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Impacto social

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Detalle V. unitario V total

Art 95.- Impedimentos dirimentes del matrimonio Es nulo el matrimonio contraído por las siguientes personas:

6.7. Impacto social

Los Derechos Humanos, en su concepción general, tienen que ver con las condiciones y circunstancias que atañen a la vida de las personas; por eso hoy se precautela, inclusive, los derechos de la naturaleza, por cuanto tenemos derecho a vivir en un ambiente sano y libre de contaminación.

El derecho a formar una familia mediante la adopción, a compartir su vida en un ambiente familiar y que su patrimonio tenga prolongación en el tiempo, son sin duda derechos que repercuten en la vida de las familias, razón suficiente para sostener que los Art. 95 y 102 del Código Civil violan los derechos humanos de las personas impotentes.

En ese sentido, se considera que la reforma planteada al Art. 95 Código Civil, respecto de los impedimentos dirimentes del matrimonio, núm. 4, y el Art. 102 de las solemnidades, núm. 2, tienen un nivel de impacto social alto, pues en cuanto se haga por garantizar que los derechos de las personas tengan vigencia en la práctica, y que el Derecho garantice en desenvolvimiento armónico de la sociedad, donde todos gocemos de iguales derechos y oportunidades, es un aporte académico al desarrollo de la ciencia del Derecho, y una demostración de su compromiso de ser un ente activo del proceso de cambio y transformación social.

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Instituciones del Ecuador

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109 ANEXOS

Glosario de términos jurídicos

Constitución.- Suprema Ley de la República o Ley de Leyes. Es un sistema de normas, reglas y principios jurídicos supremos y universales que rige la organización y funcionamiento del Estado y de la sociedad.

Derecho procesal.- Es una serie de procedimientos jurídicos que tiene por objeto la protección de los derechos de las personas por parte de los función jurisdiccional.

Derecho.- Es la facultad natural de obrar de acuerdo con nuestra voluntad, salvo los límites del derecho ajeno. Es la potestad individual de hacer, poder, elegir o abstenerse, de exigir, permitir o prohibir a los demás.

Derechos Humanos.- Conjunto de prerrogativas que reconocen nuestra Constitución y los Estados miembros de la Organización de las Naciones Unidas para que el hombre pueda desenvolverse con dignidad, igualdad y libertad. Son la base de la existencia humana y de la coexistencia, por tanto son universales, indivisibles e interdependientes.

Derechos y garantías.- Conjunto de declaraciones solemnes que tienden a asegurar a las personas los beneficios de la libertad, igualdad, seguridad y a fomentar la tranquilidad ciudadanas frente a la acción arbitraria de la autoridad.

Familia.- Por linaje o sangre, la familia lo constituye el conjunto de ascendientes, descendientes y colaterales de un tronco común, y los

110 cónyuges de los parientes casado. Además se considera como el núcleo de la sociedad.

Hospicio.- Asilo en que se mantenimiento y educación a niños pobres, abandonados o huérfanos.

Igualdad.- Consiste en aplicar la ley y recibir el mismo tratamiento en todos los casos concretos. Es la facultad de toda persona a exigir a que se la trate en las mismas condiciones que a las demás personas que se encuentran en la misma situación.

Impotente.- Persona incapaz de tener descendencia.

Justicia social.- Es una forma de poner en práctica principios universales y jurídicos de igualdad, libertad y de solidaridad, sin opresión económica, política y social, a y regular las relaciones de capital – trabajo, efecto de garantizar equidad de posibilidades y oportunidades.

Libertades individuales.- Son inherentes a la persona humana, lo cual significa que son derechos constitucionales universales que lo ubican fuera del alcance de la política ordinaria.

Matrimonio.- Es la base de la familia, clave de la perpetuidad de la especie y célula de la organización social.

Patrimonio.- Conjunto de bienes, créditos y derechos de una persona que ha logrado a formar y constituir en su vida.

111 ANEXOS

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