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INSTRUMENTOS JURÍDICOS EXISTENTES PARA COMBATIR LA TRATA DE PERSONAS

DEPARTAMENTO DE JUSTICIA

2.1.1 INSTRUMENTOS JURÍDICOS EXISTENTES PARA COMBATIR LA TRATA DE PERSONAS

Los pilares legales contra la trata en EE.UU tienen diversas fuentes:

 Enmiendas Constitucionales que consagran el respeto y la protección a los

derechos civiles y políticos de los individuos y prohíben la esclavitud.59

 Compromisos Internacionales adquiridos por los Estados Unidos:

Convención de Naciones Unidas contra la Delincuencia Transnacional Organizada y el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata, especialmente de Mujeres y Niños.

 Cabe mencionar que también en los años 90, se ratificó la Convención 182

de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre la Eliminación de las peores formas de trabajo infantil y los Protocolos Facultativos contra Prostitución Infantil y contra la Participación de los Niños en Conflictos Armados.

En la Ley de Protección a Víctimas de la Trata de Personas, (TVPA) se señalan formas graves de la trata de personas tales como:

 La trata sexual, en la cual un acto sexual comercial se comente mediante la

fuerza, el fraude o la coacción o en la que la persona inducida a realizar tal acto es menos de 18 años.

 La captación, acogida, transporte, provisión u obtención de una persona

con fines de trabajo o servicios, recurriendo al uso de la fuerza, el fraude o la coacción, con el propósito de someterla a la servidumbre involuntaria, cautiverio por endeudamiento o esclavitud.

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Dado que la trata es una forma de esclavitud y viola los derechos humanos fundamentales, es un delito que atenta contra la Constitución.

La TVPA prevé la creación de un estatus migratorio especial para las víctimas extranjeras de trata externa ya que no contempla la trata interna. La denominada visa T otorga al migrante la posibilidad de permanecer en EE.UU durante 3 años con un permiso de trabajo y con acceso a los beneficios y servicios que ofrece el Departamento de Salud y Servicios Sociales, siempre y cuando las víctimas cooperen con la aplicación de la justicia.

Otros de los beneficios para las víctimas que contempla la TVPA son: 1. Deben ser tratadas como víctimas, no como delincuentes

2. Tienen derecho a ser respetados en sus derechos fundamentales, su identidad y privacidad.

3. No pueden ser deportados así estén en situación de irregularidad migratoria.

4. Deben recibir asistencia para suplir sus necesidades básicas e inmediatas. 5. Se les debe proveer protección física.

6. Se les debe facilitar información en un idioma comprensible para ellas. 7. Deben recibir asistencia integral y servicios sociales.

Frente a la penalización de los tratantes, la TVPA ha sido contundente con lo que respecta a las sanciones, así quienes cometan crímenes de peonazgo tendrán una pena de 10 a 20 años.

Tal como se aprecia en el cuadro 17, el peonazgo, la servidumbre involuntaria, la incitación a la esclavitud, la trata con fines de explotación sexual o de trabajo forzado alcanzan penas altas en EEUU.

Las autoridades pueden investigar a ciudadanos norteamericanos o residentes permanentes que viajen al exterior e incurran en abuso o explotación sexual comercial de menores y la pena por este tipo de delitos es de treinta años de

CUADRO 17. DELITOS Y SANCIONES EN EE.UU

DELITO PENA / SANCIÓN

Crímenes de peonazgo Incitación a la esclavitud Servidumbre involuntaria

Paso de 10 a 20 años*

Puede aumentar bajo circunstancias agravantes, como secuestro, abuso sexual y/o asesinato.

Trata con fines de explotación sexual Trata con fines de trabajo forzado

Hasta 20 años de cárcel y/o multa

Elaboración propia con datos de http://www.state.gov/g/tip/rls/tiprpt/2004/

Cabe mencionar que a finales de 2003, el Congreso ratificó la Ley de

Reautorización de la Protección de las Víctimas de la Trata de Personas, TVPRA60

misma que enmienda el TVPA.

Esta ley participa con instituciones estatales como Secretarias y Agencias de gobierno, el entonces presidente Bush enmendó la TVPA, por lo que se ordena a los organismos federales que fortalezcan sus esfuerzos, capacidades y coordinación colectiva, en apoyo a políticas de la lucha contra la trata de personas. Esta iniciativa Presidencial para combatir la trata establece que la prostitución y las actividades relacionadas con ésta son prácticas inherentemente nocivas al ser humano, deshumanizantes y contribuyen a promover la trata de personas. Por lo tanto, el Gobierno de los Estados Unidos no brinda fondos a organizaciones que promuevan la legalización o regularización de la prostitución como forma legítima de trabajo ya que su posición es atacar no sólo la oferta sino

la demanda.61

60

Entre otras cosas la TVPA fortalece las herramientas que las autoridades estadounidenses emplean para enjuiciar a los tratantes y aumenta la asistencia que se da a las víctimas de trata. A través de esta ley, se requiere que el Departamento de Estado vigile más de cerca esfuerzos que los gobiernos llevan a cabo para procesar a los tratantes.

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CUADRO 18. LEYES CONTRA LA TRATA DE PERSONASAPROBADAS EN EE.UU

En el cuadro 18, se reúne información relevante de las leyes aprobadas por Estados Unidos contra la trata de personas.

TVPA (2000) TVPA (2003) Directiva Presidencial 22 de Seguridad Nacional (2003) Act Protect (2003)

Tipifica la trata y sus modalidades. Reconoce a las personas objeto de la trata como víctimas y no como delincuentes. Insta al gobierno para que persiga a los tratantes y haga justicia, para proteger y asistir a las víctimas

Hace elegible bajo ciertas

circunstancias, un tipo de visa especial T, para las víctimas, con la cual reciben asistencia integral y protección sino llegan a obtener residencia.

Fortalece los medios penales para procesar y castigar a los tratantes, al tiempo que aumenta la asistencia y los programas de protección a las víctimas. Compromete a las instituciones estatales en su lucha contra la trata.

Se insta a todas las agencias ejecutivas del Estado a crear un plan estratégico para avanzar en la lucha contra la trata y evitar duplicar esfuerzos. Permite investigar a ciudadanos norteamericanos que fuera de su territorio infrinjan las leyes de trata y participen en actos de explotación sexual comercial, especialmente de menores.