2.2 Acuerdos y cláusulas relevantes para el sector
2.2.1 Reglas y certificado de origen
El TLC elimina los aranceles en la mayoría de los bienes que se originen en Canadá, México y en los Estados Unidos sobre un período máximo de transición de 15 años.
Durante el período de transición, las tarifas arancelarias variarán dependiendo del país miembro del TLC en el que se produjo un bien. Esto significa que, el TLC puede otorgar un arancel diferente a un bien canadiense que ingresa a los Estados Unidos, que el que otorgaría al mismo bien mexicano, al ingresar a los Estados Unidos. El arancel depende de si un bien es de origen estadounidense, de origen mexicano, o
5 Instituto Internacional de Economía de las Pesquerías y Comercio, (2000), “Evolución de la estructura reguladora internacional que gobierna el comercio internacional en productos de la pesquería”, X conferencia del Instituto Internacional de Economía de las pesquerías y Comercio, E.U.A..
producido conjuntamente con insumos estadounidenses y mexicanos. Para saber cuál es el arancel aplicable, primero se debe determinar que el bien cumple con las reglas de origen del TLC y luego, aplicar las reglas relativas a trato
arancelario establecidas en el Anexo 302.2 del TLC6. Las
disposiciones sobre las reglas de origen están diseñadas para:
i) Asegurar que las ventajas del TLC se otorguen sólo a
bienes producidos en la región de América del Norte y no a bienes que se elaboren total o en su mayor parte
en otros países7.
ii) Establecer reglas claras y obtener resultados previsibles.
iii) Reducir los obstáculos administrativos para los exportadores, importadores y productores que realicen actividades comerciales en el marco del Tratado.
El artículo 415 del TLC define a los bienes obtenidos en su totalidad o producidos enteramente en el territorio del TLC. En el caso de la industria pesquera los bienes obtenidos en su totalidad o producidos enteramente en México, Canadá o en
los Estados Unidos8 significa:
a) Animales vivos, nacidos y criados en el territorio de uno o más de los países miembros;
6 TLC (2000), distribuido por Internet, www.sice.gov.com
7 En general, los aranceles sólo se eliminarán respecto a bienes originarios, según la definición del artículo 401 del TLC.; “...Se considera originario de la
región: un bien totalmente obtenido o producido en la región; un bien producido en la región exclusivamente de materiales originarios; un bien producido en la región parcialmente con materiales no originarios pero que cumple con las reglas de origen del anexo 401; y un bien desensamblado o clasificado con sus partes que no cumplen con la regla del anexo 401, pero que cumplen con un mínimo de valor de contenido regional.”
b) Bienes obtenidos de la caza o pesca en territorio de una o más de los países miembros;
c) Bienes (peces, crustáceos y otras especies marinas)
obtenidos del mar por barcos registrados o matriculados por uno de los países miembros y que lleven su bandera;
d) Bienes producidos a bordo de barcos fábrica a partir de los bienes identificados en el inciso (e), siempre que tales barcos fábrica estén registrados o matriculados por alguno de los países miembros y lleven su bandera;
e) Bienes obtenidos por uno de los países miembros o una persona de uno de los países miembros del lecho o del subsuelo marino fuera de las aguas territoriales, siempre que uno de los países miembros tenga derechos para explotar dicho lecho o subsuelo marino;
Canadá, México y los Estados Unidos, acordaron establecer un certificado de origen uniforme, para certificar que los bienes importados a sus territorios califican para el trato arancelario preferencial acordado por el TLC que los productores que cumplan con la regla de origen, gocen de los beneficios del Tratado, los países miembros establecen un
certificado de origen9.
En los tres países, será impreso en los idiomas: inglés, francés y/o español. El certificado deberá llenarse en el
idioma del país exportador y los importadores deberán presentar una traducción del certificado a sus autoridades aduaneras, cuando éstas así lo requieran.
Un certificado de origen puede cubrir una sola importación, o varias importaciones de bienes idénticos. Los certificados que cubren embarques múltiples, se llaman certificados generales (blanket) y pueden amparar bienes importados durante el período que se señale en el certificado, el cual no podrá ser mayor de 12 meses. Aunque un certificado de origen puede cubrir bienes importados en un período no mayor de 12 meses, seguirá siendo válido para las solicitudes de trato preferencial del TLC, efectuadas dentro de cuatro años a partir de la fecha en que se firmó el mismo.
El certificado de origen debe ser llenado y firmado por el exportador de los bienes. Cuando el exportador no es el productor de los bienes, podrá llenar el certificado en base
a lo siguiente10:
i. Su conocimiento del que el bien califica como
originario;
ii. La confianza razonable en la declaración escrita del productor de que el bien califica como originario, o
iii. Presentar un documento llenado y firmado por
el productor y proporcionado voluntariamente por el exportador.
10 TLC (2000), Capítulo V, Sección A, Art. 502...Ibid.
Se exceptuara el certificado de origen cuando el valor de la importación no exceda a 1,000 dólares o su equivalente en la
moneda de los países miembros11; cuando la importación se
realice sin fines comerciales, sin exceder el valor antes mencionado; o por dispensa del requisito de presentación del
documento12.
El cumplimiento de las reglas de origen de las exportaciones mexicanas de productos pesqueros se manifiesta formalmente en el certificado de origen, su exhibición, acredita el acceso a los mercados de la región de América del Norte libre de aranceles a la importación. Dicho beneficio depende de la clasificación otorgada en la descripción de los códigos de
desgravación arancelaria13 o sistema arancelario del TLC.
Estos productos se han clasificado en el capítulo 03 que incluye: pescados y crustáceos y moluscos y otros invertebrados acuáticos; se compone por siete partidas: 0301, 0302, 0303, 0304, 0305, 0306 y 0307; a la vez se integran por 5, 21, 24, 3, 12, 10 y 12 subpartidas respectivamente, las cuales contienen las fracciones para cada presentación de los productos, por ejemplo: La partida 0306 que comprende crustáceos, incluso pelados, vivos, frescos, refrigerados, congelados, secos, salados o en salmuera; crustáceos sin pelar, cocidos con agua o vapor, incluso refrigerados, congelados, secos, saldos o en salmuera; harina, polvo y “pellets” de crustáceos, aptos para la alimentación humana; tomamos la subpartida 030613 correspondiente a camarones, langostinos, quisquillas y gambas, clasificados con la fracción 03061301, para la desgravación de México, toma la
11 Se podrá exigir que la factura se acompañe con una declaración que certifique el origen del bien. 12 TLC (2000), Capítulo V, Sección A, Art. 503...Op. Cit.
tasa base de 20 por ciento y a una velocidad de desgravación de “C”. Estados Unidos y Canadá utilizan la fracción 03061300, ambos países otorgan una tasa base libre a una velocidad de desgravación “D”.