EXPEDIENTE: 400/2006.
E D I C T O
En los autos del juicio ORDINARIO MERCANTIL promovido por GRETAG DE MEXICO S. DE R.L. DE C.V. en contra de TIENDAS DE IMAGEN S.A. DE C.V., El C. Juez Décimo Sexto de lo Civil del Distrito Federal, Licenciado FRANCISCO CASTILLO GONZÁLEZ ordeno publicar los siguientes autos: México Distrito Federal, a primero de Febrero del dos mil siete. A sus autos el escrito de cuenta de la parte actora, como lo solicita en términos del artículo 1070 del Código de Comercio, hágasele saber por medio de edictos a la demandada TIENDAS DE IMAGEN S.A. DE C.V. por conducto de su representante legal, que se publicaran por TRES VECES CONSECUTIVAS en el Boletín Judicial y en el periódico LA JORNADA, que en la Secretaria “B” del juzgado se encuentran a su disposición las copias simples debidamente selladas, foliadas y cotejadas para el traslado respectivo, por lo que deberá presentarse ante la Secretaria señalada dentro del término de TREINTA DIAS para que se le corra el traslado respectivo, con el apercibimiento de que en caso de no presentarse dentro del término señalado el juicio se seguirá en su rebeldía en términos de lo señalado por el artículo 1069 del Código antes señalado, en el entendido de que el término empezara a contar al día siguiente de la última publicación de los edictos ordenados. Y como lo solicita la parte actora gírese atento exhorto al C. JUEZ COMPETENTE EN EL ESTADO DE YUCATAN, para que en auxilio de las labores de este juzgado se proceda a realizar la publicación de los
edictos antes señalados en el boletín judicial y en un periódico de mayor circulación de su jurisdicción.- Notifíquese.- Lo proveyó y firma el C. Juez Décimo Sexto de lo Civil, Licenciado FRANCISCO CASTILLO GONZÁLEZ que provee y acuerda, ante su la Secretario de Acuerdos “B” que autoriza y da fe.- Doy fe. OTRO AUTO: México Distrito Federal a nueve de Febrero del dos mil siete. A sus autos el escrito de cuenta de la parte actora, en sus términos para los efectos legales a que haya lugar; por hechas las manifestaciones que vierte el ocursante, en consecuencia , con fundamento a lo dispuesto por el artículo 1055 fracción VIII del Código de Comercio, se deja sin efectos el proveído que antecede de primero de Febrero del año en curso, en su renglón vigésimo tercero en la parte que dice: “...Boletín Judicial...” por ser incorrecto; en su lugar debe decir “...DIARIO OFICIAL...”, por ser lo correcto; aclaración que se hace para no dejar en estado de indefensión a ninguna de las partes.- Notifíquese.- Lo proveyó y firma el C. Juez Décimo Sexto de lo Civil, Licenciado FRANCISCO CASTILLO GONZÁLEZ ante el C. Secretario de Acuerdos “B” que autoriza y da fe.- Doy fe. OTRO AUTO: México Distrito Federal a veinticinco de Enero del dos mil siete. A sus autos el escrito de cuenta de la parte actora, en sus términos para los efectos legales a que haya lugar; por exhibida la copia simple que se acompaña, y sin lugar a proveer de conformidad lo solicitado, hasta en tanto no obre en autos la contestación del oficio girado a la Secretaria de Administración Tributaria.- Notifíquese.- Lo proveyó y firma el C. Juez Décimo Sexto de lo Civil, Licenciado FRANCISCO CASTILLO GONZÁLEZ ante el C. Secretario de Acuerdos “B” que autoriza y da fe.- Doy fe. OTRO AUTO: México Distrito Federal a ocho de Enero del dos mil siete. A sus autos el escrito de cuenta de la parte actora, en sus términos para los efectos legales a que haya lugar; y se reserva a proveer de conformidad lo solicitado, para una vez que conste en autos el oficio 2373 por parte de la Secretaria de Administración Tributaria.- Notifíquese.- Lo proveyó y firma el C. Juez --- ---vuelta Décimo Sexto de lo Civil, Licenciado FRANCISCO CASTILLO GONZÁLEZ ante el C. Secretario de Acuerdos “B” que autoriza y da fe.- Doy fe. OTRO AUTO: México Distrito Federal a dieciocho de Septiembre del dos mil seis. A sus autos el escrito de cuenta de la parte actora, en sus términos para los efectos legales a que haya lugar; como lo solicita gírese atento oficio a la SECRETARIA DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA a efecto que se sirva ordena a quien corresponda, informe a este H. Juzgado el último domicilio que tenga registrado de la parte demandada, debiéndose anexar a dicho oficio el número de contribuyente que indica el ocursante.-- Notifíquese.- Lo proveyó y firma el C. Juez Décimo Sexto de lo Civil, Licenciado FRANCISCO CASTILLO GONZÁLEZ ante el C. Secretario de Acuerdos “B” que autoriza y da fe.- Doy fe. OTRO AUTO: México, Distrito Federal, a dieciocho de Mayo del año dos mil seis. Con escrito de cuenta y anexos, fórmese expediente y regístrese en el Libro de Gobierno como corresponda, con fundamento en el artículo 325 del Código Federal de Procedimientos Civiles aplicado supletoriamente al Código de Comercio, se previene al (a-os) promovente (s) para que dentro del término de CINCO DÍAS, precise que relación tiene (UNIFOTO) con la demandada “TIENDAS DE IMAGEN” S.A. DE C.V. toda vez que del documento base de la acción no se advierte que la primera tenga relación alguna con el promovente, asimismo para que se precise en cual de los dos domicilios que señala deberá emplazarse a la parte demandada. Asimismo para que se aclare cual es la vía correcta que pretende el promovente en el presente asunto, apercibido(s) que de no dar cumplimiento a lo ordenado dentro del término concedido se devolverán los documentos exhibidos por conducto de las personas autorizadas en su escrito inicial de demanda y se archivará el expediente como asunto terminado. NOTIFIQUESE.- Lo proveyó y firma el C. Juez Décimo Sexto de lo Civil, Licenciado FRANCISCO CASTILLO GONZALEZ.- Doy fé.- OTRO AUTO México Distrito Federal a veinticuatro de Mayo del año dos mil seis. A sus autos el escrito de cuenta de la parte actora a quien se le tiene desahogando en tiempo y forma la prevención ordenada por auto de fecha dieciocho de Mayo del presente año, haciendo las manifestaciones que se contienen en el mismo, por lo que se acuerda el escrito inicial en los siguientes términos: Con escrito de cuenta y anexos, fórmese expediente y regístrese en el Libro de Gobierno como corresponda.- Se tiene por presentado a: GRETAG DE MEXICO S. DE R.L. DE C.V. por conducto de sus endosatarios en procuración que se cita en el escrito inicial de demanda y una vez que se señale el número de cédula profesional de los profesionistas que cita en su ocurso se acordara lo que en derecho proceda y por señalado el domicilio que se indica para oír y recibir toda clase de notificaciones y documento y por autorizadas para los mismos efectos a las personas que se citan, demandando en la vía ORDINARIA MERCANTIL de: “TlENDAS DE IMAGEN” S.A. DE C.V. POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE LEGAL, las prestaciones que indica en el escrito de cuenta, con fundamento en el artículo 1377, 1378 y demás relativos y aplicables del Código de Comercio vigente, se admite la presente demanda en la vía y forma propuesta, con las copias simples exhibidas, córrase traslado a la parte demandada para que dentro del término de NUEVE DÍAS conteste la demanda, quedando apercibida en los términos de Ley. Guárdese en el seguro del juzgado los documentos exhibidos como base de la acción. Asimismo se hace saber a las partes del contenido del acuerdo plenario 15-02/2004, emitido por el Consejo de la Judicatura del Distrito Federal la Judicatura del Distrito Federal, en sesión ordinaria de fecha trece de enero del año dos mil cuatro, así como del contenido del artículo 25 segundo párrafo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, que establece: “las autoridades que emitan
resoluciones o sentencias definitivas a que se refiere el artículo 13 de esta Ley, requeriran a las partes en el primer acuerdo que dicten, su consentimiento escrito para publicar sus nombres y datos personales en el entendido de que la omisión a desahogar dicho requerimiento constituirá su negativa”. Por lo tanto y con fundamento en la Ley citada con antelación, se les concede a las partes un término de TRES DÍAS para que manifiesten su conformidad para publicar sus nombres y datos personales con el apercibimiento de que en caso de no hacerlo constituirá su negativa. Líbrese exhorto al C. Juez Competente en: LA CIUDAD DE MERIDA, EN EL ESTADO DE YUCATAN, para que en auxilio de las labores de este juzgado, se sirva dar cumplimiento al presente proveído, autorizándose al c. Juez exhortado en los términos solicitados por la actora. Se concede a la parte demandada OCHO DIAS MAS para contestar la demanda, por razón de la distancia. Se faculta a la C. MARTHA ROSARIO RAMIREZ VALDEZ, para que elabore el exhorto respectivo, ordenándose que dicho empleado le corresponderá conocer del presente asunto desde el inicio hasta la terminación del mismo. NOTIFIQUESE. Lo proveyó y firma el C. Juez Décimo Sexto de lo Civil, Licenciado FRANCISCO CASTILLO GONZALEZ.- Doy fe.”
México, D. F. a 15 de Marzo del 2007. EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS “B”.
LlC. OCTAVIANO LOPEZ CRUZ. Publíquese los días 14, 15 y 16 de mayo de 2007.
JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DEL PRIMER DEPARTAMENTO JUDICIAL DEL
ESTADO.
S e c r e t a r í a.
Remate.- Primera Almoneda.
Se hace saber al público en convocación de postores que en proveído de fecha catorce de marzo del año dos mil siete, dictado por la Juez Quinto de lo Civil del Primer Departamento Judicial del Estado, Abogada Margarita del Pilar Vela Vargas, en el expediente número 1143/2005 relativo al Juicio Extraordinario Hipotecario promovido por la Licenciada MARY GUADALUPE MEDINA HERNÁNDEZ como apoderada del INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES en contra del señor YUDEL EDUARDO COLONIA ESQUIVEL, se decretó el remate en pública subasta y primera almoneda del bien que se describe como sigue: --- “Solar antes sin casa, actualmente con casa de bloques y concreto, ubicado en esta Ciudad y Municipio de Mérida, en la sección catastral diecisiete, manzana doscientos trece de la colonia VERGEL, marcado con el número DOSCIENTOS VEINTISÉIS de la calle VEINTICINCO, con la extensión de siete metros de frente por veinte metros de fondo, superficie de ciento cuarenta metros cuadrados y los linderos siguientes: al Norte la calle veinticinco; al Sur, predio doscientos veintisiete de la calle veinticinco A; al Poniente, predio doscientos veintiocho de la calle veinticinco y al oriente, predio doscientos veinticuatro de la calle veinticinco.” Dicho predio obra inscrito a folios ciento ochenta y siete del Tomo trescientos setenta y uno letra C, Volumen Segundo de urbanas del Libro Primero del Registro Público de la Propiedad del Estado. Servirá de base para el remate el avalúo catastral del citado inmueble, esto es la cantidad de CIENTO TRECE MIL DOSCIENTOS ONCE PESOS MONEDA NACIONAL de conformidad con lo dispuesto en el artículo 590 del Código de Procedimientos Civiles del Estado. ---
Se fijo para que tenga verificativo la licitación, el día veintitrés de mayo del año en curso, a las diez horas; en el local de este Juzgado. Se advierte que no se admitirá postura que no reúna los requisitos legales, siendo legal la que cubra de contado las dos terceras partes del avalúo catastral que servirá de base para el remate. Los autos paran en la Secretaria de este Juzgado a mi cargo y a disposición de quienes deseen enterarse de ellos en relación con el remate y para su publicación en el Diario Oficial del Gobierno del Estado, por tres veces de tres en tres días; expido el presente pregón en la Ciudad de Mérida, Capital del Estado de Yucatán, a los nueve días del mes de abril del año dos mil siete.
LA SECRETARIA DE ACUERDOS
LICENCIADA EN DERECHO NOEMÍ CANDELARIA BURGOS LOEZA Publíquese los días 14, 17 y 22 de mayo de 2007.
JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DEL PRIMER DEPARTAMENTO JUDICIAL DEL
ESTADO.
S e c r e t a r í a.
Remate.- Primera Almoneda.
Se hace saber al público en convocación de postores que en proveído de fecha dieciséis de marzo del año dos mil siete, dictado por la Juez Quinto de lo Civil del Primer Departamento Judicial del Estado, Abogada Margarita del Pilar Vela Vargas, en el expediente número 0574/2004 relativo al Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por los Licenciados MARIO ALBERTO BOLIO DELGADO Y/O VICENTE ARMÍN PERAZA RAMÍREZ Y/O HERNÁN ALBERTO CONDE BARAHONA como endosatarios en procuración de ECOMOTOS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE en contra de GASTRONÓMICA MARANT, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE y de CAROLINA VALLE CARRANZA, se decretó el remate en pública subasta y primera almoneda del CINCUENTA POR CIENTO del bien que se describe como sigue: --- “Predio urbano marcado con el número cuarenta y tres B de la calle doce de la colonia Felipe Carrillo Puerto de esta ciudad, ubicado en la manzana trescientos dos de la sección catastral catorce con siete metros cincuenta y seis centímetros de frente por cuarenta metros en su mayor fondo. Superficie de doscientos ochenta y cuatro metros treinta y ocho decímetros cuadrados, de figura irregular, que se describe como sigue: partiendo del vértice del ángulo noreste del predio con dirección al sur: que constituye su frente mide siete metros cincuenta y seis centímetros y colinda con la calle de su ubicación; de este punto con dirección al oeste con ligera desviación al norte mide treinta y cinco metros cincuenta centímetros y colinda con el predio cuarenta y cinco de la calle doce; de este punto con dirección a norte con ligera desviación al este mide once metros y colinda con el predio cuarenta y tres de la calle doce; de este punto con dirección al este mide cuatro metros cincuenta centímetros y colinda con el predio cuarenta y uno de la calle trece; de este punto con dirección al sur, mide tres metros diecisiete centímetros y colinda con el predio cuarenta y cuatro C de la calle catorce; de este punto con dirección al sureste hasta llegar al punto de partida y cerrar el perímetro mide veintinueve metros y colinda con el predio cuarenta y cuatro C de la calle cuarenta y cuatro”. Dicho predio obra inscrito a folios sesenta del Tomo ciento veintitrés letra “L”, Volumen Segundo del Libro Primero de Urbanas del Registro Público de la Propiedad del Estado. Servirá de base para el remate el avalúo pericial del CINCUENTA POR CIENTO del citado inmueble, esto es la cantidad de SESENTA MIL PESOS MONEDA NACIONAL. ---
Se fijo para que tenga verificativo la licitación, el día veinticuatro de mayo del año en curso, a las diez horas; en el local de este Juzgado. Se advierte que no se admitirá postura que no reúna los requisitos legales, siendo legal la que cubra de contado las dos terceras partes del avalúo pericial del CINCUENTA POR CIENTO DEL PREDIO que servirá de base para el remate. Los autos paran en la Secretaría de este Juzgado a mi cargo y a disposición de quienes deseen enterarse de ellos en relación con el remate y para su publicación en el Diario Oficial del Gobierno del Estado, por tres veces dentro de nueve días; expido el presente pregón en la Ciudad de Mérida, Capital del Estado de Yucatán, a los veintitrés días del mes de marzo del año dos mil siete.
LA SECRETARIA DE ACUERDOS
LICENCIADA EN DERECHO NOEMÍ CANDELARIA BURGOS LOEZA Publíquese los días 8, 14 y 18 de mayo de 2007.
JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DEL PRIMER DEPARTAMENTO JUDICIAL DEL
ESTADO.
S e c r e t a r í a.
Remate.- Primera Almoneda.
Se hace saber al público en convocación de postores que en proveído de fecha catorce de marzo de dos mil siete, dictado por la Juez Quinto de lo Civil del Primer Departamento Judicial del Estado, Abogada Margarita del Pilar Vela Vargas, en el expediente número 1085/2005 relativo al Juicio Extraordinario Hipotecario promovido por el Licenciado en derecho JULIO ENRIQUE OJEDA MAAS como apoderado del INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABADORES (INFONAVIT) en contra de HERIBERTO ABRAHAM RODRÍGUEZ CETZ y EDITH MARIA OSORIO HERNÁNDEZ; se decretó el remate en pública subasta y primera almoneda del bien que se describe como sigue: ---
“Solar antes sin casa, ahora con casa ubicada en esta ciudad y municipio de Mérida, en la manzana ochenta y dos de la sección catastral diecinueve marcado con el número NOVECIENTOS CINCO de la calle SETENTA Y UNO, DEL FRACCIONAMIENTO JARDINES DE MULSAY, de figura regular que mide ocho metros de frente por veinte metros de fondo, superficie de ciento sesenta metros cuadrados, y linda: al Norte, con el predio novecientos cuatro de la calle sesenta y nueve A; al Sur, con la calle setenta y uno; al Oriente, con el predio número novecientos tres de la calle setenta y uno y al Poniente, con el predio número novecientos siete de la misma calle.” Dicho predio obra inscrito a Folios setenta y tres del Tomo ciento sesenta y siete “R”, Volumen Primero de Urbanas del Libro Primero del Registro Público de la Propiedad del Estado. Servirá de base para el remate el avalúo catastral de dicho inmueble esto es la cantidad de SETENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTIDÓS PESOS CON CUARENTA CENTAVOS MONEDA NACIONAL, de conformidad con el artículo 590 del Código de Procedimientos Civiles del Estado. ---
Se fijo para que tenga verificativo la licitación, el día veintiuno de mayo del año en curso, a las once horas; en el local de este Juzgado. Se advierte que no se admitirá postura que no reúna los requisitos legales, siendo legal la que cubra de contado las dos terceras partes del avalúo catastral que servirá de base para el remate. Los autos paran en la Secretaria de este Juzgado a mi cargo y a disposición de quienes deseen enterarse de ellos en relación con el remate y para su publicación en el Diario Oficial del Gobierno del Estado, por tres veces de tres en tres días; expido el presente pregón en la Ciudad de Mérida, Capital del Estado de Yucatán, a los veinte días del mes de abril del año dos mil siete.
LA SECRETARIA DE ACUERDOS
LICENCIADA EN DERECHO NOEMÍ CANDELARIA BURGOS LOEZA Publíquese los días 9, 14 y 17 de mayo de 2007.