CAPÍTULO SEGUNDO DELITO Y DELINCUENCIA: LAS TEORÍAS EXPLICATIVAS DE LA DELINCUENCIA FEMENINA
2.3. La explicación de la delincuencia femenina: las principales teorías
2.3.3. Teorías de carácter social
2.3.3.2. Enfoques críticos a) Teoría del control social
Este grupo de teorías explican la delincuencia femenina a través del control social ejercido sobre la mujer, es decir, la influencia que ejercen determinados elementos de la sociedad en la forma de comportamiento de sus miembros. Se habla de la expectativa que se tiene hacia la mujer por parte del Estado y de la Sociedad. De este modo, este control social ejerce un poder preventivo haciendo que la mujer no se involucre en delitos.
Debemos distinguir el control formal, que se refiere al ejercido por el Estado a través de las distintas estancias de control de la delincuencia (instancias policiales, judiciales, penitenciarias o clínicas), del control informal que sería la respuesta negativa que reciben algunos comportamientos que vulneran las normas sociales.
En España, destacamos a Miralles (1982; cit. por Canteras, 1990 p.78), para la que, tanto el control informal por parte de la familia, escuela, trabajo o sanidad, como el formal, conforman el rol que la sociedad asigna a la mujer.
Los sistemas de control irán siendo necesarios en función del fracaso del anterior, en caso de que el sistema informal llegue a frustrarse aparecerán los mecanismos formales para restringir cualquier ejemplo de conducta criminal. Si la familia y la escuela actúan como bases para asentar el rol de la mujer dentro de la esfera privada, no hará falta la actuación de estos sistemas formales. Este control reprime, impide, excluye y limita a las mujeres (Larrauri, 1994).
Así, se etiqueta la delincuencia femenina como cuantitativamente poca, debido a que los controles sociales introducen unos procesos de selección a favor de las delincuentes femeninas y fracasarían ante la criminalidad femenina oculta (Stenglein y Sánchez Bayon, 2012). Según esto, las estadísticas oficiales nos ofrecen un panorama de la delincuencia femenina totalmente distorsionado ya que únicamente representará a una parte de la misma. La ONU (1985) reconoce esta situación afirmando que las sanciones impuestas a las mujeres son de menor gravedad, existiendo, asimismo, un mayor número de suspensiones de condena, por ejemplo, a las mujeres embarazadas se les conmuta la pena capital, y constatan la existencia de diferencias en relación a la vida en prisión. Sin embargo, Miralles (1982), al contrario, defiende la hipótesis de que existe un montaje de control constante en todos sus ámbitos de actuación por lo que es
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más complicado que llegue a las instituciones de control formal. Según esta teoría, una socialización no efectiva promueve la adhesión a grupos criminales.
Sutherland (1939), con su postura de la asociación diferencial, defiende que la posición social es una variable condicional para la criminalidad femenina. Este autor señala que la delincuencia es el resultado de un aprendizaje de ciertas conductas y valores criminales. De esta forma, a las mujeres se les enseña, en general, una visión positiva de las normas. Pero la posición, el lugar de residencia y la pertenencia a un grupo étnico pueden influir en esta visión. Al igual que los representantes de la teoría del labelling approach o teoría del etiquetado, postulan que las mujeresprocedentes de clases más bajas y las que pertenecen a determinados grupos étnicos están sobre representadas en las estadísticas criminales, además de la sobre-representación de extranjeras. Atribuyen la causa de estas circunstancias al lugar de residencia y la falta de vigilancia por parte del ámbito social. Este es un argumento interesante teniendo en cuenta la realidad en los centros penitenciarios de nuestro país, en donde la cada vez mayor presencia de extranjeras es un hecho.
Una investigación llevada a cabo por Göppinger (1976), director del primer Instituto de Criminología en Alemania, concluye que de las más de mil bandas juveniles existentes en Chicago, solamente seis de ellas eran grupos de chicas y además, únicamente, uno de estos grupos demostró comportamientos criminales. Normalmente, las chicas se unen a bandas mixtas y su rol dentro de ellas es de subordinación. De este modo, no disponen de las mismas oportunidades que los chicos para aprender las técnicas criminales. Así se explica, en el seno de esta teoría, la causa de la menor delincuencia femenina con respecto a la masculina.
Teniendo en cuenta estas explicaciones, cabe decir que el origen del comportamiento criminal de las mujeres se basa en la socialización y en las posiciones sociales desiguales de las mujeres y de los hombres. Pero, también cabe deducir, que cuanto más se igualan las posiciones sociales, menor va a ser la diferencia entre ambos grupos en la tasa delictiva. Así, la emancipación de la mujer conllevaría una disminución del control social, posibilitando un mayor acceso a esas técnicas criminales.
Podemos hacer referencia a las teorías del control social informal, diferenciando entre las primeras formulaciones teóricas y la Teoría del Control Social o de los Vínculos Sociales de Hirschi (Garrido et al. 2006):
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- Primeras formulaciones teóricas.
Teoría de la contención de Reckless (1961): distingue entre dos tipos de factores que explican la delincuencia. De un lado, las presiones que incitan a los individuos a la conducta delictiva (presiones ambientales, incitadores ambientales e impulsos del propio individuo); y, por otro, los controles que los retraen de ella (internos de los individuos y externos de apoyo social). Según este autor, la probabilidad del comportamiento delictivo dependerá del equilibrio entre las presiones y los controles. Esta teoría explica factores que previenen la conducta delictiva pero no por qué unas personas los poseen y otras no.
Para que una persona delinca harán falta, de esta forma, una serie de elementos clave:
1. Los mecanismos de contención: mecanismos internos como la solidez de la personalidad, el grado de tolerancia a la frustración, o el hecho de contar con unas metas y proyectos definidos; y mecanismos externos, ejercidos por la sociedad.
2. Los mecanismos de presión criminógena: impulsos internos (inestabilidad, hostilidad…), presiones internas (pobreza, desigualdad…) e influencias externas (medios de comunicación, actitudes del grupo de iguales…)
Los mecanismos de contención están encargados de una labor de protección del sujeto frente a la potencial desviación de las normas y de la presión criminógena. Siguiendo a Agnew (2001), las personas son impulsadas a cometer actos delictivos a causa de estados emocionales negativos (ira, frustración o resentimiento), a lo que pueden responder adoptando diferentes soluciones comportamentales como la utilización de medios ilegítimos para lograr sus objetivos o evadirse de tal situación consumiendo drogas.
La probabilidad de que una persona mantenga un comportamiento delictivo va a depender del equilibrio entre las presiones internas y ambientales y los controles internos y externos contra el delito. Esta teoría señala los factores que previenen la conducta delictiva, sin embargo, no explica por qué unas personas poseen estos controles y otras no (Garrido et al., 2006).
Teoría de la neutralización de Sykes y Matza: proponen que los jóvenes se hallan en un estado de deriva entre la vida convencional y la conducta delictiva. Según estos autores los valores convencionales aceptados por la mayoría de la población coexisten con otro tipo de valores que denominan “subterráneos” que
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entran en conflicto con los convencionales como puede ser el amor al dinero, la búsqueda de aventura y peligro o la atracción por la agresividad. Defienden que las leyes son vulnerables en tanto que son susceptibles de neutralización, por me dio de las que se refieren a frases que excusan o justifican el comportamiento contrario a la ley (Larrauri, 2000). Obtienen gran importancia las técnicas de neutralización, es decir, estrategias de justificación de determinada conducta. Estas técnicas se plantean que los delincuentes crean racionalizaciones mentales para neutralizar las normas sociales interiorizadas que entran en conflicto con su comportamiento antisocial. Así, distinguen cinco tipos:
1. Negación de responsabilidad: se refiere a la comisión de delitos por causas externas como el alcohol o las malas compañías. El delincuente rechaza su responsabilidad señalando que se encuentra empujado por las circunstancias.
2. Negación del daño: como puede ser el caso de la venta de drogas, en donde no existe una víctima concreta. El delincuente identifica sus acciones como prohibidas pero no como dañinas e inmorales.
3. Negación de la víctima: suele utilizarse en caso de venganza o violencia contra minorías étnicas, ya que la persona que comete el delito se sient e también víctima de la situación.
4. Condena de los denunciantes: se rechaza todo tipo de autoridad desviando el foco de atención hacia los denunciantes.
5. Apelación a grandes lealtades: las presiones de los grupos a los que se pertenece pueden ser mayores que las de la propia sociedad.
Al contrario que en la Teoría de las Subculturas, en donde los valores sociales convencionales y los valores de la subcultura estaban separados, en este caso estarán interrelacionados ya que estos últimos forman parte de la cul tura que predomina (Lanier y Henry, 1998).
Sykes y Matza se centran en comprender y describir las condiciones que hacen más probable que los jóvenes se encuentren en una situación en la que aparezcan diferentes factores que favorezcan la delincuencia ( Vold, Bernard, y Snipes, 2002).
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- Teoría del control social o de los vínculos sociales de Hirschi
Según Hirschi la existencia de vínculos afectivos con personas socialmente integradas constituye el principal elemento que retiene la implicación en actividades delictivas. Se trata de distinguir entre el control de fuentes externas al individuo (control social) y aquellas ejercidas por el propio individuo (autocontrol). Realza la importancia de los elementos de control informal que alejan al sujeto del delito, e identifica los contextos en los que se establecen tales vínculos sociales. Así, destaca como mecanismos de vinculación social o factores de protección ante el delito: el apego, el compromiso, la participación y las creencias (Lilly, Cullen, y Ball, 2010).
Los actos criminales se ven como un subconjunto de acciones en los que el actor ignora las consecuencias negativas a largo plazo que se derivan del acto en sí, desde el entorno social, familiar o del estado. Las acciones que comparten esta característica, incluidas las criminales, es probable que se lleven a cabo por parte de los individuos especialmente sensibles al placer inmediato e insensibles a las consecuencias a largo plazo. Además, la inmediatez de los beneficios del delito implica que no se requiera ninguna habilidad especial o aprendizaje y se explica por medio del autocontrol. Hirschi señala que la variación del autocontrol se establece en los primeros años de vida del individuo permaneciendo relativamente constantes en los años posteriores. También sugiere, en consonancia con la idea de autocontrol, que los individuos tienden a participar en (o evitar ) una amplia variedad de comportamientos delictivos y análogos que no van a convertirse en comportamientos criminales más graves con el tiempo (Hirschi y Gottfredson, 1993).
El primero de los mecanismos de vinculación, el apego, nos mostrará el grado en el que una persona se siente comprendida y se muestra respetuosa; está muy ligado al concepto de la Asociación Diferencial de Sutherland. Se refiere a la sensibilidad de la persona hacia otros, y defiende que la aceptación de las normas sociales y el desarrollo de una conciencia social dependen del apego y del cuidado de los demás. De este modo, los padres y madres, así como los pares y la escuela son las instituciones sociales más importantes con las que se mantiene el apego; si no se mantiene en estos casos, será complicado mantener actitudes de respeto hacia otros que representen la autoridad.
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El compromiso trata de asumir que el interés que tienen las personas se desestabilizará si se ven envueltas en actividades criminales ya que la organización de la sociedad es muy estable y puede peligrar la reputación o las expectativas que uno tiene.
Por su parte, con el concepto de participación, se afirma que muchos elegimos una vida conforme a la ley por no contar con oportunidades para hacerlo de otro modo; de esta forma, apartando a los colectivos más vulnerables del contexto en el que se encuentran e intentar que se mantengan ocupados, servirá de control social. Se parte de que si un sujeto está involucrado en actividades convencionales no tendrá tiempo para actividades ilegales.
Con el cuarto de los elementos, las creencias, Hirschi se refiere al sentimiento de que una serie de valores y normas cuentan con la aprobación social. Nuestras creencias necesitan el refuerzo social de forma constante sin que sean interiorizadas profundamente. De este modo, se presenta el supuesto de que no delinquimos porque sabemos que no está bien (Romero y Aguilera, 2002).
Hirschi (1969) sostiene que la ruptura de estos mecanismos pueden producirse principalmente en cuatro contextos de la vida de las personas: la falta de vinculación con los padres, con la escuela, con el grupo de iguales o con las pautas de acción convencionales. En la medida en que sean más fuertes los mecanismos que les unen a los contextos sociales, menor es l a probabilidad de que lleven a cabo actividades delictivas. El mayor arraigo social conllevará una menor predisposición al comportamiento delictivo. Por lo tanto, si la mujer carece de estos factores como elementos clave para evitar el delito, será muy pro bable que se involucre en actividades fuera de la ley.
b) Teoría de la ley y de la dependencia económica
Este enfoque se centra en las diferencias entre las penas impuestas a hombres y mujeres por la comisión de un mismo delito. Dentro de esta teoría destacamos tres enfoques claramente diferenciados:
A las mujeres les son aplicadas penas más benignas.
A las mujeres se les imponen penas más duras.
La justicia es imparcial en lo que se refiere al sexo.
Se observa que existe una relación inversa entre el grado de dependencia económica de la mujer respecto a su esfera doméstica y el grado de dureza
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de la pena impuesta en las sentencias dictadas a ellas (Heimer y Kruttschnitt, 2006).
Autores como Smaus (1990; cit. por Larrauri, 1992 p.195), señalan que el menor índice de mujeres encarceladas no obedece a que estas delincan menos sino a un trato más benévolo por parte de los jueces.
Kruttschnitt (1982) utilizó la técnica de la regresión múltiple para inten tar determinar la disparidad de las sentencias pronunciadas en función de la dependencia económica de la mujer (a mayor dependencia económica mayor control social informal y menor control social formal y al revés). Sus resultados muestran que las mujeres dependientes reciben condenas menos duras que las que no lo son.
Por otra parte, Rottman y Simon (1975) señalaban que el trato favorable hacia las mujeres ha disminuido. Las desigualdades de género, dentro del comportamiento criminal, se reducen y la posición privilegiada de las mujeres se debilita. Este proceso es paralelo a la misma disminución de las desigualdades en otros sectores sociales, de forma que podemos interpretar este proceso como la reducción de prejuicios contra las mujeres y no como la dis minución de privilegios femeninos. Sostienen que la criminalidad cometida por mujeres no ha ido aumentando sino que lo que ha aumentado es la persecución y la imposición de sanciones.
Sin embargo, ciertos autores consideran a la mujer más peligrosa que al varón porque no corresponde a su rol femenino; a las mujeres únicamente se les trata con caballerosidad si cumplen su rol femenino y se arrepienten de su comportamiento pero si se muestran reacias se las tratará con toda dureza (Visher, 1983).
La mujer puede recibir un mejor trato cuando el delito o situación personal responda a las expectativas de comportamiento femenino pero recibirá un trato más severo cuando este delito no sea considerado específicamente femenino o cuando ésta no se adecue a la imagen de mujer convencional. Además, en este trato, pueden influir variables legales no relacionadas con el género como puede ser el tipo de delito o la inexistencia de antecedentes penales (Larrauri, 1992).
La relación que se propone entre pena y dependencia económica nos lleva a relacionarla con el mayor o menor grado de control informal sufrido, de forma que
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en donde el control social informal es menor, la acción de los Tribunales de Justicia viene a ejercer un mayor control formal suplementario al reforz ar la dureza de la pena.
A modo de recapitulación, en el siguiente cuadro se presenta un resumen de las diferentes teorías que han tratado de explicar la delincuencia femenina.
Cuadro 2
Resumen de las Teorías explicativas de la Delincuencia Femenina
Teorías basadas en explicaciones
individuales
Teorías de contenido biológico Teorías de contenido psicoanalítico
Teorías de carácter social Teorías
intermedias Teoría Liberal funcionalista de W.I. Thomas Teoría de Otto Pollack
Retorno de la perspectiva biologicista de V. Cowie, E. Slater y J. Cowie
Teorías de
carácter social Enfoque funcionalista
Teoría del rol
Teoría de la igualdad de oportunidades
Enfoques críticos Teoría del control social Primeras formulaciones teóricas Teoría de la contención de Reckless Teoría de la neutralización de Sykes y Matza Teoría del control social o de los
vínculos sociales de Hirschi Teoría de la ley y la dependencia económica
Fuente: Elaboración propia
En definitiva, cabe decir que las teorías que han tratado de explicar la delincuencia a lo largo de los años no han dado el mismo trato a la femenina que a la masculina, consecuencia, este hecho, de la desproporción estadística, lo cual no disminuye su valor como problema social y científico (Rodríguez, 2009). Además, la revisión bibliográfica llevada a cabo para la realización de este capítulo, nos muestra, desde diferentes perspectivas, la situación discriminatoria a la que se ha expuesto a la mujer que delinque.
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Después de esta revisión de las principales corrientes teóricas que han intentado explicar la delincuencia femenina a lo largo de la historia cabe señalar que todavía queda mucho por recorrer. La búsqueda de una respuesta sistematizada que nos permita comprender este fenómeno sin partir de parámetros típicamente masculinos se presenta necesaria ya que, en muchas ocasiones, se trata de simples extrapolaciones a partir de modelos teóricos que han sido validados con muestras masculinas.