programas de enseñanza, entrenamiento teórico-práctico y de actualización de conocimientos, especialmente para profesionales con título universitario y experiencia calificada; también tiene a su cargo la preparación de investi- gaciones y estudios científicos de alto nivel, y los servicios de consultoría y cooperación técnica.231
Por último, dentro del saise incluyen a los convenios los cuales devienen en
instituciones intergubernamentales creadas para complementar los esfuerzos integracionistas, en otros campos. Por un lado, el Convenio Hipólito Unánue ejecuta acciones en el campo de la salud por medio de la Reunión de Minis- tros de Salud del Área Andina, el Comité de Coordinación y la Secretaría Ejecutiva. El objetivo de este Convenio es coordinar y apoyar los esfuerzos que realizan los países miembros, individual o colectivamente, para el mejo- ramiento de la salud de sus pueblos. Por otro, el Convenio Simón Rodríguez como foro de debate, participación y coordinación para los temas sociola- borales de la Comunidad Andina. El objetivo de este es concretar la partici- pación de los ministerios de trabajo de los países miembros en los aspectos sociolaborales de la integración. Se debe encargar de armonizar las normas jurídicas laborales y de seguridad social; coordinar las políticas para atenuar los problemas del desempleo, subempleo, seguridad social y formación la- boral, promoviendo la participación de los trabajadores y empleadores en la integración subregional. El Convenio tiene tres órganos principales: la Con- ferencia —integrada por los ministros de trabajo, coordinadores del Consejo Consultivo Empresarial Andino y los Coordinadores del Consejo Consultivo Laboral Andino—, las Comisiones Especializadas de Trabajo, y la Secretaría Técnica que es la instancia de coordinación y apoyo del Convenio.232
Desafíos
La Comunidad Andina de Naciones, desde su comienzo como proceso de integración, ha tenido muy presente la dimensión social, además de la conse- cución de los objetivos del ámbito económico. Ejemplo de ello lo constituye la adopción de los diferentes convenios mencionados en materia de salud, de educación, así como también de carácter sociolaboral.
De igual forma, la Comunidad Andina presenta logros relevantes con respecto a la regulación de la situación de los trabajadores migrantes y al derecho a la libre circulación en el territorio regional. El tema migratorio ha adquiri- do una presencia importante desde el inicio de este proceso de integración, aunque su desarrollo ha presentado discontinuidades. Sin embargo, vale la pena señalar brevemente los hechos acontecidos en la materia. En el mar- co del convenio Simon Rodríguez, en sus primeros años surge la Decisión
231 Sitio oficial de la can. Óp. Cit. 232 La Secretaría General de la Comu- nidad Andina asume las funciones de Secretaría Técnica del Convenio. Sitio oficial de la can. Óp. Cit.
Procesos de integración en América
M
116 o Instrumento Andino de Migración Laboral, el cual definía mecanismos institucionales sobre procedimientos de contratación de trabajadores andi- nos y de protección de los trabajadores y sus familias, también establecía la igualdad de trato para los trabajadores migrantes resguardándolos de la dis- criminación en el empleo por razones de raza, sexo, religión o nacionalidad. “La decisión 116 fue el primer acuerdo regional realizado en el continente americano que tipificó las categorías y procedimientos migratorios. Además fue considerada un ejemplo de acuerdo migratorio en el marco de un proceso de integración regional”.233 Sin embargo, este instrumento fue desactivado a mediados de 1980 por no cumplir sus disposiciones. Pero luego, en el año 2003, el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores aprobó una reformulación del Instrumento Andino de Migración Laboral, bajo la Decisión 545, con la misma finalidad que la anterior, pero actualizada.
En lo referente al derecho a la libre circulación, la can acogió la Decisión 503
que reconoce los documentos nacionales de identidad como único requisito para que los nacionales y extranjeros residentes en los países miembros pue- dan viajar por la subregión en calidad de turistas. “Esta Decisión, expedida en Valencia, Venezuela el 22 de junio de 2001, es una de las más importantes para el proceso integrador […] elimina expresamente el requisito de visa consular, con lo que por primera vez en la historia republicana reciente de los países andinos se establece el libre tránsito de personas. Esto tiene, sin duda, efectos laborales y consecuencias para la migración de nacionales de un país a otro, pues a pesar que sólo pueden ingresar en calidad de turistas, en esa calidad pueden viajar e informarse sobre oportunidades de trabajo que luego pueden canalizarse a través de los procedimiento regulares”.234
También adoptó la Decisión 504, sobre la creación del pasaporte andino, que propone un modelo uniforme de este documento, con características mínimas armonizadas en cuanto a nomenclatura y a elementos de seguridad. El pasa- porte andino se encuentra en vigencia en Bolivia, Ecuador y Perú. Colombia, por su parte, solicitó una prórroga para la entrada en vigencia del mismo. Y Ve- nezuela, si bien, ya no forma parte de la Comunidad Andina, tiene el pasaporte andino en circulación desde el 2006 y mantendrá su vigencia hasta el 2011.235 De igual manera, la can adoptó la Decisión 397, con el fin de homogenizar los
datos que se procesan cuando las personas ingresan al territorio de los países miembros. Es por esto que se crea la Tarjeta Andina de Migración como único documento obligatorio de control migratorio y estadístico para la entrada y salida de personas del territorio de los países miembro.
En este sentido, no pueden dejar de mencionarse dos instrumentos sumamen- te importantes de la dimensión social del proceso de integración, como la Carta 233 Martínez Pizarro, J. y M. F. Stang. El tra- tamiento migratorio en los espacios de integración subregio- nal sudamericana, Papeles de Población, abril-junio número 048, Universidad Autónoma del Estado de México, Toluca, México, 2006, p. 91. 234 oit. “Globalización, libre comercio, inte- gración subregional y relaciones laborales”, en Ensayos. Las normas laborales en la Comunidad Andina Adolfo Ciudad Reynaud. San José, Costa Rica, Oficina Internacional del Trabajo, 2006. 235 Secretaría Gene- ral. Comunidad Andi- na. “Las migraciones intracomunitarias y extracomunitarias en la agenda de la Comunidad Andina”. SG/dt 421, 26 de agosto de 2008. Fecha de consulta: marzo 2, 2010, en http://intranet. comunidadandina. org/Documentos/ DTrabajo/SGdt421. doc
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