12.1 . DELIMITACIÓN DE UNIDADES DE ACTUACIÓN
2. El viario a desarrollar entre los enlaces de la autovía RM‐2 antedichos, y que además conectará con los dos pasos superiores, uno de nueva
12.2.2. Red viaria interior ( Planos O‐01, O‐02 y O‐03)
La utilización de la mota tiene la ventaja de que se podrían emplear en su ejecución las tierras procedentes de los propios desmontes y movimientos del terreno a practicar en la zona. Afecciones sobre usos del Plan Especial. Además de la imprescindible instalación de las pantallas acústicas antes identificadas en ciertas zonas del frente con la Autovía, la Ordenación y Normas del PE tendrán en cuenta lo siguiente: En la parcela de equipamiento público PP_EP_1 se evitará la ubicación de los usos más sensibles, tales como centros sanitarios, educativos, parques públicos y jardines locales, museos, teatros, centros de cultura, etc. sugiriéndose usos tales como deportivos y similares, servicios de policía, bomberos, etc.
12.2.2. Red viaria interior ( Planos O‐01, O‐02 y O‐03)
La red viaria interior del ámbito estará formada por la integración de la red viaria del Plan Parcial “Sierra de Alhama Golf Resort”, modificada para atender la nueva distribución de Unidades de Actuación del Plan Parcial modificado y la red del ámbito del nuevo suelo no sectorizado.
Se prevé la adaptación del trazado viario paralelo a la autovía, formado por la actual vía de servicio, que se mejora en cuanto a número y sentido de sus carriles de circulación, favoreciendo la fluidez del tráfico de acceso al Parque. Este se apoya en el trazado de las dos líneas del Oleoducto Puertollano Cartagena, a fin de hacer compatible, mediante un adecuado diseño transversal de la vía, el mantenimiento y operatividad del oleoducto sin que ello represente interferencia con el funcionamiento del Parque. Para ello se prevén en las zonas de influencia de la autovía RM‐2, el mantenimiento de la línea de edificación a 50 m. del borde exterior de la calzada. Asimismo no existen accesos directos desde la vía de servicio a los usos inmediatos
51 que se separan de dicha vía de servicio más de 3,00 metros desde el borde de la explanación.
Esta integración de la red viaria se consigue por su carácter de anillo distribuidor apoyado en los nudos de acceso desde la autovía. Se consigue así diferenciar el tráfico dirigido directamente a los aparcamientos del Parque Paramount, del que se dirija al LifeStyle Center con sus distintas áreas hoteleras, comerciales y de ocio, que , a su vez, se estructuran sobre un gran eje longitudinal transversal al anillo que enlaza con el viario de la UA2 en su extremo oriental. Se prevé, además, el transporte ecológico para tránsito interno mediante una red de caminos exclusivos para este tipo de transporte privativo del Parque Temático. Esta red, que incluirá carril‐bici, se conectará con la red ciclista de Alhama de Murcia recogida en el plan Director municipal de la bicicleta, integrándolo en la Agenda 21 del municipio, para lo cual se propone la elaboración de un Estudio de Movilidad Sostenible Territorial que permita el diseño y posterior ejecución de una serie de carriles‐bici que conecten el Plan Especial con los restantes desarrollos urbanísticos del área y el casco de Alhama
52 12.3. ZONIFICACION, ORDENACION PORMENORIZADA Y USOS.
La zonificación y la ordenación pormenorizada, con la especificación detallada de los usos posibles a desarrollar, se define en el conjunto de dos planos, concretamente las referencias O‐04 y O‐05 cuyos títulos corresponden con el epígrafe del presente apartado.
El Plano de Zonificación, elaborado a partir de la definición de la red viaria y aparcamientos públicos, incluye los elementos del sistema general de espacios libres, en los que se integra parte de la red de transporte ecológico con los caminos para el tráfico peatonal y bicicletas o mediante vehículos pequeños, –buggys o minibuses eléctricos‐ para el transporte de personas, así como el camino rural para garantizar la continuidad en los accesos actuales a las fincas agrícolas existentes fuera del ámbito del Plan Especial. También recoge, de forma diferenciada, la zona de equipamiento público de carácter general demandada por las Normas Urbanísticas del Plan General de Alhama de Murcia, y las zonas de equipamiento público local necesarias para garantizar la conservación de la superficie calificada en el Plan Parcial Sierra de Alhama Golf Resort.
En el conjunto del suelo se diferencian tres Unidades de Actuación:
La situada hacia el oeste, coincidente con el ámbito UA1 previsto en la Modificación nº 1 del Plan Parcial Sierra de Alhama Golf Resort, denominada zona Terciaria Turístico‐Recreativa “Parque Temático Paramount”.
La situada al este del conjunto del Plan Especial, denominada UA2 zona Terciaria Turístico‐Recreativa “Complejo LifeStyle Center”.
Por último se delimita una tercera unidad UA3, compuesta por los suelos pertenecientes a los propietarios no integrados en el Proyecto del Parque En la primera se desarrollará el Parque Temático Paramount propiamente dicho, en tanto que la segunda albergará el complejo turístico‐recreativo de apoyo al funcionamiento de aquel.
53 El Plano de Ordenación Pormenorizada y Usos O‐05 desagrega, cada una de estas Unidades de Actuación, en un conjunto de subzonas sobre las que se definen los correspondientes usos dominantes, diferenciados en pormenorizado predominante y compatibles alternativos.
En las Normas Urbanísticas se define el uso pormenorizado predominante de una subzona como el dominante concreto que el Plan Especial asigne a la misma, en tanto que los usos compatibles alternativos son aquel o aquellos, permitidos en la subzona, que pueden sustituir directamente al uso pormenorizado predominante asignado a la misma. Esta propuesta, recogida en las Normas Urbanísticas y que tiene su traducción gráfica en el conjunto de los dos planos citados –Zonificación y Ordenación Pormenorizada y Usos‐ persigue dotar al Plan Especial de la necesaria flexibilidad a la hora de implantar, en cada punto del mismo, los usos concretos que se acaben desarrollando físicamente en cada parcela, flexibilidad imprescindible en un Parque Temático de las características que se vienen contemplando.
Descripción de los usos predominantes y compatibles alternativos previstos en cada una de las subzonas.
a) En la zona Terciaria Turístico‐Recreativa “Parque Temático Paramount” se diferencian las siguientes cinco subzonas:
Parque Temático con uso pormenorizado predominante terciario Parque Temático y usos compatibles alternativos terciario recreativo y terciario comercial.
Alojamiento turístico con uso predominante pormenorizado para hoteles y compatibles alternativos terciario Parque Temático, terciario recreativo y terciario comercial.
Reserva de suelo para una posible ampliación del Parque Temático y/o alojamiento turístico con ambos usos como pormenorizados predominantes y usos compatibles alternativos terciario recreativo y terciario comercial.
54 Aparcamientos privados, diferenciados en aparcamientos para autobuses y
visitantes como usos predominantes pormenorizados.
Subzonas verdes privadas coincidentes con cabezos existentes.
b) En la zona terciaria Turístico‐Recreativa “Complejo Lifestyle Center” se diferencian las siguientes subzonas:
Seis subzonas con uso dominante terciario Alojamiento Turístico y usos alternativos terciario recreativo, terciario comercial, terciario oficinas y equipamiento privado cultural.
Una subzona con uso dominante terciario recreativo y usos alternativos terciario alojamiento turístico, terciario comercial, terciario oficinas y equipamiento privado cultural.
Una subzona con uso dominante terciario alojamiento turístico‐recreativo y usos alternativos terciario comercial, terciario oficinas y equipamiento privado cultural.
Una subzona con uso dominante terciario comercial y usos alternativos terciario alojamiento turístico, terciario oficinas y equipamiento privado cultural.
Una subzona con uso dominante terciario oficinas y usos alternativos terciario alojamiento turístico, terciario recreativo, terciario comercial y equipamiento privado cultural.
Una subzona con usos dominantes terciario recreativo y equipamiento privado cultural y usos alternativos terciario comercial y terciario oficinas.
En esta subzona está previsto en principio que pueda instalarse un auditorio al aire libre que no consumiría edificabilidad, acompañado o no de un equipamiento privado cultural que si consumiría todo o parte de la misma. Por ello se prevé la posibilidad, en la ficha de la subzona correspondiente ‐en el apartado de observaciones‐ que todo o parte de dicha edificabilidad pudiera trasladarse a las subzonas que completan la manzana en la que aquella se
55 encuentra, de acuerdo con lo previsto en el artículo nº 38 de las Normas Urbanisticas.
En las subzonas y usos dominantes y alternativos, que acaban de describirse, se prevé el desarrollo del conjunto de usos específicos y concretos que se relacionan a continuación:
En la UA1 zona Turístico‐recreativa “Parque Temático Paramount” se desarrollará el parque de atracciones de esta marca, así como dos hoteles también asociados a esta última, un área de reserva para posible ampliación tanto del parque de atracciones como del uso hotelero, y una gran área de aparcamiento general para visitantes, aparcamiento de autobuses, taxis, vehículos pequeños eléctricos tipo buggys y minibuses, y finalmente las áreas verdes privadas que se sitúan básicamente sobre los cabezos que se conservan.
En la UA2 zona terciaria Turístico‐Recreativa “Complejo Lifestyle Center” los usos que se desarrollarán, de acuerdo con el proceso de comercialización, como acciones complementarias al Parque Paramount, todas ellas de carácter terciario, son:
Alojamiento turístico y usos recreativos (Hoteles, Casino, Centro de Convenciones, etc.)
Comercial y Recreativo, Ocio y Restauración (Street Mall, Parque acuático, etc.) Cultura (Auditorio, Sala de exposiciones, etc.)
Oficinas
Se ha previsto que la Normativa Urbanística del Plan Especial sobre los usos del Parque permita, mediante la regulación de usos compatibles, la mayor flexibilidad en cuanto a facilitar la definitiva implantación sin que ello suponga distorsionar la imagen final.
A continuación se reitera el cuadro de distribución de los usos y asignación de superficies y edificabilidades:
56
PROGRAMA UDS FASE EDIFICABILIDAD COEFICIENTE SUPERFICIE PARCELA UA‐1 PARQUE PARAMOUNT HOTEL A 1 1 5.957,13 0,2874634716 20.723,09 20.723,09 HOTEL B 1 1 9.033,85 0,2874634716 31.426,09 31.426,09 PARQUE TEMATICO 1 1 82.085,57 0,2874634716 285.551,30 285.551,30 RESERVA PARQUE 1 2 7.923,45 0,2874634716 27.563,32 27.563,32 TOTAL PARCELAS 105.000,00 0,2874634716 365.263,80 365.263,80 APARCAMIENTOS 1 1 230.951,18 230.951,18 TOTAL 596.214,98 RESERVAS SGEL 1 1 4.734,77 4.734,77 ZV (S) S1 1 23.327,96 7.027,15 S2 1 11.525,72 S3 1 1.920,55 S4 1 2.854,54 ZVP 1 1 17.302,54 17.302,54 SGEQ (DOT) 1 1 23.755,54 20.565,92 1 2 3.189,62 RED VIARIA 21.556,66 TOTAL RESERVAS 90.677,47 TOTAL 686.892,45 R. VIARIA UA2‐3 35.376,47 SGEL UA 2 52.508,91 TOTAL SUELO 774.777,83 UA‐2 COMPLEJO LIFESTYLE CENTER HOTEL 5* 1 1 17.350,00 0,34868314011 49.758,64 49.758,64 CASINO 1 1 14.000,00 0,34868314011 40.151,07 40.151,07 HOTELES 4* 2 1 31.600,00 0,34868314011 90.626,69 45.313,35 HOTELES 3* 4 1 45.600,00 0,34868314011 130.777,76 32.694,44 OCIO Y REST. 1 1 15.000,00 0,34868314011 43.019,00 43.019,00 STREET MALL 1 1 20.000,00 0,34868314011 57.358,67 57.358,67 CONVENCIONES 1 1 6.000,00 0,34868314011 17.207,60 17.207,60 SALA EXPOSICIONES 1 2 4.000,00 0,34868314011 11.471,73 11.471,73 OFICINAS 1 2 20.000,00 0,34868314011 57.358,67 57.358,67 AUDITORIO 1 2 ‐ 7.000,00 7.000,00 TOTAL 1 Y 2 173.550,00 0,34868314011 497.729,83 FASE 3ª 1 3 33.433,79 0,34868314011 95.885,88 10%AYUNTAMIENTO 1 1 36.445,29 0,34868314011 104.522,66 RESERVAS SGEL 20m2/100m2 48.329,72 ZONAS VERDES 111.969,84 SGEQ 5m2/100m2 12.082,43 TOTAL RESERVAS 60.412,15
RED VIARIA Y APARCAMIENTO 151.678,49
TOTAL SUELO 1.022.198,85 UA‐3 OTROS PROPIETARIOS 58.780,00 1 7.845,44 0,24905941617 31.500,27 25.970,00 1 3.466,25 0,24905941617 13.917,36 25.820,00 1 3.446,23 0,24905941617 13.836,98 9.485,00 1 1.265,97 0,24905941617 5.083,00 120.055,00 16.023,91 0,24905941617 64.337,70 TOTAL 16.023,91 64.337,62 RESERVAS SGEL 20m2/100m2 3.560,87 ZV (S) PÚBLICAS 46.643,03 SGEQ 5m2/100m2 890,22 TOTAL RESERVAS 4.451,09
RED VIARIA Y APARCAMIENTO 4.623,26
TOTAL SUELO 120.055,00
TOTAL 1.142.253,85
57 12.4. RESERVAS DE SUELO DEL PLAN ESPECIAL. De acuerdo a lo establecido en el apartado 6.7., el Plan Especial realiza las siguientes reservas de suelo para dar cumplimiento a las actuales exigencias legales: En la UA‐1 se mantienen las reservas de suelo que, procedentes del Plan Parcial Sierra de Alhama Golf Resort, se recogían en el mismo y que son: Sistema General de Espacios Libres SGEL 4.734,77 m2s de suelo que se mantienen en la misma ubicación que en el Plan Parcial anterior. Zonas Verdes Publicas 47.511,09 m2s de suelo de las que las ya existentes en el Plan Parcial anterior se mantienen en su misma situación.
De esta forma se garantiza el respeto a las zonas verdes definidas en el Plan Parcial sin que exista sobre ellas ningún tipo de modificación
Equipo (Dotaciones)
23.755,54 m2s de suelo en una única parcela inmediata al acceso principal al sector. Estas reservas mantienen las condiciones establecidas en la Modificación nº 1 del Plan Parcial Sierra de Alhama Golf Resort para la Unidad de Actuación UA‐1 En el resto del Plan Especial en la UA‐2 sector Lifestyle Center y en la UA‐3, las reservas de suelo asignadas son:
A razón de 20m2s/100 m2c, 51.890,59 m2s (48.329,72 m2 en la UA‐1 y 3.560,87 m2s en la UA‐3) exigidos, que se materializan completando el SGEL de la UA‐2 del Plan Parcial en una importante zona próxima a la autovía RM‐2 y 12.972,65 m2s de suelo (12.082,43 m2s de la UA‐2 + 890,22 m2s de la UA‐3), destinados al Sistema General de Equipamientos S.G. EQ. que se recogen en una única parcela inmediata al suelo de cesión municipal, en la UA‐2.
Por otro lado se conforma un sistema perimetral de espacios libres o zonas verdes públicas (ZVP) con una superficie total de 158.612.87 m2s de suelo,
58 sobre el que se apoya la red de transporte ecológico con los caminos para tráfico peatonal y bicicletas o mediante vehículos de transportes especiales, para los desplazamientos interiores tanto hacia el Parque como entre los distintos usos complementarios al mismo.
En el cuadro siguiente se recogen las reservas citadas en este apartado:
RESERVAS DE SUELO
UA 1 SUNS UA2 UA3 TOTAL
SGEL 4.734,77 m2 51.890,59 m2 48.329,72 m2 3.560,87 m2 56.625,36 m2 ZVP 47.511,09 m2 111.969,84 m2 46.643.03 m2 206.123,96 m2 SGEQ (1) 13.428,54 m2 13.428,54 m2 13.428,54 m2 EQ (DOT) 23.755,54 m2 23.755,54 m2 TOTAL RESERVAS 76.001,40 m2 65.319,13 m2 173.728,10 m2 50.203.90 m2 299.933,40 m2 (1) El equipamiento de ambas unidades se agrupa en la UA‐2
El conjunto de Espacios libres del Plan Especial conforma un Sistema jerarquizado que incluye y articula los suelos calificados como SGEL con las zonas verdes de carácter local, tanto públicas como privadas, de forma que integrándolas mediante la red de caminos para transporte ecológico, ‐peatonal, bicicleta, buggys eléctricos, etc.,‐ que las recorre, permita su uso y disfrute de una forma racional y sostenible. Se recogen en este sistema tanto las zonas arboladas,‐ pinares‐, preexistentes, como aquellas que aprovechando las escorrentías naturales del terreno, ‐vaguadas, arroyos‐, favorezcan el uso natural del agua de lluvia para el sostenimiento de las propias zonas ajardinadas que, de acuerdo con las NN.UU. del Plan Especial, se deberán diseñar con el empleo de especies autóctonas y/o xerófilas, ‐jaras, tomillo, romero, etc.,‐ a fin de lograr su sostenibilidad minimizando el empleo de agua de riego.
59 12.5. REDES DE INFRAESTRUCTURAS.
El Plan Especial ha adoptado un conjunto de determinaciones en cuanto a soluciones de planeamiento que permitirán, cuando se desarrolle la actividad del Parque, respetar las servidumbres de todo tipo generadas en su territorio por el paso de las dos importantes infraestructuras, a saber, las dos conducciones del Oleoducto Cartagena‐Puertollano y la conducción de agua de la desaladora de Valdelentisco.
Sobre la zona de afección del oleoducto se establece una franja de protección, libre de edificación, sobre la que únicamente se permite el paso de infraestructuras viarias de acuerdo con las secciones previstas en el Plan Especial, a fin de garantizar el libre acceso a la totalidad de la zona de afección.
El mismo criterio se ha adoptado respecto del trazado de la red de agua de Valdelentisco que discurre por espacios libres de uso público en la mayor parte de su trazado. Será en el Proyecto de Urbanización donde se detallen estas determinaciones del Plan Especial. 12.5.1. Relación con el PLAN ESPECIAL DE INFRAESTRUCTURAS DE LOS DESARROLLOS