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Identificación de las competencias y funciones de los entes involucrados

De acuerdo al diagnóstico realizado se pudo identificar la estructura de los entes involucrados en la gestión de la Comunidad Kichwa Oyacachi (ver figura 32), internamente se encuentra organizado por los ejes principales para el desarrollo de la comunidad; tres asociaciones (asociación de ganaderos, asociación de artesanos, asociación de piscicultores) y

un centro de turismo comunitario, a su vez, de acuerdo a su localización geográfica se encuentra inmiscuida el Ministerio del Ambiente y el Ministerio de Turismo que regulan las actividades permitidas a realizar en este territorio y finalmente conforme a la gestión administrativa tiene la participación de entidades como el GAD Parroquial de Oyacachi, GAD Municipal de El Chaco y el GAD Provincia de Napo quienes de acuerdo a su competencia y funciones aportan en cuanto al mejoramiento de espacios públicos dentro de la localidad.

GAD Provincial de Napo

GAD Municipal de El Chaco

GAD Parroquial Oyacachi

Asociación de ganaderos Centro de Turismo Comunitario Asociación de artesanos Asociación de piscicultores Comunidad Kichwa Oyacachi Parque Nacional Cayambe - Coca Ministerio de Turismo Ministerio de Ambiente

Figura 32. Entidades involucradas en la gestión de la Comunidad Kichwa Oyacachi

De acuerdo al COOTAD y la Ley de Turismo del Ecuador, los entes involucrados que se detallaron anteriormente deben basarse en sus competencias y funciones delegadas (ver tabla

37) para logar un trabajo armónico en el desarrollo del turismo comunitario.

Tabla 37

Entidades involucradas en el desarrollo local de Oyacachi y sus funciones

Entidad Competencias Funciones Análisis

G AD Pa rro quia l O y a ca chi Art. 65.- Competencias

exclusivas del gobierno

autónomo descentralizado parroquial rural.- d) Incentivar el desarrollo de actividades productivas comunitarias la preservación de la biodiversidad y la protección del ambiente; e) Promover la

organización de los ciudadanos de las comunas, recintos y demás asentamientos rurales con el

carácter de organizaciones

territoriales de base;

Art. 64.- Funciones.- Son funciones

del gobierno autónomo

descentralizado parroquial rural:

g) Fomentar la inversión y el

desarrollo económico especialmente de la economía popular y solidaria, en

sectores como la agricultura,

ganadería, artesanía y turismo, entre otros, en coordinación con los demás

gobiernos autónomos

descentralizados;

Debido a que la Parroquia Oyacachi cuenta únicamente con una comunidad en su administración política es

ineludible priorizar las

inversiones públicas que aporten el desarrollo local a

través del turismo

comunitario. G AD M unicipa l de E l Cha co Art. 55.- Competencias

exclusivas del gobierno

autónomo descentralizado

municipal.

a) Planificar, junto con otras

instituciones del sector público y actores de la sociedad, el desarrollo cantonal y formular los correspondientes planes de

ordenamiento territorial, de

manera articulada con la

planificación nacional, regional, provincial y parroquial, con el fin de regular el uso y la ocupación del suelo urbano y rural, en el marco de la

interculturalidad y

plurinacionalidad y el respeto a la diversidad;

Art. 54.- Funciones.- Son funciones

del gobierno autónomo

descentralizado municipal las

siguientes:

g) Regular, controlar y promover el

desarrollo de la actividad turística cantonal en coordinación con los

demás gobiernos autónomos

descentralizados, promoviendo

especialmente la creación y

funcionamiento de organizaciones asociativas y empresas comunitarias de turismo;

El aporte de esta entidad es imprescindible ya que para el desarrollo del turismo en el territorio debe contar con excelentes infraestructuras y

equipamientos de los

servicios básicos (luz, agua

potable, alcantarillado, depuración de aguas residuales, manejo de desechos sólidos, saneamiento ambiental) y la vialidad en perfectas condiciones. G AD Pro v incia l de Na po Art. 42.- Competencias

exclusivas del gobierno

autónomo descentralizado

provincial.

a) Planificar, junto con otras

instituciones del sector público y actores de la sociedad, el desarrollo provincial y formular los correspondientes planes de ordenamiento territorial, en el ámbito de sus competencias, de

manera articulada con la

planificación nacional, regional, cantonal y parroquial, en el marco de la interculturalidad y plurinacionalidad y el respeto a la diversidad;

Art. 41.- Funciones.- Son funciones

del gobierno autónomo

descentralizado provincial las

siguientes:

c) Elaborar y ejecutar el plan provincial de desarrollo, el de ordenamiento territorial y las políticas públicas en el ámbito de sus competencias y en su circunscripción territorial, de manera coordinada con la planificación nacional, regional, cantonal y parroquial, y realizar en forma permanente, el seguimiento y rendición de

Su aporte para el desarrollo del turismo comunitario en

esta localidad es

imprescindible debido a que esta entidad debe fomentar la

actividad productiva de

entorno provincial (el

turismo comunitario).

Entidad Competencias Funciones Análisis

cuentas sobre el

cumplimiento de las metas establecidas; M inis terio de Ambi ent e d el E cua do r

Art. 5.- Dentro del ámbito del

presente Reglamento y sin perjuicio de lo que dispongan otros cuerpos normativos, a la Autoridad Ambiental Nacional le corresponde el ejercicio de las

siguientes atribuciones: 1.

Programar, autorizar, manejar, controlar y supervisar los usos

turísticos de los recursos

naturales y culturales, en el marco de sus competencias, en cada una de las áreas protegidas

del Patrimonio de Áreas

Naturales del Estado PANE, conforme a los respectivos Planes de Manejo y leyes especiales que la regulan;

Art. 30.- De la participación.- En las

áreas del Patrimonio de Áreas Naturales del Estado PANE, se propiciarán sistemas de participación local con funciones de asesoramiento, integrados especialmente por: las Autoridades Nacionales de Ambiente

y de Turismo, los Gobiernos

Autónomos Descentralizados

provinciales, municipales y

parroquiales, las poblaciones locales, los gremios organizados de turismo y otros actores locales relacionados con cada una de las áreas del Patrimonio de Áreas Naturales del Estado PANE. La celebración de convenios entre operadores, organismos de la función pública, comunidades locales y las Autoridades Nacionales de Turismo y

Ambiente se sujetarán, de

conformidad con la Constitución y la ley, a las disposiciones previstas en los respectivos Planes de Manejo del área para la cooperación y apoyo en el ordenamiento, gestión y manejo del área protegida.

Debido a que la comunidad

Oyacachi se encuentra

ubicada dentro de un área protegida (Parque Nacional

Cayambe – Coca) es

importante ya que esta entidad debe planificar y

autorizar las actividades

turísticas a desarrollar dentro de esta área conforme al respectivo Plan de Manejo establecido y no limitar el

desarrollo del turismo

comunitario. M inis terio de T uris mo 8. Promover y fomentar

todo tipo de turismo,

especialmente receptivo interno y social y la ejecución de

proyectos, programas y

prestación de servicios

complementarios con

organizaciones, entidades e

instituciones públicas y privadas

incluyendo comunidades

indígenas y campesinas en sus respectivas localidades. Las instituciones del Estado no podrán ejercer las actividades de turismo definidas en la ley y en este reglamento.

9. Elaborar los planes de

promoción turística nacional e internacional de conformidad con los procedimientos de

consulta y coordinación

previstos en este reglamento.

Art. 24.- Funciones y atribuciones de

las instituciones del régimen seccional

autónomo.- En virtud de las

disposiciones constitucionales

relacionadas con descentralización del Estado y lo que disponen los artículos 9 y 10 de la Ley de

Descentralización del Estado y

Participación Social, en materia turística procede la transferencia de funciones, atribuciones y recursos relacionados con la planificación, coordinación, ejecutar y evaluar en el respectivo cantón las actividades relacionadas con el turismo.

Las potestades de realizar el registro de turismo, la regulación y expedición de normas técnicas a nivel nacional, la concesión de permisos temporales de funcionamiento son privativas del Ministerio de Turismo quien ejercerá esas competencias a nivel nacional con exclusividad.

Una vez la comunidad

Oyacachi se constituya

formalmente con el Centro de Turismo Comunitario y

ejercer las actividades

turísticas que en ella se registran el Ministerio de turismo es una entidad muy importante ya que permitirá dar a conocer los atractivos turísticos de esta localidad

mediante la promoción

turística nacional e

internacional. Además, de acuerdo a su competencia pertinente debe financiar las

capacitaciones necesarias

que al comunidad requiere en el entorno turístico.

La comunidad al ser una organización de origen ancestral del pueblo Kichwa, de manifiesto espíritu de trabajo y solidaridad, al encontrarse localizado dentro de un área protegida (Parque

Nacional Cayambe – Coca) involucra a instituciones públicas como el Ministerio de Turismo y el Ministerio del Ambiente que deberían ser entidades que promuevan el desarrollo local de este territorio, sin embargo no se ha mostrado aporte alguno de los mismos. Por otra parte, la comunidad de Oyacachi tiene una característica imprescindible en cuanto a su organización estructural debido a que la Parroquia de Oyacachi está conformada únicamente por una comunidad, razón inédita que permiten realizar gestiones priorizadas con el GAD Parroquial de Oyacachi, GAD Municipal de El Chaco y el GAD provincial de Napo. Estableciendo el desarrollo del turismo comunitario como un aspecto fundamental que requiere de la contribución permanente de los entes involucrados.