Capítulo III El Régimen de Pasantías en Nicaragua
3. PROPUESTAS A DIVERSOS SECTORES PARA UNA FUTURA
Basándonos en el protocolo mínimo de regulación de las pasantías que realizó Ruiz Alemán (2018) proponiendo a los sectores de la sociedad, universidades y el gobierno una serie de recomendaciones a tomar para colaborar en la creación de leyes que controlen las pasantías y el primer empleo, la apertura de plazas de trabajo para los jóvenes sin experiencia, elaboración de políticas públicas como planes de desarrollo juvenil educacional y laboral; por tanto, contemplaremos a los sectores que tienen el deber y la potestad de proponer una futura legislaciones o protección a las y los pasantes durante su desempeño:
1. A la comunidad universitaria: Tienen el deber de informarse y organizarse para enfrentar los desafíos que afronta el país en materia de empleo juvenil, de acuerdo a liderazgo estudiantil universitario que retome el tema de las pasantías como el primer vínculo laboral que tienen los jóvenes y respecto a las universidades, deben asumir su rol social en vincular a los estudiantes en la formación, proceso productivo y las necesidades objetivas del desarrollo económico mediante programas de pasantías bajo condiciones mínimas a los pasantes y en alianza con los sectores productivos de país.
2. Al Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación (CNEA): Además de aprovechar su mandato, es necesario que garanticen mediante sus facultades la incorporación formal de las pasantías dentro de los pensum universitarios e igualmente tratar de homologar los procedimiento y requerimientos de estos programas para la educación superior y educación técnica.
3. A las empresas, organizaciones e instituciones: Continuar y ampliar los programas de pasantías existentes dentro de su marco normativo. De igual manera, garantizar las condiciones mínimas a las y los pasantes, y se permita
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mejorar los beneficios generados por estos recursos humanos en etapa de formación.
4. Al gobierno e instituciones públicas: Presentar y proponer al país la información sobre los programas planificados en el Plan Nacional de Empleo y Trabajo Digno y Decente para las Juventudes (2012-2016) y proponer un diálogo con todos los sectores para planificar sobre el empleo y trabajo para la juventud.
5. A las y los diputados de la Asamblea Nacional: Promover iniciativas y aprobar la regulación de régimen de pasantías, conforme al diálogo y consultas con los actores que intervienen dentro de esta modalidad.
6. A las organizaciones de sociedad civil: Continuar con los esfuerzos para evidenciar la problemática que atraviesa la juventud nicaragüense, en especial a egresados de las universidades que tratan de insertarse inmediatamente en el mundo laboral; con el objetivo de aprovechar el bono demográfico en beneficio de desarrollo económico y formativo de país.
101 CONCLUSIONES
Con el desarrollo del presente trabajo investigativo se concluye que:
1. Se demostró que la definición de pasantía se encuentra desligada a lo que comprende la práctica preprofesional y el aprendiz; acepciones que suelen ser utilizadas de la misma forma y para referirse a uno solo de estos tres conceptos. 2. Se observó que la relación laboral es un concepto estrechamente relacionado con las pasantías, porque si bien la naturaleza jurídica no es la misma, poseen elementos que los relacionan entre sí; y esta última crea la primera experiencia de la o el joven en el ámbito laboral.
3. Diferentes países de Latinoamérica poseen una normativa legal dedicada a regular las modalidades formativas que abordamos en la presente investigación y en especial las pasantías, a fin de establecer condiciones que permitan al pasante desempeñarse de manera óptima en el centro donde desarrolle sus pasantías.
4. De las legislaciones comparadas analizadas, se pueden extraer ciertos elementos que pueden ser útiles y aplicables para la creación de una normativa que pudiese regular el régimen de pasantías en Nicaragua.
5. Se encontró dentro del Sistema de Seguimiento de Ley nicaragüense (SILEG) dos iniciativas y un anteproyecto de ley facilitada por la titular de esa creación, que se dedicarán a regular el régimen de pasantías y de primer empleo en Nicaragua, así como la creación de una figura contractual que permitiría una oportunidad a los jóvenes de obtener un empleo; sin embargo, dichas iniciativas y anteproyectos no continuaron el proceso de formación debido a que, no fueron impulsadas por los titulares y se archivaron, terminando con el afán de los sectores más necesitados en la regulación de esta modalidad formativa.
6. Determinamos que existen diferentes preceptos normativos en la legislación nicaragüense que, son capaces de dar origen a una iniciativa de ley que se dedique a regular las pasantías.
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7. Se determinó que no existe en la legislación nicaragüense una norma legal o administrativa que dedique su contenido a regular las pasantías; sin embargo el Instituto Nicaragüense de Seguridad Social (INSS) se pronunció respecto a la afiliación de los pasantes al régimen de seguridad social, el cual dice que se considera como no afectos al seguro social los practicantes en período de pasantía en las diferentes empresas o instituciones con un período hasta de un año; no con esto los Empleadores quedarán exentos de los establecidos en el artículo 113 y 114 del Código del Trabajo; limitando el accionar estatal a las prácticas existentes dentro de las empresas privadas, creándose una antinomia jurídica entre dos normas de diferente rango y existiendo una primacía de la resolución dictada por el Instituto Nicaragüense de Seguridad Social INSS. 8. Se observó que las pasantías pueden ser utilizadas por los empleadores como
una forma de reducir gastos administrativos y evitar el pago de tributos como el de la renta laboral y contribución especial; a su vez la inexistencia de una normativa que los proteja los expone a inseguridades y abusos por parte de los empleadores.
9. Se demostró la falta de implementación real de planes gubernamentales dirigidos a regular este tipo de modalidad formativa y su omisión a presentar informes de dichos planes hacia la ciudadanía.
10. Consideramos que una ley de pasantías y afiliación a la seguridad social en Nicaragua debe crearse para la protección de las y los pasantes; sin embargo, no es viable en la actualidad que dicha propuesta se materialice; debido a la realidad sociopolítica y económica que vive Nicaragua; ejemplo claro de esto son los despidos de personal por la incapacidad de las empresas para mantener el personal y, por lo tanto, priorizan sus gastos administrativos originando el flujo masivo de jóvenes entre la edad de 18 a 30 años en busca de una oportunidad de empleo o experiencia laboral. Además, la inclusión de las y los pasantes al Instituto Nicaragüense de Seguridad Social provocaría un desequilibrio en las finanzas empresariales y no oxigenaba al déficit que atraviesa el INSS.
11. El gobierno y los sectores privados están desaprovechando el bono demográfico o período donde la población activa e inactiva en edad de trabajar
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supera en cantidad a las personas económicamente dependientes (niños y adultos mayores) a fin de incluirlos dentro de su producción y logren adquirir experiencia laboral dentro de su etapa más álgida de formación y contribuyan a la economía nacional.
12. Durante más de una década, el gobierno y la empresa privada mantuvieron buenas relaciones en materia económica y también política; por ende, toda iniciativa de ley presentada ante la Asamblea Nacional que estuviese relacionada a las pasantías no se le daba el trámite correspondiente, sólo cumplía el proceso de formación de ley en caso de existir un respaldo de la empresa privada; por consiguiente, ambos sectores tenían intereses propios y no en base a la ciudadanía.
13. Respecto al órgano legislativo, en este caso la Asamblea Nacional, no propicia las condiciones para que se dé la creación de una normativa de este tipo, debido a sus diferencias políticas y personales que presentan durante la presentación de las iniciativas de ley, además de existir un control partidista que no otorga legitimidad a las acciones que se tomen en el pleno.
14. Solamente es aceptable una ley de pasantías en Nicaragua con un gabinete gubernamental que impulse primero una educación de calidad y posteriormente trate de legalizar las modalidades formativas que existen dentro de los sectores públicos y privados con la finalidad de generar confianza y respaldar las acciones tomadas por las y los jóvenes para su aprendizaje vocacional. Respecto al tema de la afiliación de los pasantes a la seguridad social, resaltamos que solo podría cumplirse esta premisa con el objetivo de que la o el pasante se le reivindique su derecho a la salud y de la seguridad social, y que esta medida sirva para aliviar el déficit que presenta el Instituto Nicaragüense de Seguridad Social.
104 RECOMENDACIONES
Nuestras recomendaciones están dirigidas a la mayoría de sectores que mencionamos anteriormente, conforme al contenido abordado en la presente investigación y el criterio objetivo hacia los distintos sectores, por lo que nos dirigiremos a continuación conforme a nuestros pedimentos en el contexto que se ha sumido el país debido a la crisis sociopolítica y económica que vive Nicaragua:
1. Al Poder Ejecutivo y sus diferentes instituciones; deberá buscar una solución a la crisis sociopolítica originada a partir de abril del 2018 por los medios alternos a la resolución de conflictos, manteniendo el orden democrático y encaminando al país a un proceso de paz. Posterior a lo ocurrido durante esos sucesos se ha producido una masiva migración de nicaragüenses por razones de persecución política, falta de empleos y en búsqueda de oportunidades, siendo los que más han emigrados las personas aptas para laborar, desencadenando una crisis económica en escala que pronto afectará a más familias nicaragüenses y principalmente a los jóvenes entre 18 y 30 años. De igual manera concertar con la empresa privada para promover, desarrollar y planificar programas en pro del desarrollo y atribución de conocimientos, como por ejemplo una ley reguladora de las pasantías y/o el primer empleo con la garantía de afiliación a la seguridad social dentro de las instituciones públicas o privadas y dirigida a las y los jóvenes egresados, en situaciones de desempleo o empleo informal para contrarrestar los niveles de flujos de talentos que emigran año con año y más durante los acontecimientos de 2018 y reducir los índices de desempleo o empleo formal, aprovechando el bono demográfico que atraviesa la región latinoamericana. En caso de no existir una pronta respuesta estatal, se perdería la posibilidad de que esa fuerza laboral joven se envejezca o trabaje en puestos de otra naturaleza debido a la falta de oportunidades y que esos planes sean informados a la población en base al Presupuesto Nacional de la República conforme a datos veraces y objetivos de cada proyecto.
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2. El Consejo Superior de la Empresa Privada (COSEP); deberá asimilar las diferencias existentes con el gobierno en turno a partir de abril del 2018 y consensuar por los medios alternos a la resolución de conflictos los puntos esenciales para lograr el objetivo primordial de cada nicaragüense que es conducir el país por el camino de la paz y prosperidad, sin afectar a la población en las decisiones que se tomen. Así mismo, crear, planificar y concertar y negociar los planes de desarrollo formativo con el gobierno en turno, para las y los jóvenes en el país, de modo que, se puedan insertar dentro de la empresa privada para la realización de la actividad formativa que ostente y dejar atrás el discurso de que no hay pasantes dentro de las empresas privadas y que no deberían cotizar para la seguridad social. Por último y muy importante, reconocer las prácticas laborales encubiertas existentes de los actuales compromisos verbales en que se realizan las pasantías, a fin de generar transparencia y confianza a la ciudadanía y en especial a aquellos jóvenes que desean integrarse dentro de sus conglomerados para aprender, reforzar conocimientos, obtener competitividad y aportar ganancias a la institución donde laboran.
3. La comunidad universitaria y el Consejo Nacional de Universidades; deberán Coordinar, apartar las diferencias políticas entre las universidades privadas y el CNU, para unir esfuerzos en integrar a las y los jóvenes recién egresados mediante convenios o contratos de pasantías capaces de introducir a esa juventud a su primera experiencia laboral y acumularla a fin de ulteriores puestos de trabajo acordes a sus conocimientos y desarrollar una política interna que reconozca la actividad formativa mediante un certificado expedido por ambas instituciones que demuestre la duración y entrega de la o el pasante. 4. Los diputados y las Diputadas deberían crear, consultar y promover iniciativas de ley para la regulación de las pasantías en Nicaragua, de acuerdo a las facultades que les otorga la Ley Orgánica del Poder Legislativo, además de llegar a un consenso en el Pleno de la Asamblea para la promulgación de normativas que vayan a organizar y mejorar los derechos a la población o sectores más necesitados, sin distinciones de credo e ideología política, y se
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logre buscar el camino más factible para la solución de discrepancias dentro del órgano legislativo y se pueda resolver la crisis que afecta a la nación.
5. Las organizaciones de sociedad civil nicaragüense; deberán seguir impulsando y aliarse con diputadas o diputados de la Asamblea Nacional que están interesados y preocupados por la situación económica y laboral que presentan los jóvenes en Nicaragua para la regulación de las pasantías dentro de los sectores públicos y privados, también documentar lo relativo a índices de desempleo, empleo informal, migración, políticas estatales o privadas, jóvenes en edad de trabajar y las problemáticas cotidianas que estos presentan a raíz de la situación que aqueja el país, no solo desde abril del 2018, sino desde más de una década y por eso, se trató de crear leyes referentes a la materia en que basamos nuestra investigación, pero nunca se pudo concretar por las buenas relaciones existentes entre el gobierno y sector empresarial.
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