3.2. Normatividad Nacional
4.1.2. Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social
El MIMDES actualmente Ministerio de la Mujer y Población Vulnerable - MIMP, es un organismo rector de políticas públicas en materia de equidad de género, protección y desarrollo social de poblaciones vulnerables y que sufren exclusión, garantizando el ejercicio de sus derechos a fin de ampliar sus oportunidades, mejorar su calidad de vida y promover su realización personal y social. En eses sentido el Reglamento de la ley N° 28950 le asigna responsabilidades en los campos de prevención y protección. Cuenta con diversos planes nacionales de acción que buscan proteger los derechos de los niños, niñas y adolescentes, así como su indemnidad sexual, y los derechos de la mujer, grupos considerados especialmente vulnerables para la trata de personas.
El Reglamento de la Ley Contra la Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes, en el TÍTULO III, Capítulo I“De la prevención de los Delitos de
Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes”, en su Artículo 8º.- Ministerio
de la Mujer y Desarrollo Social: El Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social,
a través de sus órganos competentes, desarrollará estrategias para la prevención de los delitos de trata de personas y tráfico ilícito de migrantes, para lo cual deberá:
a) Proponer los lineamientos de intervención para la protección de víctimas de trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes en todos los proyectos, programas y servicios del Sector.
b) Capacitación a los operadores de sus servicios institucionales, así como a los grupos vulnerables.
c) Coordinar y supervisar, en los ámbitos de su competencia, los servicios de atención afines, para la prevención del delito de trata de niñas, niños y adolescentes.
d) Coordinar estrategias conjuntas con las instancias descentralizadas del Sector, Gobiernos Regionales y Locales para la prevención de los delitos de trata de personas y tráfico ilícito de migrantes.
e) Generar mecanismos de información para las agencias internacionales y nacionales de adopción, centros de atención residencial, padres biológicos y pre adoptantes, sobre las implicancias del delito de trata de niños, niñas y adolescentes.
Asimismo en el Artículo 30°.- Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social es responsable de:
30.1. Proporcionar la atención social a los niños, niñas y adolescentes
víctimas directas o indirectos de la trata de personas, a través de sus respectivos programas.
30.2. Coordinar la asistencia social de los familiares, dependientes,
peritos, colaboradores y testigos.
30.3. En los casos del delito de trata de personas donde exista violencia
sexual, se prestará el apoyo integral a través de los CEM. (…158 ).
158 Continúa con el Artículo 30°, Responsabilidad del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, Son:
30.4. Coordinar con instituciones públicas y/o privadas el alojamiento transitorio para las víctimas del delito de trata de personas, así como la atención y apoyo a las víctimas de trata de personas en tanto su condición de población en riesgo.
30.5. Coordinar con el Ministerio de Salud la asistencia integral de salud y atención psicológica de las víctimas del delito de trata de personas y de sus familiares, dependientes, peritos, colaboradores y testigos.
30.6. Promover proyectos y programas que faciliten la atención y recuperación; así como la inserción social de las víctimas del delito de trata de personas y de sus familiares, dependientes, peritos, colaboradores y testigos.
30.7. Autorizar, monitorear y supervisar a las instituciones privadas que brindan programas y servicios para la asistencia y protección a niños, niñas y adolescentes víctimas del delito de trata de personas
30.8. Monitorear y supervisar a las instituciones privadas que brindan programas y servicios para la asistencia y protección de mujeres víctimas del delito de trata de personas.
30.9. Implementar un registro de asistencia de niños, niñas, adolescentes y mujeres, víctimas del delito de trata de personas.
30.10. Capacitar a su personal para la asistencia social de las víctimas de trata de personas, desde los enfoques de respeto de los derechos humanos, interculturalidad, género e interés superior del niño.
Para el cumplimiento de las responsabilidades mencionadas, El MIMDES cuenta con órganos y programas que tienen funciones vinculadas a la prevención y protección en las áreas que nos ocupan:
Dirección General de la Familia y la Comunidad
Es el órgano del Despacho Viceministerial de la Mujer encargado de diseñar, promover y coordinar, supervisar y evaluar las políticas, planes, programas y proyectos en el campo de la niñez y la adolescencia, para contribuir a su bienestar y desarrollo integral, en especial en aquellas poblaciones que se encuentran en situación de pobreza y pobreza extrema y sufren de discriminación, violencia y exclusión social. (Artículo 53 del ROF del MIMDES).
Dentro de esta Dirección General encontramos a la Dirección de Niñas,
Niños y Adolescentes; es órgano de la Dirección General de la Familia y la
comunidad encargado de diseñar, promover y coordinar, supervisar y evaluar las políticas, planes, programas y proyectos en el campo de la niñez y la adolescencia, para contribuir en su bienestar y desarrollo integral, en especial en aquella población que se encuentra en situación de pobreza extrema (…) -
(Articulo N° 61 – ROF MIMP).
a) Coordinar y supervisar el sistema Nacional de Atención Integral al Niño y el Adolescente de acuerdo a las funciones establecidas en el Código del Niño y Adolescentes y normas complementarias.
b) Elaborar, formular y proponer políticas y normas en temas de su competencia.
c) Coordinar y supervisar la política nacional en materia de Niñez y Adolescencia en concordancia con la legislación nacional y los convenios internacionales vigentes (Plan Nacional de Acción contra la Trata de Personas), (…)159.
El Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual
(PNCVFS)
El Programa Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual tiene como finalidad diseñar y ejecutar a nivel nacional acciones y políticas de atención, prevención y apoyo a las personas involucradas en hechos de violencia familiar y sexual, contribuyendo así a mejorar la calidad de vida de la población.
Este programa cuenta con los siguientes servicios de atención:
a) Centros de Emergencia Mujer (CEM): Servicios públicos
especializados y gratuitos, de atención integral y multidisciplinaria, para víctimas de violencia familiar y sexual. Brindan orientación legal, defensa judicial y consejería psicológica.
b) La Línea 100: Es un servicio público gratuito atendido por un equipo de
profesionales, entre psicólogos y abogados, cuya función principal es brindar orientación, consejería y derivación especializada ante
159 Mayor información:http://www.mimp.gob.pe/files/rof/rof_final.pdf(Consultado 02 de Junio de 2015).
d) Promover y generar planes, programas y proyectos para mejorar la calidad de vida y elevar el desarrollo humano de la niñez y adolescencia, especialmente aquella en situación de pobreza, pobreza extrema, violencia discriminación y exclusión social.
e) Diseñar y ejecutar estrategias de información, educación y comunicación en temas de su competencia del MIMDES;
f) Desarrollar conocimientos, habilidades y prácticas por parte de los integrantes de las Defensorías, a través de capacitaciones permanentes y especializadas en el ámbito nacional;
g) Fortalecer los mecanismos de compromiso y conciliación en las Defensorías del Niño y del Adolescente como alternativas a la solución de conflictos familiares que favorezcan a las niñas, niños y adolescentes;
h) Promover y fortalecer redes institucionales a fin de articular y complementar el trabajo de las Defensorías en la labor de vigilancia, promoción y defensa de los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes;
i) Implementar sistemas de información, a través de mecanismos de supervisión y recojo de información, con el objeto de proporcionar información cuantitativa y cualitativa para el diseño de políticas, estrategias, normas, procedimientos, propuestas de capacitación, entre otros, orientados a mejorar la calidad del Servicio de Defensorías;
situaciones de violencia familiar y sexual en la que se encuentre cualquier persona, sean: niñas, niños, adolescentes, mujeres o adultos mayores.
c) Casas Refugio Temporales: Forman parte de un sistema de atención
integral desarrolladas por iniciativa de la sociedad civil y apoyadas por el PNCVFS. Estas casas permiten salvaguardar la integridad física y emocional de las víctimas de violencia familiar y sexual. Se les brinda apoyo mediante la entrega de bienes de capital y de consumo, así como en la capacitación especializada para sus operadoras.
Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar (INABIF)
El INABIF es una entidad especializada en la conducción y ejecución de Programas Sociales, dirigidos a promover la protección y desarrollo integral de niñas, niños, adolescentes, jóvenes, adultos y adultos mayores que se encuentran en situación de riesgo o abandono, propiciando la generación y mejoramiento de las condiciones que aseguren su desarrollo integral. Este programa cuenta, entre otros, con los siguientes servicios:
a) Hogares, Aldeas Infantiles, Casas Estancia, Casas de la Mujer: Son
unidades que brindan atención integral especializada a niñas, niños y adolescentes en situación de abandono físico, moral y material, por un período transitorio. El objetivo final es una adecuada y sostenida reinserción familiar y social, fortaleciendo la unidad familiar como núcleo fundamental mediante acciones de desarrollo socio-emocional propiciando la comunicación e interrelación positiva entre sus miembros.
b) Programa Educadores de la Calle: Es un servicio de atención dirigido a niños, niñas y adolescentes entre 6 y 17 años de edad en situación de calle, trabajo, pandillaje, mendicidad, explotación sexual o económica, que busca fortalecer, desarrollar sus habilidades y capacidades tanto personales como sociales.160