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Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano

RESOLUCIÓN N.° 1012/MHYDHGC/16

Buenos Aires, 17 de agosto de 2016 VISTO:

Los Decretos Nº 433/16, Nº 476/10, Nº 363/15, su modificatorio N° 400/16 y Nº 108/16, las Resoluciones Nº 632-MDEGC/14, Nº 9-UGIS/16, el Expediente Electrónico Nº 16595677-UGIS/16, y;

CONSIDERANDO:

Que, oportunamente, mediante Expediente Nº 1.251.454/09, tramitó la Licitación Pública N° 568/10 destinada a la Contratación de un "Servicio de Limpieza y Desobstrucción de Sumideros, Cámaras, Nexos y Conductos de los Sistemas Pluviales y Cloacales en Villas, Barrios, Barrios Carenciados, Asentamientos y Núcleos Habitacionales Transitorios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", habiéndose adjudicado, por Decreto Nº 476/10, el Renglón Nº 2, al oferente "IBARRA OSCAR ALBERTO.";

Que, a su vez, mediante Resolución Nº 632-MDEGC/14 se dispuso oportunamente la prórroga contractual, bajo las mismas condiciones que las establecidas en la contratación original y conforme las facultades establecidas en los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares que rigieron el precitado proceso licitario, resultando, a la fecha, que el plazo contractual y el de prórroga han fenecido con fecha 30 de junio de 2015;

Que, en orden a lo expuesto y conforme lo informado por el Titular de la Unidad de Gestión e Intervención Social, en su Resolución Nº 9-UGIS/16, resulta imprescindible e impostergable la continuidad del servicio en cuestión, durante el período comprendido entre el 01 al 24 de mayo de 2016, dado que, a partir de la fecha 25 de mayo de 2016 se encuentra operativo idéntico servicio adjudicado en el marco de la Licitación Pública Nacional Nº 623-1263-LPU15;

Que, en la misma inteligencia, y dado que el precitado nivel de organización ha entendido inconducente el cambio de prestador, no resulta aplicable al caso la exigencia prevista por el Artículo 3°, Inciso b), del Decreto N° 433/16, coincidente con el Artículo 2°, Inciso b), del derogado Decreto N° 556/10;

Que, a su vez, y a mérito de lo informado por el Titular de la mentada Unidad con ajuste a lo preceptuado por el inciso d) del artículo 3º del Decreto Nº 433/16 (anteriormente inciso b) del artículo 7º del Decreto Nº 752/10), el monto mensual promedio abonado dentro de los últimos seis (6) meses, por la provisión y prestación de dicho servicio asciende a la suma de pesos un millón doscientos doce mil setecientos seis con cincuenta y cinco centavos ($ 1.212.706,55);

Que, en tal contexto y siendo efectiva la necesidad y continuidad de prestación del servicio precitado, y habiéndose reconocido la prestación de los servicios durante el mes de mayo 2016, mediante informe Nº 18681292-UGIS/16, corresponde el dictado de la norma mediante la cual se apruebe el pago del servicio de tracto sucesivo referenciado;

Que, a su vez, en cumplimiento de lo estipulado en el inciso c) del artículo 2º del Decreto Nº 556/10, actualmente inciso c) del artículo 3º del Decreto Nº 433/16 se

agregaron constancias extraídas del Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (R.I.U.P.P.), de donde surge que el prestador arriba indicado se encuentra debidamente inscripto;

Que, la presente gestión cuenta con respaldo presupuestario con cargo al ejercicio 2016.

Por ello, en atención a lo actuado, lo dispuesto por el Decreto N° 443/16, y en uso de las facultades que le son propias,

LA MINISTRA DE HABITAT Y DESARROLLO HUMANO RESUELVE:

Artículo 1º.- Apruébase el gasto correspondiente a la prestación del "Servicio de Limpieza y Desobstrucción de Sumideros, Cámaras, Nexos y Conductos de los Sistemas Pluviales y Cloacales en Villas, Barrios, Barrios Carenciados, Asentamientos y Núcleos Habitacionales Transitorios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", a favor de "OSCAR ALBERTO IBARRA", C.U.I.T. 20-08011395-2, por el período comprendido entre el 01 al 24 de mayo de 2016 por un monto de pesos novecientos cincuenta y seis mil setecientos treinta y uno con ochenta y seis centavos ($ 956.731,86), ello de conformidad con lo expuesto en los considerandos de la presente. Artículo 2°.- Déjase establecido que la prestación del Servicio cuyo gasto se aprueba por el artículo precedente, fue realizado bajo las mismas condiciones que las establecidas en la contratación original y su prórroga.

Artículo 3º.- La presente erogación cuenta con respaldo presupuestario con cargo al ejercicio presupuestario 2016.

Artículo 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese al prestador del servicio los términos de la presente y gírese a la Subsecretaría de Hábitat e Inclusión para la prosecución del trámite. Cumplido, remítase a la Unidad de Gestión e Intervención Social para su archivo. Tagliaferri

RESOLUCIÓN N.° 1013/MHYDHGC/16

Buenos Aires, 17 de agosto de 2016 VISTO:

El Decreto Nº 1550/2008 y el Expediente Electrónico Nº 12662326/MGEYA/DGDAI/2016, y

CONSIDERANDO:

Que según surge de los presentes actuados el señor Belleri, Maximiliano Rubén CUIL Nº 20-30409845-8, quien revista en la Dirección General de Atención Inmediata, de la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario, dependiente de este Ministerio, solicita licencia extraordinaria sin goce de haberes, a partir del 10 de diciembre de 2015 y por el término de un (1) año, por razones personales;

Que la precitada Dirección General, accede a lo requerido, toda vez que su otorgamiento no afecta el normal desarrollo de las tareas;

Que a tal fin, se procede a dictar la norma legal respectiva; Por ello, conforme lo prescripto por el Decreto Nº 1550/2008,

LA MINISTRA DE HÁBITAT Y DESARROLLO HUMANO RESUELVE

Artículo 1.-Otórgase a partir del 10 de diciembre de 2015 y por el término de un (1) año, licencia extraordinaria sin goce de haberes, al señor Belleri, Maximiliano Rubén CUIL Nº 20-30409845-8, quien revista en la Dirección General de Atención Inmediata, de la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario, dependiente de este Ministerio, de conformidad con lo establecido por el Decreto Nº 1550/2008, reservando el derecho a retomar sus funciones en partida 4562.0000.H.00.

Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Atención Inmediata, de la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario, a la Gerencia Operativa de Gestión de Recursos Humanos de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, ambas jurisdicciones dependientes de este Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Tagliaferri

RESOLUCIÓN N.° 1015/MHYDHGC/16

Buenos Aires, 19 de agosto de 2016 VISTO:

Los términos de la Ley 5495 promulgada por Decreto Nº 396/GCABA/2015 y; CONSIDERANDO:

Que se hace necesario adecuar los créditos presupuestarios mencionados a nivel de Programa, que permitan una mejor utilización de los mismos pertenecientes a la Jurisdicción 45, de acuerdo a la descripción expuesta en el Formulario adjunto;

Que en consecuencia procede arbitrar las medidas necesarias, utilizando para tales fines las facultades establecidas en las Normas Anuales de Ejecución y aplicación del Presupuesto General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Ejercicio 2016;

Que la tramitación de la misma resulta vital para el normal desenvolvimiento de la gestión propuesta dentro del Ministerio a mi cargo;

Por ello y en uso de las atribuciones que le son propias;

LA MINISTRA DE HABITAT Y DESARROLLO HUMANO RESUELVE:

Artículo 1º.- Apruébase la modificación presupuestaria tramitada por Requerimiento SIGAF Nº 5660 (GEDO Nº 19447320/DGTALMHYDH/2016), de la Jurisdicción 45 de diversos programas dependientes del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano.- Artículo 2º.- Regístrese, y para su conocimiento y notificación, pase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, a la Dirección General Oficina Gestión Pública y Presupuesto dependiente del Ministerio de Hacienda y a la Secretaría Legal y Técnica para su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Tagliaferri

RESOLUCIÓN N.° 1016/MHYDHGC/16

Buenos Aires, 19 de agosto de 2016 VISTO:

Los términos de la Ley 5495 promulgada por Decreto Nº 396/GCABA/2015 y; CONSIDERANDO:

Que se hace necesario adecuar los créditos presupuestarios mencionados a nivel de Programa, que permitan una mejor utilización de los mismos pertenecientes a la Jurisdicción 45, de acuerdo a la descripción expuesta en el Formulario adjunto;

Que en consecuencia procede arbitrar las medidas necesarias, utilizando para tales fines las facultades establecidas en las Normas Anuales de Ejecución y aplicación del Presupuesto General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Ejercicio 2016;

Que la tramitación de la misma resulta vital para el normal desenvolvimiento de la gestión propuesta dentro del Ministerio a mi cargo;

Por ello y en uso de las atribuciones que le son propias;

LA MINISTRA DE HABITAT Y DESARROLLO HUMANO RESUELVE:

Artículo 1º.- Apruébase la modificación presupuestaria tramitada por Requerimiento SIGAF Nº 5349 y 5658 (GEDO Nº 19383824 y 19381624/DGTALMHYDH/2016, respectivamente) de la Jurisdicción 45 de diversos programas dependientes del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano.-

Artículo 2º.- Regístrese, y para su conocimiento y notificación, pase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, a la Dirección General Oficina Gestión Pública y Presupuesto dependiente del Ministerio de Hacienda y a la Secretaría Legal y Técnica para su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Tagliaferri

RESOLUCIÓN N.° 1017/MHYDHGC/16

Buenos Aires, 19 de agosto de 2016 VISTO:

Los términos de la Ley 5495 promulgada por Decreto Nº 396/GCABA/2015 y;

CONSIDERANDO:

Que se hace necesario adecuar los créditos presupuestarios mencionados a nivel de Programa, que permitan una mejor utilización de los mismos pertenecientes a la Jurisdicción 45, de acuerdo a la descripción expuesta en el Formulario adjunto;

Que en consecuencia procede arbitrar las medidas necesarias, utilizando para tales fines las facultades establecidas en las Normas Anuales de Ejecución y aplicación del Presupuesto General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Ejercicio 2016;

Que la tramitación de la misma resulta vital para el normal desenvolvimiento de la gestión propuesta dentro del Ministerio a mi cargo;

Por ello y en uso de las atribuciones que le son propias;

LA MINISTRA DE HABITAT Y DESARROLLO HUMANO RESUELVE:

Artículo 1º.- Apruébase la modificación presupuestaria tramitada por Requerimiento SIGAF Nº 5657 (GEDO Nº 19384379/DGTALMHYDH/2016), de la Jurisdicción 45 de diversos programas dependientes del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano.- Artículo 2º.- Regístrese, y para su conocimiento y notificación, pase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, a la Dirección General Oficina Gestión Pública y Presupuesto dependiente del Ministerio de Hacienda y a la Secretaría Legal y Técnica para su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Tagliaferri

RESOLUCIÓN N.° 1019/MHYDHGC/16

Buenos Aires, 19 de agosto de 2016 VISTO:

Ley N° 5460, el Decreto N° 297/2014, el Decreto Nº 363/2015 y sus modificatorios, Resolución Conjunta N° 1685/MMGC/2014, Resolución Nº y el Expediente Electrónico N° 34285723/MGEYA/DGPROYS/2015, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 297/2014, se crearon las Plantas Orgánicos Funcionales de los establecimientos residenciales para persona mayores Hogar de Ancianos "Dr. Alejandro Raimondi", Hogar de Ancianos "Guillermo Rawson", Hogar de Ancianos "Martín Rodríguez - Viamonte" y Hogar de Ancianos "San Martín", dependientes de la Gerencia Operativa de Hogares de Residencia Permanente de la entonces Dirección General de Promoción y Servicios, de la Ex Subsecretaría de Tercera Edad, del entonces Ministerio de Desarrollo Social;

Que en su artículo 2 se delega en el titular del precitado Ministerio, previa intervención del Ex Ministerio de Modernización, la facultad de convocar los concursos públicos abiertos para la cobertura de los cargos de planta permanente, detallados en el mencionado Decreto, como así también en su artículo 3 la facultad de designar a quienes resulten seleccionados en los procesos de selección;

Que por otra parte en su artículo 4 se delega en ambos Ministerios en forma conjunta, la facultad de dictar normas aclaratorias, instrumentales, interpretativas y/o complementarias, a los efectos de implementar los concursos públicos abiertos para la cobertura definitiva titular de los cargos en cuestión;

Que en consecuencia por Resolución Conjunta N° 1685/MMGC/2014, se aprobó el procedimiento de concursos públicos y abiertos para la selección de los postulantes para cubrir los cargos de Plantas Orgánico Funcionales de los citados establecimientos residenciales;

Que a tal fin, por Resolución N° 752/MDSGC/2015, se llamó a Concurso Abierto de Antecedentes y Oposición, para la cobertura de 3 (tres) vacantes de Licenciados en Enfermería para el Hogar de Residencia Permanente para Adultos Mayores "San Martín";

Que en la Resolución antes mencionada se designan a los integrantes titulares y suplentes, del Comité de Selección, fijándose el plazo de presentación de los Formularios de Inscripción para dicho proceso de selección;

Que su Anexo dispone que el Comité de Selección labrará un acta estableciendo el orden de mérito definitivo de acuerdo a lo previsto en el Anexo de la Resolución Conjunta N° 1685/MMGC/2014;

Que por Ley N° 5460 y su modificatoria, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose al Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano;

Que por Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura organizativa del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a la Secretaria de Tercera Edad en la orbita del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano; Que el citado Ministerio, manifiesta que conforme el orden de mérito definitivo y las entrevistas efectuadas por los responsables de las áreas dependientes de la Secretaría de Tercera Edad, instancia que ha solicitado incorporar a su dotación al personal seleccionado;

Que lo expuesto, se propicia designar con carácter titular, a la Licenciada Olga Beatriz Serra, CUIL. 27-16603671-8, en el precitado Hogar, conforme lo prescripto por la Ley Nº 471 (t.o. Ley N° 5454);

Que es dable destacar, que la misma se efectúa de acuerdo con lo establecido en el Escalafón General para el Personal de Planta Permanente de la Administración Pública de dicho Gobierno, aprobado por Decreto Nº 986/2004 y las pautas de encasillamiento fijadas por Decreto Nº 583/2005;

Que a tal fin, resulta necesario realizar el acto administrativo pertinente. Por ello, conforme lo prescripto por Decreto N° 297/2014,

LA MINISTRA DE HÁBITAT Y DESARROLLO HUMANO RESUELVE

Artículo 1.- Desígnase a partir del 01 de agosto de 2016, con carácter titular, a la Licenciada Olga Beatriz Serra, CUIL. 27-16603671-8, como Licenciada en Enfermería, en el Hogar de Residencia Permanente para Adultos Mayores "San Martín", de la

Dirección General de Servicios y Dependencia, de la Secretaría de Tercera Edad, del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, partida 4516.0330.P.A.01.0270.243, de acuerdo con lo establecido por Ley Nº 471 (t.o. Ley N° 5454) y lo prescripto en el Escalafón General para el Personal de Planta Permanente de la Administración Pública, aprobado por Decreto Nº 986/2004 y las pautas de encasillamiento fijadas por Decreto Nº 583/2005.

Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Servicios y Dependencia, a la Secretaría de Tercera Edad, al Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano y a la Dirección General Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Tagliaferri

RESOLUCIÓN N.° 1020/MHYDHGC/16

Buenos Aires, 19 de agosto de 2016 VISTO:

El Expediente Electrónico N° 10.134.580 /MGEYA-DGSD/16, y CONSIDERANDO:

Que a través de dicho actuado, la Dirección General de Servicios y Dependencia, de este Ministerio, solicitó se arbitren los medios, tendientes a modificar la situación técnica escalafonaria, otorgada a los cuarenta y seis (46) agentes, que fueran designados por Concurso, en la Planta Permanente de esa Unidad de Organización, para desempeñarse en diversos Hogares para la Tercera Edad;

Que en tal inteligencia, indica que a los mismos, mediante Resolución N° 233/MHYDHGC/16, cuya nómina consta en su Anexo, se le otorgó el ATN TA 01 (agrupamiento técnico) cuando debiera habérselos encasillado, como SA 01 (agrupamiento servicios);

Que ha tomando oportuna intervención la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, entendió que, no habría obstáculo jurídico alguno, para modificar la referida Resolución;

Que en base a ello, tanto la Dirección General Servicios y Dependencia, como la Secretaría de Tercera Edad, dan conformidad para la realización de un nuevo acto administrativo rectificatorio, que subsane la situación escalafonaria, de los agentes comprendidos, en la referida Resolución Nº 233/MHYDHGC/2016:

Que la Dirección General Técnica Administrativa y Legal se expidió sobre el tópico que nos ocupa, entendiendo procedente, la elaboración, en base al Escalafón General aprobado por Decreto 986/2004 y pautas de encasillamiento fijadas por Decreto 583/2005, de un proyecto de acto administrativo, modificatorio de la mentada Resolución, que designara a los involucrados;

Que por tales argumentos, y teniendo en cuenta lo prescripto por el artículo 19 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, procede la emisión de un nuevo Acto Administrativo modificatorio del Anexo de la Resolución N° 233/MHYDHGC/2016, en la parte concerniente a la Partida, que hubiera correspondido asignar;

Que en tal circunstancia, debe tenerse presente lo establecido en el Escalafón General, para el Personal de Planta Permanente, de la Administración Pública de este Gobierno, aprobado por el Decreto Nº 986/04, y las pautas de encasillamiento, fijadas por el Decreto Nº 583/05;

Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias y el artículo 19, de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires,

LA MINISTRA DE HÁBITAT Y DESARROLLO HUMANO RESUELVE

Artículo 1.- Modifícase el Anexo "I" (IF-2016-7159796-DGALP) de la Resolución N° 233/MHYDHGC/16, consignándose en la partida y función que el ATN otorgado es SA 01 para la totalidad de los agentes comprendidos en el mismo.

Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase de la Dirección General de Servicios y Dependencia, de la Secretaría Tercera Edad, de este Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, de la Dirección General Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Tagliaferri

RESOLUCIÓN N.° 1021/MHYDHGC/16

Buenos Aires, 19 de agosto de 2016 VISTO:

El Decreto N° 1550/2008 y el Expediente Electrónico Nº 14635271/MGEYA/DGSSZO/2016, y

CONSIDERANDO:

Que según surge de los presentes actuados, el señor Juan Ignacio Riat Olano, CUIL Nº 20-32069134-7, de la Dirección General Servicios Sociales Zonales, dependiente de la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario, del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, solicitó Licencia Extraordinaria sin goce de haberes, a partir del 26 de mayo de 2016 y por el término de un (1) año, por razones personales; Que la citada Dirección General accede a lo requerido, toda vez que su otorgamiento no afectará el normal desarrollo de las tareas;

Que por lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el Decreto N° 1550/2008, corresponde su autorización;

Que a tal fin, procede dictar la norma legal respectiva; Por ello, conforme lo prescrito por el Decreto N° 1550/2008,

LA MINISTRA DE HÁBITAT Y DESARROLLO HUMANO RESUELVE

Artículo 1°.- Otórgase a partir del 26 de mayo de 2016 y por el término de un (1) año, Licencia Extraordinaria sin goce de haberes, al señor Juan Ignacio Riat Olano, CUIL Nº 20-32069134-7, de la Dirección General Servicios Sociales Zonales, dependiente de la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario, de este Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano de conformidad con lo establecido por el Decreto N° 1550/2008, reservando el derecho a retomar sus funciones en la partida 4566.0000.H.00.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Servicios Sociales Zonales dependiente de la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano y a la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Tagliaferri

RESOLUCIÓN N.° 1024/MHYDHGC/16

Buenos Aires, 22 de agosto de 2016 VISTO:

Los términos de la Ley 5495 promulgada por Decreto Nº 396/GCABA/2015 y; CONSIDERANDO:

Que se hace necesario adecuar los créditos presupuestarios mencionados a nivel de Programa, que permitan una mejor utilización de los mismos pertenecientes a la Jurisdicción 45, de acuerdo a la descripción expuesta en el Formulario adjunto;

Que en consecuencia procede arbitrar las medidas necesarias, utilizando para tales fines las facultades establecidas en las Normas Anuales de Ejecución y aplicación del Presupuesto General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Ejercicio 2016;

Que la tramitación de la misma resulta vital para el normal desenvolvimiento de la gestión propuesta dentro del Ministerio a mi cargo;

Por ello y en uso de las atribuciones que le son propias;