CAPÍTULO III. PROPUESTA
3.1 Tema
3.3.13 Recuperación de Crédito (Cartera Vencida)
COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO SUMAK YUYAY LTDA.
Código PC004
Nombre del Proceso:
Recuperación de
cartera vencida. Responsables:
Jefe de Créditos, Asesor de Crédito, Gerente.
Objetivo: Recuperar la cartera comprometida, mediante el cumplimiento de controles, para disminuir los saldos de cartera en riesgo.
Nº ACTIVIDAD DESCRIPCIÓN RESPONSABLE
1 Notificaciones
1era: Socios con 3 días de mora recibirán la 1 notificación, otorgándole días hábiles para que se acerque a
CANCELAR los saldos
vencidos.*Visita a los morosos, entregando la notificación, en el domicilio o trabajo, caso contrario se entregará el documento a un allegado del socio, dejando constancia con las respectivas firmas.
2da: En el caso de no acatar la disposición de PAGO hasta 15 días calendario de mora, se procederá a entregar la 2 notificación al deudor y garantes, otorgándole un plazo máximo de 2 días laborales para que se acerque a PAGAR las cuotas en mora.
Asesor de Crédito
2 Recuperación Extrajudicial
*Al no cumplir las 2 notificaciones, se procederá con la notificación de carácter EXTRAJUDICIAL, ello es, con firma y sello de abogado.
*Los créditos con las siguientes condiciones deberán ser notificadas con la firma de un abogado colegiado:
-Se encuentren en mora por más de 30 días y no haya existido respuesta a las notificaciones realizadas por el Área de Crédito.
Gerente Jefe de Crédito Asesor de Crédito
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COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO SUMAK YUYAY LTDA.
Código PC004
Nombre del Proceso:
Recuperación de
cartera vencida. Responsables:
Jefe de Créditos, Asesor de Crédito,
Gerente, Asesor
Jurídico.
Objetivo: Recuperar la cartera comprometida, mediante el cumplimiento de controles, para disminuir los saldos de cartera en riesgo.
Nº ACTIVIDAD DESCRIPCIÓN RESPONSABLE
2 Recuperación Extrajudicial
-Aquellos socios que se encuentren 15 días de mora que hayan recibido en cuotas anteriores alguna notificación de Recuperación Extrajudicial. *Si no acata la disposición de pago en el plazo previsto de 24 horas, el Asesor deberá informar al J.C el incumplimiento por parte del socio, y el mismo remitirá la documentación necesaria al abogado para que inicie con el trámite judicial pertinente. Gerente Jefe de Crédito Asesor de Crédito Asesor Jurídico 3 Recuperación Judicial
*De no acatar la disposición de pago en las notificaciones extrajudiciales, se procederá con el trámite judicial pertinente, ello es la ejecución de las garantías o el cobro a los garantes, declarando el plazo vencido la operación, *El proceso de recuperación judicial se ajustará a los plazos y condiciones de avance deljuicio, de acuerdo al reporte mensual sobre la gestión de recuperación que deberá remitir el abogado al Jefe de Crédito.
*La recuperación judicial ira hasta las últimas instancias pertinentes, ello es el secuestro de bienes muebles, embargo y bienes de remate y la declaración de insolvencia, de ser el caso.
Gerente Jefe de Crédito Asesor de Crédito
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COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO
SUMAK YUYAY LTDA. Código PC004
Nº ACTIVIDAD DESCRIPCIÓN RESPONSABLE
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Recuperación Emergente
*Proceso de recuperación emergente de los 100 mayores deudores a partir de 30 días, se considerará lo siguiente:-Los socios en mora a partir de 30 días recibirán una notificación emergente por parte del asesor en el que se establezca un plazo máximo de 2 días hábiles para que se acerque a pagar los saldos vencidos. –Si no cumple la notificación emergente, se procederá a:a.Los créditos vencidos hasta los 60 días se procederá con recuperación extrajudicial.b.Los créditos vencidos a partir de 60 días se iniciara el trámite judicial correspondiente, precediéndose con el juicio de cobro.
Jefe de Crédito Asesor de Crédito
Asesor Jurídico
Controles/Políticas:
Sí el socio se acerca a la Cooperativa a negociar los valores en mora, para que se proceda a otorgarle un plazo adicional sin que se pase a recuperación extrajudicial, el socio deberá pagar al menos la totalidad de los intereses y comisiones por mora, más el 50% de saldo de capital vencido, como mínimo.
En la notificación se les comunicara que tienen la obligación de acercarse en un plazo máximo de 24 horas laborales a CANCELAR los saldos pendientes.
Si el socio se acerca a la Cooperativa a negociar los valores en mora, para que se proceda a otorgarle un plazo adicional sin que se pase a recuperación extrajudicial, el socio deberá pagar al menos la totalidad de los intereses y comisiones por mora, más el 50% del saldo de capital vencido, más los gastos extrajudiciales de recuperación, como mínimo.
Para declarar de plazo vencido un crédito, se esperará 90 días de mora en microcrédito y 120 días en consumo.
El Jefe de Crédito es el responsable del seguimiento del nivel cumplimiento del proceso de recuperación.
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3.3.13.1 Flujo-grama de recuperación de cartera vencida Cooperativa de Ahorro y
Crédito Sumak Yuyay Ltda.
Fecha de elaboración: 02/03/2015 Fecha de autorización: 07/10/2015 Procedimiento: Recuperación de
cartera vencida Versión: 1
Dep. (A) Crédito y Cobranza Dep. (B) Comité de Crédito Inicio
Desarrollo de notificaciones
Notificación al socio al domicilio/trabajo por 3 días de mora
Notificación al socio y garante por 15
días de mora Días hábiles para
pagar No
Si
Fin
Plazo máximo 2 días para pagar No Si Fin B A Notificación extrajudicial, plazo de 24 horas Cancela mora por más de 30 días No Si Fin Remitir la documentación al abogado Cancela No Si Fin Recuperación judicial Ejecución de garantías y cobro a garantes Embargo de bienes, remate y declaración de insolvencia Cancela No Si Fin Recuperación emergente Notificación con plazo máximo de 2 días hábiles Juicio de cobro Tramite judicial correspondiente Fin Cancela No Si Fin Elaborado por: Katerine Cusin Revisado por:
Dra. Germania Arciniegas
Aprobado por:
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