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3. REFERENTE TEÓRICO E HISTÓRICO

3.2. Las mujeres y la Ciudadanía

3.2.3. El Salvador y la ciudadanía de sus mujeres

3.2.3.3. Las organizaciones de mujeres y la defensa de los derechos

De acuerdo con Rodríguez, en El Salvador no hubo organizaciones de mujeres, asociaciones, mujeres independientes, que en conjunto llevaran a la esfera pública la demanda del voto, como lo fue en otros países centroamericanos (2002). Sin embargo, contrario a lo dicho por Rodríguez a la caída de Hernández Martínez, ya existía una notable presencia de organizaciones de mujeres, entre las que se cuentan la Asociación de Mujeres Democráticas de El Salvador, la Liga Femenina Salvadoreña (1946) y el Frente Democrático Femenino. Una década más tarde, surge la Fraternidad de Mujeres Salvadoreñas (1956) quien realizó una intensa labor cultural, educativa y política; su plataforma de acción contenía objetivos como la organización de mujeres campesinas, el logro y aplicación de los derechos de éstas, de las empleadas domésticas, de las vendedoras de los mercados y de las trabajadoras en general56.

Pero fue la Liga Femenina que con su lucha por las reivindicaciones de las mujeres las llevó

a plantear y conquistar, entre otras, el derecho al voto e incluirlo dentro de la Constitución

Política de 1950, así como que la enseñanza impartida por el Estado, además de ser gratuita, fuera laica. Igualmente lograron que se reconocieran los

55 Como la primera alcaldesa salvadoreña, la señora Rosario Lara vda. de Echeverría, por Berlín, Usulután. Igualmente, una muestra de apertura por parte del gobierno para las cuestiones de las mujeres fue el patrocinio de un seminario del Consejo Interamericano de Mujeres (CIM).

56 También fue integrante del Frente Nacional de Oriente, mismo que derrocó a José María Lemus, cuya dictadura torturó a mujeres en las cárceles de la policía y lanzó a otras al exilio.

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derechos de los hijos nacidos fuera de matrimonio y gestionaron la creación de

la Ciudad de los Niños57.

Otro elemento importante que produjo un accionar de la Liga Femenina Salvadoreña, fue lo expreso en la ley Transitoria Electoral, -dictada el 21 de enero de 1950 por el Consejo de Gobierno Revolucionario-, ya que dicha ley era discriminatoria en cuanto al ejercicio de los derechos de la mujer. Se dispuso en el artículo 3 que: “Únicamente son electores los varones y mujeres salvadoreñas por nacimiento o por naturalización”, y en el artículo 6 de la misma ley, se estableció que únicamente son elegibles para desempeñar los cargos de Diputados a la Asamblea Constituyente y de presidente de la República, “los salvadoreños por nacimiento de sexo masculino”.

Los argumentos preparados por la Liga Femenina lograron la modificación del artículo y la consignación de los derechos ciudadano:

“Son ciudadanos todos los salvadoreños, sin distinción de sexo, mayores de dieciocho años” [y en el siguiente artículo] Son derechos ciudadanos: constituir partidos políticos, ingresar a los ya constituidos y optar a cargos públicos”.

De esta manera, es en la Constitución Política con vigencia desde el 14 de septiembre de 1950, cuando entra la mujer salvadoreña al goce pleno de sus derechos políticos58. El proceso de reconocimiento de los derechos políticos de las mujeres en El Salvador tuvo características específicas y particulares que lo diferenciaron de la mayoría de los demás países de la región. Sus características permiten concluir de la siguiente manera:

1. La no existencia de un movimiento sufragista, como consecuencia del aislamiento cultural y de la represión social que los regímenes autoritarios impusieron en el país desde comienzos del siglo XX.

2. Una activa participación de las mujeres en todos los movimientos sociales y políticos de la historia política del país, pero que no lograron realizar acciones específicas para demandar el voto femenino.

3. El interés de los regímenes autoritarios de promover el otorgamiento de estos derechos a las mujeres, con el objetivo de capitalizar a su favor la fuerza y el interés con que estaban participando en la vida política.

57 Además para la difusión de sus demandas y actividades, fundaron el periódico “El Heraldo Femenino”. Una de sus fundadoras -la Profesora de Alfaro- menciona que luego de conseguir la personería jurídica, su segundo objetivo fue conseguir los derechos ciudadanos de la mujer para que pudieran ejercer el voto; estos derechos habían sido aprobados teóricamente por el representante de El Salvador en la Conferencia de San Francisco el 25 de abril de 1945”. Es decir, tenían claridad en ir por los derechos civiles y políticos.

58 Liga Femenina Salvadoreña conmemora el día 14 de septiembre que ha sido declarado Día de la Igualdad Jurídica de la Mujer Salvadoreña, la fecha fue escogida por la razón histórica.

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No hay que ignorar que como en otros países de la región, también para El Salvador un factor que favoreció la obtención del voto femenino fue el avance del feminismo internacional y de manera inmediata a nivel regional, la realización Novena Conferencia Internacional Americana59 en la que los gobiernos de latinoamericanos suscribieron la Convención Interamericana sobre la Concesión de los Derechos Políticos de la Mujer. En su parte resolutiva dicha convención dice de modo solemne y definitivo, que “las altas partes

contratantes convienen en que el derecho al voto y a ser elegido para un cargo nacional no deberá negarse o restringirse por razones de sexo”.

3.2.3.4. Desde los caminos realizados y emanados de las