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PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN Y COORDINACIÓN DE UN PROGRAMA DE EDUCACIÓN PARA LA SALUD.

POLÍTICAS GENERALES

D) PACIENTES VICTIMAS DE VIOLENCIA FAMILIAR.

6. PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN Y COORDINACIÓN DE UN PROGRAMA DE EDUCACIÓN PARA LA SALUD.

1.

PROPÓSITO

Proporcionar información, capacitación, orientación y psicoeducación a las y los pacientes y sus familiares sobre el proceso de atención médica en el instituto, para el conocimiento y participación de los usuarios en la toma de decisiones en su tratamiento, así como contribuir en el proceso de atención integral.

2.

ALCANCE

2.1 A nivel interno el procedimiento es aplicable a la Subdirección de Hospitalización (Departamento de Trabajo Social) y la Subdirección de Consulta Externa.

2.2 A nivel externo el procedimiento es aplicable a usuarios y familiares que acuden a la Dirección de Servicios Clínicos.

3.

POLÍTICAS DE OPERACIÓN, NORMAS Y LINEAMIENTOS

3.1 La Subdirección de Hospitalización a través del Departamento de Trabajo Social será responsable de:

POLITICAS GENERALES

 Realizar el personal de salud el procedimiento de identificación a todo paciente y/o usuario que acude al Instituto, a solicitar los servicios de atención médica, antes de realizar cualquier procedimiento, solicitándole se identifique utilizando los dos identificadores institucionales, (nombre completo y fecha de nacimiento), verificando los datos proporcionados por el paciente en el expediente clínico, y en el caso de pacientes hospitalizados con el brazalete que porta el paciente. MISP.1

Exhibir en las áreas de atención de la Subdirección de Consulta Externa y de la Subdirección de Hospitalización, los acrílicos con la Carta de Derechos Generales de los Pacientes para su difusión y conocimiento entre los pacientes y/o usuarios, y su familia. PFR.1

 Conocer, los Directivos de la Institución, los derechos de los pacientes y sus familiares, estipulados en las leyes y reglamentaciones vigentes, con el propósito de respaldar, proteger y hacer valer los mismos dentro de la institución. PFR.1

 Elaborar, los titulares de las áreas médicas de la Dirección de Servicios Clínicos en coordinación con, el Departamento de Planeación y Modernización Administrativa, las políticas y procedimientos en los Manuales de Procedimientos correspondientes a cada área, y de manera que: PFR.1

a) Respalden los derechos y la educación de los pacientes y su familia durante el proceso de atención en cada contacto o visita con el paciente y/o usuario.

b) Se asegure que se brinde la atención uniforme y personalizada para aquellos pacientes identificados como pacientes vulnerables y/o de alto riesgo, que debido a su condición, edad, su estado o la naturaleza crítica de sus necesidades pueden ser objeto de retraso en su atención, discriminación o mal trato.

c) Promuevan la participación del paciente y su familia en la toma de decisiones sobre su

atención, y se respalde su derecho a rehusarse a recibir el tratamiento propuesto, o a suspenderlo en su caso, previó informe de las consecuencias de sus decisiones y sobre sus responsabilidades con dichas decisiones.

 Considerar, la Dirección de Servicios Clínicos, las leyes, reglamentos y normatividad en la elaboración de los planes y programas institucionales, reglamentos, manuales de procedimientos (políticas y procedimientos), consentimientos informados, manejo del expediente clínico y los diferentes trípticos de los servicios de atención, cuyo fundamento legal se sustenta principalmente en los siguientes ordenamientos jurídicos relacionados con la materia: PFR.1

a) Ley General de Salud.

b) Reglamento de la Ley General de Salud en materia de prestación de servicios de atención médica.

c) Norma Oficial Mexicana NOM-004-SSA3-2012, del Expediente Clínico. d) Carta de los Derechos Generales de las Pacientes y los Pacientes.

POLITICAS DEL PROCEDIMIENTO

 Verificar que los pacientes que participaran en los programas de educación para la salud coordinados por Departamento de Trabajo Social cuenten con una evaluación inicial de necesidades educativas para el paciente y su familia, registrada en el Formato INPDSCEC-01-12 Evaluación y registro de acciones educativas otorgadas al paciente y su familiar.

 Vigilar la correcta elaboración del Programa de Educación para la Salud e informar a la Subdirección de Hospitalización y/o Subdirección de Consulta Externa para su conocimiento y difusión correspondiente.

Concentrar la información final de los programas para la salud reporte mensual respectivo a la Dirección de Servicios Clínicos.

3.2 La Subdirecciónde Hospitalización a través del Departamento de Trabajo Social (Jefa de Área) será responsable de:

POLITICAS GENERALES

 Exhibir en las áreas de atención de la Subdirección de Consulta Externa y de la Subdirección de Hospitalización, los acrílicos con la Carta de Derechos Generales de los Pacientes para su difusión y conocimiento entre los pacientes y/o usuarios, y su familia. PFR.1

Proporcionar al paciente y su familiar la comunicación y educación en un lenguaje claro y entendible acorde a su situación sociocultural a fin de que reciban información completa y oportuna y puedan participar en el proceso de atención. MCI.13.1

Deberán las Unidades Administrativas informar anualmente las necesidades de educación y capacitación del personal a su cargo para mantener o mejorar las competencias y el desempeño satisfactorio de las responsabilidades y funciones encomendadas, con propósito de satisfacer las necesidades del paciente de manera eficaz y eficiente. GLD.3.4

POLITICAS DEL PROCEDIMIENTO

 Revisar el programa de educación para la salud elaborado en el área correspondiente, así como dar seguimiento individual a las acciones educativas otorgadas a los pacientes y sus familiares, a fin de favorecer su tratamiento.

Turnar el Formato INPDSCEC-06-03Nota Informativa al Área de Archivo Clínico.

3.3 La Subdirección de Hospitalización a través del Departamento de Trabajo Social (Área de Trabajo Social) será responsable de:

POLITICAS GENERALES

En caso de que el paciente cuente o hable otro idioma, otra lengua, o presenten discapacidad en la audición o en la emisión del lenguaje, el personal de trabajo social efectuará los trámites necesarios para asegurar que el paciente cuente con un intérprete o traductor, o en caso necesario, el familiar o acompañante puede fungir como apoyo en la comunicación durante el

tiempo de la atención, para limitar el impacto de las barreras sobre la prestación de servicios.

ACC.1.4

En el Instituto Nacional de Psiquiatría Ramón de la Fuente Muñiz la educación del paciente y su familia está a cargo del personal de salud (médicos, enfermeras, trabajadoras sociales, nutriólogas, psicólogos y terapeutas familiares) que participan de manera coordinada en la educación de los pacientes y a su familia mediante la identificación de sus necesidades educativas desde la evaluación inicial y registrando la educación impartida durante todo el proceso de atención del paciente en el Formato INPDSCEC-01-12 Evaluación y registro de acciones educativas otorgadas al paciente y su familiar. PFE.1

La organización ha definido un proceso para educar al paciente y su familia durante todas las fases de la atención, que considera las siguientes cuatro perspectivas: PFE.1

a) Basada en las necesidades específicas de cada paciente. b) Basada en la condición clínica del paciente.

c) Organizacional.

d) Acorde al Modelo del Consejo de Salubridad General

Elaborar, el personal del Salud, de acuerdo a lo identificado por el personal clínico el Programa de Educación para la Salud, ya sea individual, familiar o grupal, que contengan información adecuada y actual sobre la enfermedad y las posibles alternativas para su tratamiento, así como información sobre los procesos de atención que se brindan en las diferentes áreas. PFE.3

 De igual forma, se difunde trípticos y folletos que contienen información educativa para el paciente y/o sus familiares de la técnica correcta para el lavado de manos. PFE.5

 Verificar, el personal de salud, que la educación que se proporcionó ha sido comprendida, por medio de la elaboración de una serie de preguntas al paciente y su familiar, y alentando tanto a los pacientes como a sus familiares a que participen haciendo preguntas, tomando decisiones e incluso rechazando los procedimientos. PFE.6

 Otorgar, el personal de Salud, a los pacientes y/o sus familiares que asisten a los Programas de Educación para la Salud (información, orientación, capacitación y psicoeducación) el Material Escrito a fin de reforzar y mejorar la compresión de la educación otorgada. PFE.6

Proporcionar, el personal de salud, al paciente y sus familiares sesiones de información, orientación, capacitación y psicoeducación con base en un programa previamente elaborado, el cual se dirigirá a nivel individual, familiar o grupal para pacientes y sus familiares, con el propósito de que adquieran conocimientos sobre los padecimientos y desarrollen estrategias para lograr una participación efectiva en el proceso de su atención que mejore la calidad de vida del paciente.

PFE.8

 Otorgar, el personal de trabajo social, a los pacientes y/o sus familiares que asisten a los cursos de Educación para la Salud, el Contenido Temático, en un lenguaje e idioma claro y comprensible, a fin de reforzar y mejorar la compresión de la educación (psicoeducación) otorgada. MCI.13.1

POLITICAS DEL PROCEDIMIENTO

 Realizar la intervención de Educación para la Salud a los pacientes y/o a sus familiares, por indicación del Área Médica o interés profesional del propio trabajador social, con base a la Evaluación de Necesidades Educativas.

 Registrar en el Formato INPDSCEC-01-12 Evaluación y registro de acciones educativas otorgadas al paciente y su familiar, la educación que se otorga al paciente y a sus familiares.  Realizar acciones de Educación para la Salud contando con el consentimiento del usuario

involucrado, ya sea paciente y/o familiar.

 El Programa de Educación para la salud, ya sea individual, familiar o grupal, deberá estar integrado por:

- Carátula. - Índice.

- Ficha Descriptiva (Nombre del Programa, sede, modalidad, nombre del responsable, dirigido a,

duración, cupo mínimo – máximo, fecha de inicio, Servicio).

- Fundamentación teórica. - Justificación.

- Objetivo general y específicos. - Metas.

- Límites (universo, espacio, tiempo). - Metodología.

- Contenido temático. - Actividades.

- Organización.

- Recursos (humanos, materiales, financieros). - Control: Lista de asistencia.

- Evaluación.

- Referencias bibliográficas.

Elaborar un informe final a la conclusión del programa de Educación para la salud, que incluya:

- Evolución de la intervención. - Gráficas de asistencia.

- Interpretación y evaluación del proceso. - Conclusiones.

- Sugerencias.

 Entregar el informe final dentro de 10 días hábiles a partir de la fecha de conclusión del Programa de Educación para la Salud a la Jefatura de Departamento y/o Jefa de Área.

Registrar la actividad realizada para su incorporación en el informe mensual. 3.4 La Subdirección de Hospitalización a través del Área Médica será responsable de:

POLITICAS GENERALES

 Requisitar, el personal médico, los datos de identificación del paciente y el apartado I del Formato Evaluación de Necesidades Educativas y Registro de Educación y Capacitación Otorgadas a la/el Paciente y su Familia, al inicio de la atención, en un plazo no mayor de 24 horas de hospitalización, que incluye: PFE.2

a) Evaluación inicial de necesidades educativas de la/el paciente y su familiar, (nivel de alfabetización, grado de escolaridad, idioma, religión y comunicación predominante); b) La identificación de creencias y valores, barreras emocionales y motivacionales,

limitaciones físicas y cognitivas;

c) La disposición del paciente para aprender y recibir información; la educación otorgada al paciente y su familiar;

d) y la habilidad para realizar procedimientos.

3.5 Áreas Adscritas: Subdirección de Hospitalización (Departamento de Enfermería, Departamento de Trabajo Social y Área de Nutrición).

4.

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

A) ELABORACIÓN DEL PROGRAMA.