Para Nancy Fraser el modelo de la identidad, que no es otra cosa sino el enfoque habitual de la política del reconocimiento, “se inicia con la idea hegeliana de que la identidad se construye de manera dialógica, a través de un proceso de reconocimiento mutuo” (Fraser, 2000:57). De esta manera, la constitución del sujeto individual sólo es posible cuando se reconoce y se es reconocido por otro sujeto. “El reconocimiento de los otros, por lo tanto, es esencial para el desarrollo del sentido de sí. No ser reconocido -o ser «reconocido inadecuadamente»- supone sufrir simultáneamente una distorsión en la relación que uno mantiene consigo mismo y un daño infringido en contra de la propia identidad” (Fraser, 2000:57). Dicho de otra manera, ser reconocido de forma errónea implica ser representado de un modo que impide la participación como iguales en la vida social.
Fraser y su teoría sobre las políticas de distribución y de reconocimiento resultan necesarias para entender cómo estos mecanismos, que parecieran funcionar por separado, no sólo interactúan constantemente entre sí sino que, adicionalmente, afectan y tienen efectos en la identidad de las personas así como su posición social y económica.
Para Fraser (2006) el discurso de la justicia social no puede ser planteado a partir de la dicotomía reconocimiento-redistribución sino que, para esta autora, “la justicia exige tanto la redistribución como el reconocimiento […] considerar el reconocimiento como un tema de justicia es tratarlo como una cuestión de
42
estatus social” (Fraser, 2006:35-36). Según Fraser, este tipo de tratamiento resulta problemático en tanto que supone dos tipos de reconocimiento fundamentados en los patrones institucionalizados de valor cultural los cuales generan “efectos sobre el prestigio relativo de los actores sociales” (Fraser, 2006:36). El primer tipo de reconocimiento supone la existencia de un reconocimiento reciproco y una igualdad de estatus que se representa en el hecho de considerar que todos los actores de una sociedad son tratados por igual y que a su vez poseen el mismo nivel de participación.
Por el contrario, en el segundo tipo de reconocimiento “los patrones institucionalizados de valor cultural consideran a algunos actores como inferiores, excluidos, completamente diferentes o sencillamente invisibles y, en consecuencia, sin la categoría de interlocutores plenos en la interacción social” (Fraser, 2006:36); a este tipo de reconocimiento Fraser (2006) lo va a denominar: reconocimiento erróneo y subordinación de estatus. Este tipo de reconocimiento “constituye, en cambio, una relación institucionalizada de subordinación y una violación de la justicia. Por tanto, ser reconocido de forma errónea no es sufrir una identidad distorsionada o una subjetividad dañada a consecuencia de haber sido despreciado por otros. Es más bien ser representado por unos patrones institucionalizados de valor cultural de un modo que impide la participación como igual en la vida social” (Fraser, 2006:36).
Para evitar lo anterior Fraser (2006) plantea integrar el “dualismo esencial” el cual permite establecer y definir la redistribución y el reconocimiento como dos estatutos o esferas de justicia diferentes, debido a que la primera, hace parte del dominio económico de la sociedad y, la segunda, se encuentra asociada al terreno cultural. Pero Fraser dicho “dualismo esencial” debe estar acompañado de el “dualismo de perspectiva”, el cual permite el establecimiento de un lazo de comunicación entre el reconocimiento y la redistribución.
43
Este lazo, según afirma Fraser (2006), es posible si desde las instituciones se aplican nuevas formas de justicia, pero esto, no es tarea facil debido a que, por un lado,
“las reformas de afirmación se centran en los resultados finales de la injusticia como por ejemplo valorar la identidad de un grupo, lo cual puede traer efectos indeseados como su simplificación al intentar clasificarlo con ciertas cualidades específicas y en el caso de la redistribución, provocaría en el reconocimiento diferencias y rechazos de estatus al tratar de resolver las problemáticas económicas de los más vulnerados. Y por otro lado, la transformación, que es la estrategia que se encuentra más alejada de las necesidades inmediatas y reales de la sociedad, se centra en encontrar la raíz de fondo de la injusticia que con tal carácter solidario, tiende a formular derechos universales que reducen la estigmatización de las clases con los vulnerados y beneficiados pero en vez de elevar la autoestima de quienes son reconocidos, desestabiliza de manera autoritaria las diferenciaciones de estatus vigentes creando una nueva autoidentidad para todos.” (Fraser, 2006 en Sanchez, 2012)
La configuración de identidades específicas a partir del discurso jurídico, no permite que exista equidad en la participación y, por tanto, elimina la posibilidad de que se desarrolle una “interacción entre todos los miembros de una sociedad en calidad de iguales” (Fraser, 2003:57), la cual es posible en virtud de dos condiciones:
“la primera, una distribución de los recursos materiales que garanticen la independencia y la voz de los participantes. Esta condición excluye los acuerdos que institucionalicen la privación, la explotación y la flagrante disparidad en riqueza, ingresos, trabajo y tiempo libre, que les impidan a los individuos interactuar como socios de pleno derecho. La segunda condición es que el modelo institucionalizado de valores culturales refleje igual respeto por todos los participantes y garantice iguales oportunidades para que todos
gocen de estima social” (Fraser, 2003:57).
Lo interesante de estas dos condiciones que propone Fraser (2003) es el hecho de que ninguna de estas dos dimensiones puede reducirse a la otra, sino que más bien ambas deben interactuar entre sí, deben ser simultáneamente aplicables y, por tanto, deben tener en cuenta los temas de distribución y reconocimiento al momento de aplicarlas.
44
Por otra parte, aunque para Fraser el reconocimiento se observa a través de la identidad o lo que ella ha denominado “el lente de la identidad” (Fraser, 2003:61), a diferencia de teóricos como el filosofo canadiense Charles Taylor (1993), para la autora norteamericana el reconocimiento no debe reducirse únicamente a la identidad (Fraser, 2003) sino que, por el contrario, el reconocimiento es una cuestión de posición social.
“Lo que requiere conocimiento no es la identidad específica de un grupo sino la posición de sus miembros individuales como socios de pleno derecho en la interacción social. Según esto, la falta de reconocimiento no significa menosprecio y la falta de formación de la identidad de un grupo. Más bien significa subordinación o exclusión social en el sentido de que se les impide a sus miembros participar como iguales en la vida social. Para corregir la injusticia se requiere una política de reconocimiento que no significa una política de identidad. En el modelo del estatus, significa más bien una política dirigida a superar la subordinación o exclusión estableciendo a la persona no reconocida como miembro de la sociedad con pleno derecho, capaz de
participar en igualdad de condiciones con otros miembros” (Fraser, 2003:62). En esta línea, Fraser (2003) manifiesta entonces que las demandas de redistribución tienen un efecto importante en el Reconocimiento. “Las políticas de redistribución que buscan mitigar la pobreza de la mujer, por ejemplo, tienen implicaciones de posición social que pueden perjudicar a las beneficiarias a quienes van dirigidas” (Fraser, 2003:66). De esta manera, según la autora, los programas de ayuda que son dirigidos a las madres cabeza de familia a menudo producen la idea que existe un menor valor de criar niños con respecto a ganar un salario o a trabajar en una empresa. Asimismo, este tipo de programas generan que sean señaladas “como parasitas sexualmente irresponsables, agregando el insulto de la falta de reconocimiento, el agravio de la privación. En general, las políticas de redistribución afectan la identidad de las personas así como su posición social y económica” (Fraser, 2003:66).
Por tanto, las exigencias y luchas por el reconocimiento y el acceso a la redistribución de una clase, grupo social, cultura, etc., tienen lugar en el contexto
45
propio de un mundo que se caracteriza por “las exageradas desigualdades materiales -en cuanto a ingresos y propiedad, acceso al trabajo remunerado, educación, salud y recreación-, pero también y de modo más descarnado, en cuanto al insumo de calorías y a la exposición de entornos tóxicos y, por lo tanto, en cuanto a las expectativas de vida y a las tasas de morbilidad y mortalidad” (Fraser, 1997:19). Estas desigualdades llevan a que se dé un proceso que exige el reconocimiento y la redistribución de un tipo específico de grupo, tendiendo así a la diferenciación de los grupos.
Esta diferenciación deviene del ideal de bienestar social dirigido a impedir y erradicar la pobreza, la cual se ha convertido en uno de los pilares de acción de gran parte de los gobiernos del mundo, quienes en los últimos años han adquirido una característica de benefactores, con el fin de alivianar o aliviar el sufrimiento mediante el cubrimiento de las necesidades básicas que no pueden suplirse de manera directa a todo el conjunto de la población.
Teniendo en cuenta lo anterior, puede afirmarse entonces que la dimensión del reconocimiento se encuentra, como expone Fraser (1997), íntimamente ligada al orden de la sociedad y al estatus que se tiene en ésta, “es decir, a la constitución, mediante modelos sociales de valor cultural establecidos, de categorías de actores sociales culturalmente definidas o grupos de estatus, cada uno de los cuales se distingue de acuerdo con el honor, el prestigio y el aprecio relativo del que disfruta en relación a otros” (Fraser, 1997:65).
Este orden a su vez posee en una especie de naturaleza económica que genera y da lugar a la dimensión distributiva que circunscribe la constitución, “por medio de regímenes de propiedad y mercados de trabajo, de categorías de actores económicamente definidas o clases, que se diferencian en función de los recursos de los que disponen” (Fraser, 1997:65).
46
Por otra parte, la reflexión sobre los procesos de reconocimiento y redistribución se torna un poco más compleja cuando ésta se dirige a lo que Fraser (1997) denomina colectividades bivalenteslas cuales “se distinguen como colectividades en virtud tanto de la estructura político-económica como de la estructura cultural- valorativa de la sociedad (…) estas colectividades pueden padecer tanto la mala distribución socioeconómica como el erróneo reconocimiento cultural, sin que pueda entenderse que alguna de estas injusticias es un efecto indirecto de la otra” (Fraser, 1997:31).