Socios Desarrolladores PGIM Real Estate considera que las inversiones inmobiliarias y los bienes raíces son esencialmente un negocio local, en donde los
ESTADO DEL FIDEICOMISO – PATRIMONIO
1.3 Factores de Riesgo
1.3.3 Riesgos Relacionados con los CKDs
No existe una obligación de pago de principal ni de intereses
Todos los pagos que deba realizar el Fideicomiso PRUMEX Industrial III bajo los CKDs serán efectuados exclusivamente con cargo al Patrimonio del Fideicomiso, hasta donde alcance, y ni el Fiduciario Emisor (con excepción de los pagos que deba hacer con cargo al Patrimonio del Fideicomiso), ni la Fideicomitente, ni el Administrador, ni el Intermediario Colocador, ni el Representante Común tendrán responsabilidad alguna de pago respecto de los CKDs con cargo a su patrimonio propio, liberándoseles de cualquier responsabilidad a dicho respecto. El Fideicomiso PRUMEX Industrial III, en ningún caso garantiza rendimiento alguno bajo los CKDs. El monto de las Distribuciones, en su caso, depende directamente del monto disponible en el Patrimonio del Fideicomiso y de la determinación de dichas Distribuciones por el Administrador en el ejercicio de su cargo, entre otros.
El pago de las Distribuciones, en su caso, está sujeto a los flujos derivados de los Proyectos y las Inversiones Permitidas
Los CKDs otorgan a sus titulares, entre otros, derecho a recibir Distribuciones, estando directamente vinculadas dichas cantidades al flujo de capital generado por los Proyectos y las Inversiones Permitidas, en su caso. Dichos pagos amparados pos los CKDs, así como cualquier ingreso derivado de los CKDs son variables e inciertos. Por lo tanto, los CKDs no otorgan a sus tenedores un derecho al pago de un monto principal ni de intereses.
El Patrimonio del Fideicomiso pudiera no tener liquidez en la Fecha de Vencimiento
Al no existir obligación de pago de principal ni de intereses, el pago de las Distribuciones, en su caso, puede diferir de los resultados esperados conforme al Plan de Negocios pues están directamente relacionados con el desempeño de los Proyectos y de las Inversiones Permitidas. Por lo tanto, el Patrimonio del Fideicomiso pudiera no tener liquidez en la Fecha de Vencimiento.
Los CKDs no se encuentran garantizados
Los CKDs no serán garantizados ni avalados por ninguna de las Personas participantes en la Emisión. Por lo tanto, ninguna de ellas está obligada a realizar pago alguno a los Tenedores de los CKDs, excepto por los pagos que deba realizar el Fiduciario Emisor con cargo al Patrimonio del Fideicomiso, hasta donde alcance, de acuerdo con lo previsto en el Contrato de Fideicomiso PRUMEX Industrial III.
Certificados denominados en Pesos
Los CKDs están denominados en Pesos y no en Unidades de Inversión. En virtud de lo anterior, los Tenedores tendrán el riesgo de que movimientos en el Índice Nacional de Precios al Consumidor provoquen que el poder adquisitivo de los Pesos que reciban como pago de las Distribuciones, en su caso, derivadas de los CKDs sea sustancialmente inferior al poder adquisitivo de los Pesos que pagaron por dichos CKDs en la Fecha de Emisión.
El marco legal aplicable a los CKDs
Los CKDs son valores complejos y de alto riesgo. No son valores aptos para inversionistas poco calificados o sensibles al riesgo. Cualquier decisión de invertir en los mismos requiere un análisis cuidadoso no sólo de los CKDs en sí mismos, sino también del Plan de Negocios, del calendario de inversiones y desinversiones, de las Políticas de Inversión y del mercado inmobiliario-industrial.
El pago de las Distribuciones está subordinado al pago de los Gastos del Fideicomiso
De conformidad con los términos del Fideicomiso PRUMEX Industrial III, el Fiduciario Emisor deberá pagar los Gastos del Fideicomiso antes de pagar cualquier monto como Distribución a los Tenedores de los CKDs, por lo que los pagos de dichas Distribuciones, en su caso, a los Tenedores se encuentran subordinados a los pagos que se deban realizar para cubrir los Gastos del Fideicomiso. Los Gastos del Fideicomiso incluyen, entre otros, los pagos de honorarios y comisiones al Fiduciario Emisor, al Representante Común, al Administrador y los gastos directos, indispensables y necesarios para cumplir con las disposiciones legales aplicables, para mantener el registro de los CKDs en el RNV y su listado en la BMV y aquellos derivados de cualquier publicación, los honorarios del auditor externo que audite los Estados Financieros, así como gastos relacionados con el otorgamiento de poderes y pago de contribuciones no efectuadas por la Fideicomitente.
El Patrimonio del Fideicomiso respalda la indemnización al Fiduciario Emisor y al Administrador
El Contrato de Fideicomiso PRUMEX Industrial III y el Contrato de Prestación de Servicios de Administración establecen, entre otras cosas, que con cargo al Patrimonio del Fideicomiso y en los casos que procedan en los términos de dichos contratos, se indemnizará al Fiduciario Emisor y al Administrador, respectivamente, de conformidad con lo previsto en el Contrato de Fideicomiso PRUMEX Industrial III y el Contrato de Prestación de Servicios de Administración, salvo que hayan incumplido con sus obligaciones o actuado con dolo, negligencia o mala fe. En virtud de lo anterior, es posible que se tenga que disponer de los recursos que forman parte del Patrimonio del Fideicomiso para dichos efectos por lo que los montos disponibles para hacer, en su caso, Distribuciones o la Distribución Final podrían verse reducidos o inclusive agotados en su integridad en perjuicio de los Tenedores.
Mercado limitado para los CKDs
Actualmente el mercado secundario respecto a los CKDs es limitado. Por lo anterior, los Tenedores deberán estar preparados para detentar los CKDs hasta su vencimiento y asumir todos los riesgos derivados de los mismos.