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LA CONSTITUCIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA SOCIEDAD

De las clases de empresas2 que pueden constituirse en los Estados Unidos, la más parecida a nuestra sociedad es

la corporation. Ella es una forma de organización

autorizada e incorporada mediante una certificación del

Estado. La corporation puede ser definida como, “una

entidad legal creada por ley que es separada y distinta de sus miembros”*. La corporation puede ser clasificada a su vez en aquellas que tienen y las que no tienen fines de lucro. Otra clasificación puede ser aquella que distingue

entre public corporations (corporaciones públicas) y

private corporations (corporaciones privadas), dependiendo si están o no conformadas por capital proveniente del Estado3.

La corporation puede ser entonces pública y privada,

con o sin fines de lucro. Sin embargo, cuando la

2 En los Estados Unidos las empresas pueden ser organizadas de

diferentes formas, entre las más comunes tenemos las siguientes:

la single propietorship es un negocio de carácter personal que

está en manos de una sola persona quien aporta el respectivo capital; la partnership que es una asociación de dos o más

personas quienes son los cotitulares de la empresa y obtienen los respectivos beneficios; y la corporation que es una entidad distinta de sus miembros quienes efectúan los aportes. Puede verse al respecto la obra de Stewart Yarwood McMullen. Financial

Statements: Form, analysis, and interpretation. 17° Edition.

Richard D. Irwin Inc. Homewood, Illinois-1979. 145-146.

*

Chapter 14: “Corporations: Organization and Share Capital Transactions”:

http://www.uoguelph.ca/OAC/Agec/DAGR2110/Chapter%2014ppt.pdf. Pág. 2. En adelante las traducciones textuales que se efectúan estarán encerradas entre comillas.

3 Estos dos tipos de clasificaciones son explicadas por el

doctor Felipe de Solá Cañizares. En “Tratado de Sociedades por Acciones en el derecho comparado”..., Op.cit. Tomo I. Pág. 376.

corporation es una entidad de carácter privada, con fines de lucro, y el capital esta representado en acciones, recibe el nombre de business corporation o stock

corporation, que es una entidad muy parecida a lo que

nosotros conocemos como sociedad anónima4.

Entre las principales características de la stock corporation podemos citar las siguientes:

- El capital está dividido en acciones.

- Los accionistas tienen una responsabilidad limitada a sus aportaciones5.

- La sociedad existe con personalidad jurídica a partir de su certificado de incorporación.

- Los actos de la sociedad están limitados a los asuntos comprendidos en su objeto social mencionado en el certificado o carta de incorporación.

En cuanto al trámite para la constitución de una corporation en los Estados Unidos, se requiere previamente que los fundadores celebren un acto constitutivo denominado charter o articles of incorporation, que es parecido a lo

4 Ibíd. Pág. 377.

5 Esta característica no es tan absoluta en las corporaciones,

toda vez que en el caso de sociedades que emitan par value stock (acciones con valor nominal) por debajo de su valor par, los accionistas deben responder frente a los acreedores en caso que la sociedad se encuentre en liquidación y no tenga fondos para sufragar sus deudas. Véase Chapter 15: “Stockholders´ Equity: Contributed Capital”.

http://www.arches.uga.edu/~jgaver/501/outlines/95-Ch15.doc Pág. 3

que nosotros conocemos como pacto social. El charter debe ser redactado ante notario, y debe contener las menciones que exige cada Estado, pero generalmente se exige6:

- La denominación de la sociedad. - El objeto social.

- La sede de la sociedad. - El número de directores.

- El importe del capital y el valor y clase de las acciones.

- En algunos estados, el importe del capital suscrito y del integrado o pagado necesarios para comenzar las operaciones.

- Duración de la sociedad.

- Otras cláusulas facultativas. Este tipo de cláusulas puede referirse a las facultades de la asamblea, la de los directores, o a las modalidades de las acciones. El estatuto debe contener además algunas cláusulas imperativas que puede exigir la Ley del Estado en donde se incorpora la sociedad.

Una vez redactado el charter o articles of incorporation, éste debe ser presentado ante la Agencia del Estado quien deberá evaluar si corresponde emitir el corporate charter o certificado de incorporación mediante la cual el Estado reconoce a la corporation como una

6 Véase Felipe de Solá Cañizares. En “Tratado de Sociedades por

entidad legal separada de sus miembros7. A partir de este momento se entiende legalmente constituida la sociedad.

Generalmente en la primera asamblea la sociedad nombra a los directores o ratifica a los que ya han sido nombrados, y aprueba lo que en la terminología

norteamericana se conoce como by-laws, que son muy

parecidos a lo que nosotros conocemos como estatutos de la sociedad. Los by-laws contienen las cláusulas de los estatutos que no figuran en el pacto social o articles of

incorporation, y reglamentan a éstos, conteniendo pautas

sobre los siguientes puntos: las asambleas generales, sus fechas, modo de convocatoria, derecho de voto, quórum, mayorías para ciertos asuntos; la reglamentación de la administración, número, facultades, nombramiento, y remuneración de los directores; el régimen de los títulos que emita la sociedad; el régimen de reparto de beneficios; y toda otra cláusula que no infrinja la ley ni el certificado de incorporación. Los by-laws o estatutos de la sociedad no forman parte del acto constitutivo de la sociedad ni son materia de registro, razón por la que pueden ser modificados no solamente por la asamblea sino también por los directores si es que se les confiere esta facultad en la misma by-laws. Para conferir esta facultad es requisito que no se haya previsto lo contrario en el articles of incorporation (pacto social) ni que se oponga a lo previsto en la ley. La posibilidad de que los directores tengan la facultad de modificar los estatutos es una nota característica de las sociedades norteamericanas;

7 Chapter 15: “Stockholders’ Equity: Contributed Capital”...,

a diferencia de lo que sucede con las legislaciones de carácter europea en donde este tipo de facultades está reservada a la Junta General8.