• No se han encontrado resultados

REVISIÓN JUDICIAL DE LAS DECISIONES DEL GOBIERNO

En 2011 se interpusieron 714 recursos contra resoluciones del Ministerio del Inte- rior denegatorias de la protección internacional. Como en años anteriores, las per- sonas provenientes de Nigeria son las que más recursos interpusieron, 112, segui- das por las de Colombia, 97, y Costa de Marfil, 702

.

De estos 714 recursos, 77 fueron planteados tras la denegación de solicitud de protección internacional en frontera y en los CIE. Es de destacar el aumento respecto a años anteriores en el número de recursos interpuestos por personas originarias del Sáhara Occidental que vieron denegadas sus peticiones de pro- tección internacional realizadas en los CIE.

Desde enero de 2011 llegaron a las islas Canarias varias embarcaciones con personas de origen saharaui que huían de las represalias al “Campamento Digni- dad” por parte de las autoridades marroquíes y de la sistemática violación de derechos humanos a la que son sometidas desde hace más de treinta años. Sus

solicitudes de protección internacional fueron denegadas por la OAR, por lo que recurrieron esta decisión ante la Audiencia Nacional, solicitando la medi- da cautelarísima de suspensión de la ejecución de la orden de devolución que había sido acordada3

. De las primeras 16 solicitudes de medida cautelarísima, solo 1 fue aceptada. CEAR, en representación de los quince saharauis, acudió al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) solicitando medidas provi- sionales para paralizar la devolución. El TEDH consideró que existía un riesgo real para estas personas y, por tanto, aconsejó la no devolución de las mismas mientras se sustanciara el procedimiento, tal y como explica en profundidad en el epígrafe 3.2.

A pesar de este pronunciamiento del TEDH, la Audiencia Nacional volvió a denegar la medida cautelarísima a un nuevo grupo de 19 saharauis que tuvie- ron que repetir este iterjudicial y llegar hasta al TEDH. Ante las nuevas peti- ciones de protección internacional de personas saharauis, la OAR no cambió de criterio, y, en 2011, 45 personas de origen saharaui tuvieron que acudir a la Audiencia Nacional para recurrir la denegación de su derecho a la protección in- ternacional.

En el mismo sentido, la OAR sigue ignorando la consolidada jurisprudencia del Tribunal Supremo4al denegar sistemáticamente la condición de apatridia de

personas del Sáhara Occidental provenientes de los campamentos de personas refugiadas. En 2011, la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo tuvieron la opor- tunidad de volver a corregir el criterio de la OAR sobre la condición de apátrida de varias personas saharauis asesoradas por CEAR, entre otras, en la Sentencia del Tribunal Supremo, Sección tercera, Sala de lo Contencioso Administrativo, de 14 de octubre de 2011 (recurso nº 4631/2010).

Durante 2011, también se consolidó la jurisprudencia sobre persecución por motivos de género. La Sentencia de la Sección tercera, Sala de lo Conten- cioso Administrativo del Tribunal Supremo, de 15 de junio de 2011 (recurso nº 1789/2009) viene a corroborar una vez más la doctrina jurisprudencial de esa Sala “al apreciar que, atendiendo a las circunstancias particulares del supuesto enjuiciado, la situación prolongada de sufrimiento que ha padecido la recurren- te, nacional de Argelia y sus hijos menores de edad, de nacionalidad argelina, como consecuencia de los malos tratos físicos y psíquicos infringidos por su marido, que se califican, por su especial intensidad y gravedad, de trato inhumano

o degradante, en razón de su naturaleza y reiteración, es incardinable como per- secución por motivos de género, lo que determina que, ante la falta de protección eficaz de las autoridades del país de origen, resulte procedente la concesión del derecho de asilo”.

Igualmente es reseñable la Sentencia de la misma Sala del Tribunal Supremo, de 17 de mayo de 2011 (recurso nº 4920/2009) sobre la relevancia de realizar entrevista personal con el instructor cuando este duda de la verosimilitud y cohe- rencia del relato ofrecido y la falta de validez de cuestionarios de nacionalidad genéricos y no adecuados al caso concreto (Fundamento Jurídico Quinto).

En 2011 se interpusieron 82 recursos contra las resoluciones de inadmisión a trámite de solicitudes de protección internacional presentadas dentro del te- rritorio y 77 presentadas en frontera y CIEs. Asimismo, se interpusieron 714 re- cursos contra las resoluciones desfavorables a la concesión de protección inter- nacional.

En lo que respecta a las resoluciones, en 2011 se dictaron 1027 sentencias sobre la inadmisión a trámite de las solicitudes de protección y 1094 sobre resolu- ciones denegatorias del derecho a la protección internacional..

El tiempo de resolución de los recursos es diferente en función del órgano y la sala que resuelve, que suele estar entre uno y dos años. Por tanto, las resoluciones dictadas durante 2011 no resuelven los recursos interpuestos en ese año sino en años anteriores.

En 2011 solo 17 sentencias reconocieron el derecho a la protección interna- cional. Estas protecciones se otorgaron a personas originarias de Costa de Marfil (6), Nigeria (5), Sudán (2), Guinea, Argelia, Rusia y Angola (1) (Boletines Mensua- les OAR).

Hubo además 47 sentencias que reconocieron el derecho a una autorización de residencia por razones humanitarias, principalmente a personas provenientes de Costa de Marfil, país que a finales de 2010 sufrió un rebrote de la violencia que padece desde 2002.

A partir de mediados de 2007, muchas personas marfileñas vieron denegadas, e incluso inadmitidas5

, sus solicitudes de protección internacional, al entender la OAR que tras los acuerdos de paz de Ougoudougou de marzo 2007, Costa de Marfil ya no se encontraba en situación de conflicto armado y, por tanto, era seguro el retorno de sus nacionales.

El devenir de los acontecimientos ha demostrado que dicha valoración por parte de la OAR era incorrecta y así lo ha puesto de manifiesto la Audiencia Nacio- nal en numerosas sentencias en 20116.

Después de varios aplazamientos, finalmente se celebraron las elecciones presidenciales de Costa de Marfil el 31 de octubre, y la segunda vuelta el 28 de noviembre de 2010. El 4 de diciembre, los dos principales candidatos, Allasane Ouattara y Laurent Gbagbo, se proclamaron presidentes de Costa de Marfil, cru- zando acusaciones de fraude electoral que elevaron la tensión y los enfrentamien- tos. A partir de ahí, se inicia una escalada de violencia política con incidentes vio- lentos y serios abusos contra los derechos humanos de civiles en diferentes lugares del país, incluyendo mujeres, menores y personas desplazadas. En el informe de 15 de junio de 2011 de la Comisión de Investigación del Consejo de Naciones Unidas para los Derechos Humanos se denuncian los secuestros, desapariciones, ejecu- ciones extrajudiciales y actos de violencia sexual, así como la destrucción de las propiedades por motivaciones políticas y étnicas ocurridas en todo el territorio. En las cinco misiones de investigación llevadas a cabo por Human Rights Watch tras las elecciones, se reportan las masacres y cientos de asesinatos de civiles origina- rios del norte por parte de fuerzas leales a Lourent Gbagbo, incluso después del arresto de Gbagbo en abril de 20117.

En este contexto, miles de personas desplazadas temen volver a sus lugares de origen por la actual presencia de grupos armados que continúan operando con impunidad en Costa de Marfil8. Liberia y el ACNUR han confirmado que más de

22.000 marfileños cruzaron en 2011 la frontera que divide a ambos países para ins- talarse en Liberia, la mayoría mujeres, niños y niñas que huyen por temor a que se produzca una guerra civil en su país.

La Audiencia Nacional, tomando en consideración estas circunstancias, ha reconocido la autorización por razones humanitarias, argumentando “que el retor- no del recurrente a Costa de Marfil podría vincularle a una situación de riesgo real de peligro y desprotección, incompatible con el disfrute de los derechos inheren- tes a la persona, razones que respaldan su derecho a una autorización de residen- cia en España, por imperativo de lo dispuesto en los artículos 4, 5 y 36 de la vigen- te Ley de Asilo”9

.

Tal es el caso de Abdolaye, que llegó a España en noviembre de 2007 huyendo de la persecución que sufrió en Costa de Marfil como líder juvenil del partido RDR.

En diciembre de 2007 solicitó protección internacional, siendo denegada su peti- ción el 6 de marzo de 2009. Recurrió dicha decisión y finalmente los tribunales le reconocieron la autorización por razones humanitarias.

Cuando me encontré con la denegación y que me quitaban el documento de solicitante de asilo, sentí todo el rechazo y abandono de la sociedad. No tenía permiso para estar aquí, ni para trabajar, y nadie me podía ayudar pre- cisamente por no tener papeles.

Desde marzo de 2009, en que me denegaron la protección internacional, tuve que esperar hasta mayo de 2011, a que saliera la sentencia. Fueron dos años de tristeza, rabia y desesperación.

Desde que llegué a España, intenté olvidar todo lo que me había pasado en Costa de Marfil, ir superándolo yo solo. Pero conforme se pusieron muy difí- ciles las cosas (no tenía trabajo, no podía pagar el alquiler, tuve que dejar el piso) todo explotó en mi cabeza, todos los recuerdos que evitaba vinieron de golpe.

Empecé a recibir ayuda psicológica de una organización especializada en atención psicosocial a víctimas de violaciones de derechos humanos y, con el apoyo social de otras organizaciones, salí adelante.

Cuando llegó la sentencia, empecé a gritar en mitad de la clase donde daba un curso. No pude contenerme, he luchado tanto tiempo por esto y ahora está a punto de mejorar las cosas. Mi pesadilla empezó en 2003 cuando los escuadrones de la muerte mataron a mi tío, que era como un padre para mí, y acaba en 2011, cuando por fin me reconocen protección.

Documento similar