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CAPITULO I. ANÁLISIS O DIAGNOSTICO GENERAL

NUMERO PREDIAL

INSTITUCIONES DIRECCIÓN

010000030015000 108

CENTRALES ELÉCTRICAS-DEL-NORTE C 2 1 96 BR SAN MATEO 010000040015000

521

POLICÍA NACIONAL K 2 2 109 BR SAN MATEO 010000080003000

361

ICBF-INSTITUTO COLOMBIANO-DE-BIEN C 7 1 37 BR. EL CRISTO 010000100014000

368

REGISTRADURIA CIVIL K 3 7 01 05 BR EL CRISTO 010000210009000 432 EMCHINAC C 6 3 42 BR EL CENTRO 010000230014000 208 INSPECCIÓN DE TRABAJO 570 K 4 7 15 BR EL CENTRO 010000330002000 450 TELECOM C 2 4 03 BR EL CENTRO 010000330004000 770

FEDERACIÓN NACIONAL DE CAFETEROS K 4 2 -50 –60-62 K 5 2-53 010000340006000

1046

ALCALDÍA MUNICIPAL K 4 1 46 -50 –68 BR CHAPI 010000340006000

1046

PERSONERÍA MUNICIPAL K 4 1 46 -50 –68 BR CHAPI 010000340006000

1046

CONCEJO MUNICIPAL K 4 1 46 -50 –68 BR CHAPI 010000340006000

1046

JUZGADO PROMISCUO K 4 1 46 -50 –68 BR CHAPI 010000350007000

146

NOTARIA ÚNICA C 2A 2ª 20 24 BR SAN MART 010000750008000 244 REGISTRADURIA DE INSTRUMENTOS PUB. K 4 ON 30 LT 2 BR CHAPINERO 010000450008000 NORTESANTANDEREANA DE GAS S. A. K 3 1 36 40 BR

92 CHAPINERO 010001040007000

25

EMCHINAC EMPRESAS PÚBLICAS MUNIC. C 1 2 98 LT 7 CHITARALANDIA SD HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS K 3 CALLE 10 SD FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN. K 2 2 24 PISO 2 SD INSPECCIÓN DE EDUCACIÓN COLEGIO SAN LUIS

GONZAGA Fuente IGAC-instituciones

En el cuadro anterior, se muestra las diferentes entidades que prestan sus servicios en el municipio de Chinácota.

ANCIANATO SAN JUAN APÓSTOL DE CHINACOTA. El ancianato San Juan

Apóstol es propiedad de la Asociación San Vicente de Paul de Chinácota.

El lote fue donado por doña Elena Arbelaez de Díaz. Este lote tiene un área de 4.710 metros cuadrados y está ubicado en la calle 4ª # 7-46 del Barrio El Carmen del Municipio de Chinácota.

Su construcción empezó en el año de 1996, siendo el Párroco de Nuestra Parroquia el Padre Pedro Rangel.

Con los aportes hechos por las distintas entidades se dio inicio a colocar las primeras bases, luego permaneció parada la construcción de la obra por falta de recursos. Debido a esto se buscó la colaboración de otras personas quienes gentilmente hicieron sus aportes y se pudo continuar con la construcción de la obra.

El Doctor Mario Vásquez y Armando Lindarte fueron los autores con su buena voluntad de que se construyera toda la primera etapa, dotada de todos los implementos necesarios. Esta compuesta por 6 habitaciones, la cocina, comedor, lavadero y un amplio patio con árboles y matas de jardín. Esta primera etapa fue inaugurada el 22 de Octubre del 2000.

La segunda etapa fue construida con fondos del FIS (Fondo Inversión Social) y el Doctor García Herreros. Esta etapa consta de un largo comedor, 7 habitaciones aunque no se encuentren dotadas completamente.

SECRETARIA GENERAL SECRETARIA PLANEACIÓN SECRETARIA HACIENDA SECRETARIA DE DESARROLLO SECRETARIA DE CULTURA RECREACIÓN Y INSPECCIÓN MUNICIPAL UNIDAD ASISTENCIA ALCALDÍA MUNICIPAL PERSONERÍA CONCEJO MUNICIPAL Asesor Jurídico

Foto: Casa de la Tercera Edad.

La necesidad de este ancianato era darles una mejor forma de vida a los indigentes, quienes desde 1.996 vivían en casas muy mal acondicionadas, en ese entonces se encontraban 9 ancianos de los cuales 5 fallecieron.

En este momento el ancianato cuenta con 12 personas. Allí solo hay una sola empleada que la paga el Municipio. La casa del ancianato tiene cupo para 39 personas, cuenta con 13 habitaciones, cada una de ellas cuenta con tres camas, y con servicios en cada dormitorio. Cuenta también con una habitación condicionada para la enfermería que en estos momentos se encuentra dotada gracias a ECOPETROL quien la dotó con los implementos necesarios.

1.1.7 Administración y Finanzas Municipales.

En el organigrama anterior, se describe la jerarquización de cada uno de los órganos administrativos que componen al municipio de Chinácota. La alcaldía cuenta con una secretaría general y un asesor jurídico, además, cuenta con 4 secretarías, la Inspección de Policía y la UMATA. En el mismo nivel jerárquico de la Alcaldía Municipal, se encuentra el Concejo Municipal, Corporación Administrativa que al igual que el alcalde son elegidos popularmente; La Personería se desprende del Concejo ya que es éste quien lo elige.

1.1.7.1.1 Composición del Aparato Central del Municipio de Chinácota. El

municipio está compuesto por los siguientes órganos administrativos.

DEPENDENCIAS DE LA ALCALDÍA

Tabla No. 22. Funciones de las Dependencias de la Alcaldía del Municipio de Chinácota.

DEPENDENCIAS FUNCIONES

DESPACHO DEL ALCALDE

 Dirigir y coordinar los servicios a cargo del municipio y vigilar el cumplimiento de los planes y políticas.

 Cumplir con las funciones de gobierno local en materia de orden público, justicia y de policía. Coordinar con el Concejo Municipal, las Juntas Administradoras Locales, Organizaciones Comunales y Cívicas la ejecución de los planes de inversiones de los municipios.

 Presentar al Concejo proyectos de acuerdo que juzgue convenientes para la buena marcha del municipio en especial sobre: presupuesto, creación de entidades descentralizadas, clasificación de empleos.

 Planear, organizar, dirigir, controlar y supervisar los recursos humanos, financieros y materiales del municipio buscando cumplir con los objetivos. SECRETARIA

GENERAL Y DE DIRECCIÓN DE PERSONAL

 Orientar con precisión y seriedad a los usuarios de la alcaldía municipal, de los requisitos necesarios para los diferentes tramites que surtan en las oficinas.

 Ejercer las funciones de control en el desarrollo de las actividades de los funcionarios de la administración municipal y ejecutar el proceso de reclutamiento y selección del mismo.

SECRETARIA DE PLANEACIÓN Y OBRAS

PÚBLICAS.

 Adelantar los estudios y formular proyectos y programas en los frentes básicos: social, económico, urbanístico, ambiental e institucional del desarrollo municipal.

 Preparar con apoyo de la Tesorería, el proyecto de presupuesto del municipio.

 Supervisar y controlar la realización de las obras programadas y presentarles informes al Alcalde.

 Implementar políticas y estrategias que incidan en el mejoramiento de la calidad de vida de la población.

SECRETARIA DE HACIENDA Y

 Pagar oportunamente las remuneraciones de los funcionarios y las obligaciones del municipio conforme a la ley.

TESORERÍA MUNICIPAL

 Verificar, revisar y mantener actualizados los registros contables de los libros que lleve la Secretaria de Hacienda y la Tesorería.

 Preparar y presentar informes de rendición de cuentas a la Contraloría.

 Establecer y aplicar sistemas adecuados para el recaudo oportuno de los ingresos y demás rentas del municipio así como la preparación del proyecto del presupuesto.

SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL Y COMUNITARIO

 Dar respuestas a los Derechos de Petición presentados por los particulares ante la administración municipal.

 Expedir los Actos Administrativos necesarios tendientes a velar por los derechos civiles, garantías sociales y salvaguardar la vida y honra de los ciudadanos.

 Identificar las necesidades de la comunidad.

 Impulsar, administrar y desarrollar programas de bienestar social.

 Planeación y ejecución del PAB. SECRETARIA DE

CULTURA RECREA Y TURISMO

 Eventos artísticos y culturales

 Promoción de actividades deportivas.

UNIDAD MUNICIPAL DE ASISTENCIA TÉCNICA AGROPECUARIA UMATA

 Impulsar el desarrollo rural del municipio a través de mecanismos de asistencia técnica y desarrollo de la agricultura, pecuario, ecológico y forestal con base en la participación de los campesinos.

 Supervisar y verificar la realización de los planes agropecuarios de parcelas y grupos de explotación para su implantación.

 Responder por el funcionamiento de la UMATA.

 Aplicar y utilizar tecnología adecuada a la naturaleza de la actividad productiva de los recursos que utilice.

INSPECCIÓN DE POLICÍA

 Ejecutar y controlar los programas de seguridad, tendientes a hacer cumplir la Constitución, la Ley y las normas de Policía.

 Atender denuncias y quejas de los ciudadanos

 Conocer las contravenciones y asuntos de la competencia y de las autoridades de policía.

CONCEJO MUNICIPAL. Corporación Administrativa, elegida popularmente

para el mismo periodo del alcalde (3 años), compuesta por 11 edíles, los cuales tienen entre otras las siguientes funciones: (art. 313 de la C.P. y la Ley 136 de 1994).

o Reglamentar las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del municipio.

o Adoptar correspondientes planes y programas de desarrollo económico y social y de obras públicas.

o Autorizar al alcalde para la firma de los contratos y ejercer temporalmente funciones de las que corresponde el Concejo.

o Votar en conformidad con la constitución y la Ley los tributos y los gastos locales.

o Determinar la estructura de la administración municipal, y las funciones de sus dependencias, las escalas de remuneración correspondientes a las

categorías de empleos, crear a iniciativa del alcalde establecimientos públicos y empresas industriales y comerciales y autorizar la constitución de las sociedades de economía mixta.

o Reglamentación de los usos de suelos y dentro de los limites que fije la ley, vigilar y controlar actividades relacionadas con la construcción y enajenación de inmuebles destinados a vivienda.

o Elegir al personero municipal para el periodo que fije la ley y los demás funcionarios que esta determine.

o Decretar las normas necesarias para el control, preservación y defensa del patrimonio ecológico y cultural del municipio.

PERSONERÍA MUNICIPAL. Elegida por el Concejo Municipal para un

periodo de tres años, tiene a cargo la salvaguardia y promoción de los derechos humanos, además de las siguientes funciones:(Ley 617 de 2000). o Velar por los principios rectores de la contratación administrativa.

o Velar por los objetivos del control interno establecidos en la ley.

o Realizar las visitas, inspecciones y actuaciones que estime oportuno en todas las dependencias de la administración municipal, para el cabal cumplimento de sus atribuciones en materia de tesoro público municipal. o Exigir informes sobre la gestión a los servidores públicos municipales y

cualquier persona pública o privada que administre fondos o bienes del respectivo municipio.

o Coordinar la conformación de veedurías ciudadanas que velen por el uso adecuado de los recursos públicos.

o Procurar la celebración de los cabildos abiertos reglamentados por la ley. o Solicitar la intervención de las cuentas de la respectiva entidad territorial

por parte de la Contraloría General de la Nación o Departamental cuando lo considere necesario.