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Examinemos ahora las respuestas de Pogge a las objeciones de Risse.

Pogge comienza su réplica afirmando que existen dos diferencias entre el planteo de Risse y su propia posición. En primer lugar, mientras que la pregunta que Risse formula en su texto es si “el sistema global de soberanía territorial que emergió en el siglo XV”236

daña a los países pobres, la pregunta que Pogge se hace es si “los ciudadanos presentes de los países ricos, en connivencia con las elites gobernantes de la mayoría de los países pobres, están dañando a los pobres globales”237

. Pogge se interroga por la responsabilidad de los ciudadanos de los países ricos con respecto a este orden institucional global presente. En segundo lugar, “mientras la discusión de Risse se enfoca en el bienestar de las sociedades […], [la discusión de Pogge] se enfoca en el bienestar de los seres humanos individuales”238

. Esto se debe a que un país rico puede tener, sin embargo, una población muy pobre (como sucede con los países ricos en petróleo). La principal diferencia entre ambos autores es la diferencia que señalaba Rawls entre el derecho de gentes y la perspectiva cosmopolita239. Mientras el derecho de gentes se preocupa por que todas las sociedades sean justas, liberales o decentes, la perspectiva cosmopolita se preocupa por el bienestar de los individuos. Sin duda, la posición de Risse sobre la pobreza y la justicia globales está muy influida por el planteo rawlsiano. 236 Pogge, Thomas (2005c), pág. 55. 237 Pogge, Thomas (2005c), pág. 55. 238 Pogge, Thomas (2005c), pág. 55.

Pogge sostiene que la desigualdad radical y la pobreza extrema son reproducidas previsiblemente por el orden institucional actual. El hecho de que exista un orden alternativo bajo el cual esta pobreza y esta desigualdad no existirían muestra que “el diseño presente [del orden global] es injusto y que, mediante su imposición, nosotros [es decir, los ciudadanos de los países ricos] estamos dañando a los pobres globales al sujetarlos previsiblemente a una pobreza severa evitable”240

. Como señalé en el apartado 1 de este capítulo, este argumento concibe el daño en términos de una noción independiente de justicia. Y este argumento es el único que Risse no objeta, al menos en el texto aquí analizado241.

Dice Pogge: “[…] en mi explicación, los pobres globales están siendo dañados por nosotros [los ciudadanos de los países ricos] en la medida en que ellos están peor de lo que cualquiera estaría si el diseño del orden global fuera justo. Ahora bien, los estándares de la justicia social son controvertidos en alguna medida. Para hacer mi argumento ampliamente aceptable, yo invoco un estándar mínimo que meramente requiere que cualquier orden institucional impuesto sobre los seres humanos debe ser diseñado de modo que los derechos humanos sean satisfechos bajo él en la medida que esto sea razonablemente posible. Casi todos creen que la justicia requiere más, que un orden institucional puede ser injusto incluso si satisface este estándar mínimo […]. Pero yo puedo evitar estos problemas en tanto nosotros acordemos que un orden institucional

no puede ser justo si fracasa en satisfacer el estándar mínimo de los derechos humanos.

Debido a que el orden institucional global presente no alcanza incluso este estándar

240 Pogge, Thomas (2005c), pág. 55. 241

Risse objeta este argumento en el texto “How does the global order harm the poor?” [¿Cómo el orden global daña a los pobres?], Risse, Mathias (2005a), el cual será analizado en el capítulo siguiente.

mínimo […] puede mostrarse que es injusto sin invocar ningún estándar más demandante y menos ampliamente aceptado”242

.

Luego de exponer su argumento, Pogge se ocupa de responder las objeciones presentadas por Risse.

En primer lugar, responde al rechazo del criterio contrafáctico. Risse rechazaba este criterio porque consideraba que era imposible darle sentido. Es imposible establecer las comparaciones que estos contrafácticos requieren que hagamos. Es imposible saber si los pobres estarían mejor si Europa no hubiera invadido el resto de los continentes o si la humanidad viviera en un estado de naturaleza. Podría ser que sí. Pero también podría ser que no. Acerca de la verdad o la falsedad de estos contrafácticos no podemos decir ni saber nada. Por lo tanto, el criterio contrafáctico no sirve para apoyar el argumento de que el orden institucional global daña a los pobres. Pero, dice Pogge, entonces tampoco sirve para refutarlo. El reclamo moral de los pobres a una parte de la riqueza de los ricos “no puede ser socavado mostrando que la pobreza severa habría sido al menos igualmente mala sin la conquista europea o en un estado de naturaleza lockeano”243. Y el reclamo moral de los ricos a su riqueza “no puede ser reafirmado

mostrando que nosotros [los ciudadanos de los países ricos] no habríamos estado peor sin la conquista europea o en un estado de naturaleza lockeano”244

.

En segundo lugar, Pogge responde al argumento histórico de Risse, el cual utiliza una noción de daño diacrónica. Pogge acepta el argumento y dice: “[Risse] considera que los últimos siglos han traído mejoras fabulosas en el bienestar humano. Esto es bastante cierto –al menos siempre que miremos los agregados y los

242 Pogge, Thomas (2005c), págs. 55-56. La letra cursiva es del autor. Ver capítulo 7, apartado 1. 243

Pogge, Thomas (2005c), pág. 56.

promedios”245

. Sin embargo, el hecho de que los pobres estén mejor ahora que hace 200 años no disminuye su reclamo moral contra los ricos. Pogge afirma: “[las estadísticas de Risse] muestran que la riqueza de los que no son pobres se está incrementando a pasos agigantados y que la pobreza severa es incluso más fácilmente evitable. Tales estadísticas sólo pueden exacerbar el escándalo de la pobreza severa que persiste en una escala masiva”246

.

En los párrafos finales de su respuesta a Risse, Pogge afirma que está de acuerdo con este autor en que el orden institucional global necesita reformas más que un “derrocamiento revolucionario”247

. Lo que debe ser reformado son los cuatro rasgos o factores del orden global que Pogge mencionó al final de su primer artículo. Estas reformas exigen que los países ricos abandonen el proteccionismo, permitan la producción y venta de medicamentos genéricos, paguen por las externalidades negativas que imponen248 y no reconozcan a los gobiernos de facto. Esto último significa que no deben prestarles dinero, ni comprarles recursos naturales, ni venderles armas, ni firmar con ellos acuerdos o tratados. Sin embargo, Pogge no está de acuerdo con Risse en que debemos abstenernos de decir que este orden institucional global es injusto. Para Pogge, el orden global “previsiblemente causa millones de muertes evitables por causas relacionadas con la pobreza cada año. Esto es una imperfección. Pero es también un crimen masivo contra la humanidad”249

.

Volvamos ahora a los tres argumentos que Pogge elabora para determinar si hay o no daño: el argumento de la historia real o violenta, el argumento del estado de 245 Pogge, Thomas (2005c), pág. 57. 246 Pogge, Thomas (2005c), pág. 57. 247 Pogge, Thomas (2005c), pág. 59. 248

O mejor aún, que no generen externalidades negativas.

naturaleza y el argumento que se refiere a los arreglos institucionales globales. Como dije, de acuerdo con Pogge, el primero utiliza una noción de daño diacrónica. El segundo, una noción contrafáctica. Y el tercero, una noción de daño concebida en términos de una noción independiente de justicia.

A mi juicio, el argumento de la historia real o violenta no utiliza ninguna noción de daño y no pretende comparar nada. En este argumento, Pogge no está comparando el presente, en el cual existe mucha pobreza, con el pasado, en el cual existía menos, y atribuyendo este aumento al orden global. En este argumento, lo que Pogge está haciendo es (nada más y nada menos que) impugnar el statu quo, es decir, mostrar o recordar que la riqueza de los países ricos no surgió de transferencias legítimas, sino de la expropiación, por parte de Europa, de los recursos del resto de los continentes250. De este modo, el objetivo del argumento es impugnar la situación actual y fortalecer el reclamo moral de los pobres globales a una redistribución de la riqueza.

Si podemos decir (siguiendo a Nozick) que un orden es justo cuando las transferencias que se produjeron en su seno fueron legítimas, entonces podemos decir que el orden institucional global no es justo. Y podemos decir esto aun cuando, según una noción de daño diacrónica, no podemos decir que los pobres globales están peor ahora que antes.

Como Pogge afirma que el argumento de la historia real o violenta utiliza una noción de daño diacrónica, Risse cree estar objetándolo al mostrar que ahora existe menos pobreza de la que existía antes. En su respuesta a Risse, Pogge reconoce este hecho (que ahora existe menos pobreza). Sin embargo, este reconocimiento no lesiona su argumento, el cual no sostiene que ahora hay más pobreza de la que había antes.

250 Dice Pogge: “[…] nuestra enorme ventaja económica [la ventaja de los países ricos] está

profundamente contaminada por cómo se acumuló a lo largo de un proceso histórico que ha devastado las sociedades y las culturas de cuatro continentes”. Pogge, Thomas (2005e), pág. 220.

El argumento que utiliza Risse para objetar el de Pogge sí involucra una noción de daño diacrónica y sostiene que el orden global no daña a los pobres porque de hecho los pobres globales están mejor ahora de lo que estuvieron nunca antes en la historia de la humanidad. En rigor, Risse afirma dos cosas:

1) que hay menos pobres en términos relativos (es decir, que el porcentaje de pobres es menor); y

2) que hay menos pobres en términos absolutos (es decir, que el número de pobres es menor).

Sin embargo, el problema de este argumento es que toma la situación anterior, con la cual se compara la situación presente, como moralmente no problemática251. Sería muy raro decir que las mujeres, dentro de una sociedad, no están siendo dañadas si el porcentaje de mujeres golpeadas es menor ahora que antes o si incluso el número de mujeres golpeadas es menor ahora que antes, aun cuando podemos decir que las mujeres están mejor ahora que antes o que la situación presente representa un beneficio para ellas (en comparación con la situación pasada). Y sería muy raro decir que las mujeres, dentro de esa sociedad, no tienen ningún reclamo para hacer. De este modo, considero que los argumentos que utilizan una noción de daño diacrónica no son buenos argumentos para determinar si el orden institucional global daña a los pobres.

El segundo argumento de Pogge, el del estado de naturaleza, es objetado por Risse al afirmar que es imposible saber si actualmente los pobres globales están mejor o peor de lo que estarían si la humanidad viviera en un estado de naturaleza. Como vimos, Risse afirma también que es imposible saber si actualmente los pobres globales están mejor o peor de lo que estarían si Europa nunca hubiera invadido el resto de los

continentes. Este segundo contrafáctico nunca es mencionado por Pogge en su primer artículo. Aún así, Pogge acepta las objeciones de Risse en contra del uso de una noción de daño contrafáctica.

Por último, el tercer argumento de Pogge, el que se refiere a los arreglos institucionales globales, no es considerado por Risse en el artículo aquí analizado252. Y tal como señalé en el capítulo anterior, creo que es precisamente en este argumento donde se encuentra la originalidad y el atractivo de la posición poggeana.

Pogge no utiliza (nunca utilizó) una noción de daño diacrónica y, luego de la objeción de Risse, abandona la noción contrafáctica. Pero sí conserva la noción de daño concebida en términos de una noción independiente de justicia. El orden institucional global daña porque es injusto y es injusto porque viola derechos humanos. Estas violaciones de derechos humanos pueden ser imputadas al orden actual en la medida en que existe otro orden alternativo bajo el cual estas violaciones no se producirían.

El texto que mejor expresa estas elecciones y decisiones es “‘Asistiendo’ a los pobres globales”253

. Allí, Pogge ilustra su idea de determinar si hay o no daño mediante la utilización de una noción independiente de justicia de la siguiente manera: “Nuestro enjuiciamiento [del orden institucional de los Estados Unidos en su infancia] como injusto no se basa en cómo les había ido a las mujeres bajo el dominio británico. No se basa en una comparación con cómo les hubiese ido a las mujeres en un estado de naturaleza. (Todas estas comparaciones pueden ser invocadas de forma más plausible para justificar que para criticar el orden institucional sujeto a consideración). Más bien, es porque asignaba a las mujeres un estatus inferior al de los hombres que juzgamos que

252 Como dije en una nota, más arriba, en este apartado, Risse considera este argumento en el texto “How

does the global order harm the poor?” [¿Cómo el orden global daña a los pobres?], Risse, Mathias (2005a), el cual analizaré en el capítulo siguiente.

este orden ha sido injusto con las mujeres y su imposición, por lo tanto, un daño realizado a ellas”254

. Es decir, ese orden institucional dañaba a las mujeres porque era injusto. Y era injusto porque violaba sus derechos, específicamente el derecho a la igualdad.

Como ya se señaló, de acuerdo con el estándar mínimo de justicia invocado por Pogge, “cualquier orden institucional impuesto sobre los seres humanos debe ser diseñado de modo que los derechos humanos sean satisfechos bajo él en la medida que esto sea razonablemente posible”255

. El orden global actual no cumple con este estándar mínimo. Y existe un orden alternativo que sí lo cumpliría. De este modo, Pogge afirma que el orden presente es injusto y que su imposición, por parte de los ciudadanos y los gobernantes de los países ricos, constituye un daño hacia los pobres globales.

254

Pogge, Thomas (2005e), págs. 239-240.