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Guía de cuidados al adulto mayor para elevar el nivel de conocimientos de los cuidadores en el asilo de ancianos “Señor de los Remedios” del cantón Pillaro

3.2 Introducción

Los ancianos tienen la misma oportunidad de crecimiento, desarrollo, aprendizaje de tener nuevas experiencias y de llevar una vida digna como cualquier otra etapa de la vida así es que debemos respetarla como tal por ende la persona que se encarga de su cuidado debe ser una persona que conozca sobre esta etapa del ciclo ítala para así brindar una atención de calidad a este grupo etareo.

El diseño de esta guía de cuidados dirigidos hacia los cuidadores del asilo de ancianos “Señor de los Remedios” del cantón Pillaro llegara a ser una ayuda indispensable para los mismos ya que les permitirá auto educarse sobre los cuidados que deben brindar a este grupo de personas que requieren un cuidado específico para así fomentar su estilo de vida y llevar así con dignidad su última etapa de vida.

La guía de cuidados por otra parte contribuirá a elevar el nivel de conocimientos de los cuidadores ya que será una herramienta esencial de gran utilidad y necesaria ya que son ellos los que permanecen el mayor tiempo con los adultos mayores y deben ser personas con conocimientos y que tengan la capacidad de prestar un servicio adecuado y especifico a los asilados.

3.3 Objetivo general

Mejorar el nivel de conocimiento de los cuidadores sobre el manejo y cuidados específicos del al adulto.

66 3.4 Justificación

La investigación aportara con una guía de cuidados específicos al adulto mayor para así reforzar los conocimientos que deben tener los cuidadores que atienden a este grupo etareo ya que son ellos los que pasan el mayor tiempo con los adultos mayores y es su responsabilidad la de cuidar y vigilar el estado físico, mental, social y emocional de ellos, pero también el de la persona que lo realiza, enfocar la prevención como punto principal para evitar el manejo inadecuado del adulto mayor, así mantener la salud de los mismos cuidadores ya que con esta guía se elevara sus conocimientos.

Esta guía de cuidados pretende convertirse en un conjunto de herramientas para garantizar el bienestar de las personas adultas mayores, particularmente de aquellas que padecen alguna disfuncionalidad; una guía práctica que permita a los adultos mayores, con el apoyo de sus familias y de las personas encargadas de su cuidado, alcanzar una vida plena y recuperar su dignidad.

Se diseñará por primera vez una guía de cuidados al adulto mayor en el asilo de ancianos Señor de los Remedios del cantón Pìllaro con el propósito de educar y elevar los conocimientos de los cuidadores sobre los cuidados específicos que se debe tener con este grupo de personas para así evitar que tengan un deterioro en su calidad de vida.

De la misma manera se detallara las características que se deben destacar de los cuidadores, las actividades en las que el adulto mayor requiere ayuda, problemas comunes y, algo absolutamente importante y útil, sugerencias y consejos para enfrentar las complicaciones que el cuidador pudiera tener, también se indicara cómo deben ser los cuidados personales, como su aseo, alimentación, y monitoreo general de la salud del adulto mayor, previamente el presente manual puede ser utilizado como libro de texto para comprender, paso a paso, todas las dificultades que tiene que superar un adulto con determinadas características de discapacidad y cómo podemos ayudarlo.

Llegar a una edad madura no tiene por qué convertirse en sinónimo de incapacidad, inmovilidad o abandono, diversas experiencias nos demuestran que el adulto mayor puede ser un activo

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social importante y factor de cohesión para las familias, en una sociedad democrática e igualitaria el adulto mayor debe ser referente y fuente de esperanza.

3.5 Base legal

Constitución de la República del Ecuador

Art. 36.- Las personas adultas mayores recibirán atención prioritaria y especializada en los ámbitos público y privado, en especial en los campos de inclusión social y económica, y protección contra la violencia. Se considerarán personas adultas mayores aquellas personas que hayan cumplido los sesenta y cinco años de edad.

Art. 37.- El Estado garantizará a las personas adultas mayores los siguientes derechos: 1. La atención gratuita y especializada de salud, así como el acceso gratuito a medicinas. 2. El trabajo remunerado, en función de sus capacidades, para lo cual tomará en cuenta sus imitaciones.

3. La jubilación universal.

4. Rebajas en los servicios públicos y en servicios privados de transporte y espectáculos. 5. Exenciones en el régimen tributario. 6. Exoneración del pago por costos notariales y registrales, de acuerdo con la ley.

7. El acceso a una vivienda que asegure una vida digna, con respeto a su opinión y consentimiento.

Art. 38.- El Estado establecerá políticas públicas y programas de atención a las personas adultas mayores, que tendrán en cuenta las diferencias específicas entre áreas urbanas y rurales, las inequidades de género, la etnia, la cultura y las diferencias propias de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades; asimismo, fomentará el mayor grado posible de autonomía personal y participación en la definición y ejecución de estas políticas. En particular, el Estado tomará medidas de:

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1. Atención en centros especializados que garanticen su nutrición, salud, educación y cuidado diario, en un marco de protección integral de derechos. Se crearán centros de acogida para albergar a quienes no puedan ser atendidos por sus familiares o quienes carezcan de un lugar donde residir de forma permanente.

2. Protección especial contra cualquier tipo de explotación laboral o económica. El Estado ejecutará políticas destinadas a fomentar la participación y el trabajo de las personas adultas mayores en entidades públicas y privadas para que contribuyan con su experiencia, y desarrollará programas de capacitación laboral, en función de su vocación y sus aspiraciones. 3. Desarrollo de programas y políticas destinadas a fomentar su autonomía personal, disminuir su dependencia y conseguir su plena integración social.

4. Protección y atención contra todo tipo de violencia, maltrato, explotación sexual o de cualquier otra índole, o negligencia que provoque tales situaciones.

5. Desarrollo de programas destinados a fomentar la realización de actividades recreativas y espirituales.

6. Atención preferente en casos de desastres, conflictos armados y todo tipo de emergencias. 7. Creación de regímenes especiales para el cumplimiento de medidas privativas de libertad. En caso de condena a pena privativa de libertad, siempre que no se apliquen otras medidas alternativas, cumplirán su sentencia en centros adecuados para el efecto, y en caso de prisión preventiva se someterán a arresto domiciliario.

8. Protección, cuidado y asistencia especial cuando sufran enfermedades crónicas o degenerativas.

9. Adecuada asistencia económica y psicológica que garantice su estabilidad física y mental. La ley sancionará el abandono de las personas adultas mayores por parte de sus familiares o las instituciones establecidas para su protección. (23)

69 3.6 Beneficiados

Directos.- cuidadores del adulto mayor Indirectos.- adultos mayores

3.7 Desarrollo de la propuesta

UNIVERSIDAD REGIONAL AUTONOMA DE LOS ANDES