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RESOLUCION JEFATURAL Nº 075-2006-J-ONPE Lima, 24 de marzo de

In document Sábado, 25 de marzo de 2006 PCM (página 64-66)

Vistos; la Resolución Nº 090-2006-JEE-LAMB, del 8 de marzo de 2006, emitida por el Jurado Electoral Especial de Lambayeque; la Resolución Nº 084-2006-JEE/HYO, del 3 de marzo de 2006, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huancayo; la Resolución Nº 106- 2006-JEE/HYO, del 8 de marzo de 2006, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huancayo; el Memorando Nº 408-2006-GOECOR/ONPE, del 14 de marzo de 2006, emitido por la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional; los Informes Nº 03-ODPE-LIMA NORTE; 012-ODPE-ABANCAY; 046-2006-ODPE-MAYNAS-SGOCOR-GOECOR/ONPE; 012- 2006-ODPE-ANDAHUAYLAS-SGOCOR-GOECOR/ONPE; 016-2006-ONPE/ODPE- CAJAMARCA; 023-2006-ODPE-CHACHAPOYAS-GOECOR/ONPE; 028-2006-J-ODPE- CUSCO; 30-ODPE-HUAMANGA; 22-2006-ODPE/HUANCAVELICA; 004-ODPE-HUANUCO; 023-2006-ODPE-HUARAZ-SGOCOR-GOECOR/ONPE; 27-J/ODPE-HUARI; 040-2006- ODPE/PUNO-SGCOR-GOECOR/ONPE; 019-2006-ODPE-SAN MARTÍN-SGOCOR- GOECOR/ONPE; 026-ODPE-HUANCAYO; 021-ODPE-SAN ROMÁN, del año 2006, emitidos por los Jefes de las ODPE indicadas y remitidos a la Comisión de Selección de Personal 2006 el día 21 de marzo de los corrientes; el Oficio Nº 1436-2006-SG/JNE, del 22 de marzo del presente año, emitido por el Jurado Nacional de Elecciones; el Acta Nº 017-2006, del 22 de marzo de 2006, emitida por la Comisión de Selección de Personal 2006 encargada del proceso de selección de Jefes, Asistentes Administrativos y Coordinadores de Local de Votación de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales para las Elecciones Generales para Presidente, Vicepresidentes y Congresistas de la República, y Representantes Peruanos ante el Parlamento Andino 2006, designada mediante Resolución Jefatural Nº 344-2005-J/ONPE y el Memorando Nº 221-2006-GAJ/ONPE, del 22 de marzo del presente año, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 2 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la ONPE, este organismo tiene como función esencial velar por la obtención de la fiel y libre expresión de la voluntad popular manifestada a través de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular a su cargo;

Que, de conformidad con el artículo 37 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, la Oficina Nacional de Procesos Electorales tiene a su cargo la organización y ejecución de los procesos electorales y consultas populares; y ejerce sus atribuciones y funciones con sujeción a la Constitución y a su Ley Orgánica;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 096-2005-PCM, publicado el 8 de diciembre de 2005, el Presidente de la República convoca a “Elecciones Generales el 9 de abril de 2006 para la elección de Presidente de la República, Vicepresidentes, Congresistas y Representantes Peruanos ante el Parlamento Andino”, modificado con el Decreto Supremo Nº 099-2005-PCM, de fecha 29 de diciembre de 2005;

Que, con fecha 15 de marzo del presente año, la Gerencia de Organización y Coordinación Regional de la ONPE remite a la Comisión de Selección de Personal 2006, el Memorando Nº 408-2006-GOECOR/ONPE, mediante el cual informa que habiéndose realizado la verificación de locales de votación, se hace necesario un incremento de vacantes para el cargo de Coordinador de Local de Votación;

Que, con fecha 21 de marzo del presente, los Jefes de las ODPE de Abancay, Maynas, Andahuaylas, Cajamarca, Chachapoyas, Cusco, Huamanga, Huancavelica, Huánuco, Huaraz, Huari, Puno, San Martín, Huancayo, San Román y Lima Norte remiten los informes mencionados en los vistos de la presente resolución, a la Comisión de Selección de Personal 2006, a través de los cuales se informa que existen varias personas seleccionadas en el cargo de Coordinador de Local de Votación que han presentado su renuncia;

Que, teniendo en cuenta que el artículo 18 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones regula la segunda elección del Presidente y Vicepresidentes de la República, debe preverse contar con personal suficiente que pueda suplir al personal que podría renunciar entre la primera y segunda elección;

Que, de acuerdo a los considerandos expuestos, se ha producido una reducción notable del personal seleccionado como coordinadores de local de votación, lo que hace necesario realizar una ampliación de accesitarios para el cargo de coordinadores de local de votación, teniendo en cuenta las bajas que se han presentado en cada sede y el personal que ha participado en el proceso de selección que no fue seleccionado inicialmente;

Que, por otro lado, concluido el plazo de ley para la interposición de las tachas respectivas, se publicó, con fecha 15 de marzo del presente año, en el Diario Oficial El Peruano la Resolución Jefatural Nº 063-2006-J/ONPE, por la cual se designa en el cargo de Coordinador de Local de Votación para las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales a las personas consignadas en el Anexo de la Resolución Jefatural Nº 055-2006-J/ONPE, excluyéndose de esta designación a las personas que fueron identificadas como pertenecientes a diversas organizaciones políticas y a todas las personas que fueron objeto de tachas;

Que, respecto a las personas que fueron objeto de tachas, se ha recibido el Oficio Nº 1436-2006-SG/JNE, mediante el cual el Jurado Nacional de Elecciones informa que no existe ningún recurso impugnatorio contra la Resolución Nº 090-2006-JEE/LAMB emitida por el JEE de Lambayeque que declara fundada de oficio la tacha interpuesta contra doña Elisa Mendoza Carranza, ni contra las Resoluciones Nºs. 084 y 106-2006-JEE/HYO del JEE de Huancayo, las cuales declaran inadmisibles las tachas contra diversos coordinadores de local de votación, ni tampoco contra las Resoluciones Nºs. 115 y 116-2006-JEE/HYO que declararon consentidas las dos anteriores y ordenaron su archivamiento;

Que, de acuerdo al considerando precitado debe excluirse definitivamente de la designación en el cargo de Coordinador de Local de Votación a la señora Elsina Mendoza Carranza, en mérito a la Resolución Nº 090-2006-JEE-LAMB emitida por el Jurado Electoral Especial de Lambayeque;

Que, asimismo, debe designarse en el cargo de Coordinador de Local de Votación a las personas que fueron objeto de tachas, pero que fueron declaradas inadmisibles, de acuerdo a las resoluciones Nº 084-2006-JEE/HYO, del 3 de marzo de 2006 y Nº 106-2006-JEE/HYO, del 8 de marzo de 2006, emitidas por el Jurado Electoral Especial de Huancayo;

De conformidad con lo dispuesto en los literales c) y g) del artículo 5 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, así como el literal d) y aa) del artículo 9, de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Jefatural Nº 311-2005-J/ONPE; y con el visado de la Gerencia de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Designar a partir de la fecha, como accesitarios al cargo de

Coordinador de Local de Votación para las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales a las personas consignadas en el anexo de la presente resolución Jefatural, los cuales están sujetos a tachas.

Artículo Segundo.- Excluirse definitivamente de la designación en el cargo de

Coordinador de Local de Votación a la señora Elsina Mendoza Carranza.

Artículo Tercero.- Designar en el cargo de Coordinador de Local de Votación a las

personas que fueron objeto de tachas, declaradas inadmisibles, de acuerdo a los pronunciamientos del Jurado Electoral Especial de Huancayo, que forman parte de los documentos de vistos de la presente resolución.

Artículo Cuarto.- Poner en conocimiento de las Oficinas Descentralizadas de

Procesos Electorales, del Jurado Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el contenido de la presente resolución para los fines consiguientes.

Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGDALENA CHÚ VILLANUEVA Jefa Nacional

Oficina Nacional de Procesos Electorales

(*) Ver Anexo, publicado en el Diario Oficial “El Peruano” de la fecha.

Aprueban las “Disposiciones sobre el Escrutinio de Votos y la entrega de Actas Electorales en las Elecciones Generales 2006”

RESOLUCION JEFATURAL Nº 076-2006-J-ONPE

In document Sábado, 25 de marzo de 2006 PCM (página 64-66)

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