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Dirigir el desempeño de la Oficina Asesora Jurídica para que la funciones misionales y administrativas asignadas a la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, se ejerzan de conformidad con la Constitución Política, la Ley, las normas, los procedimientos y el reglamento, buscando garantizar la unidad de criterio, la seguridad jurídica y contractual.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Asesorar y emitir conceptos jurídicos al Director General y demás dependencias de la Entidad, con el fin de garantizar la seguridad jurídica, Unidad de criterio y cumplimiento de los objetivos

de la Unidad dentro de los parámetros fijados por la normatividad vigente.

2. Dirigir y coordinar los procesos de contratación que adelante la Entidad, teniendo en cuenta las directrices establecidas por la Dirección y el Consejo Directivo de la Entidad, así como los marcos de ley y jurídicos correspondientes.

3. Participar en los procesos de contratación que adelante la Entidad, con el fin de resolver los asuntos jurídicos que se presenten en cada uno de estos temas, estableciendo directrices jurídicas que faciliten los procesos de preparación de pliegos de condiciones para licitaciones y contrataciones.

4. Asesorar en la determinación de los contratos a celebrarse con cargo a los recursos del Fondo Nacional de Calamidades, o del que haga sus veces, cuando el director de la Unidad sea el ordenador del gasto.

5. Coordinar las acciones encaminadas a lograr el cobro efectivo de las sumas que le adeuden a la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres por todo concepto, adelantando los procesos ejecutivos por jurisdicción coactiva.

6. Dirigir la preparación de las consultas que requiere la Entidad ante las distintas jurisdicciones y organismos de la rama judicial, de conformidad con las disposiciones legales sobre la materia. 7. Emitir concepto jurídico sobre los proyectos de ley, decretos, resoluciones, contratos y demás

actos administrativos que sean sometidos a consideración de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres y elaborar los que le sean asignados.

8. Realizar las actividades tendientes a garantizar la Unidad de criterio y la seguridad jurídica, para lo cual la oficina debe coordinar el desarrollo de sus actividades con la Dirección General del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, y la Secretaria Jurídica de la Presidencia de la República.

9. Suministrar al Ministerio Público y al Departamento Administrativo de la Presidencia la información y documentación necesarias para la defensa de los intereses de la Entidad en los juicios en que sea parte la Nación - Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres; seguir el curso de los mismos e informar al Director, y a la Secretaría Jurídica del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, cuando esta la solicite, sobre su estado y desarrollo.

10. Asistir y participar en representación del organismo, en reuniones, consejos, juntas o comités de carácter oficial, cuando sea convocado o delegado, para asegurar el cumplimiento de las políticas de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres.

11. Adelantar los procesos de cobro coactivo por las obligaciones en mora que le reporten las áreas o dependencias responsables de la cartera, cobro ordinario o derechos a favor de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres.

12. Dirigir controlar y velar por el cumplimiento de las funciones que le corresponde realizar a la dependencia a cargo de conformidad con las normas vigentes, así como la ejecución del conjunto de procesos, procedimientos y tareas relacionadas y velar por que se realicen ajustes a la organización interna y a las disposiciones que regulan los procesos, procedimientos y trámites administrativos internos relacionados con la Oficina.

13. Adoptar o implementar, dirigir y controlar las políticas, los procesos, planes, programas y proyectos de la entidad que tengan relación con la dependencia a su cargo y adelantar las gestiones necesarias para asegurar el oportuno cumplimiento y aplicación en todos los niveles institucionales, así como establecer sistemas o canales de información para su ejecución y seguimiento.

14. Velar por el cumplimiento de las metas, indicadores, planes y programas de la dependencia a su cargo.

15. Apoyar a las demás dependencias en la correcta ejecución de los procesos propios de la dependencia a su cargo y velar que en la Institución se cumplan esos procesos y

procedimientos.

16. Apoyar la implementación, desarrollo y sostenimiento del Modelo Integrado de Planeación y Gestión Institucional en observancia de las recomendaciones realizadas en el ámbito de su competencia.

17. Desempeñar las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

IV. CRITERIOS DE DESEMPEÑO

1. El apoyo para el control de gestión respecto de los planes, programas y proyectos adelantados por la entidad se realiza de manera permanente y tiene como propósito encaminar todas las acciones hacia el logro de aquello definido dentro la planeación estratégica.

2. La asesoría para la conformación de alianzas estratégicas con diferentes entidades son gestionadas, buscando las mejores opciones existentes, propendiendo por su viabilidad y que sean aplicables sobre la población sujeto de atención.

3. La mejora en indicadores de gestión, estándares de desempeño y mecanismos de evaluación y control de los procesos es permanente; como fortalecimiento de las herramientas de medición que permiten identificar la realidad de la dependencia en cuanto al cumplimiento de sus objetivos, planes y metas.

4. Las acciones de asesoría se enmarcan en el sistema integral de gestión y teniendo en cuenta las políticas y procedimientos de gestión documental.

5. Las consultas jurídicas, la asistencia técnica, los conceptos emitidos permiten tomar decisiones relacionadas con la adopción, la ejecución y el control de los programas y proyectos de la Entidad.

6. Las consultas técnicas sobre los asuntos que conoce son absueltas de acuerdo con los procesos técnicos, procedimientos establecidos y la normatividad vigente.

7. Las consultas, asistencia técnica, conceptos y elementos de juicio permiten tomar decisiones relacionadas con la adopción, la ejecución y el control de los programas y proyectos de la Entidad.

8. Las políticas, planes, programas, proyectos y procedimientos para el establecimiento de modelos de gestión, se asesoran y acompañan de acuerdo al conocimiento y experiencia adquirida.

9. Los conceptos emitidos para el seguimiento a los convenios con entidades públicas y/o Privadas relacionadas con los asuntos misionales, se hacen con rigor y la periodicidad requerida en cada caso.

10. Los estudios e investigaciones jurídicas, orientan la formulación de políticas definidas en los planes, apoyan la toma decisiones y apuntan al cumplimiento de la misión y visión institucional. 11. Los estudios, investigaciones y proyectos que se adelantan, orientan la formulación de políticas

definidas en los planes, apoyan la toma decisiones y apuntan al cumplimiento de la misión y visión institucional.

12. Los informes contienen información relevante sobre el tema tratado y las principales variables e indicadores necesarios para apoyar la toma decisiones.

13. Los informes sobre las actividades desarrolladas son preparados y presentados en los períodos en que estos son requeridos y la información es suficiente para que la dependencia tenga pleno conocimiento sobre lo realizado.

14. Los planes, programas y proyectos desarrollados, cumplen los objetivos y se elaboran de acuerdo con las normas vigentes y los procesos y procedimientos definidos por la Entidad. 15. El control de los procesos judiciales y actuaciones extrajudiciales es actualizado, procurando

que las actuaciones de los mismos se cumplan dentro de los términos establecidos para ello. 16. La información suministrada al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República

validez, confiabilidad y pertinencia, entre otras.

17. La normatividad, jurisprudencia y doctrina de los temas de Gestión de Riesgos de Desastres, es actualizada para el conocimiento de los usuarios internos y externos de la Entidad

18. La política, planes y programas están formulados, coordinados y evaluados en su componente jurídico y normativo y responde al marco de la Constitución Política, la ley y la estrategia de la Entidad.

19. La representación de la Entidad en los procesos judiciales y extrajudiciales, cuenta con altos criterios jurídicos que logran favorecer a la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres y cumplir los objetivos propuestos.

20. La representación de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, en juntas, consejos u otros cuerpos colegiados, se hace por delegación expresa e instrucciones impartidas por el Director General y mediante la preparación previa de los asuntos a tratar. 21. Las respuestas a las distintas instancias judiciales se efectúan dentro del término legal que se

encuentre determinado para ello y cumplen con la normatividad.

22. Los conceptos emitidos permiten tomar decisiones enmarcadas dentro de los límites de la Constitución Política y la ley.

23. Los estudios, investigaciones y proyectos que se adelantan, orientan la formulación de políticas definidas en los planes, apoyan la toma decisiones y apuntan al cumplimiento de la misión y visión institucional.

24. Los procesos de contratación que adelante la Entidad y los contratos son realizados de conformidad con las normas sobre contratación estatal.

25. Los procesos de jurisdicción coactiva son adelantados respetando el debido proceso de los deudores y dentro de los términos previstos para el efecto.

26. Los actos administrativos están elaborados de acuerdo con la Constitución Política, la ley, las normas y procedimientos y, se gestionan de forma eficiente y oportuna.

27. Los procesos de cobro coactivo se adelantan de acuerdo con el marco normativo, el debido proceso y las metas de recuperación de cartera.

28. El Director General es asistido por el Jefe de la Dependencia en las funciones propias de su cargo, en forma oportuna y de conformidad con las normas vigentes, presentando además propuestas sobre los procesos que desarrolla la respectiva Dependencia.

29. Las funciones que le corresponde realizar a la Dependencia, de conformidad con las normas de creación y demás normas vigentes o que lo modifiquen, adicionen o complementen, son dirigidas y controladas por el Jefe de la Dependencia, velando por su cumplimiento oportuno, atendiendo las normas vigentes, las metas y políticas institucionales y los procesos y procedimientos establecidos.

30. Las no conformidades más recurrentes en la dependencia son identificadas para sugerir estrategias y políticas de mejora, a fin de disminuir las quejas e informes de evaluación negativos.

31. Las políticas institucionales, los procesos, planes, programas y proyectos establecidos en la entidad que tienen relación con la Dependencia son adoptados o implementados en todos los niveles de la entidad, con la dirección y control del Jefe de la Dependencia, teniendo en cuenta las normas vigentes, las políticas e instrucciones del Gobierno nacional y del Director General, los planes de desarrollo, las funciones, objetivos y misión de la entidad.

32. El funcionamiento de la entidad en los procesos, procedimientos y tareas relacionadas con la Dependencia es organizado y controlado, propendiendo permanentemente por el cumplimiento de las normas vigentes, los procesos y los procedimientos legalmente establecidos.

33. La proposición de ajustes a la organización interna de la entidad y a las disposiciones que regulan los procesos, procedimientos y trámites administrativos internos relacionados con la Dependencia que dirige, corresponden a las normas legales que regulan la respectiva materia,

a las políticas institucionales y a las necesidades del servicio.

34. Las metas, indicadores, planes y programas de la Dependencia son cumplidos oportunamente, atendiendo las normas vigentes, las políticas institucionales, las funciones, los objetivos, la misión y la visión institucional.

35. Las demás áreas y dependencias de la Entidad son asistidas oportunamente en los procesos propios de la Dependencia, velando por el cumplimiento de las normas vigentes y procedimientos, en concordancia con los planes de desarrollo y las políticas, planes y programas de la entidad.

36. La definición y aplicación de indicadores de gestión para los procesos de la Dependencia es coordinada oportunamente con las áreas competentes, teniendo en cuenta las metas institucionales, los planes, programas y proyectos, las necesidades de los clientes internos y externos y el cumplimiento de las funciones, objetivos, misión y visión de la entidad.

37. Los procesos y procedimientos de la Dependencia son implementados y mantenidos teniendo en cuenta el Modelo Integrado de Planeación y Control.

38. Los derechos de petición, comunicaciones o actuaciones administrativas que llegan a la Dependencia son tramitados y respondidos oportunamente, teniendo en cuenta las normas vigentes.

39. El Sistema de Información permite el acceso y actualización de la información con respecto a las solicitudes, denuncias o demandas contra la Unidad.

40. La administración de personal de la dependencia, se desarrolla de acuerdo con las disposiciones legales vigentes en la materia.

41. Los conceptos jurídicos son elaborados y emitidos teniendo en cuenta los proyectos de ley, decretos, resoluciones, contratos y demás actos administrativos que son sometidos a consideración de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres.

42. El apoyo a la implementación, desarrollo y sostenimiento del Modelo Integrado de Planeación y Gestión Institucional permite el mejoramiento continuo de la entidad y permite generar recomendaciones conforme a la normatividad vigente sobre la materia.

43. Las demás funciones que le fueron asignadas por el jefe inmediato y que estuvieron acordes con la naturaleza del cargo y el área de desempeño, fueron desempeñadas conforme con las normas y procedimientos vigentes.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Constitución Política.

2. Normas relacionadas con Contratación estatal. 3. Normas relacionadas con la Entidad.

4. Generales del derecho civil, penal, administrativo, procesal, comercial y laboral. 5. Normatividad vigente de la Entidad.

6. Políticas públicas de la Entidad.

7. Redacción, ortografía, análisis, síntesis y capacidad argumentativa jurídica. 8. Ofimática Básica.

VI. RANGO O CAMPO DE APLICACIÓN Categoría. Tipo de entidades.

 Clases. Entidades públicas de orden nacional, territorial o cualquier oficina en representación del Estado.

Categoría. Tipo de clientes.

 Clases. Clientes internos y externos de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres.

Categoría. Comunicaciones utilizadas.

 Clases. Verbal, telefónica, virtual (chat, e-mail, teleconferencia, foro virtual). Categoría. Información.

 Clases. Escrita, digital, verbal, presencial.

VII. EVIDENCIAS

De producto: Todos los registros y documentos, que se utilicen y se produzcan como resultado de la ejecución de sus funciones esenciales, tales como: 1) Informes de gestión; 2) Cumplimiento del cronograma de trabajo; 3) Conceptos Jurídicos emitidos; 4) Fallos de procesos atendidos.

De desempeño: Observación de las actitudes y comportamientos del servidor público en el desarrollo de las acciones de prestación de servicios de atención y orientación a ciudadanos.  De conocimientos: Aplicación de pruebas orales y escritas relacionadas con los conocimientos

básicos o esenciales.

VIII. REQUISITOS DE ESTUDIOS Y EXPERIENCIA

ESTUDIOS EXPERIENCIA

Título profesional en Derecho.

Título de postgrado en la modalidad de especialización en áreas relacionadas con las funciones del cargo.

Matrícula o Tarjeta profesional en los casos reglamentados por la Ley.

Cincuenta y un (51) meses de experiencia profesional relacionada.

IX. ALTERNATIVA

ESTUDIOS EXPERIENCIA

Título profesional en Derecho.

Matrícula o Tarjeta profesional en los casos reglamentados por la Ley.

Setenta y cinco (75) meses de experiencia profesional relacionada.

Título profesional en Derecho.

Título profesional adicional al exigido en el requisito del empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo.

Matrícula o Tarjeta profesional en los casos reglamentados por la Ley.

Cincuenta y un (51) meses de experiencia profesional relacionada.

Título profesional en Derecho.

Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo.

Matrícula o Tarjeta profesional en los casos reglamentados por la Ley.

Sesenta y tres (63) meses de experiencia profesional relacionada.

Título profesional en Derecho.

Título de postgrado en la modalidad de maestría

Treinta y nueve (39) meses de experiencia profesional relacionada.

en áreas relacionadas con las funciones del cargo.

Matrícula o Tarjeta profesional en los casos reglamentados por la Ley.

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OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN E INFORMACIÓN