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3.2. Normatividad Nacional

4.1.4. Ministerio del Interior (MININTER)

El MININTER ejerce las funciones de Gobierno Interior y de Policía a través de los órganos policiales y no policiales con el objetivo de proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades fundamentales de las personas, así como también para mantener y restablecer el orden interno democrático y el orden público. Además, supervisa la política del Estado en relación con el gobierno a nivel nacional, la seguridad interna y la identificación, movimiento migratorio y naturalización de extranjeros en el territorio nacional.

Los principales órganos que están vinculados a las problemáticas analizadas en el presente diagnóstico, y que dependen del MININTER, son las siguientes:

a) Comisión Nacional de Derechos Humanos

Esta Comisión está presidida por el Viceministro del sector Interior. Según elartículo 46 del ROF del Ministerio del Interior, la Comisión Nacional de Derechos Humanos es el órgano rector responsable de establecer las políticas correspondientes sobre Derechos Humanos del sector, coordinando y evaluando dichas políticas. De igual manera debe mantener una vinculación directa con organismos públicos y privados ligados con el ámbito de su competencia.

El Ministerio del Interior, a través de la Secretaría Permanente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, preside el Grupo de Trabajo Multisectorial Permanente contra la Trata de personas, conforme el Decreto Supremo Nº 002-2004-IN, siendo su labor principal la de coordinar y promover

diversas estrategias enmarcadas en la prevención y defensa de los derechos humanos, así como también de la ejecución de los acuerdos del Grupo Multisectorial.

b) Dirección General de Migraciones y Naturalización

La Dirección General de Migraciones y Naturalización – DIGEMIN, es la encargada de administrar, coordinar; expedir y revalidar pasaportes salvoconductos y otros documentos de viaje; también otorga cartas de naturalización, autoriza visas prórrogas de permanencia y residencia, inscribe extranjeros; así como también participa en la definición de políticas vinculadas a la migración. Además autoriza el ingreso al Perú. (Artículo 119 del ROF del MININTER).

El Reglamento de Ley Nº 28950 le otorga responsabilidades a la DIGEMIN en la prevención de los delitos de Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes. En tal sentido debe establecer políticas y objetivos institucionales, así como para mejorar el proceso de la expedición de documentos de viaje, optimizar las labores de control migratorio, gestionar la permanencia de extranjeros en el territorio nacional y eventualmente, permitirles la naturalización.

Los órganos de la DIGEMIN que tienen vinculación directa con la trata de personas y tráfico ilícito de migrantes son:

La Dirección de Pasaportes, encargada de la expedición, revalidación

y anulación de pasaportes, expedición de salvoconductos de viaje a extranjeros y de documentos de viaje para asilados o refugiados.

La Dirección de Naturalización, encargada de administrar y otorgar cartas de naturalización, y facultada además, para realizar detectar y/o evitar la suplantación de identidades.

La Dirección de Inmigración, encargada de la autorización de todos

los documentos migratorios de los extranjeros para su ingreso, permanencia y residencia en nuestro país. También debe detectar y evitar la simulación de matrimonios, empleos u oportunidades de educación que estuvieran relacionados con su ingreso o permanencia ilegal el nuestro país.

La Dirección de Control Migratorio, responsable del control de entrada

y salida del país de peruanos y extranjeros. Debe ser capaz de detectar y/o evitar los traslados al extranjero con fines de explotación.

A través de sus órganos, la DIGEMIN debe garantizar la integridad, confidencialidad, seguridad y respeto a los derechos humanos de la víctima, peritos, colaboradores, testigos y familiares directos dependientes durante la intervención e investigación preliminar. Igualmente debe garantizar la capacitación de su personal sobre la derivación, asistencia y protección de las víctimas de trata de personas, desde un enfoque de respeto de los derechos humanos y del interés superior del niño.

c) Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC163)

Es el organismo encargado de formular, conducir y evaluar las políticas de Seguridad Ciudadana en colaboración con organismos del Estado,

163 La Secretaría Técnica del CONASEC es el órgano que se encarga de realizar el seguimiento y evaluación de la ejecución de las acciones aprobadas a nivel nacional en relación a la seguridad ciudadana por medio de planes estratégicos, programas y proyectos.

gobiernos locales y la sociedad civil, con el fin de poder garantizar el pleno ejercicio de los derechos y libertades fundamentales, como también la convivencia pacífica. El Consejo es presidido por el Ministro del Interior, por representantes de los ministerios de Justicia, Educación, Salud, Economía y Finanzas, la Corte Suprema de Justicia, la Fiscalía de la Nación, la Defensoría del Pueblo, los gobiernos locales, provinciales y regionales.

d) Policía Nacional del Perú (PNP)

La Policía Nacional del Perú es el órgano encargado de garantizar, mantener yrestablecer el orden interno, para lo cual presta protección y ayuda a la comunidad,garantizando el cumplimiento de ley así como la seguridad del patrimonio público y privado. Es así que la ley orgánica de la PNP (ley Nº 27238) establece entre sus funciones164 prevenir, combatir, investigar y denunciar los delitos y faltas previstos en el Código Penal y leyes especiales, perseguibles de oficio, así como aplicar las sanciones que señale el Código Administrativo de Contravenciones de Policía y brindar protección al niño, niña y al adolescente, al anciano y a la mujer que se encuentran en situación de riesgo de su libertad e integridad personal, previniendo las infracciones penales y colaborando en la ejecución de las medidas socio-educativas.

164 Según su ley de creación, la Policía Nacional tiene las siguiente Funciones:  Mantener la seguridad y tranquilidad pública.

 Prevenir, combatir, investigar y denunciar los delitos.  Garantizar la seguridad ciudad.

 Hacer seguimiento de casos en la aplicación de medidas socioeducativas por encargo del Poder Judicial.  Desarrollo de actividades preventivas.

 Brindar protección al niño, al adolescente, al anciano y a la mujer que se encuentran en situación de riesgo de su libertad.  Investigar la desaparición de personas naturales.

 Garantizar y controlar la libre circulación vehicular y peatonal en la vía pública y en las carreteras. Asegurar el trasporte automotor y ferroviario, investigar y denunciar los accidentes de tránsito, así como llevar los registros del parque automotor con fines policiales, en coordinación con la autoridad competente.

 Intervenir en el transporte aéreo, marítimo fluvial y lacustre en acciones de su competencia.

 Vigilar y controlar las fronteras, así como velar por el cumplimiento de las disposiciones legales sobre control migratorio de nacionales y extranjeros.

 Brindar seguridad al presidente de la república, a los jefes de estado en visita oficial, a los presidentes de los poderes públicos y de los

organismos constitucionalmente autónomos, a los congresistas de la república, (…). Disponible en:https://www.pnp.gob.pe/nosotros.html

La PNP, a través del Departamento de Investigaciones Especiales contra la Trata de personas de la División de Secuestro de la Dirección de Investigación Criminal (DIRINCRI) se encuentra abocada a las investigaciones de los casos de Trata de personas y, conjuntamente con la Secretaría Permanente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos del Sector Interior, al monitoreo del Sistema de Registro y Estadística de Trata de personas y Afines (RETA), institucionalizado por la Directiva N° 004-2007- IN/0105.

Para ello se creó la División Especializada para el delito de Trata de Personas (DIVINTRAP), mediante resolución directoral Nº277-2008-DIRGEN / EMG el 28 de marzo de 2008. La DIVINTRAP tiene competencia a nivel nacional y es la encargada de coordinar operativos que necesitan de un ámbito de intervención superior al local, situación que se da por diversos motivos identificados. Esta división especializada es un importante avance cualitativo en el seno de la PNP para hacer frente a este grave delito, catalogado contra la libertad de la persona en el Perú y contra la humanidad en un gran número de países a nivel mundial.

Por otro lado, la PNP cumple un rol fundamental en la problemática de personas desaparecidas. De acuerdo a su ley orgánica, debe cumplir con investigar la desaparición de personas naturales y vigilar y controlar las fronteras, así como velar por el cumplimiento de las disposiciones legales sobre control migratorio de nacionales y extranjeros. Para cumplir con dicha función existe la División de Investigación de Personas Desaparecidas, también en el seno de la DIRINCRI de la PNP. Dentro de las principales funciones que le

corresponden a la PNP, entre otras que la ley faculta, encontramos la de capacitar al personal que desarrolla los programas preventivos promocionales de la Policía Nacional del Perú, así como la de garantizar la integridad, confidencialidad, seguridad y respeto a los derechos humanos de la víctima, peritos, colaboradores, testigos y familiares directos dependientes durante la intervención e investigación preliminar. Por otro lado, el rol fundamental que tiene la PNP es el de hacer cumplir el marco normativo que regula los delitos que son de nuestra competencia.

Las Responsabilidades del Ministerio del Interior – MININTER, según reglamento de la ley 28950 son los siguientes;

Artículo 10: Ministerio del Interior; El Ministerio del Interior, a través de la

Secretaría Permanente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos del Sector, la Dirección General de Migraciones y Naturalización, la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana y la Policía Nacional del Perú, promoverá el desarrollo de estrategias para la prevención de los delitos de trata de personas y tráfico ilícito de migrantes de manera descentralizada, en los siguientes aspectos:

a) Capacitación al personal del Sector.

b) Capacitación al personal que desarrolla los programas preventivos promocionales de la Policía Nacional del Perú.

c) Diseño de una estrategia comunicacional de difusión de la normatividad de la trata de personas.

d) Promoción de propuestas que incluya la presentación de Documento Nacional de Identidad del menor de edad para la expedición revalidación

de pasaportes de menores de edad, además de los requisitos establecidos en la normatividad vigente.

e) Vigilar que en el traslado de niñas, niños y adolescentes, éstos cuenten con el Documento Nacional de Identidad o partida de nacimiento, y de corresponder autorización de viaje de acuerdo a la legislación vigente. f) Orientación sobre los riesgos de los delitos de trata de personas y tráfico

ilícito de migrantes a los usuarios de los servicios de migraciones.

g) Promover investigaciones sobre la trata de personas en el ámbito académico policial que permita entre otros identificar las redes de trata de personas.

h) Otras que se derivan del presente reglamento y de las normas propias del sector.