5. EVALUACIÓN DE RIESGOS 1 Introducción
5.2 Metodología del ACR
5.3.8 Evaluación del riesgo
El programa informático aplicado para la modelización de los posibles riesgos para la salud humana en relación a la presencia de afección química significativa en el subsuelo, el RISC 4.03, calcula el índice de riesgo existente para los receptores a partir del modelo conceptual definido (contaminantes, vías de exposición y receptores sensibles identificados), ejecutando los siguientes pasos:
• Estimación de la concentración de exposición;
• Definición de las características específicas de los receptores; • Definición de las concentraciones de entrada al modelo; • Cálculo de dosis;
• Análisis de la toxicidad;
• Definición del riesgo y cálculo del mismo.
A continuación se comentan brevemente estos pasos. 5.3.8.1 Estimación de la concentración de exposición
Tal como se ha indicado, en este ACR se han definido unas vías de exposición consistentes en la potencial ingestión, contacto dérmico de suelo e inhalación de compuestos volátiles que emanen desde el subsuelo.
Para la ingestión y el contacto dérmico con suelos afectados químicamente, RISC aplica fórmulas estándar de cálculo para estimar las concentraciones de exposición. Por otro lado, el programa calcula las aportaciones de compuestos volátiles desde los suelos de acuerdo con el modelo analítico de Johnson & Ettinger.
Cabe indicar que este modelo contempla el transporte por difusión y convección de los contaminantes volátiles y que desde un criterio conservador no considera la biodegradación natural de los compuestos orgánicos.
5.3.8.2 Definición de las características específicas de los receptores
En el caso de la afección para la salud humana se ha optado por la aplicación de los siguientes receptores tipo:
• Adulto – Perfil razonablemente más expuesto (RME):
Residentes – Exteriores: Adultos que pasen su jornada en espacios exteriores. Por ejemplo, para cuidar niños en áreas de juego.
Residentes – Interiores: Adultos que residen en viviendas dentro de una
habitación reducida de 10 m2 y 2,5 m de altura (25 m3 de espacio).
En ambos casos el tiempo de exposición total será de 30 años con una frecuencia de exposición de 350 eventos por año.
• Niño – Perfil razonablemente más expuesto (RME):
Residentes – Exteriores: Niños que pasen su jornada en áreas de juego
exteriores.
Residentes – Interiores: Niños que residen en viviendas dentro de una
habitación reducida de 10 m2 y 2,5 m de altura (25 m3 de espacio).
En ambos casos el tiempo de exposición total será de 6 años con una frecuencia de exposición de 350 eventos por año.
La modelización de la posible exposición a TPH en suelos se aplica desde un punto de vista conservador aplicando la profundidad de 0,5 m para las vías de exposición elegidas (ingestión, contacto dérmico e inhalación de vapores), de acuerdo a una posible excavación del suelo, lo que comportaría un afloramiento de los niveles del mismo más afectados.
5.3.8.3 Definición de las concentraciones de entrada para el modelo
En el apartado 5.5.2.2 se han presentado las concentraciones de entrada para el modelo.
Respecto a la distribución de los TPH, cabe indicar que se realizó una conversión considerada como “razonable” de las concentraciones detectadas para la distribución de cadenas de carbono llevada a cabo en el laboratorio (C10-C16; C16-C22; C22-C30 y C30-C40) a las cadenas de carbono que vienen predefinidas en el programa RISC 4.03 (C10-C12; C12-C16; C16-C21 y C21-C35), según los criterios siguientes:
• La concentración de C10-C16 se divide entre los C10-C12 y C12-C16 de RISC
en proporciones de 1/3 y 2/3, respectivamente.
• Las concentraciones de los C16-C40 se suman y se comparan con las
concentraciones de C16-C35 para los alifáticos en RISC.
• La concentración de C16-C22 se equipara a la concentración de C16-C21 para
los aromáticos de RISC.
• Las concentraciones obtenidas para los C22-C30 y C30-C40 se suman y se
equiparan a las cadenas C21-C35 de RISC para los aromáticos.
• Todas las concentraciones máximas de TPH detectadas en la investigación de
alifáticos como para los aromáticos desde un punto de vista conservador y de acuerdo con los criterios fijados por el TPH Criteria Working Group (a Risk- based approach for the management of Total Petroleum Hydrocarbons in Soil, TPHCWG, 1997).
Las concentraciones resultantes de la conversión descrita se presentan en la Tabla 20.
Tabla 20. Resultados de la conversión de las concentraciones de TPH empleadas en el modelo para los suelos
5.3.8.4 Cálculo de dosis
La fórmula genérica que permite calcular la dosis o ingesta media diaria de un determinado contaminante a través de una vía concreta es la siguiente:
C x TC TE
I = --- x --- P PE
donde :
I: Ingesta media diaria
C: Concentración representativa de la exposición
TC: Tasa de contacto. Indica la cantidad del medio contaminado contactado por unidad de tiempo o suceso.
P: Peso corporal del receptor TE: Duración de la exposición
PE: Período de exposición
El resultado de la ecuación se expresa en:
“mg compuesto x kg -1 peso corporal x día-1”.
El programa RISC calcula la dosis de exposición en base a esta fórmula general y la incorpora en el cálculo posterior del índice de riesgo.
5.3.8.5 Análisis de la toxicidad
En el presente caso se optó por aplicar los valores numéricos de toxicidad que incluye y aplica automáticamente el programa RISC para los distintos compuestos considerados. El modelo distingue entre efectos cancerígenos y sistémicos, pudiendo darse ambos tipos de efectos en un mismo compuesto. Los datos toxicológicos incorporados en el programa RISC se extrajeron de documentación elaborada por la Agencia Americana de Protección Ambiental (USEPA, 1999). Este organismo incorpora los datos de las siguientes bases toxicológicas:
• IRIS (Integrated Risk Information System)
• NCEA (US EPA’s National Center for Exposure Assessment)
• Health Effects Assessment Summary Table (HEAST) (USEPA, 1995) • Otros.
5.3.8.6 Definición del riesgo
A continuación se indican los índices de riesgo aceptable establecidos en el Real Decreto 9/2005.
Sustancias cancerígenas:
Para este tipo de sustancias el límite de riesgo aceptable viene establecido en 1 x 10-5, es decir, se asume que una situación de riesgo aceptable es aquélla en la que la
frecuencia esperada de aparición de cáncer en la población expuesta no excede en uno por cada cien mil casos.
Sustancias sistémicas:
Para este tipo de sustancias se considera un riesgo aceptable el que sea inferior a 1 en el coeficiente de riesgos. Los valores de riesgo superiores a la unidad implican que se pueden producir efectos crónicos sobre la salud de la población expuesta, es decir, para sustancias con efectos sistémicos se asume como situación de riesgo aceptable aquélla en que para la sustancia el cociente entre la dosis de exposición a largo plazo y la dosis máxima admisible es inferior a la unidad.
Dependiendo del nivel de riesgo identificado para los distintos compuestos, se sumarán aquéllos que puedan afectar al mismo órgano diana en caso de existir la posibilidad de superar el índice de riesgo especificado para ambos tipos de sustancias y efectos.
5.3.8.7 Cuantificación del riesgo
En este apartado se presentan los resultados de los cálculos del índice de riesgo obtenidos mediante la aplicación descrita del modelo RISC 4.03.
Con respecto a los datos que se muestran a continuación, cabe mencionar que en las siguientes tablas no se presentan resultados para todos los compuestos indicados en la Tabla 18 como objeto de evaluación para la vía de inhalación de vapores orgánicos. Esto se debe a que el programa empleado no dispone de una referencia de dosis por inhalación (RDi) para estos compuestos, posiblemente debido a su limitado grado de volatilidad, por lo que descarta automáticamente su aportación al riesgo total.