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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 19/SSASS/14

Buenos Aires, 28 de marzo de 2014

VISTO:

La Ley Nº 2095, reglamentada por el Decreto Nº 754/GCBA/08 y sus modificatorios Nº 232/GCBA/10, Nº 109/GCBA/12 y Nº 547/GCBA/12, el Decreto Nº 1353/GCBA/08, su modificatorio Nº 481/GCBA/10, el Decreto Nº 593/GCBA/11, Nº 660/GCBA/11, la Resolución Nº 232/UPE-UOAC/09 y sus modificatorias, la Disposición Nº 171/DGCYC/08 y Expediente Electrónico Nº 6.054.323/MGEYA-UCAS/13, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el presente actuado se tramita la Licitación Pública Nº 2.802/SIGAF/2013, en un todo de acuerdo a lo establecido en el art. 31 y primera parte del artículo 32 de la Ley Nº 2095, su Decreto Reglamentario Nº 754/GCBA/08 y sus modificatorios Decretos Nº 232/GCBA/10, Nº 109/GCBA/12 y Nº 547/GCBA/12, normativa que rigió el procedimiento licitario y de selección, para la Adquisición de Insumos para Uso Odontológico, con destino a Hospitales y Centros de Salud, dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por Disposición Nº 48/UCAS/13 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, sus Anexos y de Especificaciones Técnicas y se llamó a Licitación Pública Nº 2.802/SIGAF/2013, estableciéndose el correspondiente Acto de Apertura para el día 06 de diciembre de 2013 a las 11.00 horas;

Que se cursaron invitaciones de acuerdo a lo establecido en los artículos 93, 97 y 98 de la Ley Nº 2095, su Decreto Reglamentario Nº 754/GCBA/08 y su modificatorio Decreto Nº 232/GCBA/10 y se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, LA PÁGINA WEB DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y LA CARTELERA DE LA UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES, asimismo se notificó a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires del llamado a Licitación Pública;

Que tal como luce en el Acta de Apertura Nº 3.286/SIGAF/2013 se recibieron tres (3) ofertas de las siguientes firmas: DENTAL MEDRANO S.A., SUMINISTROS WHITE S.A. y FER MEDICAL S.R.L.;

Que la Gerencia Operativa de Adquisiciones requirió una mejora de precios a las firmas SUMINISTROS WHITE S.A. para los Renglones Nº 2, 6 y 7 Alt. y DENTAL MEDRANO S.A. para el Renglón Nº 40, en el marco de la prerrogativa establecida en el punto 3, artículo 108 del Decreto Nº 754/GCBA/08 reglamentario de la Ley 2095, la firma DENTAL MEDRANO S.A. presenta una nota donde lamenta no poder presentar mejora de precios de su oferta para el Renglón mencionado;

Que se cumplimentó con el Cuadro Comparativo de Precios que ordena la reglamentación, del cual es fiel reflejo el Dictamen de Evaluación de Ofertas Nº 43/SIGAF/2014, que aconseja la adjudicación a favor de las siguientes firmas: SUMINISTROS WHITE S.A. - Renglones Nº 2, 6, 7 Alt., 15, 31 y 33 por ser "Oferta más Conveniente" según art. 108 de la Ley Nº 2095 y Renglones Nº 5, 11, 16, 19, 22, 23, 28, 30, 38, 46 y 48 por ser "Única Oferta" según art. 109 de la Ley Nº 2095 y DENTAL MEDRANO S.A. - Renglones Nº 3, 4 (43.900 Grs.), 8, 9, 10 (239.000 Rollos), 20, 27 y 39 por ser "Única Oferta" según art. 109 de la Ley Nº 2095 y Renglón Nº 21 Alt. por ser "Oferta más Conveniente" según art. 108 de la Ley Nº 2095, resultando desiertos los Renglones Nº 1, 12, 13, 14, 29, 32, 34, 35, 36, 37, 41, 42, 43 y 45;

Que se desestiman las ofertas presentadas por las siguientes firmas: FER MEDICAL S.R.L. - por no cumplir con el punto Nº 5 del Anexo I del P.B.C.G., DENTAL MEDRANO S.A. - Renglones Nº 2, 7, 31 y 33 por razones técnicas, SUMINISTROS WHITE S.A. - Renglones Nº 2 (Alt.), 31 (Alt.) y 33 (Alt.) por razones técnicas y DENTAL MEDRANO S.A. - Renglón Nº 4 (6 Grs.) por presentación en bolsas x 100 grs.;

Que resultaron fracasadas las ofertas de las siguientes firmas: FER MEDICAL S.R.L. - Renglones Nº 17 y 47, SUMINISTROS WHITE S.A. - Renglones Nº 18, 24, 25, 26, 44 y 47 de acuerdo al asesoramiento técnico oportunamente brindado y DENTAL MEDRANO S.A. - Renglones Nº 24, 25 y 26 de acuerdo al asesoramiento técnico oportunamente brindado y el Renglón Nº 40 por exceder el precio de referencia de acuerdo con el art. 84 de la Ley Nº 2095;

Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 29 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, el Acta emitida en consecuencia fue notificada a las empresas oferentes y exhibida en la Cartelera de la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS) el día 30 de enero de 2014 y se publicó en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el día 29 de enero de 2014 y en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires el día 30 de enero de 2014, no recibiéndose al vencimiento del plazo para formular impugnaciones ninguna presentación al respecto;

Que por Decreto Nº 1353/GCBA/08 se creó la Unidad de Proyectos Especiales (UPE), con carácter de Unidad Operativa de Adquisiciones Central (UOAC), en el ámbito de los Ministerios de Salud y Hacienda, teniendo a su cargo la coordinación, agrupamiento, dirección y gestión de los procesos de contratación centralizados de bienes y servicios que requieran los efectores del sistema de salud a solicitud de los Directores Médicos de dichos efectores;

Que el Decreto Nº 481/GCBA/10, modificatorio del Decreto Nº 1353/GCBA/08, suprimió la figura del Director Ejecutivo de la UPE-UOAC, delegando sus funciones al Coordinador General de la misma;

Que el Decreto Nº 593/GCBA/11 modificó el ámbito de actuación de la (UPE) Unidad Operativa de Adquisiciones Central (UOAC), establecido por el Decreto Nº 1353/GCBA/08, estableciendo que la misma funcionara exclusivamente en el Ministerio de Salud, con rango de Organismo Fuera de Nivel manteniendo su patrimonio personal y presupuesto y modificándose su denominación por Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), quien prosigue su funcionamiento como continuadora de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) con carácter de Unidad Operativa de Adquisiciones Central (UOAC);

Que por Resolución Nº 232/UPE-UOAC/09 y sus modificatorios se estableció el nuevo listado de Medicamentos, Insumos y Productos Biomédicos de adquisición centralizada indicando los lineamientos a llevarse a cabo en las licitaciones publicas que se realizan en el ámbito de la UPE-UOAC, en un todo de acuerdo a los artículos 4 y 6 del Decreto Nº 1353/GCBA/08;

Que la Dirección General Legal y Técnica del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado intervención en los presentes actuados, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 260/GCBA/12.

Por ello, en uso de las facultades conferidas en el artículo 1 del Decreto Nº 547/GCBA/12,

EL DIRECTORIO DE LA UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD (UCAS)

RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase la Licitación Pública Nº 2.802/SIGAF/2013 para la Adquisición de Insumos para Uso Odontológico con destino a los Hospitales y Centros de Salud dependientes del Ministerio de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, realizada al amparo de lo establecido en el artículo 31 y primera parte del artículo 32 de la Ley Nº 2095.

Artículo 2º.- Adjudícase a las siguientes firmas: SUMINISTROS WHITE S.A. - Renglones Nº 2, 5, 6, 7 (Alt.), 11, 15, 16, 19, 22, 23, 28, 30, 31, 33, 38, 46 y 48 por la suma de PESOS NOVECIENTOS DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y UNO CON 70/100 ($ 918.671,70) y DENTAL MEDRANO S.A. - Renglones Nº 3, 4 (43.900 Grs.), 8, 9, 10 (239.000 Rollos), 20, 21 Alt., 27 y 39 por la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y CINCO MIL CIENTO SETENTA Y UNO CON 16/100 ($ 175.171,16), ascendiendo el monto total de la presente contratación a la suma de PESOS UN MILLÓN NOVENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS CON 86/100 (1.093.842,86).

Artículo 3º.- Desestímanse las ofertas presentadas por las firmas: FER MEDICAL S.R.L. - por no cumplir con el punto Nº 5 del Anexo I del P.B.C.G., DENTAL MEDRANO S.A. - Renglones Nº 2, 7, 31 y 33 por razones técnicas, SUMINISTROS WHITE S.A. - Renglones Nº 2 (Alt.), 31 (Alt.) y 33 (Alt.) por razones técnicas.

Articulo 4°.- Decláranse fracasados los Renglones Nº 17, 18, 24, 25, 26, 44 y 47 según lo asesorado técnicamente, el Renglón Nº 40 por exceder el precio de referencia de acuerdo con el art. 84 de la Ley Nº 2095.

Artículo 5º.- Decláranse desiertos los Renglones Nº 1, 12, 13, 14, 29, 32, 34, 35, 36, 37, 41, 42, 43 y 45 por no haber recibido propuestas para los mismos de acuerdo al Dictamen de Evaluación de Ofertas Nº 43/SIGAF/2014.

Artículo 6º.- Establécese que para los Renglones Nº 4 y Nº 10 se han adjudicado ofertas cuyas cantidades son menores a las requeridas en el llamado licitatorio debido a la forma de presentación del producto que no permite fraccionarlo en la cantidad exacta solicitada.

Artículo 7º.- La erogación que demande la presente gestión será imputada a la correspondiente Partida Presupuestaria del Ejercicio 2014.

Artículo 8º.- Exhíbase copia de la presente en la cartelera oficial de la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS) por el término de un (1) día.

Artículo 9º.- Autorízase al Titular o a la Gerente Operativa Soporte de Compras de la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), a suscribir las respectivas Órdenes de Compra ajustadas a los proyectos obrantes en el pertinente actuado. Artículo 10.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de un (1) día y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, en prosecución de su trámite, remítase a la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), dependencia que deberá proceder a efectuar las notificaciones fehacientes de la presente Resolución a las empresas oferentes, de acuerdo a los términos establecidos en los Artículos 60 y 61 del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1510/GCBA/97, aprobado por Resolución Nº 41/LCABA/98. Mura -

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