estructuradas en forma estable y, por esto, cambian al modificarse
el juego familiar. Como es lógico, para la estructuración de un sistema
estable de respuestas emocionales, es necesario un contexto de
aprendizaje que perdure en el tiempo. El episodio de maltrato agudo
no es suficiente, por sí solo, para determinar en el niño la configuración
compleja emocional y de comportamiento que hemos descrito. En los
casos de maltrato crónico y repetido hay posibilidades de recuperación,
a través del tratamiento, si el juego familiar todavía no ha alcanzado
la cuarta etapa. Si las relaciones familiares se desarrollan según las
modalidades de la cuarta etapa, la terapia de familia, por sí sola, es
frecuentemente insuficiente. Para modificar las respuestas emocionales
y de comportamiento del niño es necesario intervenir simultáneamente
en varias áreas de su vida (escuela, grupo de compañeros, relaciones
con los parientes, etcétera) y ofrecerle, al mismo tiempo, un acer-
camiento psicológico individual.
5. LA TERAPIA EN EL CONTEXTO COERCITIVO
LA RELACIÓN ENTRE TERAPIA Y CONTROL: EL MANTENIMIENTO DE LA TERAPIA
El nudo central del trabajo de la terapia impuesta es, y sigue siendo, la difícil relación entre la intervención de ayuda y la intervención de control. El problema ha sido afrontado muchas veces, también en trabajos que parten de premisas teóricas muy cercanas a las nuestras (Mastropaolo y otros, 1985; Bianchi, Rangone, 1985): la tentativa de solución que se propone es generalmente aquella de la neta separación entre contexto terapéutico y contexto de control.
En los primeros años de nuestra experiencia, también nosotros hemos utilizado esta fórmula. Terapeutas diferentes, dentro de dos servicios separados, ejercían las dos distintas funciones independien- temente una de la otra: los psicólogos de nuestro Centro, la terapia; el asistente social zonal, el control. La integración entre los dos servicios era relativa y casual, consistiendo sobre todo en un episódico intercambio de noticias y en un esfuerzo unilateral del asistente social de reforzar el apego de los usuarios a la psicoterapia.
Posteriormente, nos hemos dado cuenta, cada vez más, que las dos tareas, la de la terapia y la del control, son dos caras de la misma moneda, y que las dos se inscriben en el contexto más amplio de la protección del menor.1 Es sólo con este fin que la familia —que no pide ninguna ayuda— es atendida, como ya hemos dicho en el capítulo 3, y es únicamente gracias a una precisa señal, que nos revela los sufrimientos y daños ocasionados al menor (o riesgos objetables), que es posible encontrar un material sobre el cual trabajar con una
1. En esta gradual toma de conciencia nos ha alentado la consonancia entre el nuevo plantea- miento y las agudas consideraciones contenidas en el libro de Crivèlle (l987). También su trabajo va desde la crítica al consolidado principio según el cual un papel terapéutico no sería compatible con un papel de autoridad.
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familia que niega y resta importancia a los hechos. Es sólo a través de un regular contacto con quien ejerce el control, que los terapeutas entran en posesión de elementos concretos que indican tanto la eventual persistencia de los problemas, como también la entidad y la estabilidad del cambio. El equipo terapéutico no puede contar con una familia que colabore, que esté motivada a describir los problemas y las crisis que se suscitan por ejemplo entre sesión y sesión, pero sí puede confiar en un cuidadoso trabajo de investigación efectuado por el equipo que ejerce el control.
Resulta, entonces, que una separación entre terapia y control, entendida en el sentido de absoluta independencia, nos parece no sólo artificiosa, sino también condenada al fracaso. ¿Cómo se comportarían los terapeutas si los pacientes abandonasen el tratamiento? ¿Sobre qué material podrían trabajar si la familia declarase que los problemas se han disuelto mágicamente? ¿Qué sentido tendría escudarse, frente al Tribunal, detrás del secreto profesional, refiriendo tal vez sólo aspectos formales (como la asistencia o no a las citas por parte de la familia), si el trabajo es desarrollado por el Tribunal mismo, y asume para toda la fase valorativa casi las características de una investigación o de un informe pericial?
Recientemente hemos puesto a punto y concretado una fórmula operativa distinta. La primera sesión de la terapia sirve, antes que nada, para definir —implícita y explícitamente— el contexto. En la reunión, la familia encontrará, además del equipo encargado del diagnóstico y de la eventual terapia, también al servicio social zonal, encargado del control. El asistente social zonal presenta brevemente los antecedentes que han dado origen a la denuncia; por lo tanto, se relee el decreto del Tribunal que prescribe a la familia someterse a la evaluación de nuestro Centro, confiando al mismo tiempo a los menores al servicio social. Hecho esto, el asistente social zonal sigue el resto de la sesión detrás del espejo unidireccional, aportando eventuales integraciones a la reconstrucción del problema que es efectuada por el psicólogo con la familia. Por lo general, este asistente no presencia los encuentros posteriores, pero antes de cada sesión proporciona una actualización telefónica al colega del Centro según los encuentros que ha tenido con uno o ambos padres, llamadas significativas, noticias sobre los menores recibidos por los institutos o por las familias tutelares, interferencias de parientes, contactos con el juez y así sucesivamente. A su vez, el equipo de diagnóstico o
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terapéutico refiere al servicio social, después de cada sesión, los principales elementos surgidos en la misma y los indicios dados por los usuarios. Cuando la actualización telefónica no es suficiente, se organizan reuniones entre los dos servicios.
Coherentemente con nuestro planteamiento de fondo de la doble transparencia, la familia está perfectamente al tanto de esta estrecha colaboración entre los servicios zonales y el Centro. Como se desprenderá de lo dicho, esto contribuye a combatir toda contraposición artificiosa entre el trabajador social "malvado" (el asistente social que ha alejado a los niños) y el trabajador social "bueno" ( el terapeuta que trata de restituirlos a la familia). El hecho de que el terapeuta haga uso constante y explícitamente de las informaciones que le ha transmitido el colega zonal, permite superar esta dicotomía. Natural- mente, el usuario deberá experimentar gradualmente que la utilización que el terapeuta hace de estas noticias no es ni acusatoria ni punitiva, salvo en el caso de que eventuales recaídas en comportamientos de abusos o descuidos requieran una inmediata denuncia al juez con el propósito de conseguir una nueva providencia para la protección del menor; generalmente, el terapeuta utilizará el material recibido del servicio social para profundizar el conocimiento del juego familiar, con el fin de ayudar a los usuarios a desarrollarlo positivamente. Con el progresivo aumento de la conciencia de los usuarios en relación con el objetivo del tratamiento, disminuirá su comprensible rechazo a referir espontáneamente también las dificultades o los problemas que se pueden haber dado en el intervalo entre los encuentros.
El hecho de que el asistente social zonal no se haya transformado en un agente de policía está probado también por las intervenciones asistenciales que puede realizar, si fuera necesario, con referencia a los usuarios. Al ayudarlos a realizar los trámites para obtener un subsidio o un cambio de vivienda, o para encontrar un trabajo, al facilitarles los contactos con la escuela de los hijos, con los institutos o con las familias tutelares, el asistente social demuestra constante- mente a los padres que cuentan con él en su camino de recuperación de su capacidad familiar. Al hacer esto, el servicio social, por un lado, toma conciencia de los progresos de los padres de los cuales el terapeuta los pone al corriente, por el otro es él mismo quien los consolida y los estimula paralelamente a la terapia.
Los resultados del trabajo de diagnóstico, de terapia y de control son transmitidos al Tribunal, que según éstos tomará después las
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decisiones que crea más oportunas: esto marca eficazmente de qué manera contexto de terapia y contexto de control están incluidos en el contexto más amplio, y generalmente superior, de la tutela del menor, que contiene a ambos.
En nuestro modelo organizativo, la tarea compleja de integración entre la familia, el aparato diagnóstico-terapéutico y el aparato de control, tarea que denominamos como "mantenimiento de la terapia", es desarrollada por el asistente social del Centro que, después de haber realizado las operaciones preliminares de planteamiento de la terapia y la ficha familiar, asiste detrás del espejo, junto con el terapeuta supervisor, a cada sesión con la familia. Su tarea entre una sesión y la otra es la de integrar las exigencias impuestas por la evolución del proceso de diagnóstico (o terapéutico) con las necesidades de la tutela del menor, expresadas por el servicio zonal, por el Tribunal y por el organismo que hospedó a los menores (familia tutelar, centro, instituto). Su trabajo permite mantener a la familia conectada a la terapia en cuanto intenta impedir su fuga y evitar las manipulaciones (de las que inevitablemente los terapeutas pueden ser presa, a falta de coordinación recíproca). Se esfuerza además por prevenir o combatir las disfunciones que intervienen fácilmente en una red de servicios generalmente muy articulada y poblada: escuela, hospital, servicios sociales, servicios especializados para los adultos y/o los menores, Tribunal de Menores, policía, voluntarios, etcétera.
Compleja y difícil de organizar y de mantener, la integración entre terapia y control resulta por lo tanto el requisito indispensable para un trabajo de terapia impuesta. Si se acepta el principio de que se trata de dos funciones complementarias, que cooperan para la recu- peración de la familia que maltrata cuidando al mismo tiempo al menor, se comprende mejor la experiencia de un servicio zonal, al mismo tiempo básico y especializado, como la Unidad Psicomédica Peda- gógica de Lausana, dirigida por Odette Masson, en la cual las funciones de terapia y de control son ejercidas no sólo por el mismo servicio, sino además por los mismos terapeutas. Nuestro Centro, en cuanto es especialista, persigue, en su fase actual, un modelo distinto: desarrolla la función de diagnóstico y terapia, mientras el servicio social zonal mantiene predominantemente la de control. Como hemos subrayado, sin embargo, las dos funciones se llevan a cabo con la premisa de la máxima integración posible, desde el punto de vista de una experiencia piloto que nada prohibe que pueda ser asimilada
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rápidamente y transferida totalmente a nivel de un único servicio zonal, que asuma el peso de ejercer al mismo tiempo ambas funciones (Soavi y Vianello, en preparación).
TÉCNICAS DE INTERVENCIÓN: LA IMPOSIBILIDAD DE RECURRIR A PARADOJAS
En los primeros años de la década del 80, período en el cual nuestro equipo comenzó su trabajo con las familias que maltratan, los tera- peutas de familia del área de Milán utilizaban todavía con frecuencia la paradoja. Como es por todos conocido, el recurso en la primera sesión de la intervención contraparadójica de la prescripción del síntoma (Selvini Palazzoli y otros, 1975) tenía entre otros el fin de reforzar la conexión de la familia con el tratamiento. Entonces, en una época de "purismo sistémico", abrazado en contraposición a las teorías intrapsíquicas de orientación psicoanalítica, se razonaba según categorías globalísticas (u holísticas) que ponían entre paréntesis la presencia en el sistema de facciones, coaliciones, jugadas individuales. En este enfoque, la petición de terapia era interpretada en los términos de un compromiso entre dos tendencias contrapuestas, al mismo tiempo presentes en el sistema familiar: el empuje homeostático y el empuje al cambio. Tales tendencias, inicialmente utilizadas como contribu- ciones explicativas, terminaron por ser casi consideradas por los terapeutas de familia como atributos realmente operantes en el sistema, a su vez casi personificado.
Se decía, por esto, que la demanda de la terapia familiar, jugada aparentemente dirigida al cambio, era en realidad una jugada homeostática por parte de la familia, que sentía amenazado el propio equilibrio interno por el síntoma del paciente designado. La familia pedía por lo tanto ayuda para cambiar (y eliminar así el síntoma) a fin de no cambiar (para dejar inmutable su organización de rela- ciones). Ante tal perspectiva parecía totalmente lógico que en la primera sesión el terapeuta se dejase llevar por los empujes homeostá- ticos de la familia que prevalecían y dispusiera la continuación del síntoma: se pensaba, en efecto, que cualquier disposición a favor del cambio, muy abiertamente antihomeostática, habría provocado la rigidez defensiva de la familia y el abandono de la terapia.
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Estas consideraciones se pueden volver a proponer a primera vista en el contexto de la terapia impuesta. También la familia que maltrata, en efecto, tiene fuertes resistencias al cambio (¡tanto es así que no pide ayuda alguna!), por lo cual dejarse llevar por sus empujes homeostáticos podría revelarse como una jugada estratégica particu- larmente astuta. ¡Es una lástima, sin embargo, que no sea posible, dentro del contexto, que un servicio contra el maltrato formule una disposición a favor del síntoma específico, es decir, imponga, que se siga golpeando al niño por la unidad y el bienestar de la familia! Como es natural una intervención así estaría totalmente en de- sacuerdo con todas las señales del contexto —naturaleza del Centro contra el maltrato, envío desde el Tribunal, etcétera— que, en lugar de aparecer provocativo como una eficaz paradoja, aparecería, al menos, absurda y hasta delictiva.
Además, al prescindir también de la paradoja específica de la disposición a favor del síntoma, inaplicable por los motivos mencio- nados, nuestro principio de la doble transparencia en la relación entre el usuario y el organismo que le impone la terapia excluye recurrir a cualquier paradoja. Nuestro propósito de referir correctamente al juez lo que sucede en la relación con los usuarios (presupuesto fundamental para respetar el encargo que se nos ha hecho), impide utilizar cualquier intervención inventada con el fin de provocar. Tanto la prescripción paradójica, como la previsión paradójica, como la simple relectura (o reframing) tienen un valor como provocación. Son todos modos de descomponer los elementos significativos de la dinámica familiar recomponiéndolos de una manera nueva, para lo que el terapeuta se esfuerza por construir una interpretación aceptable de la dinámica familiar que sea inesperada para la familia y, por lo tanto, capaz de introducir en el sistema un nuevo elemento.
Con tal intervención, sin embargo, el terapeuta no se plantea de ningún modo el problema de la "verdad" de lo que afirma: ateniéndose a un acercamiento epistemológico rigurosamente constructivista, él propone una lectura de los sucesos familiares para revolucionar la explicación que la familia se ha dado inútilmente hasta ese momento.
El planteamiento constructivista no es posible para el terapeuta al que el Tribunal ha encargado una clase de informe pericial. El Tribunal, en efecto, le pregunta su opinión sobre lo que él cree que pueda el maltrato haber desencadenado en la familia, según una línea de pen- samiento con una conformación puramente positivista.
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Entre el relativismo constructivista y el positivismo científicamente superado, nuestro equipo se ha atenido a una elección co-construc- tivista (Speed, 1984). En esta opción está comprendida la conciencia de que el observador influencia tanto al objeto observado como a la propia observación. Tal conciencia es, por lo tanto, inmune a la ilusión positivista que cree poder fotografiar la realidad tal como es. Como ya hemos dicho en el capítulo 3, hemos renunciado por principio a la ambición de describir al juez el "verdadero" funcionamiento de la familia, independientemente de nosotros, pero nos proponemos referir la manera en que ella reacciona a nuestra intervención.
Por otro lado, no renunciamos al encargo, que el juez nos da, de hacer surgir, justamente gracias a nuestra intervención, las cualidades peculiares de las familias que organizan sus relaciones internas (es decir, su juego) en tal forma que desencadena el maltrato. Nosotros creemos que este juego, que existe independientemente del ingreso del terapeuta en él (en cuanto inevitable modalidad de organización interactiva de cualquier "grupo con historia" en un momento dado), pueda ser descubierto por él, aunque sea con un cierto grado de aproximación y reconstruirlo de un modo nada arbitrario.
Selvini Palazzoli y sus colaboradores han descrito en el trabajo que hemos citado varias veces (1988) la propia evolución teórica y técnica, remarcada por el abandono de la paradoja, por el paso a una óptica co-constructivista y por la llegada a una línea de pensamiento multidimensional que trasciende el simple purismo sistémico. De manera menos meditada y más intuitiva, nuestro equipo del C B M se ha visto impulsado por las condiciones contextuales a una inmediata reserva de la óptica paradójica y a la adhesión a una confianza en la esperanza de aferrar la articulada complejidad que se oculta detrás del fenómeno del maltrato.
LAS DISPOSICIONES EN LAS PRIMERAS SESIONES
En el tratamiento impuesto, a la imposibilidad de recurrir a las técnicas paradójicas se acompaña desgraciadamente la imposibilidad de hacer uso de disposiciones. La prescripción se considera tradicio- nalmente el instrumento por excelencia de la terapia familiar, que está catalogada por lo tanto entre las terapias prescriptivas. Pero, en el
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contexto impuesto la falta de petición por parte del usuario elimina completamente el poder de las órdenes del terapeuta. Si bien es verdad que la coacción, en efecto, puede mantener al usuario en contacto con el Centro, ésta no puede sin embargo obligarlo a obedecer las intervenciones del equipo. Incluso sin oponerse abiertamente al derecho del terapeuta de asignarle obligaciones (derecho que es sostenido por el decreto del juez), el usuario tiene m i l modos de sabotearlo. Mucho más que un usuario espontáneo, el usuario a quien el tratamiento le es impuesto puede declarar que le ha sido imposible poner en práctica lo que le han mandado, no por culpa suya sino de terceros; puede mentir, afirmando que ha seguido las recomendaciones cuando no es así; puede realizar las órdenes de tal manera que queden descalificadas o resulten un fracaso y así sucesivamente. ¡Por des- contado el equipo terapéutico no tiene la posibilidad de recurrir a la contramedida de la interrupción del tratamiento en la que pensaría si fuera un contexto espontáneo! En la terapia coactiva es necesario por lo tanto renunciar al carácter prescriptivo del tratamiento, por lo menos en una primera fase, cuando una auténtica colaboración de los usuarios ha de conseguirse todavía.
A pesar de esto, sucede frecuentemente que nuestro equipo tera- péutico recurre igualmente a las prescripciones desde los primeros encuentros, sin la pretensión, sin embargo, de que sean obedecidas, pero con el fin de centrar la atención de los usuarios sobre algunas áreas problemáticas cuya existencia se obstinan en negar.
Tenemos un ejemplo retornando al caso Puglisi-Bisceglie que hemos descrito en las págs. 64-67. La proximidad de las fiestas de Navidad había hecho que los padres se pusieran muy fuertes en la pretensión de la vuelta a casa de los niños para esos