de acciones necesarias para asistir a la Junta General.
SÍ
Número de acciones necesarias para asistir a la Junta General 600
E.10 Indique y justifique las políticas seguidas por la sociedad referente a las delegacio- nes de voto en la junta general.
Según dispone el artículo 9.7 del Reglamento de la Junta General cuando la representa- ción haya sido válidamente otorgada de conformidad con la Ley y el propio Reglamento, pero no incluya en la misma instrucción para el ejercicio del voto o se suscitaran dudas sobre el destinatario o el alcance de la representación, se entenderá que la delegación: (i) se efectúa a favor del Presidente del Consejo de Administración; (ii) se refiere a todas las propuestas que forman el orden del día de la Junta General, y (iii) se pronuncia por el voto favorable a las mismas.
Además, existe un Manual relativo a la Preparación, Convocatoria y Escrutinio de la Junta General, cuyo cumplimiento en la celebración de las Juntas de 2005 a 2010 fue sometido a un proceso de verificación con resultado satisfactorio por Deloitte S. L. en 2005 y 2006, PricewaterhouseCoopers, S.L. en 2007, 2008, 2009 y 2010 y KPMG Auditores, S.L en 2011 y 2012. En el citado Manual se recogen las principales reglas interpretativas que es pre- ciso aplicar en el cómputo de los votos y delegaciones realizados mediante el envío de las tarjetas de voto y delegación incluidas en la convocatoria. Corresponde al El Presidente de la Junta General o, por delegación del mismo, el Secretario de la misma, resolver todas las dudas que se susciten respecto de la validez y eficacia de los documentos de los que derive el derecho de asistencia de cualquier accionista a la Junta General a título individual o por agrupación de acciones, así como la delegación o representación a favor de otro accionis- ta, procurando favorecer la subsanación de los defectos que presenten y la voluntad del accionista de estar representado en la Junta General, si resulta posible.
E.11 Indique si la compañía tiene conocimiento de la política de los inversores institu- cionales de participar o no en las decisiones de la sociedad:
NO 11o.3.- Fijación del número de consejeros.
12o. Delegación en el Consejo de Administración, conforme al artículo 297 de la Ley de Sociedades de Capital, con facultad de sustitución a favor de la Comisión Ejecutiva, de la facultad de aumentar el capital social, durante un plazo de cinco años, hasta la cantidad máxima correspondiente al 50% del capital social de la Sociedad en la fecha de la autorización; con la previsión de suscripción incompleta conforme al ar- tículo 507 de la Ley de Sociedades de Capital; y delegando la facultad de modificar el artículo 5o de los Estatutos Sociales. Delegar la facultad de excluir el derecho de suscripción preferente en relación con dichas emisiones de acciones y la de solicitar la admisión y exclusión de negociación de las acciones, obligaciones y valores emi- tidos. Dejar sin efecto la delegación acordada por las Juntas Generales de ejercicios anteriores.
13o. Delegación a favor del Consejo de Administración, con expresa facultad de sustitu- ción a favor de la Comisión Ejecutiva, por el plazo de cinco (5) años, de la facultad de emitir directa o indirectamente bonos, obligaciones y valores de renta fija en gene- ral, participaciones preferentes, valores del mercado hipotecario y otros valores que representen deuda, no canjeables ni convertibles en acciones (incluyendo warrants, liquidables mediante entrega física o mediante diferencias), así como para otorgar la garantía de Bankinter S.A. a las referidas emisiones dejando sin efecto, en la cuantía no utilizada, las delegaciones acordadas por la Junta General de accionistas de 23 de abril de 2009.
14o. Acuerdos sobre remuneraciones:
14o.1.- Aprobación de la retribución de los Consejeros consistente en entregas de accio- nes, en los términos establecidos en los Estatutos Sociales.
14o.2.- Aprobación de la retribución de los Consejeros ejecutivos consistente en la entrega de acciones como parte de su retribución variable, devengada en el Plan de incen- tivos 2011 por sus funciones ejecutivas.
15o. Autorización al Consejo de Administración, con facultad de sustitución, para formali- zar, interpretar, subsanar y ejecutar los acuerdos de esta Junta.
Puntos de carácter consultivo o informativo:
16o. Informe sobre política de retribuciones de los Consejeros y la Alta Dirección, según el artículo 61.ter de la Ley de Mercado de Valores.
17o. Información sobre la modificación parcial del Reglamento del Consejo de Adminis- tración de acuerdo con lo establecido en el artículo 528 de la Ley de Sociedades de Capital.
F - GRADO DE SEGUIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES DE GOBIERNO CORPORATIVO
Indique el grado de seguimiento de la sociedad respecto de las recomendaciones del Código Unificado de Buen Gobierno. En el supuesto de no cumplir alguna de ellas, ex- plique las recomendaciones, normas, prácticas o criterios, que aplica la sociedad. 1. Que los Estatutos de las sociedades cotizadas no limiten el número máximo de votos
que pueda emitir un mismo accionista, ni contengan otras restricciones que dificul- ten la toma de control de la sociedad mediante la adquisición de sus acciones en el mercado.
Ver epígrafes: A. 9, B.1.22, B.1.23 y E.l, E.2 Cumple
2. Que cuando coticen la sociedad matriz y una sociedad dependiente ambas definan públicamente con precisión:
a) Las respectivas áreas de actividad y eventuales relaciones de negocio entre ellas, así como las de la sociedad dependiente cotizada con las demás empresas del grupo; b) Los mecanismos previstos para resolver los eventuales conflictos de interés que puedan
presentarse.
Ver epígrafes: C.4 y C.7 No Aplicable
3. Que, aunque no lo exijan de forma expresa las Leyes mercantiles, se sometan a la aprobación de la Junta General de Accionistas las operaciones que entrañen una modificación estructural de la sociedad y, en particular, las siguientes:
a) La transformación de sociedades cotizadas en compañías holding, mediante «filiali- zación» o incorporación a entidades dependientes de actividades esenciales desarro- lladas hasta ese momento por la propia sociedad, incluso aunque ésta mantenga el pleno dominio de aquéllas;
b) La adquisición o enajenación de activos operativos esenciales, cuando entrañe una modificación efectiva del objeto social;
c) Las operaciones cuyo efecto sea equivalente al de la liquidación de la sociedad. Cumple
E.12 Indique la dirección y modo de acceso al contenido de gobierno corporativo en su página Web.
La dirección de la web corporativa de Bankinter es www.bankinter.com/webcorporativa. Dentro de la pestaña de Gobierno Corporativo de dicha web en el menú de la izquierda aparece un enlace directo a todos contenidos de Gobierno Corporativo de Bankinter (Es- tatutos Sociales, Reglamento de la Junta General, Reglamento del Consejo, información de las últimas Juntas, informes de gobierno corporativo, información de los Consejeros, información de participaciones significativas, autocartera, etc.).