CAPÍTULO I. Fundamentación Teórica
1.3 El Derecho a la salud del trabajador
1.3.1 Los riesgos de trabajo
De conformidad con lo establecido en el artículo 347 del Código de Trabajo, se consideran riesgos de trabajo a: Las eventualidades dañosas a que está sujeto el trabajador, con ocasión o por consecuencia de su actividad.41.
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Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo, Registro Oficial 15 de noviembre de 2004, artículo 12
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Eventualidades quiere decir a hechos o sucesos inesperados que causan un daño a la integridad personal del trabajador, que puede ser física o intelectual; que se genera como consecuencia de su trabajo.
Los riesgos de trabajo son los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales; es decir, las eventualidades referidas anteriormente se expresan cuando surgen accidentes o enfermedades a un trabajador, en el caso de enfermedades por falta de previsión y en caso de accidentes por falta de precaución. A continuación, se analizan cada uno de ellos:
1.3.1.1 Accidentes de Trabajo
La definición de accidentes de trabajo en la normativa jurídica ecuatoriana, se la puede encontrar en el Código de Trabajo y en el Reglamento de Seguro General de Riesgos de Trabajo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social IESS, en el primer caso se tiene que: Accidente de trabajo es todo suceso imprevisto y repentino que ocasiona al trabajador una lesión corporal o perturbación funcional, en ocasiones es por la consecuencia del trabajo que ejecuta por cuenta ajena42.
Los improvisto a lo que se refiere el citado artículo, es que no se puede preveer o evitar, pues simplemente ocurre en el momento menos esperado, el mismo que produce daño al trabajador, sea físico, es decir a cualquier parte del cuerpo, cabeza, extremidades, dedos u órganos del cuerpo humano; el daño mental se refiere a una disminución o pérdida de la capacidad mental de una persona.
Por su parte el Reglamento del Seguro General de Riesgos de Trabajo del IESS, señala que accidente del trabajo es todo suceso que se presenta de improviso y repentino que sobrevenga por causa, consecuencia o con coacsión del trabajo originado por la actividad laboral relacionada con el puesto de trabajo, que ocasione en el afiliado lesión corporal o perturbación funcional, una incapacidad, o la muerte inmediata o posterior 43.
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Reglamento de Seguro General de Riesgos de Trabajo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social 2017
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Según el referido reglamento, al igual que el Código de Trabajo coinciden en indicar que el accidente es un suceso imprevisto y repentino provocado en el ejercicio de las funciones de un trabajador que produce las siguientes lesiones: lesión corporal física; perturbación funcional de órganos del cuerpo; Incapacidad parcial o total; y, muerte inmediata o posterior
De lo expuesto, se colige que los accidentes de trabajo pueden llegar a perturbar gravemente la salud de un trabajador, pues incluso le puede producir discapacidad o la muerte, por ello la importancia de que para garantizar de mejor manera el derecho a la salud de los trabajadores, el empleador debe tomar acciones enfocadas a disminuir los riesgos de trabajo.
1.3.1.2 Eventos que se consideran accidentes de trabajo
A continuación, se anotan algunos de los casos que pueden llegar a considerarse como accidentes de trabajo: los cuales se detallan a continuación:
El que ocurre dentro del lugar de trabajo
El que ocurre fuera del lugar de trabajo, pero en cuyo caso el trabajador se encuentra cumpliendo actividades laborales en favor de su patrono
El que se produce durante el tránsito del empleador, es decir desde su hogar al trabajo o viceversa. accidente itínere
En que ocurre en cualquier lugar en donde el trabajador se encuentre cumpliendo comisiones de servicio o que se encuentra el tal lugar por disposición del empleador
El que se produce en contra del trabajador proveniente de las acciones de otros trabajadores o terceras personas o incluso por el mismo empleador, en el momento mismo que el trabajador se encuentra cumpliendo algún tipo de actividad laboral.
El que se produce en contra del trabajador que se encuentra cumpliendo comisiones de las asociaciones de trabajadores o similares.
43 1.3.1.3 Las enfermedades profesionales.
De acuerdo al Reglamento de Seguro General de Riesgos de Trabajo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, se define a las enfermedades profesionales como las: Afecciones crónicas, causadas de una manera directa por el ejercicio de la profesión u ocupación que realiza el trabajador y como resultado de la exposición a factores de riesgo, que producen o no incapacidad laboral.44
En virtud de lo expuesto, se puede decir que para que una enfermedad que contraiga el trabajador sea de carácter profesional, deberá existir un nexo causal existente entre la enfermedad, con la actividad que realiza el trabajador; es decir, si efectivamente las funciones del trabajador han provocado ese tipo de enfermedad; por cuanto podrían darse casos en que un trabajador contraída una afección, pero que la misma, no tenga nada que ver con las actividades laborales de trabajador, en ese caso, puede tratarse de una enfermedad de carácter no profesional.
Al respecto, cabe indicar que la Organización Internacional de Trabajo, ha elaborado una lista de enfermedades profesionales que son características de ciertas actividades que realiza el trabajador; lo cual puede servir como un medio para demostrar que efectivamente la actividad que realiza el trabajador, produce la enfermedad que se encuentra en la indicada lista.
Por su parte el Código de Trabajo del Ecuador señala: Enfermedades profesionales son las afecciones agudas o crónicas causadas de una manera directa por el ejercicio de la profesión o labor que realiza el trabajador y que producen incapacidad.45 Este concepto es muy similar el establecido por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social ya que en ambos se indica que son afecciones provocadas en función de la actividad que realiza un trabajador. Al igual que los accidentes de trabajo, cuando un trabajador contrae una enfermedad profesional, le puede llegar a afectar seriamente su nivel de vida;
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Reglamento de Seguro General de Riesgos de Trabajo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social 2017
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por ejemplo: cuando una enfermera contrae el sida de uno de sus pacientes; o cuando una persona que trabaja en una empresa donde exista muchos gases tóxicos contraiga enfermedades pulmonares, son casos típicos de este tipo de riesgo de trabajo; lo cual además le produce una transgresión del derecho a la salud del trabajador.
1.3.1 Casos en los cuales se puede vulnerar el derecho a la salud de los