Si bien el Derecho es ¡eminentemente producto social emanado directamente del pueblo en sus vicisitudes
históricas, las escuelas son los cauces que lo recogen, elaboran, depuran o desnaturalizan el instituto cultural.
Aparece así la doctrina, que se basa en principios sistemáticos o peculiares, mediante el aporte nacional de una serie de técnicos o tratadistas; doctrina que en el transcurrir del tiempo va transformándose, ya por reajustes en el estudio y debate comparativo con la realidad, o ante el surgimiento de nuevas formas y fenómenos.
En el Derecho en general tenemos la Escuela de Bolonia (siglo XII), la de Criminología (España, 1903), la del Derecho Libre (Alemania), la Filosófica, la Histórica, la Positiva (Italia, s. XIX), la Técnico-Jurídica, etc.
Entre los cultores del Derecho Administrativo podemos acaso mencionar las siguientes:
- Escuela Francesa. Cronológica y doctrinalmente es la más importante, a extremo tal que se ha impuesto en Francia y en otros países del mundo con muchísimas instituciones del Derecho Administrativo. Ha creado la justicia administrativa, con el aporte de funcionarios, juristas y políticos, independizándolos del Poder Judicial, y en cuya cima aparece el Consejo de Estado, famoso órgano jurisdiccional, creador de una verdadera concepción diferente a la clásica judicialista, cuyas interpretaciones son objeto de exámen e imitación por los tratadistas del Derecho Administrativo (16). El contencioso-administrativo está naturalmente ligado a estas instituciones jurídicas, como también el acto administrativo, que habiéndose desligado del ordenamiento monárquico, desde la propia
Revolución Francesa, comenzó a llamarse acto de la administraciól), ahora corregido formalmente y distinguido nítidamente entre actos administrativos y actos de la administración.
Esta escuela ha influído notoria y rápidamente en todo Europa y el mundo romanista, pero también en otros países (árabes, africanos, anglogermanos, etc.), particularmente con su teoría del servicio público.
Sus grandes eruditos son Maurice Hauriou -llamado el"Padre del Derecho Administrativo"-, Gastón Jéze y León Duguit en el siglo pasado; y en época contemporánea, Jacques Dembour (belga) y Lucien Sfez, todos con abundante y proficua publicación de obras de la especialidad. También M. Waline, L. Rolland. A su turno, veremos que tratadistas también famosos de los países socialistas investigadores y publicistas doctrinarios (infra, 2.3. El Derecho Administrativo en los países socialistas).
- Escuela Española. Trascendente para la América hispanoparlante por obvias razones de facilidad idiomática. Triunfante la dictadura franquista en la cruentísima y larga guerra civil (1936-1939), la gran mayoría de la intelectualidad española que simpatizaba o actuaba en el bando republicano abandona la Península o muere en el combate, y los que permanecen en la patria están totalmente imposibilitados de continuar sus tareas creadoras, produciéndose consecuentemente un paréntesis de anémica e incolora publicación de obras valiosas. Las generaciones posteriores -no pudiendo tampoco incidir en
obras de corte político y constitucional por el grave peligro que ello entrañaba-, orientan su que hacer hacia campos más tolerables, surgiendo así una constelación de figuras del Derecho administrativo en toda España.
Tratadistas de fama internacional de todas las épocas son los Alvarez Gendín (padre e hijo), Eduardo García Trevijano y Fos, Fernando Garrido Falla, Carlos Royo Villanova, Eduardo García de Enterría, Lorenzo y Sebastián Martín- Retordillo, Rafael Entrena Cuesta, José Ramón Parada Vásquez, Recaredo Fernández de Velasco, Tomás-Ramón Fernández, Laureano López Rodó y Luciano Parejo Alfonso. Jóvenes profesores de la materia -dirigiendo universidades, como rector o vicerectortenemos a Ramón Martín Mateo, Alejandro Nieto García, entre otros.
Su influencia en el Derecho español es notoria, habiendo orientado los problemas de las autonomías territoriales, las administraciones locales, la preparación técnica y profesional del trabajador público y en general
todos los múltiples aspectos de una administración estatal evolucionada
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- Escuela Italiana. De finos y constantes aportes en determinaciones conceptuales, filosóficas y procedimentales, haciendo honor de sucesores del Derecho romano. Su vinculación ha sido y es estrecha con Francia y Alemania. Para la América y concretamente para el Perú ha resultado
escasa su influencia, en cambio notoria en el Campo civil y penal.
Grandes y estimados tratadistas son V. E. Orlando, S. Romano, C. Vitta, Umberto Forti, H. Giorgi, Umberto Fragola, D. Donati, Luigi Raggi, V. Sehialoia, O. Ranelletti, G. Salemi, L. Galatería, E. Presutti, D' Alessio, Guido Zanobini, Corso, ete.
- Escuela Alemana. Operaba durante su unidad territorial, es decir, antes de su división en dos repúblicas a consecuencia de su comportamiento diverso después de la rendición ante las potencias aliadas. Aporta profundos estudios de filosofía jurídica, muy apreciados en el campo del Derecho en general.
Notables tratadistas son P. Fleiner, E. Forsthoff, G. Jellinek, Hans Kelsen (austríaco), Kohler, O. Mayer, A. Merkl, Grustav Hugo y Fredrieh Karl Savigni.
- Escuela Argentina. De extraordinaria influencia en toda América, tanto por la cercanía geográfica como por la lengua castellana, siendo magníficas desde el siglo pasado. Está fuertemente influenciada por italianos, franceses y españoles, aunque con aportes propios, como es el caso de las teorías de los cometidos. Tratadistas famosos son Rafael Bielsa, Miguel S. Marienhoff, Bartolomé A. Fiorini, Manuel María Diez, Agustín Gordillo, Juan Francisco Linares, Benjamín Villegas Basavilbaso, Juan Roberto Dromi, Enrique l. Groissman, Carlos María Bidegain, Félix Sarria, Juan Carlos Casagne.
Pertenecen también a ella un grupo selecto de uruguayos encabezados por Enrique Sayagués Laso, e integrado por Aparicio Méndez, León Cortiñas Peláez, Daniel Hugo Martíns, Julio A. Prat, Alberto Ramón Real, Mariano R. Brito, Juan Pablo Cajarville Peluffo, Tomás Hutchinson. Asimismo, Luis Chase Plate y Salvador Villaga, paraguayos.
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Aunque no constituyen aún propiamente escuela, en los países latinos tenemos un grupo numeroso de tratadistas vinculados entre sí y con instituciones culturales y universidades europeas. Podemos mencionar a los brasileños Alberto S: Cotrin Neto, Manoel de Oliveira Franco Sobrinho, José Cretella Junior, Sergio Feraz, Hely Lopes Meirelles, Rubens Limongi-Franca, Lúcia Valle Figueiredo, Celso Antonio Sandeira de Melo, Themistocles SrandaD Cavalcanti, María Sylvia Zanella di Pietro, Ciogo de Figueiredo Moreira Neto, Romeu Felipe Sacellar Filho, Paulo Roberto Ferreira Motta, colombianos Pedro María Carreño, Jaime Vid al Perdomo, Eustorgio Sarria, Alvaro Tafur Galvis; Costa Rica, Eduardo Ortiz Ortiz; Venezuela, Allan Brewer- Carías; México, Gabino Fraga, Andrés Serra Rojas, Briceño Sierra y el propio tratadista uruguayo León Cortiñas Peláez, radicado definitivamente en el gran país azteca.
Brasil cuenta con valiosa publicación en su género denominada GENESIS, aparecida en Abril de 1994 y que lleva como subtítulo sugestivamente el de Revista de
Derecho Administrativo Aplicado. Se edita en Curitiba - Paraná, con notable acogida.
2.3 EL DERECHO ADMINISTRATIVO EN LOS PAISES