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Por último deseo aclarar que este sencillo estudio sólo pretende abrir una puerta más hacia la responsabilidad ética y moral que tenemos unos con otros, por eso me he apoyado

Capítulo 1 IDENTIDAD PERSONAL

1.7 Identidad ipse

1.7.5 Promesa e ipseidad

Además Greisch78 realiza un estudio hermenéutico de la promesa en donde profundiza el concepto de ipseidad, para ello se cuestiona cuatro cosas, a saber: 1) ¿Quién puede prometer?, 2) ¿quién realiza acciones llenas de promesa?, 3) ¿qué nexo podría haber entre la promesa y el hecho de narrarse?, y 4) ¿qué quiere decir asumir la responsabilidad de sus promesas?

Para reflexionar sobre la primera pregunta ¿quién puede prometer?, parece que no es suficiente la cuestión semántica de la referencia identificante ni la cuestión pragmática del sujeto de la enunciación, porque ambas cosas no nos permiten aprehender el fenómeno de la promesa. Cambiando un poco la perspectiva teórica y teniendo en cuenta la identificación de una persona que puede realizarse mediante su

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cuerpo de tal manera que al verlo identificamos inmediatamente al sujeto poseedor de ese cuerpo, en atención a su mismidad; esta mismidad nos permite clarificar la perspectiva interna de la posesión de sí mismo que tiene dicha persona y así caer en la cuenta de su ipseidad y la capacidad que conlleva de poder prometer. Aquí lo que se toma en cuenta es la auto-ascripción que el individuo realiza para que la fenomenología de la promesa se establezca de manera confiable.

Así podemos afirmar que el sujeto de la acción, que además es el individuo congruente consigo mismo, es la persona capaz de dar fe de su ipseidad y por lo tanto es la persona que puede prometer.

En cuanto a la segunda pregunta ¿quién realiza acciones de promesa?, se puede clarificar mediante la distinción conceptual entre ‘llegar’ (los eventos llegan, se presentan, suceden) y ‘hacer llegar’ (que implica acción, efectuación, voluntad). Lo que hace la enorme diferencia entre evento y efectuación es la intención, pues los sucesos acaecen en forma independiente o muy mediatizada de los sujetos; en cambio las acciones conllevan una decisión de hacer o producir algo de acuerdo con la intención anticipada. Pero al actuar la persona y al tener la ‘intención de’ aparece la capacidad del acto de prometer y entonces sus acciones realizadas bajo la impronta del compromiso y de la fidelidad a sí mismo, o sea mediante su ipseidad, se convierte en el quién que realiza acciones que pueden estar llenas de promesa. Por supuesto que la pregunta de quién promete hace referencia a las personas que no padecen enfermedades mentales o deficiencias que convierten al sujeto en no responsable de sus actos.

Pasando a la siguiente pregunta ¿qué nexo podría haber entre la promesa y el hecho de narrarse? Se ha reiterado suficientemente que la identidad de la persona como ipseidad se manifiesta a través de la promesa y que el carácter es el guardián de la identidad como mismidad; la identidad ipse se mantiene en el tiempo como una

perseverancia que está muy por encima de los acontecimientos y del devenir temporal, y la identidad idem se mantiene en el tiempo con los cambios o modificaciones que no alteran el reconocimiento de la persona.

Lo que podríamos decir que caracteriza a la identidad narrativa es la acción que transcurre a través del tiempo y que puede ser relatada con toda la carga de adscripción e imputabilidad pertinentes. De esta manera vemos al narrar cómo el sujeto pone especial cuidado en algunas de sus acciones y observamos el esmero con que las realiza. El cuidado es el nexo entre la narración y la promesa; la autenticidad del sí mismo se proyecta como cuidado de sí que se realiza con y hacia el otro. El cuidado que involucra la promesa es una manifestación de la ipseidad y del hecho de narrarse como sujeto de adscripción e imputación en relación con el otro.

Por otro lado “decir que la auténtica ipseidad comporta siempre un momento de desposesión del sí no lo arrastra a su completa neutralización. Si ese fuera el caso, la identidad del otro desaparecería también: no hay alteridad sin ipseidad, y viceversa”79, con esto se añade la unión estrecha que se da entre ipseidad-alteridad y, por consiguiente con la identidad narrativa que es la capacidad de exponer en un relato toda nuestra vida.

En cuanto a la última pregunta ¿qué quiere decir asumir la responsabilidad de sus promesas?, partimos de que la facultad de prometer nos remite al hecho de mantener (o no) la palabra dada y ya hemos dicho que el hecho de mantener la palabra se apoya en la fidelidad y la fidelidad implica responsabilidad, soy fiel y leal al otro y precisamente por eso asumo la responsabilidad de mi promesa en su unicidad e incluso asumo mi propia fidelidad.

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Aquí se abre un paréntesis para comentar lo que Ricœur dice acerca de la falsa promesa a otro, que además de significar que se toma a la persona como medio y no como fin; es decir, donde tratarlo como un medio es una manera de violentarlo; llega a ser una “violencia en el uso del lenguaje en el plano de la interlocución”80. La falsa promesa resulta ser una agresión al otro y hace debilitar el nexo entre ipseidad y alteridad del sujeto que promete falsamente, y la institución que es el lenguaje, queda a su vez invalidada de cierta forma, pues la persona traicionada se refugia en la pérdida de credibilidad hacia la palabra dada.

Por lo tanto, como indica Greisch, deberíamos contar con que todas las formas jurídicas de la promesa estuvieran sólidamente ancladas en el fenómeno ético de la solicitud y de la confianza; porque asumir la responsabilidad de una promesa va más allá del lenguaje, involucra la fidelidad del sí mismo en el modo de la ipseidad; para que el ‘puedes contar conmigo’ dirigido al otro sea la respuesta a su llamado implícito ‘espero que tú mantengas tu palabra’.