3.5 Desarrollo del cuerpo central
3.6.2 Impacto jurídico
La presente estrategia de sensibilización de los derechos del nasciturus, pretende incidir en la forma tradicional de administrar justicia; con la finalidad de que, los jueces constitucionales
competentes para conocer y resolver procesos judiciales sobre la vulnerabilidad de derechos humanos, cumplan ésta función pública, adheridos a los principios generales de aplicación de derechos de la Constitución de la República, luego la justicia constitucional responderá plenamente las exigencias del sistema jurídico vigente; como la administración de justicia constitucional garantizada por los operadores judiciales, procedimiento efectivo y expedito de la acción de protección de derechos del nasciturus.
3.7. Conclusiones parciales del capítulo
Se determina el problema a analizar en este tema de investigación es de actualidad y debe dársele el tratamiento jurídico en cuanto a la protección del que está por nacer.
Que la condición de persona el non-nato ha pasado a ser, en el ordenamiento jurídico ecuatoriano, una realidad, dejando de esta forma, a un lado la doctrina de la ficción del adelanto de la personalidad. Motivo por el cual, con el afán de armonizar en la medida de lo posible las normas del Código Civil con las nuevas realidades científicas y jurídicas, considero que para el manejo de los posibles derechos patrimoniales los nasciturus de debe reformar la norma.
Que los ordenamientos jurídicos modernos, deben reconocer el carácter de persona a todo ser humano, desde el momento mismo que la aparición de un nuevo individuo de la especie humana; momento este que ocurre con la singamia, estado en el cual se produce el intercambio cromo somático de células sexuales masculinas y femeninas; formándose de esta forma un nuevo ser humano, distinto de sus progenitores, único e irrepetible.
CONCLUSIONES GENERALES
Existe un Ordenamiento Jurídico que precautela la vida del nasciturus, sin embargo diagnosticamos que existe un vacío legal tanto en la denominación “persona” así como en la dimensión humana a la que hace referencia ser sujeto de derecho.
Existe una colisión entre los derechos de la madre y la preponderancia al derecho a la vida, ya que como interés superior se protege al que está por nacer, pero en un estado de necesidad se protege la vida de la madre.
Que la Constitución de la República impone la protección del derecho a la vida, desde la concepción, es decir, reconoce que hay vida desde la fecundación del óvulo con el espermatozoide, pero es de gran importancia también que se guarde concordancia con los instrumentos internacionales y que estos derechos sean aplicados.
Los instrumentos internacionales sobre Derechos Humanos han reconocido que la simple pertenencia al género humano es condición suficiente para ser titular de derechos y merecedor de un trato digno e igualitario. La calidad de persona y por ende de la personalidad jurídica es inherente a todo ser humano sin discriminación alguna, más allá de lo que diferentes ordenamientos jurídicos internos puedan establecer.
Que el derecho a la vida, es un derecho inherente a la persona humana; por ello el ser en formación de ninguna forma podría serse excluido de tal derecho, toda vez que este derecho es inalienable e imprescriptible.
RECOMENDACIONES GENERALES
Es necesario revisar todo el ordenamiento jurídico ecuatoriano para que armonice entre la Constitución y los tratados internacionales las normas que conforman el bloque de constitucionalidades a fin de que garanticen los derechos de los nasciturus.
Se debe buscar los medios necesarios a fin de que la Asamblea Nacional examine las adecuaciones normativas necesarias que busquen un alto grado de cumplimiento y así se efectivice el derecho del nasciturus estableciendo el cuidado, protección y garantías desde la concepción hasta su fecha de nacimiento.
Siendo las normas internacionales parte del bloque de constitucionalidad es importante que sean invocadas y aplicadas en los casos judiciales que sean sometidos a conocimiento y resolución de la jurisdicción ecuatoriana.
Que la estrategia de sensibilización planteada sea considerada como un eje transversal, como la formación básica para que exista sensibilización y aunque no se extinga por lo menos se pretenda reducir o disminuir la vulneración de los derechos del nasciturus.
BIBLIOGRAFÍA
Aguilar, J. (2005). Derecho Civil. Caracas: 12 Edición.
Blasi, G. (2005). Sobre el inicio de la existencia del ser humano. Revista judicial.
Cassin, R. (2009). Los derechos humanos en el mundo contemporáneo. Barcelona: Ariel S.A. Cisneros, S. (2010). Proteccion de la vida del nasciturus. Revista Jurídica.
Criollo Mayorga, G. (2008). Derechos de elos embriones. Revista Judicial, 1. Cruz, L. (2009). El Nasciturus. Revista Jurídica.
De León, A. (2011). Derechos del nasciturus. Venezuela: Abogados consultores. Diaz, R. (2005). Diccionario Jurídico. Buenos Aires: Conejo.
Farith, S. (2011). Derechos fundamentales del nasciturus. Bogotá: Primera Edición.
García, A. (2010). Protección de los niños no nacidos en el sistema interamericano de Derechos Humanos. Revista Judicial.
Gómez, R. (2005). Comentario del Código Civil. Santiago: Primera Edición. González, J. (2010). Introducción al derecho. Biblioteca Juridica Virtual.
Llanos, C. (1991). Dilemas Eticos de la empresa contemporanea. México: Fondo de: cultura económica.
Lozano, M. (2007). La defensa del nasciturus en la novisima Constitución Euatoriana.
Podium Revista de la UESS Nro 11, 19.
Mayer, L. (2011). Revista de derechos fundamentales. Revista Judicial. Moore, K. (2004). Embriología Clínica. Madrid: Elsevier España.
Naranjo, F. (2011). El derecho del nasciturus en Colombia. Bogotá: Primera Edición. Noboa, E. (2012). Revista de derechos constitucionales. La República. Revista Jurídica.
Olaso, L. (2007). Introducción al Derecho. Venezuela: Editorial Texto.
Parraguez, L. (2009). Manual de Derecho Civil Ecuatoriano. Loja: Sexta Edición. Reina, M. (2005). Ética y aborto. Bogotá: Primera Edición.
Romero, C. (2004). El derecho y la bioética ante los límites de la vida humana. Madrid: Centro de estudios Ramón Areces.
Sousa, E. (2010). El derecho a la vida como derecho fundamental. Revista Jurídica. Taylor, C. (2008). Bioteca y derechos humanos. Buenos Aires: Depalma.
Torré, A. (1999). Introducción al derecho. Buenos Aires: Perrot.
DICCIONARIOS
CABANELLAS, Guillermo. (2008). Diccionario Jurídico. Editorial Heliasta. Edición Argentina Buenos Aires. Tomo Cuarto.
DICCIONARIO JURÍDICO NACIONAL. (2003). Primera Edición, Editorial Distribuidora Jurídica Nacional. Quito, Ecuador.
CUERPOS LEGALES
Constitución de la República. Editorial Corporación de Estudios y Publicaciones. Quito Ecuador.
Código Orgánico Integral Penal. Editorial Corporación de Estudios y Publicaciones. Quito Ecuador.
Tratados y convenios internacionales
Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia Código Civil Ecuatoriano
ANEXOS
ANEXO 1 ENCUESTA
PREGUNTA N.1.- ¿Considera Usted que la Constitución de la República protege y garantiza la vida desde la concepción?
Si ( ) No ( )
PREGUNTA N. 2.- ¿De acuerdo a su criterio estima que el Nasciturus debe ser considerado como sujeto de derechos?
Si ( ) No ( )
PREGUNTA N. 3.- ¿Considera Usted que se debe establecer dentro de nuestro marco jurídico constitucional el Principio de la Personalidad Jurídica para garantizar y proteger a la persona que está por nacer?
Si ( ) No ( )
PREGUNTA N. 4.- ¿Tiene conocimiento de la importancia de la protección jurídica y legal del nasciturus dentro del marco jurídico ecuatoriano?
Si ( ) No ( )
PREGUNTA N. 5.- ¿Tiene conocimiento cuáles son los derechos de protección del nasciturus dentro de la Constitución de la República?
Si ( ) No ( )
PREGUNTA N. 6.- ¿Cree usted que las normas legales existentes en el Ecuador son suficientes para proteger la vida del Nasciturus?
Si ( ) No ( )
PREGUNTA N. 7.- ¿Cree usted que se está aplicando correctamente la protección jurídica y legal al nasciturus dentro de los procesos judiciales?
Si ( ) No ( )
PREGUNTA N. 8.- ¿Cree usted que con la protección al nasciturus de acuerdo a las políticas públicas en el Ecuador se está garantizando el derecho a la vida desde su concepción según la Constitución de la República?
Si ( ) No ( )
PREGUNTA N. 9.- ¿Está de acuerdo en que se debe reformar el Código Civil ecuatoriano, el artículo que hace referencia sobre la fecha de nacimiento y concepción? Si ( )
No ( )
PREGUNTA N. 10.- ¿Considera usted que la elaboración de una estrategia de sensibilización contribuye a la protección legal del nasciturus, para evitar la vulneración de sus derechos dentro de la sociedad ibarreña?
Si ( ) No ( )
ANEXO 2 PERFIL
UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES “UNIANDES - IBARRA”
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA CARRERA DE DERECHO
PERFIL DE TESIS PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA
TEMA:
“LOS DERECHOS DEL NASCITURUS DENTRO DEL MARCO JURÍDICO ECUATORIANO”
AUTORA: HERNÁNDEZ VILLAGÓMEZ MARJORIE DANIELA ASESOR: DR. CHAMORRO VALENCIA DIEGO XAVIER
IBARRA-ECUADOR 2015
1.- TEMA: “LOS DERECHOS DEL NASCITURUS DENTRO DEL MARCO JURÍDICO ECUATORIANO”
2.- DESARROLLO
2.1.- Antecedentes de la investigación
La situación jurídica del ser que está por nacer ha sido a lo largo de la historia, una cuestión que ha generado grandes impactos no solo jurídicos o legales, sino también sociales, ya que lo que se ha tratado es de determinar la posición de la Constitución de la República y el Código Civil ecuatoriano frente a este tema, en esta investigación se pretende analizarla con las distintas corrientes doctrinarias con respecto al alcance de los términos: persona, nasciturus y sujeto de derecho, así como las diferentes teorías acerca del tratamiento jurídico que se le debe dar al no nato, para después a partir de un profundo estudio de las leyes y tratados que forman parte del ordenamiento jurídico ecuatoriano, llegar a determinar si el ser que se encuentra en el vientre materno es considerado como persona o sujeto de derecho a partir de la concepción o no. (Barbosa, 2002, pág. 34)
En el Ecuador se diferencian varias normas existentes en diversos cuerpos legales, en las cuales se considera al no nacido de diversas formas, desde un sujeto pleno de derechos a partir de la concepción, hasta como un sujeto digno de protección jurídica o simplemente como persona, la cual está sujeta a un amparo jurídico
La existencia de la persona humana, al menos para los efectos jurídicos, supone la vida. “Es persona todo individuo de la especie humana, pero con la condición de que viva. Si todavía no ha llegado a la vida, no es más que una posibilidad; si ha muerto, ha dejado de ser persona jurídicamente hablando” (Carrión, 2006, pág. 95)
Por lo tanto, el momento inicial y final de la vida tiene suma importancia ya que nace la idea y duda de que si existe vida desde que se unen alma y cuerpo para formar esta sustancia compuesta que es el hombre o no.
El objeto de la presente investigación es realizar un análisis jurídico y legal de esta doctrina, a fin de establecer las diversas posiciones respecto del comienzo de la vida humana, de las normas existentes en el ordenamiento jurídico ecuatoriano, de la posición asumida por otras legislaciones, o tratados internacionales del problema actual en cuanto a la utilización de la
pastilla denominada “del día después”, para concluir con una aproximación a las normas legales que armonizan el marco jurídico ecuatoriano.
2.2.- Situación problemática
Tomando en cuenta los antecedentes expuestos, nace la necesidad de emprender un análisis jurídico y legal partiendo del desconocimiento que tiene una muestra de la población acerca de los derechos que le asisten al nasciturus dentro de nuestra legislación, para así poder compararlas con otras legislaciones y determinar de esta forma la posición que nuestra legislación ha adoptado, y a su vez hacer un análisis sobre el impacto que esto ha ocasionado en nuestra sociedad.
Después de haber realizado un breve análisis de las principales normas que conforma el sistema legal ecuatoriano, se pudo notar una evidente contraposición y contradicción que existen entre algunos artículos de ciertos cuerpos normativos, como analizare a profundidad posteriormente. A partir de un estudio preliminar he logrado concluir como hipótesis principal de mi investigación, que nuestra legislación tanto en el ámbito internacional, constitucional y legal se le reconoce al no nacido como persona y sujeto de derecho, pero que la ignorancia de las personas a través de los tiempos ha generado confusión y desconcierto. (García, 2011, pág. 21)
En la actualidad, lamentablemente el problema de la protección jurídica del ser humano que vive en el vientre materno, se ha vuelto una tarea difícil de entender por la existencia de criterios y apreciaciones encontradas. Pero el problema de la protección jurídica del Nasciturus encuentra su origen justamente en el concepto mismo de la palabra persona o sujeto de derecho, varias son las normas jurídicas de carácter interno e instrumentos internacionales a los que el Ecuador se ha adherido u otorgado rango constitucional, que prescriben la existencia jurídica de la persona desde el momento mismo de su concepción. En tal virtud motivada y acarreada por la basta problemática jurídica de la naturaleza y tratamiento del no nato que muestra en el derecho ecuatoriano así como, por nuestro pensamiento humanista que defiende el derecho a la vida humana, y el impacto social que genera esta problemática he decidido exponer en este trabajo las distintas corrientes de pensamiento que defienden, diferentes teorías acerca del alcance de los términos persona, y de la condición jurídica del nasciturus así como temas relacionados al aborto y lo que esto
implica en la sociedad, tomando en cuenta también distintos tratados de derechos humano y leyes internas que nos sirven de ayuda para determinar la condición jurídica del no nacido en nuestro país, además de la polémica que se genera con la prevalencia de los derechos; es decir si se prioriza la vida de la madre sobre la del niño que está por nacer en un caso de gravedad o cuando la vida de la misma se encuentre en estado de vulneración, tomando en cuenta que la constitución se ratifica en garantizar y tener prioridad a los niños considerándolos como grupos de atención prioritaria y de atención exclusiva e inmediata.
La condición jurídica de la criatura que se encuentra en el vientre materno, ha sido a lo largo de la historia, una cuestión que ha generado grandes debates y poco consenso; con el afán de determinar la posición del Ecuador frente al tema, en esta investigación se ha analizado las distintas corrientes doctrinarias con respecto al alcance del término persona, así como las diferentes teorías acerca del tratamiento jurídico que se le debe dar al nasciturus; para después, a partir de un profundo estudio de las leyes, códigos y tratados que forman parte del sistema jurídico ecuatoriano, así como la jurisprudencia pertinente, concluir que en nuestro país, el nasciturus es una persona, titular de derechos, que merece un tratamiento jurídico acorde a su naturaleza humana.
2.3.- Problema científico
¿Cómo favorecer dentro del marco jurídico ecuatoriano, los derechos que le asisten al nasciturus?
2.4.- Objeto de investigación y campo de acción 2.4.1.- Objeto de investigación
El objeto de estudio de investigación de este presente trabajo son los derechos que le asisten al nasciturus dentro del marco jurídico ecuatoriano.
2.4.2.- Campo de acción
El campo de acción del presente trabajo son los derechos que le asisten al nasciturus en la ciudad de Ibarra.
Este trabajo de investigación se lo realizará en la Provincia de Imbabura, Cantón Ibarra en el período comprendido del mes de Enero a Diciembre del 2015.
2.5.- Identificación de la línea de investigación
La línea de investigación es acerca de la protección de derechos y garantía constitucionales conforme al manual de investigación de Uniandes.
2.6.- Objetivo general
Diseñar una estrategia de sensibilización, dirigida a la sociedad Ibarreña para favorecer los derechos que le asisten al nasciturus.
2.7.- Objetivos específicos
Fundamentar la normativa legal de los derechos que le asisten al nasciturus en base de la Constitución de la República, tratados internacionales y la ley.
Diagnosticar en la ciudad de Ibarra el cumplimiento de la normativa jurídica que garantiza los derechos que le asisten al nasciturus.
Elaborar una estrategia de sensibilización para atenuar deficiencias diagnosticadas. Determinar la factibilidad de la propuesta.
2.8.- Idea a defender
Con la aplicación de la estrategia de sensibilización dirigida a la sociedad de Ibarra, se logra la efectivización de los derechos que le asisten al nasciturus.
2.9.- Variables de la investigación Variable independiente
Estrategia de sensibilización. Variable dependiente
La efectivización de los derechos que le asisten al nasciturus dentro del marco jurídico ecuatoriano.
2.10.- Metodología, técnicas e instrumentos a emplear
Las metodologías que empleare en la presente investigación son las siguientes: 2.10.1.- Métodos
2.10.1.1.- Método científico.- Es el conjunto de reglas que señalan el procedimiento para llevar a cabo, una investigación cuyos resultados sean aceptados como válidos por la comunidad científica; este método se aplicará al momento de compilar y revisar las principales posiciones doctrinarias legales con respecto a los derechos que le asisten al nasciturus dentro del marco jurídico ecuatoriano.
2.10.1.2.- Método analítico - sintético.- Es la reunión de las partes o elementos para analizar dentro de un todo su naturaleza y comportamiento con el propósito de identificar las características del fenómeno observado, siguiendo un fenómeno similar al del análisis. Y el método analítico: consiste en la separación de las partes de un todo para estudiantes en forma individual análisis y la reunión racional de elementos dispersos para estudiarlos en su totalidad; este método lo utilizaremos por cuanto lo vamos a llevar a cabo desde diferentes perspectivas las cuales reuniremos para dar una conclusión final.
2.10.1.3.- Método histórico lógico.- Es un estudio o análisis de un todo desde tiempos primitivos hasta la actualidad en la materia objeto de estudio, por lo que está vinculado al conocimiento de las distintas etapas de los objetivos en su sucesión cronológica, para conocer la evolución y desarrollo del objeto o fenómeno de la investigación. Mediante el método histórico se analiza la trayectoria concreta de la teoría, su condicionamiento a los diferentes períodos de la historia; la historia enriquece de conocimientos mismos que se utilizan mucho en la presente investigación lo que nos garantiza y da una mayor certeza a la presente investigación; con este método podemos conocer la evolución que ha tenido este fenómeno desde la antigüedad y las principales respuestas que se han dado en el plano legislativo.
2.10.1.4.- Método inductivo deductivo.- Del latín inductivo, de in. En, y de ducere: conducir. Acción o efecto de inducir, modo de razonar que consiste en sacar de los hechos particulares una conclusión general; la inducción es el razonamiento que analiza una porción de un todo; y el método deductivo: del latín deducir, sacar consecuencias, es el razonamiento que parte de un marco general de referencia hacia algo en particular; este método se utilizará
para inferir de lo general a lo específico, de lo universal a lo individual; además con este método podemos llegar a conclusiones generales partiendo del estudio de casos específicos. 2.10.2.- Técnicas e instrumentos
2.10.2.1 Técnicas
2.10.2.2.- La Encuesta.- Se aplicará mediante un formulario previamente elaborado, a las mujeres en etapa de gestación y en si a la sociedad en general de la ciudad de Ibarra, que nos pueda ayudar con los datos.
2.10.2.3.- Entrevista.- Es un formulario previamente elaborado, este tipo de entrevistas se aplican a personas conocedoras del tema y se busca conocer lo que saben o conocen del tema, no así lo que son o hacen; esta entrevista se la aplicara principalmente a las mujeres en estado de gestación del Cantón Ibarra.
2.10.2.4.- Observación.- Es una actividad realizada por un ser vivo (como un ser humano) que detecta y asimila la información de un hecho, o el registro de los datos utilizados, los