el lapso comprendido entre el Renacimiento y la Revolución Francesa. lo caracteriza el hedo de que el estado no atiende más que a garantizar el orden público y el cumplimiento fiel de los contratos, desatendiéndose de cualquier preocupación de carácter social. Fue este el Estado que tuvo que enfrentar la Revolución Francesa.
3. Estado contemporáneo: Es el estado que surge con posterioridad a la Revolución francesa y consagra paulatinamente el denominado - Estado de Derecho’, es decir, el Estado en el cual la actuación de los gobernantes y de los gobernados está regida por el ordenamiento jurídico preestablecido. En esta modalidad de organización política se atiende a la consagración efectiva de los derechos humanos.
9 FUNCIONES DEL ESTADO
1. Función Legislativa: Tiene por finalidad asegurar la ejecución de las leyes y el funcionamiento de los servicios públicos, proveyendo a las necesidades del grupo social, En Venezuela la función legislativa, por mandato del artículo 186 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela se ejerce por la Asamblea Nacional. El artículo 187 de la propia Carta fundamental dice - corresponde a la Asamblea Nacional legislar en las materias de competencia nacional y el sobre €1 funcionamiento de las distintas ramas del Poder Nacional
2. Función Ejecutiva: Esta función se le conoce con las denominaciones de gubernativa o administrativa, ya que a través de ella el Estado ejecuta fas leyes, es decir, tutele el ordenamiento jurídico; realiza actos políticos, o sea actos de gobierno; y cumple tareas de administración correspondientes a la dirección general de los mecanismos de organización. De acuerdo con nuestra Constitución, el Poder Ejecutivo se ejerce por el Presidente de la Republica y los demás funcionarios que determinen la propia Constitución y la Ley.
3. Función Jurisdiccional: Consiste en la capacidad que tiene el Estado para administrar justicia, ya que eso es precisamente la jurisdicción entendida en este sentido. Es la función que se contrae a la administración de justicia, que en Venezuela emana de los ciudadanos y es ejercida por el Tribunal Supremo de Justicia y los demás tribunales que determinen la Ley, integrados dentro del sistema de justicia junto con el Ministerio Publico, la Defensoría Pública, los órganos de investigación penal, los auxiliares y funcionarios de justicia, el sistema penitenciario, los medios alternativos de justicia, los ciudadanos que participan en la administración de justicia conforme a la ley y los abogados autorizados para el ejercido de su profesión.
10 FINES DEL ESTADO
El estado como organización humana que es, ha de perseguir en consecuencia un determinado propósito, Es menester entonces saber para qué sirve el Estada, que es lo que pretende lograr en la sociedad, o sea, cual es su finís operis. La respuesta a esta interrogante se encuentra en el BIEN COMUN. El bien común está referido a la sociedad, ya que busca el bienestar de la misma y al mismo tiempo el de los individuos que la integran. Para logarlo es necesario conjugar diversas actividades: jurídicas, políticas, económicas, morales, culturales; entre otros que están a cargo de los particulares, de las sociedades intermedias y del Estado.
11 TEORÍAS SOBRE LOS FINES DEL ESTADO
Teoría individualista: llene su origen en el liberalismo, de acuerdo con esta tesis, todas las actividades sociales deben dejarse libradas al juego de la competencia, de manera que la acción del Estado debe limitarse a funciones de orden policial y de seguridad. En tal virtud, el fin del Estado es restringido y circunscrito a no intervenir más que para custodiar la natural armonía que existe en la sociedad por efecto del ejercicio de las libertades individuales. Según los postulados de la teoría individualista, debe consagrarse la primacía de los derechos del individuo. De acuerdo con este criterio el bien común estaría ordenado al bien particular, ya que la meta suprema a conseguir en la sociedad habría de ser la libertad.
Teoría totalitaria: Se inspira en la concepción absolutista del Estado expuesta por Hegel La aplicación de esta teoría en la práctica permite que el Estado se introduzca por los poros de la sociedad, infiltrándose en todas las manifestaciones de la actividad humana. Recibe el nombre de totalitaria porque nada queda fuera de su ámbito y de su poder y porque en una sociedad organizada políticamente conforme a este criterio. De acuerdo con la teoría totalitaria, el Estado es un valor absoluto al cual se supeditan los derechos individuales. Según esta teoría los, valores de la personalidad humana estañan al servidor del Estado.
Teoría humanista: Esta teoría parten del principio de que el hombre y el Estado no son das valores contrapuestos o antitéticos sino dos nociones que se complementan. Esta teoría sostiene, que la acción del Estado ha de subordinarse a los valores superiores de la persona humana pero en todo lo demás el bien individual se subordine al bien común. El Estado tiene sus límites de acción frente al individuo, y la mete suprema de la sociedad debe ser la libertad al servido de bien común.
12 EL ESTADO EN EL ORDEN INTERNACIONAL
Desde el punto de vista internacional la personalidad del Estado tiene importancia en el campo del derecho constitucional, ya que al reputársele como sujeto de derechos y obligaciones, traduce externamente la continuidad y permanencia del Estado como ente único, sin importar su forma de gobierno, ni su estructura organizativa. Asimismo los avatares internos de un Estado, sus cambios de gobierno y hasta pasibles
revoluciones sociopolíticas, no afectan los compromisos adquiridos, ni modifica sus relaciones internacionales con tos demás Estados u otros sujetos de derecho internacional público, y esto no puede ser de otra manera, ya que de no ser así se rompería el criterio de unidad y continuidad que caracteriza al Estado.
13 ESTADO DE DERECHO
El Estado de Derecho es aquel Estado en el que sus autoridades se rigen, permanecen y están sometidas a un Derecho vigente en lo que se conoce como un Estado de Derecho formal,
En una definición más compleja es “aquel Estado dentro del cual se presenta una situación en la que su poder y actividad se encuentran reguladas y controladas por el Derecho; donde la esfera de derechos individuales es respetada gradas a la existencia de un sistema de frenos y contrapesos que permite un adecuado ejercicio del poder público.”
Este se crea cuando toda acción social y estatal encuentra sustento en la norma; es así que el poder del Estado queda subordinado al orden jurídico vigente por cumplir con el procedimiento para su creación y es eficaz cuando se aplica en la realidad con base en el poder del Estado a través de sus órganos de gobierno, creando así un ambiente de respeto absoluto del ser humano y del orden pública
El término «Estado de Derecho» tiene su origen en la doctrina alemana Rechtsstaat, El primero que lo utilizó como tal fue Robert von Mohl en su libro La ciencia de policía alemana en conformidad con los principios de los Estados de Derecho, sin embargo, la mayoría de los autores alemanes ubican el origen del concepto en la obra de lmmanuel Kant.
REQUISITOS
Deben crearse diferentes órganos del cuerpo del Estado y cada uno de ellos debe asumir una de las funciones de estado.
Esos órganos de poder del Estado deben actuar autónomamente, Es decir, sus dictámenes o decisiones no pueden ser invalidadas, modificadas o anuladas por otro órgano.
Debe estar establecida la forma en que se nombran los titulares del respectivo órgano, y las solemnidades y procedimientos para poner término a sus cargos.
El poder debe estar institucionalizado y no personalizado, vale decir, debe recaer en instituciones jurídico-políticas y no en autoridades específicas, las cuales tienen temporalmente el poder en sus manos mientras revisten su cargo.
Tal vez el requisita más importante tiene que ver con que tanto las normas jurídicas del respectivo Estado como las actuaciones de sus autoridades cuando aplican dichas normas jurídicas, deben respetar, promover y consagrar los derechos esenciales que emanan de la naturaleza de las personas y de los cuerpos intermedios que constituyen la trama de la sociedad.
Para estar en presencia de un verdadero y auténtico Estado de Derecho, no basta con que exista una autoridad pública sometida al Derecho. FI ordenamiento jurídico del Estado debe reunir una serie de características que dan origen a un Estado de Derecho real o material. El concepto de estado de Derecho se explica por dos nociones: El Estado de Derecho en sentido formal y el Estado de Derecho en sentido material.
Un Estado de Derecho es aquel en el que la ley es el instrumento preferente para guiar la conducta de los ciudadanos. La transparencia, predictibilidad y generalidad están implícitas en él. Esto conlleva a que se facilite las interacciones humanas, permite la prevención y solución efectiva, eficiente y pacífica de los conflictos; y nos ayuda al desarrollo sostenible y a la paz social. Para un Estado de Derecho efectivo es necesario: • Que el Derecho sea el principal instrumento de gobierno.
• Que la ley sea capaz de guiar la conducta humana.
• Que los poderes la interpreten y apliquen congruentemente. EL ESTADO DE DERECHO EN SENTIDO MATERIAL
El vínculo a la observación de las leyes sería inútil e ineficaz si no se pudiera garantizar que las leyes que ellos mismos son los garantes de los derechos fundamentales. Por lo tanto, los elementos formales del Estado de Derecho se han desarrollado y ampliado por parte de elementos materiales del Estado, en particular mediante la adopción de normas que protegen los derechos fundamentales.
14 EXTINCIÓN DE LOS ESTADOS
1 Por pérdida de alguno de sus elementos constitutivos: Sin embargo esta es una ficción, puesto que no se ha registrado en la historia la extinción de un Estado por esta causa.
2 Por un Tratado Internacional 3 Por el Derecho Interno Estatal 15 DEBERES DE LOS ESTADOS
Los deberes de los Estados son:
1 Morales: Cuando están íntimamente ligados a los compromisos que devienen del planteamiento jurídico.
2 Jurídicos: Aquellos que están garantizados por los Convenios y Tratados que celebra el Estado dentro de la Comunidad Internacional.
16 DERECHOS DE LOS ESTADOS
Los derechos fundamentales de un Estado, se clasifican básicamente en:
1 Derechos de Conservación:
Perfectibilidad: Porque los Estados perfeccionan sus instituciones internas y externas y adoptan medidas siempre renovadas para el progreso material y espiritual que tienen que cumplir.
Seguridad Interna y externa: Porque los Estados se defienden en forma individual o colectiva para conservar su integridad física o política y para ello se asisten de un derecho de legítima defensa.
Defensa: Porque los Estados están dentro del límite de sus funciones al establecer interior y exteriormente todas las medidas que consideren pertinentes a la seguridad de la integridad física y política del Estado.
2 Derecho de Soberanía:
Soberanía Interna: Se refiere a la autonomía de defender su territorio.
Soberanía Externa: Se refiere a la libertad en defensa de su mar territorial, plataforma continental y de su actividad fuera de las fronteras.
17 CLASIFICACIÓN DE LOS ESTADOS PARA EL DIP
1 Estados con plena capacidad de obrar: Aquellos que gozan de mayor número