I. MEMORIA INFORMATIVA
1.3. MEDIO BIÓTICO
1.3.4. ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS
De toda la red de espacios naturales protegidos de la Región de Murcia, encontramos en el municipio de Águilas tanto Lugares de Importancia Comunitaria (LIC) como es el caso del LIC de Sierra de Almenara, el LIC de Cabo COPE, el LIC de Cuatro Calas, el LIC Franja litoral sumergida de la Región de Murcia y el LIC Medio Marino, como Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA), como es el caso de Almenara-Moreras-Cabo Cope.
LIC Sierra de Almenara:
El Lugar propuesto se corresponde con las cumbres de la Sierra de la Almenara, espacio de media montaña con regeneración forestal y zonas de roquedos. La formación vegetal dominante son los matorrales termomediterráneos: palmitares y lentiscares, tomillares y retamares, pequeños bosquetes de coníferas y zonas de roquedos. Pequeñas extensiones de cultivo de secano.
Su principal interés reside en ser una zona óptima para la Tortuga mora (Testudo graeca), especie incluida en el Anexo II de la Directiva 92/43, así como por la presencia de las rapaces Águila real (Aquila chrysaetos), Búho real (Bubo bubo) y Halcón peregrino (Falco peregrinus) incluidas en el Anexo I de la Directiva 79/409. La designación como ZEPA en cumplimiento de la Directiva del Consejo de las comunidades europeas 79/409/CEE, de 2 de abril se 1979, se produce en la Resolución de 8 de mayo de 2001(BORM nº114, de 18 de mayo de 2001)por las especies Águila perdicera (Hieraaetus fasciatus), Búho real (Bubo bubo) y Camachuelo trompetero (Bucanetes githagineus).
LIC Cabo Cope:
El Lugar propuesto forma parte del ámbito territorial del Parque Regional de Calnegre y Cabo Cope, abarcando el cabezo calizo litoral del mismo nombre situado en su porción más meridional.
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Las comunidades vegetales más significativas son los sabinares de Juniperus phoenicea (poblaciones separadas de su areal de distribución más característico) y los cornicales de Periploca angustifolia. Además son de destacar los matorrales costeros del frente acantilado; los tomillares por la presencia de endemismos singulares como Limonium insigne, Sideritis ibanyezii y Teucrium lanigerum; los lastonares de Brachypodium retusum; y las comunidades rupícolas con Teucrium freynii, Sarcocapnos eneaphylla e Hypericum ericoides.
Entre las especies de fauna destacan las rapaces Búho real, Halcón peregrino y Águila perdicera incluidas en el Anexo I de la Directiva 79/409 y la presencia de Tortuga mora incluida en el Anexo II de la Directiva 92/43.La designación como ZEPA en cumplimiento de la Directiva del Consejo de las comunidades europeas 79/409/CEE, de 2 de abril se 1979, se produce en la Resolución de 8 de mayo de 2001(BORM nº114, de 18 de mayo de 2001)por las especies Águila perdicera (Hieraaetus fasciatus), Búho real (Bubo bubo) y Camachuelo trompetero (Bucanetes githagineus).
LIC Cuatro Calas:
El Lugar propuesto está incluido en el ámbito territorial del Paisaje Protegido de Cuatro Calas, declarado por la Ley Regional 4/1.992, de 30 de julio, de Ordenación y Protección del Territorio de la Región de Murcia. Situado en el extremo meridional del litoral regional, en el límite con la Provincia de Almería. Asociado a la desembocadura de la rambla de Cañada Brusca. Criptohumedal litoral en una zona deprimida de la rambla en la desembocadura en el Mar Mediterráneo. Relieves calcáreos circundantes, acantilados, calas y playas. La zona presenta una valiosa representación de vegetación halófila y termófila, con varios taxones endémicos del sureste peninsular (Halocnemum strobilaceum, Frankenia corymbosa, Limonium delicatulum, Genista murcica.); y matorral termófilo de cornical en los cabezos calizos de la cuenca con los iberoafricanismos Periploca angustifolia y Maytenus senegalensis.
Las comunidades de fauna más importantes son las asociadas al saladar y a las condiciones esteparias y áridas del entorno.
LIC Franja litoral sumergida de la Región de Murcia:
Franja litoral sumergida con pradera de Posidonia oceanica integrada por tres porciones del litoral costero de la Región de Murcia. En las porciones de costa existe una franja acantilada y bloques rocosos hasta profundidades medias. En las playas aparecen biocenosis de sustrato blando; a continuación fondos sedimentarios que ganan profundidad suavemente.
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En algunos sectores (Isla del Fraile y Cabo Cope) las paredes verticales superan los 25 metros de profundidad, terminando directamente sobre los fondos detríticos. La porción de franja litoral frente a la Manga del Mar Menor presenta zona contínua de playa con una barra rocosa a continuación de las biocenosis de arenas finas.
LIC Medio Marino:
El lugar se caracteriza porque incluye hábitats de aguas marinas y medios de marea como bancos de arena cubiertos permanentemente cubiertos por agua y Praderas de posidonia. Plataforma y talúd continental con hábitat en buen estado de conservación para el delfín mular y tortuga boba (Caretta caretta). Incluye el área limitada por las isobatas de 5 a 350 m. Territorio incluido en la demarcación de las 12 millas que marcan las aguas exteriores.
ZEPA Almenara-Moreras-Cabo COPE:
Cumple los criterios numéricos establecidos para ser designada ZEPA las especies Águila perdicera (Hieraaetus fasciatus), Búho real (Bubo bubo) y Camachuelo trompetero (Bucanetes githagineus). Calnegre y Cabo Cope es Parque Natural declarado por la disposición adicional tercera, TRES, de la Ley 4/1992, de 30 de julio, de Ordenación y Protección del Territorio de la Región de Murcia. La Sierra de la Almenara está declarada como Área de Protección de la Fauna Silvestre y, en cuanto tal, tiene la consideración de Área de Sensibilidad Ecológica (artículos 22, 23 y 32.3 de la Ley 7/95, de 21 de abril, de la Fauna Silvestre, Caza y Pesca Fluvial (BORM nº102, de 4.05.95) y 38 a 42 de la Ley 1/95, de 8 de marzo, de Protección del Medio Ambiente de la Región de Murcia (BORM nº778, de 3.04.95).
La Sierra de la Almenara y Cabo Cope fueron propuestos por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 28 de julio de 2000 como Lugares de Importancia Comunitaria (ES6200035 y ES00031).(BORM nº 181, de 5.08.00).
La designación como ZEPA en cumplimiento de la Directiva del Consejo de las comunidades europeas 79/409/CEE, de 2 de abril se 1979, se produce en la Resolución de 8 de mayo de 2001(BORM nº114, de 18 de mayo de 2001).
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Parque Regional declarado por la Ley 4/92 de Ordenación y Protección del Territorio de la Región de Murcia. En fase de redacción el P.O.R.N.
Existen 11 tipos de hábitats inventariados prioritarios según el anexo I de la Directiva Hábitats: Estepas salinas (Limonietalia), Matorrales de Ziziphus, Zonas subestépicas de gramineas y anuales (Thero-brachypodietea). Destacan las comunidades de sabinares de Cabo Cope, artales y cornicales de Lomo de Bas y los saladares y albardinales de la marina.
En cuanto a su fauna aparecen Tortuga mora (Testudo graeca), incluida en el anexo II de la Directiva de Hábitats. Especies de interés por su distribución restringida en la Región: Sapo corredor en matorrales y Eslizón ibérico en playa y arenales.
Interés por los accidentes geológicos (isleo tectónico, discordancias, diaclasas) y geomor-fológicos (cauces estructurales encajados, cuestas, depresión prelitoral, basculamientos y eleva-ción de la costa, etc.) y las formaciones de paleodunas de la llanura litoral.
1.4. MEDIO PERCEPTIVO