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Organismos internacionales frente al fenómeno de las desapariciones

II. ACCIÓN SOCIAL Y COLECTIVOS DE VÍCTIMAS SUPERACIÓN A LA

2.5 Organismos internacionales frente al fenómeno de las desapariciones

Es un hecho indubitable la fuerte relación que existe entre las desapariciones y desapariciones forzadas y el contexto de conflicto actual. De manera intrínseca, ambos fenómenos parecen complementarse de un modo causal, de tal modo que se vuelve inexplicable dar cuenta de uno sin tener que remitirse (necesariamente) al otro. De cara a esta situación, el Estado mexicano ha implementado medidas que pudieran enfrentar el fenómeno. Aunque, cabe destacar, estas últimas no exactamente se dieron en el marco del conflicto interno a partir de 2006. Esta necesidad se volvió prioritaria en la medida que había antecedentes históricos de desapariciones (por ejemplo en la Guerra sucia). Atendiendo a esta circunstancia, fue que en junio de 2001 el delito fue tipificado en el Código Penal Federal como asunto penalmente castigable.

De manera incisiva, es en el contexto actual de violencia generalizada que el fenómeno empezó a cobrar relevancia, y empezó a abrir situaciones que hasta entonces parecían acalladas o en el olvido. De inmediato se empezó a reflejar la fuerte deficiencia del Estado para combatir las desapariciones, y sobre todo para suplir conforme a derecho a las víctimas: una situación adversa y colectiva que se hizo viral en todo el territorio nacional. Desde el sur hasta el norte, pues en todas las regiones y entidades del país la desaparición de personas se convirtió en una práctica que tanto criminales como agentes estatales parecían reproducir.

Esta situación empezó por repercutir el orden público, en donde no solo las victimas empezaron por resentir el grave problema de las desapariciones, sino que

70 también organismos internacionales empezaron a preocuparse por el déficit en materia de derechos humanos que el país presentaba como imagen política y social.

En ese sentido, y de acuerdo a cierta cronología en 2011 (a cinco años del inicio de la estrategia político-militar de seguridad nacional) Human Rights Watch publicó un informe en donde de manera categórica reflejaba la gravedad del asunto en materia de violaciones contra los derechos humanos.

De acuerdo con el informe: Ni Seguridad, Ni Derechos: Ejecuciones, desapariciones y tortura en la “guerra contra el narcotráfico” de México, una de las prioridades radicaba en dimensionar el problema de violencia que vivía el país, así como indagar cómo había sido el desempeño de las distintas fuerzas de seguridad. A lo que el informe concluyó que un periodo de tiempo de cinco años de estrategia: “ni la violencia disminuyó ni tampoco dejaron de crecer delitos referidos a violaciones contra los derechos humanos”. La tortura, las ejecuciones extrajudiciales y las desapariciones forzadas fueron parte de los crímenes cometidos por fuerzas del orden encargadas de la seguridad pública en el país.

En referencia a desapariciones forzadas, el informe documentó 39 casos donde existe evidencia de que agentes del Estado participaron en distintos casos. Esto, por lo menos en cinco entidades cuyos patrones de violencia tenían una tendencia a la alza: Baja California, Chihuahua, Guerrero, Nuevo León y Tabasco. Como dato sugerente, en todos ellos con un mismo patrón: “las víctimas son detenidas arbitrariamente por soldados o policías, sus detenciones nunca se registran oficialmente y las personas no son puestas a disposición de agentes del Ministerio Público” (Human Rights Watch, 2011: 136).

Por otro lado, organismos federales y estatales como el: Grupo de Trabajo de la ONU sobre desapariciones forzadas, Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), comisiones de derechos humanos estatales, y organizaciones de derechos

71 humanos de la sociedad civil, “indican que en la actualidad, el problema de las desapariciones forzadas en México reviste especial gravedad y que la práctica parece ser más habitual desde el comienzo de la guerra contra el narcotráfico” (Human, Rights Watch, 2011: 136, 137). De acuerdo con datos relacionados en ese sentido, la CNDH ha incrementado considerablemente el número de reportes de desaparición forzada. Con clara tendencia a la alza que se refleja en lo siguiente: en 2006 hubo 4 denuncias sobre estos hechos; en 2007 se registraron 7; 25 se presentaron en 2008, 77 en 2009, 77 en 2010 y 134 entre enero y octubre de 2011.

Como una manera de soslayar la situación, el gobierno mexicano (a través de distintas instancias procuradoras de justicia), prefirió hablar de “levantón o levantones” en lugar de mencionar el nombre de desaparición o desaparición forzada.30 Por lo

menos en aquel tiempo (2011), esta estrategia era común, pues el mismo gobierno federal hablaba en su momento que “cerca del 90 por ciento de las personas que pierden la vida en hechos de violencia vinculados al narcotráfico son miembros de bandas de la delincuencia organizada (Human Rights Watch, 2011: 11).

Aunque esta postura fue reproducida y asumida por distintas instancias gubernamentales, aun el estado reconoció que cerca de 20, 000 civiles fueron “levantados o desaparecidos” entre 2007 y 2010. Una situación que si bien no reconoce la falta institucional, por lo menos sí legitima el fenómeno: como una verdadera realidad que se adhiere al problema de la violencia y la inseguridad.

Un año después al informe de Human Rights Watch en 2011, el Grupo de Trabajo de la ONU Sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias: Informe de Misión

30 Según Human Rights Watch (2011), el concepto “levantón” posee un sentido eufémico. Pues, “no es un

término jurídico y, como tal, no tiene una definición concreta. Se refiere a una desaparición llevada a cabo por la delincuencia organizada en lugar de por funcionarios estatales, y en general sugiere que la víctima era miembro de una organización delictiva rival”. Esta caracterización, habría que señalar, quita responsabilidad al Estado y complementa de manera simbólica el discurso practicado por el entonces presidente federal. Cuya realidad y verdad, recaía en que en la guerra contra el narcotráfico un gran número de víctimas se debía a ajustes de cuentas. Es decir, “criminales matando criminales”. Una sentencia negacionista del problema.

72 a México (2012), recalcaba el fuerte problema de las desapariciones en el contexto actual de seguridad. De acuerdo con esta visita de trabajo: “México enfrenta una complicada situación en materia de seguridad pública debido al incremento de la violencia relacionada, principalmente, con el crimen organizado. La violencia continúa a pesar de las detenciones y asesinatos de presuntos importantes integrantes de grupos delictivos, así como el decomiso de significativas cantidades de drogas y armas” (ONU, Informe de misión a México, 2012: 18). En un mismo orden, “un elevado número de secuestros y delitos con similitudes a las desapariciones forzadas son cometidos por grupos del crimen organizado. Sin embargo, no todas las personas desaparecidas habrían sido secuestradas por grupos del crimen organizado actuando de forma independiente; por el contrario, la participación del Estado en las desapariciones forzadas también está presente en el país” (ONU, Informe de misión a México, 2012).

Ante esta circunstancia, una situación común que atraviesa todos los informes relacionados con la violencia, y sobre todo con las desapariciones, es el papel jugado por la impunidad. Circunstancia que el Informe de Trabajo sobre México también puntualizó: “debido a la impunidad prevaleciente en muchos casos que podrían encuadrarse bajo el delito de desaparición forzada son reportados e investigados bajo una figura diferente o ni siquiera son considerados como delitos. En muchas ocasiones, los casos de desapariciones forzadas son eufemística y popularmente denominados “levantones”. El Grupo de Trabajo recibió múltiples testimonios de casos en que la privación ilegal o arbitraria de la libertad era clasificada bajo delitos distintos, tales como el secuestro o el abuso de autoridad, o las personas son simplemente “extraviadas” o “perdidas” (particularmente en grupos como mujeres, menores y migrantes) sin una adecuada investigación para descartar la posibilidad de que se trate de una desaparición forzada” (ONU, Informe de misión a México, 2012).

73 criminales. No obstante, también se relaciona con la fuerte presencia de militares encargados de realizar actividades de seguridad pública. De acuerdo con este mismo informe, el grupo de trabajo “no recibió información clara y específica sobre el tipo de control que las autoridades civiles realizan cada vez que las autoridades militares detienen civiles”. Situación que parece permear las desapariciones forzadas.

De acuerdo a cierta recomendación, y atendiendo a esta distinción logística de trabajo entre distintas fuerzas encargadas de la seguridad, el Grupo de Trabajo recalca que “todos los operativos militares desplegados en el contexto de la seguridad pública deben ser estrictamente restringidos y adecuadamente supervisados por autoridades civiles”. Según datos al respecto, el número de quejas que la CNDH recibió relacionadas con la SEDENA, también tuvo un aumento gradual que se reflejó en lo siguiente: en 2006 se registraron 182 quejas, para 2008 fueron 1,230; para 2009: 1,791; y para 2010: 1,415. En ese contexto, la CNDH emitió más de 60 recomendaciones que confirman violaciones a derechos humanos cometidas por el Ejército (ONU, Informe de misión a México, 2012: 19).

En 2013, Human Rights Watch y Amnistía Internacional (febrero y junio respectivamente) publicaron una serie de informes relacionados al problema de los desaparecidos y la desaparición forzada en México (en pleno inicio de gestión presidencial del Presidente). En el caso del primer organismo (informe cuyo título se denominó: Los desaparecidos de México: El persistente costo de una crisis ignorada), el documento postuló que en nuestro país existe una fuerte crisis en materia de desapariciones forzadas. Una situación agravante que, por lo menos en América Latina, no haya comparación. Según el informe, solo en el estado de Coahuila, distintos funcionarios indicaron que 1,835 personas habían desparecido entre diciembre de 2006 y abril de 2012. El organismo documentó también que de 249 desapariciones cometidas desde diciembre de 2006 (en estados como: Coahuila, Guanajuato, Nuevo

74 León, San Luis Potosí y Zacatecas) en 149 casos se encontraron evidencias de actores estatales (Ejército, Marina, Policía Federal, Policía Estatal y Municipal) cuya participación en los hechos fue indubitable (Human Rights Watch, 2013: 2-4).

Según el modus operandi: “los soldados y policías que efectúan estas detenciones casi siempre visten uniformes y conducen vehículos oficiales. Cuando los familiares de las víctimas preguntan sobre el paradero de los detenidos en las dependencias de las fuerzas de seguridad y en el Ministerio Público, les indican que esas personas nunca fueron detenidas” (Human Rights Watch, 2013: 4). Un acto de indolencia que no inicia y acaba en esas palabras, sino que se reproduce en una serie de acciones que se vislumbran en hechos de revictimización, de denegación de justicia, de disimulo, de impunidad, de tortura psicológica y de una falta de diligencia cuyo método principal es la crueldad.

Por su parte, el análisis de Amnistía Internacional (Enfrentarse a una pesadilla: La desaparición de personas en México) se vuelca en una dirección diversa. No obstante, resalta el papel impune que prevalece en todos los casos. De acuerdo con el texto: “la impunidad es un patrón crónico y presente en los casos de desapariciones forzadas y no se están realizando los esfuerzos suficientes para determinar la suerte o el paradero de las personas desaparecidas, sancionar a los responsables y garantizar el derecho a la verdad y la reparación” (Amnistía Internacional, 2013: 2). Aunque el informe es un texto corto, ahí se detallan distintas situaciones, por ejemplo, la susceptibilidad de cualquier persona de ser víctima de desaparición forzada: trabajadores, migrantes mexicanos y centroamericanos, miembros de colectivos de víctimas, entre muchas otras. La mayoría muchachos y hombres de entre 17 y 50 años de edad (Amnistía Internacional, 2013: 5).

Ante tal circunstancia, el informe revela que las acciones del Gobierno mexicano disponen de una serie de disposiciones que si bien no han minado la práctica,

75 por lo menos han puesto sobre la mesa la tentativa solución a la misma. De acuerdo a la investigación de aquel año, el Presidente habría empezado a considerar las siguientes medidas:

1. Promulgación de una Ley General de Víctimas.

2. Publicación de extractos de la base de datos sobre personas desaparecidas o no localizadas.

3. Reuniones con familiares de víctimas con el compromiso de elaborar una estrategia de investigación y búsqueda de víctimas.

4. Establecimiento de una unidad especial para investigar las desapariciones en la Subprocuraduría de Derechos Humanos en la PGR.

5. Firma de un acuerdo con el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) para reforzar los procedimientos de búsqueda e identificación. 6. Toma de acuerdos con expertos forenses internacionales para identificar

los restos de migrantes centroamericanos desaparecidos.

7. Compromiso para adoptar protocolos estandarizados sobre búsqueda y localización de víctimas de desaparición en todas las procuradurías generales de justicia.

De acuerdo con esta estructura política de apoyo y solvencia en relación al problema de las desapariciones, el Presidente de la República buscó implementar determinadas estrategias que pudieran servir como sinodal al problema. Sin embargo, en un informe mundial en 2014 hecho por Human Rights Watch, en referencia a eventos de 2013, determinó que la práctica de la desaparición forzada aún seguía vigente en el territorio mexicano, con una fuerte evidencia de que distintas fuerzas del orden habrían participado o siguen participando en colusión directa con bandas criminales.

76 las ramas de seguridad continúan perpetrando desapariciones durante el Gobierno de 2012-2018, en algunos casos en colaboración directa con organizaciones delictivas. En junio de 2013, la CNDH de México indicó que estaba investigando 2,443 desapariciones en las cuales había encontrado evidencias de la posible participación de agentes del Estado” (Human Rights Watch, 2014: 1).

Para 2015, Amnistía Internacional en un informe denominado: Información para el comité contra las desapariciones forzadas de la ONU. México seguía llamando la atención sobre el alto grado de impunidad que abundaba en casos de desaparición. Pues de acuerdo a investigaciones, “desde el 2006 no se ha enjuiciado a nadie a nivel federal en casos de desaparición forzada” (Amnistía Internacional, 2015: 4).

Un elemento que corrobora la impunidad sistémica y generalizada se refleja en lo siguiente: entre 2005 y 2009 solo se han condenado federalmente 6 casos cometidos hasta antes de 2005. Es decir, la impunidad histórica del Estado mexicano se remonta a los más de 700 casos de presuntas desapariciones forzadas que ocurrieron durante la Guerra Sucia en las décadas de 1960, 1970 y 1980. Las cuales siguen intactas y cuya repercusión penal es totalmente vacía (Amnistía Internacional, 2015: 9-10).

De manera ulterior, en 2016, Amnistía Internacional presentó un texto: Un trato de indolencia: La respuesta del Estado frente a la desaparición de personas en México. En el reporte (del cual hemos dado cuenta anteriormente), el informe principal descansó en el análisis del caso Ayotzinapa, y en el aumento gradual de las desapariciones en Ciudad Cuauhtémoc, Chihuahua. Por otro lado, responsabilizó al gobierno por las más de 27,000 personas cuyo paradero no se sabe o desconoce hasta el momento, así como la imperante impunidad en la mayoría de los casos.

Un dato a destacar que presenta el informe, es el trato que las autoridades encargadas de investigar dan a las familias. El cual, según el texto: “es deficiente, hiriente y de un profundo desinterés hacia sus casos”. Ahí mismo se lee: “Un trato de

77 indolencia, de un papel más, porque para ellos eso son las personas que desaparecen, un papel más que archivan”31 (Amnistía Internacional, 2016: 6).

Frente a la problemática de las desapariciones, expuesta a detalle por estos informes desde 2011 (a cinco años de guerra contra el narcotráfico, y a diez años de distancia de su implementación) lo que resta es que el Estado mexicano y sus distintos representantes, díganse gobernadores y presidentes municipales, así como procuradurías y ministerios públicos, asuman su responsabilidad y prioricen una verdadera reparación del daño. Pues de acuerdo al contexto de violencia que impera en nuestra realidad, son las víctimas quienes no solo tienen que conformarse con la imaginación de encontrar un presunto culpable, sino que aunado a ello, tienen que batallar con la indiferencia y el disimulo por parte de las autoridades. En una palabra: la “indolencia” ha sido la regla y el método de su trato. Una tragedia que mediante el dolor busca ganar terreno y mutar de un lenguaje vacío a un lenguaje jurídico. Cuya carga subjetiva pueda materializarse en una comprensión de la realidad vivida por miles de víctimas en nuestro territorio nacional.

31 De acuerdo con el texto, esta frase corresponde al testimonio de una madre que resumió la atención que

recibe por parte de las distintas autoridades. Pretexto necesario que, según Amnistía Internacional, dio nombre al informe.

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III. La Desaparición Forzada en el conflicto interno. Análisis

genealógico-estructural de una práctica letal

Introducción al capítulo

El capítulo se aboca a un estudio histórico-genealógico del fenómeno de la desaparición forzada. La composición temática, además de reflejar un estudio descriptivo del problema, muestra cómo este fenómeno se fue diversificando como parte de la represión y violencia política de los gobiernos militares de América del sur y Centroamérica. No obstante, el análisis sociopolítico y geohistorico del apartado, cabe destacar, no solo se limita a la revisión de la desaparición forzada en ese contexto de represión, sino que se actualiza al retomar el reciente momento de las desapariciones en la estrategia político-militar del gobierno mexicano en su lucha contra la violencia.

Como aliciente instrumental de estudio, se recurre a la cita de estadísticas, mapeo y reportes hemerográficos que dan cuenta sistemática del problema. La mención de tablas con números oficiales, la presentación de mapas que muestran el desarrollo geográfico de las desapariciones, así como la cita de fuentes que dan cuenta de lo ocurrido en el territorio nacional, son algunas de las estrategias implementadas para dar sentido al contexto de las desapariciones. Ocasión que delimita el objeto de análisis que se remite a las víctimas de desaparición forzada.