En la Siria del Bronce Final hay siete adopciones en las que una mujer es adoptada802 Hay cincuenta y ocho adopciones en las que se adopta a un hombre.803 Parece por tanto que no era habitual adoptar a mujeres. Obsérvese también que sólo en los archivos del Éufrates (Emar y Ekalte) se adoptan mujeres. La ausencia más llamativa es la de Ugarit, porque ha aportado diez adopciones de hombres. Hay un caso en Ugarit que podría estar relacionado con las adopciones de mujeres: en RS 16.295 un hombre adopta a su nieto, el hijo de su hija.804
5.2. Clases de adopción y expresiones
5.2.1. A continuación se clasifican según la naturaleza de la adopción (§ 3.1) los siete casos que estamos estudiando en este apartado.
Clase 1 (adopción simple): (2) Emar: E6 256; TBR 42a.
Clase 2 (entrega en adopción): (5) Emar: E6 216; TBR 21, 77; Hir 29. Ekalte: MBQ-II 37.
Lo más usual es la entrega en adopción de mujeres adoptadas, constituyendo el 71’42% de las adopciones de mujeres. Obsérvese, además, que en la Siria del Bronce Final hay seis casos de entregas en adopción de hombres.805 Por tanto, los hombres son entregados en adopción un 54’54% de los casos posibles, mientras las mujeres un 45’45%. Este porcentaje contrasta claramente con el que supone el total de adopciones: siete mujeres adoptadas frente a cincuenta y ocho de hombres (aprox. 10 y 90% respectivamente). De estos datos se concluye que, comparativamente, se entregaban en adopción (adopción indirecta) más frecuentemente mujeres que hombres.
5.2.2. En cuanto a las expresiones empleadas en la adopción (§ 3.4.3), los casos de mujeres adoptadas se reparten de la siguiente manera:
Tipo 1a epe$⋲u perfecto: TBR 42a. Tipo 1b ⋲aka$nu pretérito: E6 256.
Tipo 2a: E6 216; TBR 21, 77; Hir 29; MBQ-II 37.
802 Emar (6): E6 216, 256; TBR 21, 42a, 77; Hir 29. Ekalte (1): MBQ-II 37. Conviene realizar dos observaciones. Por un lado, en MBQ-II 40 (nn. 689, 777) se recuerda un acto de adopción desde el punto de vista del adoptado (hijo). Por tanto, no se trata de una adopción de madre, sino que se incluye como mujer adoptante. Por otro lado, podría parecer que en RE 10 y 13 hay adopciones de hijas, porque se declara por medio de una expresión Tipo 3 que “NPH es mi hija”. Pero RE 10 no posee un triple acto de adopción, sino sólo uno; esto se puede conocer comparando este texto con RE 13, acto posterior del mismo actor, donde de nuevo se aplica esta expresión a las mismas personas. Lo mismo ocurre con TBR 72: un hombre adopta a otro (NPH), declara a una mujer (NPHF) su hija, y los casa. Sin embargo, se señala más adelante (ll. 24-25) que si NPHF muere, NPH se casará con otra de las hijas del adoptante. Por tanto, en TBR 72, NPHF ya es hija del adoptante, y la presunta adopción se trataba de una simple declaración de filiación.
803 En E6 256 y TBR 77 hay hombres y mujeres en el mismo acto de adopción.
804 AMICO, E. B., The Status of Women, p. 168, indica que tal vez los hombres en Ugarit no dejaban propiedades a sus hijas, al menos de manera general, y por eso se debe adoptar al nieto (sobre este tema véase § 7-). Es posible también que el adoptante proteja a su hija por medio de la adopción del nieto.
En estas siete adopciones lo más habitual es una expresión de Tipo 2, que corresponde a la entrega (nada$nu) de una adoptada a un receptor. Las expresiones de Tipo 2 son las correspondientes a las adopciones indirectas, como ocurre en las adopciones con hombres adoptados.
5.3. Situación de las adoptadas
La mayor parte de las veces (cinco casos) las mujeres son adoptadas solas;806 otras dos son adoptadas con otra persona.807 En estos dos últimos casos siempre es adoptada una mujer junto con un hombre, su hermano. No existen por tanto casos en los que se adopte a más de una mujer.
En dos de los documentos con mujer adoptada, E6 216 y TBR 77, la adoptante es una mujer. Y en cuatro de estas adopciones de mujeres la receptora también es una mujer.808 Se observa por tanto que en E6 216 y TBR 77 tanto la guardiana como la adoptante-receptora y la adoptada son mujeres.
En este último caso, TBR 77, una mujer entrega su hijo e hija en adopción a su hermana (de la guardiana), es decir, los adoptados son entregados en adopción a su tía. Existe un paralelo bíblico en este punto: la adopción de fEster.809fEster era huérfana, a causa de lo cual su tío Mardoqueo la adoptó como hija (Est 2:5-7).810 El término aplicado a Mardoqueo es >o$me$n, participio pres. masc. sing. del verbo >mn. La raíz semítica >MN significa en principio “ser fiel, firme, confiar”,811 y el término hebreo >o$me$n tiene también la acepción de “cuidador niños, tutor”.812 Este papel de tutor es el que podría existir, efectivamente, en TBR 77, donde se insta a la tía de los adoptados a cuidarlos. Recuérdese también que en E6 256 unos niños han quedado huérfanos, y una persona los adopta; en las ll. 15-22 se posibilita a que su tío los recupere para la familia (§ 5.6).
806 E6 216; TBR 21, 42a; Hir 29; MBQ-II 37.
807 E6 256, TBR 77.
808 E6 216; TBR 77; Hir 29; MBQ-II 37.
809 El caso de fEster es uno de los dos ejemplos de adopción expresa en la Biblia, junto a la de Moisés, adoptado por una mujer (n. 733). No obstante, algunos autores creen que la adopción de fEster es el único caso de adopción; véase WAHL, H. M., “Ester, das adoptierte Waisenkind. Zur Adoption im Alten Testament”, Biblica 80 (1999), p. 88. En el otro extremo, otros autores creen que el vocabulario que se encuentra en estos pasajes de Ester no expresa una adopción real (DONNER, H., “Adoption oder Legitimation?”, pp. 104-105; DE VAUX, R., Instituciones del Antiguo Testamento, Barcelona [1964], p. 89 [ed. francesa, vol. 1, p. 85). De Vaux señala además que tanto en la adopción de fEster como en la de Moisés se sitúan en ambientes extranjeros, por lo que no son representativos de la costumbre israelita (DE VAUX, R., Instituciones, p. 89).
810 La expresión empleada es: “Mardoqueo la tomó como hija para él” (Est 2:7; lq™h mrdky lw lbt). En Est 2:15, se repite esta referencia: “fEster, hija de >Abi™áyil, tío de Mardoqueo, a la que (éste) tomó como hija para sí” (>str bt >by™yl dd
mrdky >⋲r lq™ lw lbt). Nótese que se trata de una adopción de Clase 1, adopción directa, y que emplea una fórmula Tipo 1a
(lq™, correspondiendo el verbo al acadio leqû: véase PAUL, Sh. M., “Adoption Formulae”, p. 182). Bord señala que con este verbo se alude al sentido de “tomar como propiedad”, empleado también en la Biblia para adquirir esclavos y para algunos tipos de matrimonio (BORD, L.-J., “L’adoption dans la bible”, p. 178). Esta acepción de la adopción como adquisición de propiedad se observa también en época neoasiria, donde “all adoptions of girls and most adoptions of boys are straightforward sale transactions, and the adopting parents pay a sum of money for the child” (RADNER, K., “Neo-Assyrian Period”, p. 897).
811 DRS p. 23; HAL p. 61.
812 HAL p. 62, >mn II qal 1, participio activo singular masculino (en femenino, >o$menet, HAL p. 62, >mn II qal 2). Para los casos en que aparece con este sentido, véase WAHL, H. M., “Ester, das adoptierte Waisenkind”, p. 87.
5.4. Relación entre la adoptada y el adoptante
El objetivo de este apartado es el estudio de la relación entre la adoptada y la persona que se hace responsable de ésta. En el caso de las adopciones directas (E6 256; TBR 42a), la persona responsable es el adoptante; en el caso de las adopciones indirectas (E6 216; TBR 77; Hir 29; MBQ-II 37), el adoptante-receptor. Antes del acto de la adopción, la adoptada podía ser respecto al adoptante o receptor madrastra (TBR 42a), hijastra (TBR 21; Hir 29; MBQ-II 37813), sobrina (TBR 77) o no tener relación previa (E6 216, 256). Tras el acto de la adopción, la adoptada es respecto al adoptante o adoptante-receptor hija (E6 216, 256; TBR 21, 77; Hir 29; MBQ-II 37) o madre (TBR 42a). El esquema de este proceso es el siguiente:
Como se observa, por lo general las mujeres adoptadas pasan a ser hijas del adoptante. Este hecho es la norma en el caso de hombres adoptados: casi siempre un hombre es adoptado en calidad de hijo (adoptio filii loco). Hay algunas excepciones, como AlT 16 (adopción de un padre) o las tres adopciones in fratris loco de Ugarit (RS 16.344, 21.230, 25.134). Es decir, en cuatro casos un hombre no es adoptado en calidad de hijo. Este dato representa, sobre las cincuenta y siete adopciones donde el adoptado es un hombre, el 6’89% de los casos. Entre las siete adopciones de mujeres, hay un caso (TBR 42a) en el que la adoptada no pasa a ser hija, sino madre. Este dato constituye el 14’28% de las adopciones de mujeres. Las adopciones que no son in filii/filiae loco no son, por tanto, habituales, pero además son más comunes entre mujeres adoptadas (14’28%) que entre hombres adoptados (6’89%). A pesar de la escasez de datos, se puede concluir que en cuanto a la relación entre los implicados en el acto las adopciones con mujeres adoptadas incurren en más anomalías que las adopciones con hombres adoptados.
Conviene mencionar este caso TBR 42a, donde la mujer no es adoptada en calidad de hija sino de madre. Este texto pertenece a un conjunto de dos testamentos, TBR 41 y 42, que fue publicado por Arnaud como “le dossier d’Ikmu-Dagan et de son fils Ba<al-gamil”.814 En TBR 41 Ikmu$-Daga$n realiza su testamento: establece a su esposa fNa<mı$-⋲adâ en estatus masculino e insta a sus cuatro hijos (entre ellos I‰KUR-ga$mil) a respetarla. TBR 42 es el testamento de I‰KUR-ga$mil; en él adopta
813 Recordemos que en MBQ-II 37 el padre entrega su hija en adopción a una kallu$tu, no a su esposa (§ 2-7.3.1).
814 ARNAUD, D., Textes syriens de l’âge du Bronze Récent, Sabadell (1991), pp. 77-81.
Madrastra TBR 42a Madre
Hija TBR 21, Hir 29, MBQ-II 37 Hijastra Sobrina TBR 77 Hombre (en general) Hijo Ninguna relación E6 216, 256
como madre a fNa<mı$-⋲adâ, “la esposa de mi padre” (TBR 42:2, dam a-bi-ia). Por tanto, parece que
fNa<mı$-⋲adâ no era la madre natural de I‰KUR-ga$mil. Además, éste adopta en el mismo documento (adopción TBR 42b) a sus hermanos en calidad de hijos. Las cláusulas posteriores (ll. 6-11) indican que en la nueva familia I‰KUR-ga$mil será el padre, fNa<mı$-⋲adâ la madre, y los hijos adoptivos (pero hermanos naturales de I‰KUR-ga$mil) los hijos. La adopción de fNa<mı$-⋲adâ en calidad de madre parece responder a un deseo directo de reformar las relaciones en la familia;815 tal vez el padre natural Ikmu$-Daga$n había muerto y no se deseaba dispersar el patrimonio familiar.
5.5. Participación en la herencia
Generalmente los hombres adoptados participaban en la herencia (§ 3.6.1). Este hecho no se especifica, respecto a la adoptada, en ninguno de los siete casos que estudiamos. Incluso en Hir 29 se señala que cuando la esposa muera, los tres hijos heredarán las posesiones; y en la enumeración de los hijos no se incluye a la hija recién adoptada (§ 7-4.2.4.1).816
Por otra parte, es usual que en las adopciones de madrastras no se les entregue nada a ellas. En TBR 42a se señala más adelante que la herencia es para los hijos del adoptante si honran a éste y a su adoptada en calidad de madre.817
Por último, en E6 216 la adoptada no es que participe de la herencia del adoptante, pero se estipulan una serie de deberes o derechos para la misma. En concreto, se han estudiado en § 2-7: si la adoptante no tiene hijos, entregará a su esposo la adoptada (kallu$tu) para que tenga hijos con ella.
En definitiva, las mujeres adoptadas no se incluyen en las disposiciones hereditarias que aparecen en los mismos contratos de adopción.
5.6. Cláusulas
A diferencia de lo que es habitual con los hombres adoptados, no aparecen cláusulas que obliguen a las adoptadas a mantener a los adoptantes. Sí existen cláusulas de protección para las adoptadas, pero sólo en el caso de la adopción en calidad de madre (TBR 42a): se señala que se debe respetar a la adoptada, ya que los ha sido en calidad de madre.818
Existe una cláusula que afecta a la adoptada en E6 256, aunque no tiene que ver con la protección de los adoptados sino con la propia estabilidad del contrato. El texto dice que “si, en el [fu]turo, el herma[no] de ˜ula$>[u] libera819 a sus sobrinos, que entreg[ue] mil (siclos de) plata, su
815 Véase esta misma idea en BELLOTTO, N., Le adozioni a Emar.
816 Hir 29rev6’-9’; “Cuando fKu⋲u∆-na>i muera, mi casa y todo lo mío quedará para mis tres hijos: Arma-ziti, Bukur-a∆e$⋲⋲u (y) Zu$-Ba<la” (ki-i-me-e f30-na-e egir ⋲i-im-ti-⋲i il-lak é-ia gáb!-bá mim-mu-ia a-na md30-lú mbu-kur-⋲e⋲-⋲ú m
∑zu®-ba-li 3 dumume-ia ir-ti-i∆).
817 TBR 42:9-12; “como nos honren (y) muramos, que nuestros tres hijos entren en nuestra casa y se repartan, a partes iguales, todo lo de nuestra casa y todo lo que produzcan entre ellos” (ki-i-me-e i-pal-la-∆u-na-⋲i egir ⋲i-im-ti-ni
ub-bal-lu-na-⋲i 3 dumume⋲-ni i-na é-ni li-ru-bu-ma mím-ma ⋲a é-ni ù mím-ma ⋲a it-ti a-∆a-mè⋲ ú-⋲ab-⋲u-ú it-ti
a-∆a-mè⋲ li-zu-zu).
818 TBR 42:6-8; “mientras fNa<mı$-⋲adâ, su madre, e I‰KUR-ga$mil, su padre, estén vivos, que ·inna-Ba<l, Ta∆∆u y >A∆ı$-™a$mı$, nuestros tres hijos, nos honren” (a-di fsig5-a.⋲à ama-⋲u-nu ù mdi⋲kur-ga-mil a-bu-⋲u-nu bal-†u m∆i-in-na-di⋲kur
mta∆-∆u ù ma-∆i-∆a-mi 3 [d]umume⋲-ni li-ip-la!-∆u-na-⋲i!).
819 El verbo pa†a$ru posee varios significados. El que parece ajustarse mejor al contexto es el traducido, de acuerdo con CAD P p. 300, pa†a$ru 12a1’ y AHw p. 851, pa†a$ru D 12c, “auslösen, loskaufen”. Un sentido del verbo también es
precio por la liberación,820 [(y) que (los) tome]”.821 Entre los mencionados sobrinos se encuentra una chica.
5.7. Conclusiones sobre mujeres adoptadas
De la Siria del Bronce Final se conservan siete adopciones de mujeres, todas ellas provenientes de los archivos del Éufrates. Estos siete casos se deben comparar con los cincuenta y ocho en los que el adoptado es un hombre. Puede deducirse que habitualmente no se adoptaban mujeres.
Por lo general, se emplean adopciones de Clase 2 y fórmulas de Tipo 2, es decir, entregas en adopción mediante el verbo nada$nu, “entregar”. Las entregas en adopción de mujeres son, comparándolas con el total de entregas en adopción y el número de adopciones de mujeres y hombres, más frecuentes que las entregas de hombres en adopción. Debemos entender, por tanto, que las entregas en adopción constituyen un mecanismo mediante el cual se adoptan sobre todo mujeres.
Las mujeres adoptadas pueden tener, antes del acto de adopción, diferente relación con el adoptante o receptor: madrastra, hijastra, sobrina o ninguna relación. En la mayoría de los casos la mujer es adoptada en calidad de hija. En el caso de la adopción de una madre, la posible explicación es que de esta manera se sanciona la participación del adoptante-hijo en la herencia de su padre, o que se desea reformar las relaciones internas de la familia.
Estas mujeres adoptadas no participan en la herencia de su correspondiente familia, o al menos no son mencionadas entre los herederos. En Hir 29 incluso se descarta su participación, excluyéndola de la enumeración de los hijos que heredan.
En cuanto a las cláusulas, no son habituales las alusiones a las adoptadas. En TBR 42 se estipula que los hijos deben respetar a la adoptada, pero porque esta adoptada se ha convertido en la madre de familia.
Las mujeres adoptadas no son muy comunes en la Siria del Bronce Final, frente a otras zonas y épocas. Además, en algunos de los casos son adoptadas junto a otro hombre, su hermano. No participan en la herencia ni se las protege en todas las ocasiones contra posibles reclamantes. Parece, por tanto, que la adopción de mujeres constituía un mecanismo poco utilizado y que no beneficiaba explícitamente a las mujeres adoptadas.
“redimir” (CAD P pp. 293-294, pa†a$ru 5b), con lo que el acto que aparece en E6 256 podría estar relacionado con el derecho de recompra bíblico (véase DE VAUX, R., Instituciones del Antiguo Testamento, Barcelona [1964], pp. 52-53).
820 Sobre el término iptı$ru, véase CAD I/J, pp. 171-172, ip†ı$ru 1.
821 E6 256:15-22; ⋲um-ma ur-[ra-am] ⋲e-ra-am ⋲e[⋲-⋲u] ⋲a m∆u-la-[ú] dumume⋲ a-∆i-⋲u ú-pa!-†e4-[er] 1 li-im kù.bab[bar] ip-†e4-ri-⋲u-nu li-id-dì-[in lil-qè].