Desde una concepción actualizada, la evaluación aparece como un instrumento al servicio del proceso de enseñanza y aprendizaje, integrada en el quehacer diario del aula y del centro educativo. Además, debe ser el punto de referencia en la adopción de decisiones que afectan a la intervención educativa, a la mejora del proceso y al establecimiento de medidas de refuerzo educativo o de adaptación curricular.
Planteamos la evaluación como una actividad básicamente estimativa e investigadora. Por ello, facilita el cambio educativo y el desarrollo profesional de los
docentes, pues afecta no sólo a los procesos de aprendizaje del alumnado, sino también a los procesos de enseñanza y a los proyectos curriculares.
6.1- NORMATIVA
La normativa que determina este apartado viene especificada en las siguientes referencias:
Educación Secundaria Obligatoria
Orden de 10 de agosto de 2007, por la que se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de educación secundaria obligatoria en la Comunidad Autónoma de Andalucía (B.O.J.A. 23-08-2007).
Instrucciones de 17 de diciembre de 2007, de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa.
Anexo II (objetivos, contenidos y criterios de evaluación de cada materia y contribución de las mismas a la adquisición de las competencias básicas) del Real Decreto 1631/2006.
Formación Profesional Básica
Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, por el que se regulan aspectos específicos de la Formación Profesional Básica y la Orden de 9 de junio de 2015.
6.2- ASPECTOS GENERALES DE LA EVALUACIÓN
El procedimiento de evaluación es uno de los principales en el desempeño de la docencia por cuanto permite conocer el grado y la forma en que se va desarrollando el aprendizaje y las estrategias que se deben adoptar para reconducirlo. Es por ello que este proceso abarca tanto los aspectos formales como todos los que están directamente vinculados a él:
• Redacción clara de los criterios de evaluación generales y específicos en las programaciones didácticas.
• Redacción clara de los criterios de calificación y corrección específicos de las pruebas escritas y de las evaluaciones en las programaciones didácticas.
• Expresión de los criterios de recuperación de áreas, módulos o materias no superados. • Expresión de los criterios de calibración entre el profesorado que imparta un mismo módulo
• Expresión de la homogenización en los criterios de corrección de pruebas y calificación. El alumnado tiene derecho a ser evaluado conforme a criterios de plena objetividad, así como a conocer los resultados de sus aprendizajes, para que la información que se obtenga a través de los procedimientos informales y formales de evaluación tenga valor formativo y lo comprometa en la mejora de su educación.
El centro hará públicos, cada curso escolar, los criterios de evaluación comunes y los propios de cada materia, así como los criterios de calificación de los diferentes instrumentos utilizados (incluidos en la programación de cada departamento de coordinación didáctica) que se aplicarán para la evaluación de los aprendizajes incluidos en la programación de cada departamento didáctico.
El alumnado podrá solicitar al profesorado responsable de las distintas materias aclaraciones acerca de las evaluaciones que se realicen para la mejora de su proceso de aprendizaje. Asimismo, los padres, madres o tutores legales ejercerán este derecho a través del profesor tutor o profesora tutora.
6.3- CRITERIOS DE EVALUACIÓN COMUNES
• A los alumnos se les evaluará tomando como referente las competencias básicas a superar, expresadas en el art.6 del Decreto 231/2007, de 31 de julio y las competencias clave expresadas en el art. 2 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre.
• Será cada profesor en su materia quien, aplicados los medios y criterios propios de evaluación, decida si cada alumno ha superado los objetivos y contenidos propios de su materia que conducen a la adquisición de las competencias básicas.
• Las competencias que han de adquirir los alumnos a través de los objetivos y contenidos de cada materia deben entenderse como capacidades o destrezas adquiridas y su utilización y aplicación. Los criterios de evaluación que apliquen los profesores de cada materia irán en consonancia con ello.
• Todos los profesores tomarán en cuenta a la hora de evaluar el esfuerzo y trabajo continuado de los alumnos como valor positivo a inculcar y exigir.
• En los casos de alumnos que han demostrado un trabajo y esfuerzo continuados, pero no han alcanzado los objetivos previstos por la materia para su superación, será considerado en la evaluación final si ha alcanzado las competencias básicas de una forma razonable y que no impida su evolución positiva en el futuro.
• Los criterios de evaluación establecidos en el Programa para la Mejora del Aprendizaje y Rendimiento y en el Programas de Diversificación Curricular, así como en las adaptaciones curriculares, serán los referentes fundamentales para valorar el grado de adquisición de las competencias básicas y clave y los objetivos generales. En los casos en los que se hayan adoptado medidas de refuerzo educativo, se valorará la evolución del proceso de aprendizaje de manera individualizada.
Los siguientes criterios de evaluación se aplicarán positivamente junto a los propios de cada materia que se recogen en las programaciones didácticas:
• Adquisición de competencias básicas y clave. • Aplicación de métodos de diferentes campos.
• Aplicar a la resolución de problemas estrategias coherentes y adecuadas. • Trabajo diario, participación y esfuerzo personal.
• Traer el material necesario para la materia y mantener el orden y la limpieza en el material. • Integrarse en el grupo asignado trabajando con cooperación, solidaridad y respeto,
intercambiando ideas y asumiendo sus tareas y responsabilidades.
• Participar en clase de forma activa, correcta y solidaria, respetando a los compañeros/as y al profesorado.
• Participar en la dinámica de la clase (realización de actividades, aclaración de dudas, demostración de contenidos a lo largo del curso), comprender el contenido de los mensajes orales y escritos aplicando las técnicas de estudio (resúmenes, subrayados, idea principal, etc.)
• Utilización de las diferentes fuentes de información y grado de comprensión del mensaje. • Capacidad para aprender a planificarse, emitir respuestas, ser autónomo y creativo. • Capacidad para expresarse correctamente tanto oralmente y por escrito.
• Práctica de hábitos relacionados con la salud y conservación del medio ambiente. • Capacidad para respetar la cultura propia y la de los demás.
• Observación directa: permite valorar el aprovechamiento del trabajo en el aula, comportamiento y actitud.
• Actividades para realizar en clase y en casa: permiten valorar el grado de asimilación de los conceptos, procedimientos y hábitos de trabajo.
• Control y corrección regular del cuaderno del alumno: en el que queda reflejado el trabajo del alumnado y que permite valorar los procedimientos.
• Valoración del uso de la agenda escolar: como instrumento organizador del trabajo y de comunicación con los padres y madres.
• Pruebas orales o escritas: permiten valorar la asimilación de los conceptos y la expresión oral o escrita.
El proceso de evaluación continua, cuando el progreso de un alumno o alumna no sea el adecuado, hace posible la adopción de medidas de refuerzo educativo. Estas medidas se adoptarán en cualquier momento del curso, tan pronto como se detecten las dificultades y estarán dirigidas a garantizar la adquisición de los aprendizajes imprescindibles para continuar. La evaluación se llevará a cabo a través de la observación continuada de la evolución del proceso de aprendizaje de cada alumno y de su maduración personal, independientemente de las pruebas que se realicen.
Respecto a la E.S.O., tanto la asistencia a clase como la puntualidad y el comportamiento del alumnado no pueden ser considerados como instrumentos de evaluación, por lo que no son calificables. Estos conceptos deben ser corregidos con la aplicación del Plan de Convivencia de Centro o del Programa para la Prevención del Absentismo Escolar.
Las programaciones didácticas especificarán los instrumentos utilizados y, en su caso, fijarán el porcentaje que cada uno de estos instrumentos tendrá en la calificación.
Los procedimientos de los que se valgan los profesores para la toma de datos y evaluación del alumnado han de ser los más objetivos posible, sin menoscabo de los registros de observaciones conductuales, de actitud o aptitudes y conocimientos demostrados por los alumnos en el desarrollo de las clases, incluyendo no sólo las pruebas escritas y orales, sino también trabajos y proyectos presentados, que pueden ser de carácter individual o colectivo.
Los procedimientos de los que se valgan los profesores han de ser fiables y ajustados a las características de la materia. Sus características deben permitir al alumnado, en todo
caso, demostrar todos los conocimientos, actitudes y aptitudes que poseen para la superación de las materias.
Los procedimientos aplicados deben contemplar la recuperación de la parte o del total de la materia que no se hubiere superado en primera instancia.
6.5- CRITERIOS DE CALIFICACIÓN
Cálculo de la calificación trimestral en función de las notas recogidas en el cuaderno de clase del profesor.
Realización de tareas, participación en clase, cuidado del material: 20% en E.S.O. y F.P.B.,
10% en F.P.
COMPETENCIA EN LECTURA: 10% en E.S.O., F.P.B. Se contempla en F.P., pero no es
evaluable es estas enseñanzas. Se establecen tres niveles de competencia: Bueno (1 punto sobre 10), medio o mejorable (0,5 puntos sobre 10) y bajo (0 puntos sobre 10). En los idiomas Inglés y Francés la competencia lectora se evalúa en el idioma propio de de la materia, no en español.
CONTENIDOS PROPIOS DE LA MATERIA: 70% en E.S.O., F.P.B., 90% en F.P.
• Debe evaluarse a través de instrumentos variados, no solamente a través de exámenes. Por tanto, se incluirán también trabajos de ampliación e investigación, actividades en clase, revisión de cuadernos en E.S.O., y todos aquellos que el departamento considere, dejando claro en las programaciones de cada uno la valoración que se les da en el cálculo de este apartado.
• Los exámenes y demás pruebas de evaluación deben incorporar el baremo de calificación junto a cada pregunta, ítem o actividad.
• En cualquier caso, los instrumentos y criterios propios de cada departamento deben ser comunes para todos los profesores y alumnos que imparten la misma materia en el mismo curso y nivel, exceptuando aquellos alumnos que tengan adaptación curricular significativa.
• Las actividades complementarias deben ser evaluadas mediante test, cuestionarios y otros instrumentos que demuestren el grado de adquisición de objetivos que se pretenden con la actividad. El conjunto de actividades complementarias se evaluará como máximo con 0,5 (medio) punto sobre 10 de la nota trimestral.
REDONDEO. Las calificaciones trimestrales se expresarán en números enteros. En
caso de que el resultado de aplicar los porcentajes anteriores al cálculo de la calificación sea un número decimal, se procederá a redondear a la cifra entera mayor próxima cuando
la parte decimal sea igual o mayor a 0,70 (siete décimas) y a la cifra menor próxima cuando sea menor que 0,70 (siete décimas).
6.6 SESIONES DE EVALUACIÓN
Cada una de las enseñanzas que se imparten en nuestro centro establecen en su normativa de evaluación la secuenciación de las sesiones de evaluación, especialmente, las que se refieren a cada Ciclo Formativo, teniendo en cuenta la variable duración de cada uno de ellos.
Cada curso escolar se deberá confeccionar la propuesta de calendario de evaluaciones, sesiones de evaluación, exámenes extraordinarios y fechas de entrega de notas, que se publicarán antes de cada sesión. Este calendario, aprobado por el E.T.C.P., será publicado para el conocimiento de toda la comunidad educativa.
La sesión de evaluación es la reunión del Equipo Docente coordinada por quien ejerza la tutoría para intercambiar información y adoptar decisiones, sobre el proceso de aprendizaje del alumnado, orientadas a su mejora.
A lo largo de cada uno de los cursos, dentro del período lectivo ordinario, se realizarán las siguientes sesiones de evaluación para cada grupo de alumnos y alumnas de las enseñanzas impartidas, excepto los 2º de CC. FF. y aquellas en cuya normativa no se contemple:
• Una correspondiente a la Evaluación Inicial con el fin de conocer y valorar la situación inicial del alumnado en cuanto al grado de desarrollo de las competencias básicas y al dominio de los contenidos de las distintas materias, antes de finalizar el mes de octubre. Dicha evaluación inicial será el punto de referencia del equipo docente para la toma de decisiones relativas al desarrollo del currículo y para su adecuación a las características y conocimientos del alumnado.
• A lo largo del curso, tres sesiones de Evaluación que podrían coincidir con el final de cada trimestre del calendario escolar. La última, en el mes de junio, coincidirá con las denominadas Evaluación Ordinaria o Final, según la enseñanza, y en la que se valorará el progreso global de cada alumno/a en las diferentes materias o módulos, en el marco del proceso de evaluación continua llevado a cabo
• Una última, Evaluación Extraordinaria, en el mes de septiembre, tras la Prueba Extraordinaria de las materias no superadas, que será del tipo que se le indique en el informe de evaluación que se le entregue junto a las calificaciones finales de junio y comprenderá los contenidos indicados en dicho informe.
La calificación que se obtendrá en la Prueba Extraordinaria de septiembre será el resultado de la ponderación de la calificación de las actividades que se hayan presentado y la calificación del examen, según el criterio siguiente:
70% controles y 30% actividades mandadas para el verano (E.S.O.)
La valoración será la indicada en todas las áreas de los departamentos, con la salvedad de las materias prácticas, donde el 100% se destinará al trabajo realizado durante el verano, o las plenamente teóricas, donde el 100% se destinará al examen.
La valoración y baremo de calificación de las actividades y trabajos recomendados a los alumnos para su realización durante el período de vacaciones debe quedar expresado de forma clara en el mencionado informe. Para efectuar el redondeo de las calificaciones se aplicará la norma expuesta más arriba.
Los CC.FF., dada la naturaleza de su organización, cuentan, además, con otros tiempos de evaluación. Podrán desarrollarse, para la obtención del título de Técnico o Técnico Superior, dos convocatorias de Evaluación Excepcional, coincidiendo con la finalización de los módulos de F.C.T. y/o Proyecto Integrado tanto en la primera como en la segunda evaluaciones. En el caso de evaluar los módulos pendientes de títulos de CC. FF. derogados, coincidirá la evaluación de aquéllos con el calendario de evaluaciones general del centro, contando con evaluaciones primera, segunda y final. La ordinaria es en mayo y extraordinaria en junio
6.7- ORGANIZACIÓN DE LA EVALUACIÓN
El proceso de evaluación se organiza en torno a reuniones de equipos docentes y a sesiones de evaluación.
Las reuniones de equipos docentes serán convocadas por el tutor o tutora de acuerdo al calendario elaborado por Jefatura de estudios y cuando sea necesario tratar cuestiones relativas al proceso de evaluación continua del alumnado.
La sesión de evaluación se realizará por el equipo docente, constituido por todos los profesores y profesoras que imparten docencia a un mismo grupo de alumnos y alumnas.
Este equipo docente, coordinado por el profesor tutor o tutora y asesorados por el Departamento de Orientación, actuará de forma colegiada en la adopción de las decisiones resultantes del proceso evaluador.
El desarrollo de las sesiones de evaluación se ajustará a las siguientes pautas: • La sesión de evaluación estará presidida por el tutor o tutora y asistirá un miembro de la
Jefatura de estudios, En cualquier caso, un miembro del Equipo directivo estará a disposición del Equipo docente durante el desarrollo de las sesiones de evaluación.
• El tutor o tutora hará una valoración del grupo sobre resultados obtenidos y presentará las propuestas colectivas e individuales que se puedan derivar de los mismos.
• El profesor o profesora decidirá la calificación obtenida en la materia que imparte e informará al resto del equipo docente sobre las medidas adoptadas, si procediera.
• El Departamento de Orientación aportará información pertinente sobre entrevistas o pruebas en relación al alumnado.
• Se analizarán los progresos y dificultades del alumnado con el fin de adecuar la intervención educativa a las necesidades detectadas.
• Se adoptarán las oportunas medidas de atención a la diversidad que garanticen la adquisición de competencias en el proceso de aprendizaje.
• El alumnado representante de cada grupo podrá asistir al inicio de las sesiones de evaluación, salvo a las que con carácter final tengan lugar en junio o septiembre. Estos representantes podrán exponer cuestiones generales que afecten al grupo y que previamente habrán sido tratadas en el mismo con la coordinación del tutor o tutora.
• El/la tutor/a de cada grupo levantará acta del desarrollo de las sesiones, según el modelo facilitado por Jefatura de estudios, en la que se harán constar los acuerdos y decisiones adoptados, así como las medidas para la mejora individual del alumnado. La valoración de los resultados derivados de estos acuerdos y decisiones constituirá el punto de partida de la siguiente sesión de evaluación.
Todo el procedimiento de gestión de las evaluaciones se realizará por medio de la aplicación Séneca.
Los resultados de cada sesión de la evaluación quedarán reflejados en la aplicación Séneca.
En las sesiones de evaluación se acordará también la información que, sobre el proceso personal de aprendizaje seguido, se transmitirá a cada alumno/a y a su padre, madre o tutores legales. Dicha información será individual y no comparativa.
6.8- EVALUACIÓN DEL ALUMNADO CON NECESIDADES ESPECÍFICAS DE APOYO EDUCATIVO
El proceso de evaluación del alumnado con N.E.E. tendrá en cuenta las siguientes consideraciones:
• Durante el desarrollo de la evaluación continua, se adoptarán las medidas de atención a la diversidad que procedan cuando el progreso de un alumno o alumna no sea el adecuado. Del mismo modo, se revisarán las medidas ya adoptadas por si procediera modificarlas. • El alumnado con adaptaciones significativas se evalúa según los criterios de evaluación
fijados en dichas adaptaciones y promocionarán o titularán conforme a los criterios sobre promoción y titulación recogidos en este apartado.
• Los contenidos se podrán agrupar en ámbitos.
• La calificación en la materia objeto de la adaptación será emitida por el profesor o profesora de la misma, asesorado por el especialista en Pedagogía Terapéutica.
• El alumnado de programas para la mejora del aprendizaje y rendimiento y de diversificación curricular se evaluará conforme a los criterios específicos recogidos en este apartado. • La evaluación del alumnado con severas carencias en lengua española tendrá en cuenta
los informes sobre competencias lingüísticas que elabore el profesorado responsable del apoyo lingüístico.
• El trabajo en clase se realizará de forma coordinada entre el profesor o profesora de la materia y el Departamento de orientación, principalmente con el especialista en Pedagogía Terapéutica.
• Se harán constar en el boletín de calificaciones las medidas curriculares adoptadas.
• Además, en la evaluación del alumnado con N.E.E. se hará necesario introducir nuevos instrumentos de evaluación y se podrán modificar los criterios comunes de evaluación que se especificarán en las adaptaciones correspondientes. Entre otros, se tendrán en cuenta los siguientes criterios específicos:
• Habilidades psicomotoras • Autonomía
• Desarrollo conceptual • Interacción con el entorno • Ritmo de trabajo personal
6.9- PARTICIPACIÓN DE LAS FAMILIAS Y EL ALUMNADO EN EL PROCESO DE EVALUACIÓN
Las siguientes medidas pretenden ser garantes del derecho a la participación en el proceso de evaluación de las familias y alumnado, según se recoge en el Art. 3 del Reglamento orgánico de los Institutos de Secundaria, y el Art. 9 de la Orden de 10 de Agosto de 2007 sobre evaluación y el Art. 11 de la orden de 25 de julio de 2008 sobre atención a la diversidad:
1. La sesión de tutoría, bien grupal o individualizada, garantizará en todo momento a las familias y al alumnado el derecho a la información y aclaración sobre cuantas decisiones se adopten en el proceso de evaluación de sus hijos o hijas.
2. Los procedimientos formales y criterios de evaluación serán conocidos por el alumnado y familias al inicio de curso.
3. Los acuerdos o medidas específicas que el equipo docente adopte sobre algún alumno o alumna se comunicará a los padres o tutores legales.