P RIMERA P ARTE
I. L A PLURALIDAD DE CONCEPCIONES DEL ORDEN EN LA DISCIPLINA DE LAS R ELACIONES I NTERNACIONALES
La mayoría de los trabajos sobre el estudio del orden en el ámbito internacional suele comenzar reivindicando la centralidad e importancia del concepto en la disciplina de las Relaciones Internacionales y cómo éste ha marcado la agenda investigadora (especialmente de todos aquellos autores que suscriben los
postulados de la Escuela Inglesa)1. El concepto de orden es situado
en un lugar privilegiado, junto a otras nociones centrales de la disciplina como la de anarquía, la de sistema internacional, la de poder o la de equilibrio de poder. Aun así, la discusión sobre la noción de orden en las relaciones internacionales está marcada por la inconsistencia en el uso del concepto, no sólo entre diferentes aproximaciones teóricas y diferentes autores sino también dentro de
cada una de las contribuciones o monografías que tratan el tema2. El
1 Así, por ejemplo, G. John Ikenberry afirma que la problemática del orden –su
diseño, su colapso y su reproducción- es el problema central de las relaciones internacionales. Ikenberry, G. J. (2001), After victory: Institutions, strategic
restraint, and the rebuilding of order after major wars, Princeton: Princeton
University Press, p. 22. Nicholas J. Rengger, en su genealogía de la problemática del orden en el pensamiento político, afirma que el “orden es uno de los temas más antiguos y tratados en la indagación política. Desde la tragedia y la filosofía griega, a las concepciones romanas de imperium y autoritas, las nociones medievales de fideicomiso y las interrelaciones complejas entre derecho, poder y orden, a los juristas iusnaturalistas del Renacimiento y la primera Modernidad e incluso más allá, ha sido un tema constante y altamente contestado en la reflexión política, filosófica y teológica”. Rengger, N. J. (2000), International Relations,
Political Theory and the problem of order, Nueva York / Londres: Routledge, pp.
1-2. Todas las traducciones del inglés incluidas en este trabajo han sido elaboradas por el autor. Se ha optado por mencionar el nombre de pila de los y las autoras tan sólo la primera vez que aparecen en cada capítulo.
2 John A. Hall y Thazha Varkey Paul señalan que la controversia que rodea
concepto de orden se utiliza para referirse a fenómenos o realidades diferentes dentro del ámbito internacional. Los usos diferentes que hacen cada una de las aproximaciones teóricas contribuyen, por un lado, a la disgregación del debate dentro de la disciplina. Pero, sobre todo, dificultan un diálogo fructífero, propio de cualquier ciencia, que haga avanzar el conocimiento. Además, en demasiadas ocasiones las diferentes acepciones del concepto de orden –que examinaremos a continuación- se superponen dentro de un mismo texto, sin una especificación clara por parte de los autores de a cuál
de ellas se están refiriendo en cada momento preciso3. Los usos
diferentes dentro de un mismo texto contribuyen al desdibujamiento de los límites precisos del concepto, dificultando la validación de los argumentos y conclusiones a las que llegan los autores (al no saber precisamente a qué idea de orden cabe aplicar tales conclusiones).
Una primera dicotomía en el uso del término se puede encontrar en la clásica diferenciación tratada por Hedley Bull entre orden
internacional y orden mundial (u orden global, dependiendo la
traducción que se haga del inglés de los términos world order). El orden internacional es definido por el autor como “la pauta de actividad acorde con los fines elementales o primarios de la
sociedad de estados, es decir, la sociedad internacional”4. La
sociedad de estados es entendida como un sistema internacional en
términos de Gesellschaft tal como la presentan Ferdinand Tönnies y
Max Weber5. El orden mundial, por su parte, es definido como
suele tener asociadas “connotaciones normativas e ideológicas basadas en concepciones particulares sobre cómo deberían estructurarse los sistemas sociales, políticos y económicos”. Paul, T.V. y Hall, J. A. (1999), “Introduction”, en Paul, T.V. y Hall, J. A. (eds.), International order and the future of world
politics, Cambridge: Cambridge University Press, pp. 1-15, en p. 2.
3 Es difícil llegar a una conclusión clara sobre si este uso indiscriminado de las
diferentes acepciones del concepto es, en el caso de algunos autores, el resultado consciente –aunque no verbalizado- de una concepción plural del orden o por el contrario descansa en una cierta superficialidad y/o indiferencia inconsciente en el trato de dicho concepto.
4 Bull, H. (2005), La sociedad anárquica: Un estudio sobre el orden en la
política mundial, Madrid: Los Libros de la Catarata, p. 60. Los pormenores de
esta definición se discuten más adelante en este capítulo.
5 Para la discusión sobre el uso de los conceptos Gesellschaft y Gemeinschaft,
“aquellos patrones o disposiciones de la actividad humana acorde con los objetivos elementales o primarios de la vida social que
operan en la humanidad en su conjunto”6. Éste es característico de
la comunidad global, que cabría equiparar a la idea de
Gemeinschaft, y que evoca a una “membresía a una comunidad
moral universal”7 formada, no por Estados, sino por todos y cada
uno de los individuos de la humanidad. Esta aproximación revolucionista, ligada al universalismo cosmopolita, trasciende al sistema de estados como sujeto principal de estudio de la Teoría de
Relaciones Internacionales8. Normalmente son los autores que se
centran en el estudio de esta dicotomía (ya sean pluralistas o
solidaristas9) los únicos que no tratan los dos conceptos como
sinónimos en la literatura especializada.
Pero más allá de la clásica diferenciación entre orden internacional y orden global, esta tesis propone una tipología con siete conceptualizaciones diferentes del término orden internacional/ global que son utilizadas regularmente en la literatura
Madrid: Alianza; Giner, S. (2001), Teoría sociológica clásica, Barcelona: Ariel, pp. 183-187. Sobre la relación entre estos dos términos y las respectivas aproximaciones a la realidad del neorrealismo y de los ‘institucionalistas clásicos’ de la Escuela Inglesa, véase Wendt, A. y Duvall, R. (1989), “Institutions and international order”, en Czempiel, E. O. y Rosenau, J. N., Global changes and
theoretical challenges: Approaches to world politics for the 1990s, Lexington:
Lexington Books, pp. 51-73, en pp. 52-54.
6 Bull, H. (2005), Op. cit., p. 71.
7 Linklater, A. y Suganami, H. (2006), The English School of International
Relations: A contemporary reassessment, Cambridge: Cambridge Universtiy
Press, p. 222.
8 Buzan, B. (2014), An introduction to the English School of International
Relations. The societal approach, Cambridge: Polity, p. 13.
9 Barry Buzan afirma que pluralismo representa “la disposición comunitaria hacia
un modelo de asociación estatocéntrico en el que la soberanía y la no intervención sirven para contener y sostenir la diversidad cultural y política”. Según el autor, los pluralistas aceptarían la idea de que el orden es una condición previa para la consecución de justica. Por su parte, el solidarismo representa “la disposición, o bien de trascender el sistema de estados mediante algún otro modelo de asociación, o de hacer avanzar el sistema de una lógica de coexistencia a una de cooperación en proyectos compartidos”. Los solidaristas subrayan que un orden sin justicia es insostenible e indeseable. Ibíd., p. 16.
especializada10: el orden internacional como la totalidad de la
realidad global; como un ámbito específico de la realidad global; como la distribución global del poder; como un conjunto de pautas regladas; como un conjunto de pautas regladas con fines específicos; como un conjunto de pautas regladas mediante acuerdos normativos; como sinónimo de orden público global; y
como estado de los asuntos públicos que garantiza la paz social11.
Éstas son categorías ideales que se proponen aquí con el fin de ordenar la discusión pero que, en la realidad del uso del término, se entremezclan y confunden, difuminando en ocasiones sus límites conceptuales.
a) El orden internacional como la totalidad de la realidad global
Una primera acepción del concepto es aquella que define el orden internacional como la totalidad de la realidad global en general o en
un determinado momento en particular12. Así entendida, la noción
10 Raymond Aron, en una famosa intervención como moderador de una
conferencia del año 1965 sobre el orden mundial (recogida por Stanley Hoffman), distinguió entre cinco usos diferentes del concepto: (1) el orden mundial como cualquier disposición de la realidad; (2) como las relaciones entre las partes en la política mundial; (3) como las condiciones mínimas para la existencia (entiéndase, supervivencia); (4) como las condiciones mínimas para la coexistencia; y (5) como condiciones para la buena vida. Hoffmann, S. (1968), “Report on the Conference on Conditions of World Order – June 12-19, 1965, Villa Serbelloni, Bellagio, Italy”, en Hoffmann, S. (ed.), Conditions of world
order, Boston: Houghton Mifflin Company, pp. 1-24, en pp. 1-2.
11 En esta clasificación hemos decidido dejar fuera concepciones del orden que
integran simultáneamente dimensiones internas e internacionales. Son buenos ejemplos las aproximaciones de Michel Foucault y de Robert W. Cox -en determinados textos se aleja de esta concepción, como veremos más adelante - que, vinculados a posiciones gramscianas, entienden el orden como la configuración de fuerzas a nivel interno y transnacional que sustentan la dominación de unos grupos sobre otros en los ámbitos políticos, económicos, culturales, etc.. Véase Smith, S. (1999), “Is the truth out there? Eight questions about international order?”, en Paul, T. V. y Hall, J. A. (eds.), International order
and the future of world politics, Cambridge: Cambridge University Press, pp. 99-
119, en pp. 102, 112.
12 Algunos ejemplos del uso mayoritario de esta acepción son: Kagan, R. (2008),
The return of history and the end of dreams, Nueva York: Alfred A. Knopf (su
noción de orden incluye lo que el autor llama la realidad política y la
económica); Garsten, C. y Lindh, M. (eds.) (2008), Transparency in a new global order: Unveiling organizational visions, Northampton: Edward Elgar Publishing;
haría referencia al conjunto de todos los actores internacionales (no necesariamente sólo los Estados) y la distribución de capacidades y de poder; la totalidad de las relaciones que se establecen entre ellos; los valores y principios que sustentan dichas relaciones; y las normas y regímenes internacionales que las rigen. El orden en este sentido aludiría las relaciones internacionales en su conjunto o, dicho de otra forma, a todo lo que existe y sucede en el ámbito internacional. Según Steve Smith, esta aproximación considera el orden como “una condición de la humanidad en su conjunto” y no
como “una relación entre estados”13. La acepción resta vinculada a
la aproximación grecolatina clásica al término de orden político que venía a subrayar la unidad entre cada uno de los elementos que
integran la totalidad, en aquel caso del mundo y el cosmos14. Esta
Khanna, P. (2008), The second world: Empires and influence in the new global
order, Nueva York: Random House; Nye, J. S. (2007), Understanding international conflicts: An introduction to theory and history, sexta edición,
Nueva York / San Francisco: Pearson Longman (esta acepción aparece especialmente en el capítulo 9, “A new world order?”, pp. 261-285; en otras ocasiones también utiliza la noción de orden como sinónimo de estabilidad, ibíd.. p. 279); Savran, S. (2004), “Globalisation and the new world world: The new dynamics of imperialism and war”, en Freeman, A. y Kagarlitsky, B. (eds.), The
politics of empire: Globalisation in crisis, Londres / Ann Arbor: Pluto Press, pp.
117-153; Suter, K. (2003), Global order and global disorder: Globalization and
the nation-state, Wesport / Londres: Praeger (estudia cómo el desdibujamiento
del Estado soberano moderno está poniendo fin al orden westfaliano, tratando a los actores, su naturaleza y sus capacidades como parte del orden); Gill, S. (2003), Power and resistance in the new world order, Nueva York: Palgrave Macmillan; Snow, D. M. (1997), Distant thunder: Patterns of conflict in the
developing world, segunda edición, Armonk / Londres: M. E. Shape (el centro de
su análisis es el nuevo orden global); Chomsky, N. (1997), World orders, old and
new, Londres: Pluto Press; Singer, M. y Wildavsky, A. (1993), The real world order, Chatham: Chatham House Publishing (dividiendo la totalidad de la
realidad internacional entre zonas de paz y zonas de crisis); Alting von Geusau, F. A. M. (1975), European perspectives on world order, Leyden: A. W. Sijthoff; y Kahn, H. (1962), “The arms race and world order”, en Kaplan, M. A. (ed.), The
revolution in world politics, Nueva York: John Wiley and Sons, pp. 332-351 (en
ocasiones también habla de cómo conseguir “un orden más estable”, ibíd.. p. 351). Hall incluye elementos de la estructura de distribución de poder en su comprensión del término al señalar que: “el orden internacional contemporáneo es una mezcla única e interesante (…) Una característica elemental de la polis mundial resulta de la emergencia de características propias de la multipolaridad”. Hall, J. A. (1996), International Orders, Cambridge: Polity Press, pp. 169.
13 Smith, S. (1999), Op. cit., p. 101. 14 Rengger, N. J. (2000), Op. cit., p. 4.
definición se asemeja también a lo que James G. March y Johan P. Olsen han denominado “la vida política” (political life), añadiendo
el matiz de su carácter internacional15. Nociones como orden
Westfaliano, orden estatocéntrico, orden de la Guerra Fría, orden capitalista y en general (nuevo) orden global –salvo en los casos
que se vincula explícitamente con el orden kantiano/cosmopolita descrito anteriormente- suelen denotar aproximaciones al orden en esta línea.
Cabe hacer cuatro comentarios en relación con esta acepción. Primero, el orden internacional se transforma así en el sujeto de estudio de la disciplina de Relaciones Internacionales. Su aproximación holística y expansiva tiene como consecuencia que no exista en la realidad internacional nada más allá del orden internacional, convirtiéndose en un sinónimo de los asuntos globales (global affairs) o su situación en un momento concreto. Segundo, definiéndolo de esta forma, siempre existirá un orden internacional. No cabe la posibilidad de la no existencia de la realidad internacional, indiferentemente de su contenido específico en términos de agentes, estructura y procesos y cómo se relacionan
entre sí16. Además, el orden internacional será siempre uno: las
discusiones sobre la existencia de diferentes órdenes internacionales –en plural- no tendrá ningún sentido ya que esa realidad holística a la que se refieren es por definición una, no varias.
15 March, J. G. y Olsen, J. P. (1998), “The institutional dynamics of international
political orders”, International Organization, vol. 52, núm. 4, pp. 943-969.
16 En este mismo sentido es ilustrativa la definición que hace Cox del orden
global en los siguientes términos: “Utilizo el término orden global en contraste
con ‘sistema interestatal’ ya que es relevante para todos los periodos históricos (y no sólo de aquellos donde los Estados han sido los entes definitorios) y en contraste con ‘sistema global’ ya que es más indicativo de una estructura con una duración temporal determinada y evitando cualquier connotación de equilibrio propia de los ‘sistemas’. La noción de ‘global’ designa la totalidad relevante, limitada geográficamente por el espectro de todas las interacciones probables (algunas ‘globalidades’ pasadas limitadas al Mediterráneo, a Europa, a China, etc.). ‘Orden’ es usado en sentido de la forma en que normalmente suceden las
cosas (no como ausencia de turbulencias); por tanto, el desorden está incluido en el concepto de orden”. Cox, R. W. (1981), “Social forces, states and world
orders: Beyond International Relations theory”, Millenium: Journal of
International Studies, vol. 10, núm. 2, pp. 126-155, en p. 128, nota 4 [las cursivas
Tercero, el orden internacional no estará reñido con las condiciones de anarquía o jerarquía. La noción de orden no excluye de ninguna
manera la posibilidad de un sistema anárquico17 o un sistema
jerárquico -incluso marcado por la hegemonía18. Anarquía y
17 Este trabajo utiliza el término de anarquía como la ausencia de una autoridad
superior a los actores de un sistema con capacidad para imponer su voluntad. Esta definición está basada en las versiones más ortodoxas en la disciplina, aunque eliminando cualquier rémora de estatocentrismo. Waltz, K. N. (1979), Theories of
International Politics, Reading: Addison-Wesley Publishing Company; Bull, H.
(2005), Op. cit.
18 Este trabajo utiliza el término de jerarquía como aquella situación donde una
unidad del sistema ejerce autoridad sobre otra u otras unidades subordinadas y es capaz de imponer su voluntad sobre éstas. Se utiliza así la definición ofrecida por David A. Lake pero introduciendo una modificación para evitar su mención específica a los Estados soberanos y substituirlo por unos términos que nos permitan examinar también a los actores no estatales. Lake, D. A. (2007), “Escape from the state of nature: Authority and hierarchy in world politics”,
International Security, vol. 32, núm. 1, pp. 47-79, en p. 50. En obras anteriores
Lake había propuesto definiciones alternativas al concepto de jerarquía como por ejemplo la situación donde “una parte –el miembro dominante- posee el derecho de tomar decisiones residuales, mientras que la otra parte –el miembro subordinado- carece de tal derecho”, Lake, D. A. (1996), “Anarchy, hierarchy, and the variety of international relations”, International Organization, vol. 50, núm. 1, pp. 1-33, en p. 7. Otra definición bastante utilizada en la disciplina es la ofrecida por Ian Clark quien habla de “una disposición social caracterizada por la estratificación en la que (…) las sociedades son clasificadas en sucesivos grados subordinados”. Clark, I. (1989), The hierarchy of states: Reforms and resistance
in the international order, Cambridge: Cambridge University Press, p. 2. Sobre
los problemas en la conceptualización del concepto, véase MacDonald, P. K. y Lake, D. A. (2008), “Correspondence: The role of hierarchy in international politics”, International Security, vol. 32, núm. 4, pp. 171-180; y Onuf, N. y Klink, F. F. (1989), “Anarchy, authority, rule”, International Studies Quarterly, vol. 33, núm. 2, pp. 149-173. Ni la anarquía ni la jerarquía son entendidas por tanto como elementos de la estructura de cualquier sistema: la existencia o no de una autoridad con capacidad de imponer su voluntad no está necesariamente ligada a la distribución de poder. Un actor que concentre la gran mayoría de las capacidades puede decidir no establecer unas relaciones hegemónicas, o marcadas por la asimetría jerárquica, con el resto de las unidades (y poner fin a la anarquía), de la misma manera que estructuras de poder muy descentralizado podrían teóricamente engendrar relaciones de jerarquía entre las unidades del sistema, con la prevalencia de unos sobre otros no basada en la acumulación de capacidades. El constructivismo ya ha señalado que la anarquía –y añadiríamos la jerarquía- pueden ser condiciones sistémicas pero que las consecuencias que de ellas se deriven dependen de lo que los Estados quieran que sean. Véase Wendt, A. (1992), “Anarchy is what states make of it: The social construction of power politics”, International Organization, vol. 46, núm. 2, pp. 391-425; y Wendt, A.
jerarquía se convertirían en una más de las características que describirían el orden internacional en un determinado momento y espectro geográfico. Esta acepción del orden internacional no tiene tampoco implicaciones sobre el carácter pautado y recurrente (o no) de las relaciones entre los actores internacionales, ni sobre la tipología de la estructura internacional y, ni mucho menos, sobre la continuidad en el tiempo de ambas.
Por cuarto y último lugar, aquellos que utilizan esta aproximación al concepto de orden internacional suelen evitar verbalizar una definición precisa de su sujeto de estudio y, así, en ocasiones lo asimilan –y utilizan indiscriminadamente como sinónimos- a las
nociones de orden mundial/global19, sistema internacional, o la
propia realidad internacional, generando de esta forma un mayor desdibujamiento de los términos. En general, este uso de la noción de orden internacional es recurrente en monografías y artículos de naturaleza no puramente académica, sino más divulgativa, donde se rehúye cualquier debate terminológico propio de la Teoría de relaciones internacionales en aras de llegar a un público más amplio.
b) El orden internacional como un ámbito de la realidad global
La segunda acepción de orden internacional se refiere también a todos los elementos que incluye la primera acepción (actores, distribución de capacidades y poder, relaciones entre ellos, reglas, normas, valores, etc.) pero en este caso sólo concernientes a un
ámbito concreto de la realidad internacional20. Se utilizará la noción
(1999), Social theory of international politics, Cambridge: Cambridge University Press. A la luz de las definiciones propuestas de anarquía y jerarquía, este trabajo acepta la posibilidad señalada por Joseph M. Parent y Emily Erikson de que ambos conceptos pueden convivir en el espacio y en el tiempo. Parent, J. M. y Erikson, E. (2009), “Anarchy, hierarchy and order”, Cambridge Review of
International Affairs, vol. 22, núm. 1, pp. 129-145, en p. 131.