CAPÍTULO II: MARCO TEÓRICO
2.5 Marco Normativo de la Educación en Chile
A continuación, de acuerdo a la información que se encuentra en la página web de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, se detallan los principales textos de las normas legales y operacionales básicas, que actualmente componen el Marco Normativo d e la Educación en Chile:
El Decreto Ley de Rentas Municipales Nº 3.063 de Diciembre de 1979, que facultó al Gobierno para traspasar servicios desde la administración central del Estado a las Municipalidades, entre ellos los establecimientos educacionales que dependían del Ministerio de Educación, y el Decreto con Fuerza de Ley N° 1-3063 de Junio de 1980, que reglamenta el traspaso de los establecimientos educacionales de enseñanza básica y media y su personal desde el Ministerio de Educación a las Municipalidades, y norma también el régimen de financiamiento de los mismos.
La Ley de Subvenciones Educacionales, dictada en 1980 como Decreto Ley N° 3476 y cuyo texto actualmente vigente se aprobó mediante Decreto con Fuerza de Ley N° 2 de Educación, de fecha 21 de Febrero de 1990. Aunque se trata de una normativa sobre el subsidio estatal a la educación particular subvencionada y a los establecimientos bajo administración municipal, contiene importantes preceptos relativos al funcionamiento de los centros educativos de nivel pre-básico, básico y medio.
Decreto N° 548, de 1988, Ministerio de Educación. Aprueba normas para la planta física de los locales educacionales que establecen las exigencias mínimas que deben cumplir los establecimientos reconocidos como cooperadores de la función educacional del estado, según el nivel y modalidad de la enseñanza que impartan.
Decreto N° 289, de 1989, Ministerio de Salud. Aprueba reglamento sobre condiciones sanitarias mínimas de los establecimientos educacionales y deroga el Decreto N° 462, de 1983.
Ley Nº 18.962, (1990). Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza (LOCE). Derogada por Ley N° 20.370 del año 2009.
Decreto N° 565, de 1990, Ministerio de Educación. Aprueba reglamento general de centros de padres y apoderados para los establecimientos educacionales reconocidos oficialmente por el Ministerio de Educación.
El estatuto de los Profesionales de la Educación aprobado como Ley Nº 19.070 del 01 de Julio de 1991, fue modificado en 1995 por la ley Nº 19. 410.
Junto con continuar elevando las remuneraciones, se introdujeron disposiciones que amplían o precisan derechos, resuelven adecuadamente el tema de la estabilidad laboral y establecen nuevos principios, como el de bonificar la excelencia en el desempeño de los equipos docentes.
Se ha creado el Sistema Nacional de Evaluación del Desempeño de los Establecimientos educacionales subvencionados (SNED) que incluye, además de las mediciones del logro de los alumnos, otros factores como la atención a la igualdad de oportunidades, la iniciativa y la capacidad de innovación, la participación y el cumplimiento de las normas.
Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 1996, Ministerio de Educación. Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 19.070 que aprobó el estatuto de los profesionales de la educación, y de las leyes que la complementan y modifican.
La Ley N°19. 464, promulgada el 24 de Julio de 1996, que establece normas y concede aumento de remuneraciones para personal no docente de establecimientos educacionales, fue modificada por la Ley N° 20.244, la que define Asistentes de la Educación como aquellas personas que se desempeñan en los establecimientos educacionales que cuenten con RBD y/o que estén contratados por un sostenedor y que realicen al menos una de las siguientes funciones:
- Profesional: Psicólogos, Kinesiólogos, Terapeutas Ocupacionales, Fonoaudiólogos, Asistentes Sociales, entre otros.
- Paradocente: Inspectoría (cuando no es ejercida por un docente), asistencia de bibliotecas, asistencia de párvulos, ayudantes de laboratorio, y otros.
- Servicios Auxiliares Menores: Actividades y labores de cuidado, protección y mantención y limpieza de los establecimientos.
Decreto N° 40, de 1996, Ministerio de Educación. Establece objetivos fundamentales y contenidos mínimos obligatorios para la educación básica y fija normas generales para su aplicación.
Decreto con fuerza de ley N° 2, del Ministerio de Educación, promulgado el 20 de Agosto del año 1998. Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1996, sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales.
Decreto Exento N° 77, de 1999, Ministerio de Educación. Aprueba planes y programas de estudio para 1° año de enseñanza media.
Ley N° 19.638, promulgada el 01 de Octubre de 1999, establece igualdad de culto y libertad de conciencia.
Ninguna persona podrá ser discriminada en virtud de sus creencias religiosas, ni tampoco podrán éstas invocarse como motivo para suprimir, restringir o afectar la igualdad consagrada en la Constitución y la ley.
Decreto Exento N° 83, de 2000, Ministerio de Educación. Aprueba planes y programas de estudio para 2° año de enseñanza media.
Decreto Exento N° 27, de 2001, Ministerio de Educación. Aprueba planes y programas de estudio para 3° año de enseñanza media, ambas modalidades y planes y programas de estudio, formación diferenciada para 4° año de enseñanza media técnico profesional.
Decreto Exento N° 83, de 2001, Ministerio de Educación. Reglamenta calificación y promoción de alumnos de 3° y 4° año de enseñanza media, ambas modalidades, y establece disposiciones para que los establecimientos educacionales elaboren su reglamento de evaluación.
La Ley N° 19.715 del 31 de Enero de 2001, ha otorgado un mejoramiento especial de remuneraciones a los profesionales de la educación.
Esta ley ha introducido dos significativas innovaciones:
i) Crea una “asignación de excelencia pedagógica” a favor de los docentes de aula que acrediten un desempeño de alta calidad.
ii) F unda la “Red Maestros de Maestros” formados por aquellos docentes de excelencia que se sometan voluntariamente a una nueva selección para desempeñarse en funciones de tutoría, formación en servicio y otras actividades a favor del desarrollo profesional de sus colegas de su escuela o de otras, sin dejar la docencia de aula. Estas nuevas oportunidades de desarrollo profesional estarán abiertas a los profesionales de todos los niveles y modalidades de la educación subvencionada por el Estado.
Decreto Exento N° 92, de 2002, Ministerio de Educación. Aprueba planes y programas de estudio para 8° año (NB 6) de enseñanza básica.
Decreto Exento N° 102, de 2002, Ministerio de Educación. Aprueba plan de estudio para 4° año de enseñanza media humanista científica y programas de estudio para los subsectores de formación general.
El Decreto Supremo N° 352 del 9 de Octubre 2003 reglamenta y establece las normas generales sobre el ejercicio de la función docente.
En 2003 se modificó la Constitución P o l í t i c a d e C h i l e , mediante la Ley N ° 19.876 de reforma constitucional para asegurar 12 años de escolaridad obligatoria y gratuita para todos los jóvenes del país hasta los 21 años.
La Ley N° 19.979, promulgada el 28 de Octubre de 2004, establece la Jornada Escolar Completa (JEC) en establecimientos educacionales municipalizados y particulares subvencionados, y enuncia las atribuciones de los directores de establecimientos educacionales, para posteriormente definir criterios para el desarrollo profesional y evaluación del desempeño directivo, los cuales, quedaron determinados en el “Marco para la Buena Dirección: Criterios para el Desarrollo Profesional y Evaluación del Desempeño”. La Ley N ° 18.956, promulgada el 22 de F ebrero 1990 y modificada en 2004, mediante la cual se reestructura el Ministerio de Educación estableciendo las distintas reparticiones u organismos que lo forman y sus correspondientes facultades o atribuciones.
La Ley N° 19.961 del 14 de Agosto de 2004 de evaluación docente, establece la evaluación del desempeño profesional de los docentes, a cargo de evaluadores pares, es decir, profesores de aula que se desempeñen en el mismo nivel escolar, sector del currículo y modalidad del docente evaluado, aunque en distintos establecimientos que el docente evaluado.
La ley determina que los docentes evaluados con desempeño insatisfactorio en una tercera evaluación anual consecutiva deben dejar la docencia.
La Constitución Política, aprobada en 1980 y reformada en 2003, cuyo texto sistematizado ha sido promulgado mediante el Decreto N° 100 del 17 de Septiembre de 2005, que además de los principios y conceptos fundamentales referidos a educación, incluye diversas disposiciones generales que inciden sobre la organización y gestión del sistema educacional, como las relativas a la administración del Estado, a la descentralización y a la propiedad privada y la libre gestión de las empresas.
Decreto N° 79, de 2005, Ministerio de Educación. Reglamenta inciso tercero del artículo 2º de la Ley Nº 18.962 que regula el estatuto de las alumnas en situación de embarazo y maternidad.
La Ley N ° 20.158 promulgada el 27 de Diciembre de 2006, establece diversos beneficios para los profesionales de la educación, en particular una bonificación de reconocimiento profesional
La Ley N ° 20.158 promulgada el 27 de Diciembre de 2006, establece diversos beneficios para los profesionales de la educación, en particular una bonificación de reconocimiento profesional.
La Ley N ° 20.129, promulgada el 23 de Octubre de 2006, establece el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior, que tiene funciones de información, de licenciamiento de instituciones nuevas de educación superior, de acreditación institucional, y de acreditación de carreras o programas. El licenciamiento de instituciones nuevas corresponde al Consejo Nacional de Educación (anteriormente, el Consejo Supremo de Educación).
Ley N° 20.162, promulgada el 22 de Enero de 2007, dispone Reforma Constitucional que establece la obligatoriedad de la Educación Parvularia en su Segundo Nivel de Transición. Decreto Supremo Nº170 del año 2009, es el reglamento de la Ley Nº 20.201 y fija normas para determinar los alumnos con necesidades educativas especiales que serán beneficiarios de la subvención para educación especial.
El Decreto N° 3 promulgado el 05 de Enero de 2007 fija los OF Terminales para la formación diferenciada artística de la educación media (tercer y cuarto año), así como las diez menciones artísticas comprendidas en las tres áreas del arte (artes m u s i c a l e s , artes visuales, y artes escénicas, estas últimas incluyendo las sub áreas de teatro y danza). La Ley Nº 20.248, de Subvención Escolar Preferencial promulgada el 25 de Enero de 2008, establece subvención educacional denominada preferencial (SEP), destinada al mejoramiento de la calidad de la educación de los establecimientos educacionales subvencionados (Última Modificación el 02 de Febrero de 2012 a través de la Ley Nº 20.567). La Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza N ° 18.962, aprobada el 10 de Marzo d e 1990 y cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado ha sido publicado mediante el Decreto con Fuerza de Ley N° 1 de 2005, ha sido por un largo período la legislación matriz de la estructuración y funcionamiento del sistema educativo nacional. Ha sido derogada por la nueva Ley General de Educación N ° 20.370, promulgada el 17 de A gosto de 2009, q u e
representa el marco para una nueva institucionalidad de la educación en el país en lo referente a la educación general básica y media, manteniéndose la normativa anterior respecto a la educación superior.
Decreto con Fuerza de Ley N° 2, de 2009, Ministerio de Educación. Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 20.370 con las normas no derogadas del Decreto con Fuerza de Ley Nº 1, de 2005.
Mediante el Decreto Supremo N ° 40, en Enero de 1996 se promulgaron los Objetivos Fundamentales y Contenidos Mínimos Obligatorios (OF-CMO) para la educación básica. El Decreto ha sido modificado por el Decreto Supremo N° 256 del 18 de Agosto de 2009. Mediante el Decreto Supremo N° 254 del 17 de Agosto de 2009 se ha modificado el Decreto Supremo N° 220 de 1998 por el cual se habían promulgado los OF-CMO de la educación media.
Decreto N° 257, de 2009, Ministerio de Educación. Aprueba los objetivos fundamentales y contenidos mínimos de la educación de adultos.
Mediante el Decreto N° 257 publicado el 19 de Agosto de 2009 se han establecido los OF- CMO del nuevo marco curricular para la educación básica y media de adultos y se han fijado las normas generales para su aplicación, derogando el Decreto Supremo N ° 239 de 2004.
Mediante el Decreto N ° 999 publicado el 3 de Septiembre de 2009 se ha aprobado el plan y 15 programas de estudio de formación en oficios para la educación básica de adultos. El plan y los programas de estudio para la educación media de adultos han sido aprobados mediante el Decreto Exento N° 1000 del 29 de Mayo de 2009.
La Ley General de Educación de 2009 establece que es deber del Estado promover la educación parvularia en todos sus niveles y garantizar el acceso gratuito y el financiamiento fiscal para el primer y segundo nivel de transición, sin que éstos constituyan requisitos para el ingreso a la educación básica. La educación básica (ocho años) y la educación media (cuatro años) son obligatorias.
Decreto N° 289, de 2010, Ministerio de Educación. Fija Normas Generales Sobre Calendario Escolar.
Decreto N° 315, de 2010, Ministerio de Educación. Reglamenta requisitos de adquisición, mantención y pérdida del reconocimiento oficial del estado a los establecimientos educacionales de educación parvularia, básica y media.
La Ley N ° 20.422 promulgada el 0 3 de Febrero d e 2010, establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad. El artículo 34 estipula que el Estado garantizará a las personas con discapacidad el acceso a los establecimientos p ú b l ic o s y p r i va d o s del sistema de e d uc ació n r eg u lar o a los establecimientos de educación especial, según corresponda, que reciban subvenciones o aportes del Estado. Los establecimientos de enseñanza parvularia, básica y media contemplarán planes para alumnos con necesidades educativas especiales y fomentarán en ellos la participación de toda la comunidad educacional en dichos planes. El artículo 36 establece que los establecimientos de enseñanza regular deberán incorporar la innovaciones y adecuaciones curriculares, de infraestructura y los materiales de apoyo necesarios para permitir y facilitar a las personas con discapacidad el acceso a los cursos o niveles existentes, para asegurar su permanencia y progreso en el sistema educacional.
La Ley N° 20.501 de Calidad y Equidad de la Educación, promulgada el 08 de Febrero de 2011, introduce modificaciones al Estatuto de los Profesionales de la Educación; Ley Nº 19.070; Profesionales de la Educación; Sostenedores de Establecimientos Educacionales y Establecimientos Educacionales.
La Ley 20.529 promulgada el 11 de Agosto de 2011, establece Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media y su fiscalización. Considera Agencia de Calidad y Superintendencia de Educación.
Decreto N° 53, de 2011, Ministerio de Educación. Establece elementos de enseñanza y material didáctico mínimos con que deben contar los establecimientos educacionales para obtener y mantener el reconocimiento oficial del estado.
Decreto N° 332, de 2011, Ministerio de Educación. Determina edades mínimas para el ingreso a la educación especial o diferencial, modalidad de educación de adultos y de adecuaciones de aceleración curricular.
La Ley Nº 20.536 sobre la violencia escolar, promulgada el 08 de Septiembre de 2011, mediante la cual se modifica el decreto con fuerza de ley Nº 2, del Ministerio de Educación, del año 2010, de la ley Nº 20.370, General de Educación.
Decreto 423, de 2012. Modifica Decreto Nº 352, de 2003, que reglamenta ejercicio de la función docente.
Resolución N° 838 exenta, promulgada el 17 de Febrero de 2012, fija modelo de fiscalización y estandarización de hallazgos y deja sin efecto resolución nº 3.569 exenta, de 2008, actualizando el sistema de estandarización de infracciones a la normativa educacional vigente.
Decreto 115, (2012). Modifica Decreto Nº 315, de 2010, que reglamenta requisitos de adquisición, mantención y pérdida del reconocimiento oficial del estado a los establecimientos educacionales.
Decreto N° 433, de 2012, Ministerio de Educación. Se Establecen las siguientes bases curriculares para la educación básica de 1º a 6º año para las asignaturas de Educación Física y Salud; Música; Artes Visuales; Orientación; y Tecnología.
Decreto Exento Nº 83 del año 2015, aprueba Criterios y Orientaciones de Adecuación Curricular para Estudiantes con Necesidades Educativas Especiales de Educación Parvularia y Educación Básica.
LEY Nº 20.835, promulgada el 28 de Abril de 2015, crea la Subsecretaría de Educación Parvularia, la Intendencia de Educación Parvularia y modifica diversos cuerpos legales. Ley N° 20.845, promulgada el 29 de Mayo de 2015, ley de inclusión escolar que regula la admisión de los y las estudiantes, elimina el financiamiento compartido y prohíbe el lucro en establecimientos educacionales que reciben aportes del Estado. El sistema propenderá a eliminar todas las formas de discriminación arbitraria que impidan el aprendizaje y la participación de los y las estudiantes.
Ley N° 20.964, promulgada el 18 de Octubre de 2016, otorga por una sola vez, una bonificación por retiro voluntario al personal asistente de la educación que se desempeñe en establecimientos educacionales administrados directamente por las municipalidades; en los establecimientos regidos por el decreto ley N° 3.166, de 1980, y, asimismo, a los trabajadores regidos por el Código del Trabajo que se desempeñen en los Departamentos de Administración de Educación Municipal.
Ley N° 20.976, promulgada el 06 de Diciembre de 2016, permite a los profesionales de la educación que indica, entre los años 2016 y 2024, acceder a la bonificación por retiro voluntario para los profesionales de la educación que durante el año escolar 2015 pertenezcan a una dotación docente del sector municipal, en los establecimientos regidos por el decreto ley Nº 3.166, de 1980, y que al 31 de diciembre de 2015 hayan cumplido la edad de acogerse a retiro.
Ley N° 20.993, promulgada el 23 de Enero de 2017, modifica diversos cuerpos legales para facilitar el funcionamiento del sistema escolar, y que afectan al Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior, a las Universidades que imparten carreras de Pedagogía, a la Ley de Inclusión Escolar, a los sostenedores organizados como personas jurídicas sin fines de lucro a la fecha de publicación de esta ley y la venta de bienes