2. MARCO METODOLÓGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA
2.8.3. Interpretación de la entrevista realizada
Se realizó la entrevista a la Ab. Andrea Chávez, profesional del derecho en libre ejercicio del Cantón Santo Domingo, quien muy amablemente respondió al pliego de preguntas que se formuló en la entrevista, la misma que a continuación la se la trascribe.
Pregunta Uno:
¿Sabe Usted, que la Constitución de la República, garantiza derechos a favor de los ciudadanos?
Respuesta. - Primeramente quiero expresarle mi agradecimiento por la oportunidad que me brinda de expresarme a través de ésta entrevista. Contestando a su pregunta debo manifestar que efectivamente nuestra Constitución en su artículo 1 manifiesta que el Ecuador es un Estado de derechos, en base a ello es que esta carta magna, ha establecido una gama de derechos en favor de la ciudadanía, siendo obligación de las autoridades y los funcionarios públicos velar por el estricto cumplimiento y goce efectivos de todos y cada uno de los derechos que allí se encuentran establecidos.
Pregunta dos:
¿Sabe usted que las personas que han sido sentenciadas penalmente, una vez que recuperan su libertad, se les hace complicado acceder a un empleo?
Respuesta.- Bueno, nuestra Constitución en el Art. 11 numeral 2, nos indica que todas las personas somos iguales ante la ley y que gozaremos de los mismos derechos y oportunidades, incluso más adelante determina que nadie puede ser discriminado por su pasado judicial, sin embargo tengo conocimiento que las personas que en su momento fueron privadas de la libertad, al recuperar la libertad y al buscar un empleo, generalmente les resulta complicado conseguirlo, pues los empleadores tienen cierto recelo de brindarles la oportunidad de laborar y quizá se
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deba a que al darles la oportunidad de trabajar a éstas personas se puede generar un ambiente hostil en la empresa, tanto con los demás trabajadores, así como con los empleadores, es mi criterio que allí se produce una discriminación, siendo obligación de las autoridades competentes hacer que efectivamente se cumplan los derechos en favor de este grupo de personas.
Pregunta tres:
¿Es adecuado el control que realizan las autoridades de Cantón Santo Domingo, para que las personas sentenciadas penalmente accedan sin inconvenientes a un empleo?
Respuesta. - De lo que yo conozco poco o nada se ha realizado por parte de las autoridades del Ministerio de Relaciones Laborales, con respecto al control de las personas empleadoras para que brinden acceso al trabajo sin dificultades, en beneficio de las personas que han recuperado su libertad, considero que debe difundirse y promocionarse el derecho de las personas rehabilitadas para que puedan laborar y convertirse en personas útiles para la sociedad.
Pregunta cuatro:
¿Cómo profesional del Derecho, considera usted que se debe implementar normas para garantizar el acceso a un empleo de las personas que han recuperado su libertad?
Respuesta.- Haber, la normativa legal existe, como ya le mencioné anteriormente la Constitución que es la norma suprema de un estado determina que el trabajo es un derecho y un deber social, constituye la base de la economía, es obligación del Estado por medio del poder público velar por que efectivamente se cumplan estas disposiciones, mucho más cuando nadie puede ser discriminado por su pasado judicial, entonces es también obligación de las personas empleadoras dar las facilidades para convertir a estas personas en entes productivos, no olvidemos que
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el empleador incluso el negarle trabajo a una persona por sus antecedentes, le puede acarrear una responsabilidad penal por delito de discriminación.
Pregunta cinco:
¿Considera necesario que se capacite a los empleadores a fin de que en las empresas se establezcan políticas de reinserción laboral de las personas sancionadas penalmente?
Respuesta.- Sería una iniciativa positiva que la ciudadanía aplaudiría, porque al momento que los empleadores acogieran en sus empresas a las personas que han recuperado su libertad, luego de cumplida una sentencia, sin restricción alguna, pienso que de alguna manera, se estaría combatiendo la delincuencia, pues de acuerdo a estudios realizados por profesionales conocedores de la materia, indican que la desocupación es la cuna del origen delincuencial, por ello es nuestro deber como miembros de la sociedad ayudar en la búsqueda de soluciones en procura del bien común, porque ello dará como resultado la paz social.
PLANTEAMIENTO DE LA PROPUESTA
Una vez que se ha establecido los derechos vulnerados de las personas que han sido sancionadas penalmente y verificados la falta de oportunidades de trabajo para este grupo vulnerable, se ha llegado a establecer la necesidad de elaborar un Informe Jurídico estructurado de la siguiente manera:
Antecedentes.
Objetivo general determinando lo que provoca la no reinserción laboral de las personas con un pasado judicial.
De la misma manera los objetivos específicos para poder determinar las causas y efectos que tienen que ver con la reinserción laboral de las personas con un pasado judicial.
Exposición de derechos vulnerados
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CONCLUSIONES PARCIALES DEL CAPÍTULO II
Al término del presente capítulo se realizan las siguientes conclusiones parciales del mismo:
El capítulo referente al marco metodológico, evidencia la metodología empleada para la realización del presente trabajo investigativo, en especial las encuestas realizadas, la entrevista aplicada, que permitió obtener información de primera mano sobre la problemática detectada y esbozada en la introducción y el capítulo I.
Que los gráficos y la interpretación de los mismos permiten tener una idea clara de cómo se ve el problema y como se solucionaría el mismo.
Con la presentación de un informe jurídico ante las autoridades competentes como: Dirección Provincial del Consejo de la Judicatura de Santo Domingo de los Tsáchilas, Unidad Judicial Penal y Tránsito del cantón Santo Domingo, Dirección Provincial del Ministerio de Relaciones Laborales de Santo Domingo de los Tsáchilas, Delegación Provincial de la Defensoría del Pueblo y demás autoridades competentes a fin de evidenciar que este problema puede existir y muchas veces la falta de aplicación de los derechos constitucionales en favor de las personas que han sido sancionadas penalmente, como es el derecho al trabajo sin discriminación alguna, con lo cual se está violentando los derechos del Buen Vivir – Sumak Kawsay al que tenemos derechos todos los ciudadanos y ciudadanas del País.
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