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Las disposiciones legales sobre los seguros de vida, se presentan en los artículos 1458 al 1498 del Código de Comercio, sin embargo no existen disposiciones específicas para ciertas clases o planes de seguros como seguros de gastos médicos, seguros universales y otros a falta de una ley específica del contrato de seguros o la actualización del código aludido.

Los seguros de vida por lo general, se clasifican así:

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En el Salvador, la exclusión de la cláusula no se ha producido, no obstante, con la llegada de empresas extranjeras a consecuencia de los tratados de libre comercio (TLC), es factible la comercialización de contratos que excluyan la cláusula en referencia, como en otros países.

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1) Seguros Clásicos o Tradicionales; 2) Seguros Universales;

3) Seguros de Rentas Vitalicias42. 4) Los beneficios adicionales.

i. Seguros de vida clásicos o tradicionales43.

Los seguros de vida en sus diversas modalidades conceden cobertura básica sobre la muerte o sobrevivencia de las personas, conforme las siguientes clases:

1) Seguros para casos de muerte. 2) Seguros para casos de vida; y 3) Seguros mixtos.

i) Seguros para casos de muerte.

Son aquellos que establecen que sí el asegurado fallece durante un periodo estipulado los beneficios del seguro se entregarán a sus beneficiarios, y sí sobrevive, pierde las primas. Los contratos de seguros de muerte usualmente contienen la cláusula de beneficiario mediante la cual el asegurado designa personas y porcentajes para distribuir la indemnización.

Son conocidos como seguros de protección porque su objeto es proteger a los beneficiarios ante el fallecimiento del asegurado. Dentro de las principales modalidades encontramos:

 Seguros temporales a un año plazo44.  Seguros temporales a 5, 10, 15 y 20 años.  Seguros de vida entera; y

 Seguros de vida entera con pagos limitados.

Los seguros temporales protegen los beneficiarios designados durante un plazo determinado y ante el fallecimiento del asegurado, son diferentes a los seguros de vida entera por el período establecido al final del cual termina el contrato.

Los seguros de vida entera se confieren para toda la vida del asegurado hasta su fallecimiento que oscila en unos casos, hasta los 99 años de edad. Presenta modalidades de pagos limitados en los cuales el pago de primas se realiza hasta cumplir determinada edad o período, y a partir de ahí, la cobertura se extiende hasta el fallecimiento sin el pago primas.

42 Derivadas del sistema de ahorro para pensiones. Las rentas vitalicias privadas a diferencia de las derivadas de este sistema, tienen la característica que se acumulan durante el plazo del pago de las primas hasta alcanzar el monto suficiente para financiarlas, en el seguro social el monto lo constituye el valor que alcanza la cuenta individual del afiliado que lo reservó al final de su vida laboral.

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Unos autores los clasifican como Tradicionales.

44 Altamente atractivos para los asegurados por el monto de las primas bajas en los primeros años de vigencia; tienen la desventaja que el grupo de asegurados que se mantiene con el transcurso de los años con el seguro, corresponderá a personas con problemas de salud que han optado por él por los montos altos de sumas aseguradas; con el tiempo por lo tanto, se vuelven de alta siniestralidad sobre todo, si el contrato contiene la cláusula denominada de Renovación Automática.

5. SEGUROS PRIVADOS

ii) Seguros para casos de vida.

No operan en la actualidad y se emitieron para cubrir la suma asegurada sí el asegurado llegaba vivo al final de un periodo previamente estipulado, y sí fallecía perdía las primas porque ni él ni los beneficiarios recibían la suma asegurada.

iii) Seguros mixtos

Representan una combinación de las dos anteriores, en virtud de que sí el asegurado fallece durante un periodo determinado los beneficiarios reciben la suma asegurada, y sí sobrevive, es el quién la recibe.

En la práctica las modalidades más comunes son: 1) Seguros Dótales a 5, 10,15, 20 y 30 años. 2) Seguro Doble Dotal a los 55, 60 o 65 años.

La prima es cuantiosa con relación a los seguros de protección, porque además de ella, incluyen un capital diferido que se entrega al final del plazo estipulado en la vigencia de la póliza. El capital diferido lo paga el asegurado en la tarifa y la obligación de la sociedad es devolverlo al finalizar el plazo que estipulan en los contratos.

iv) Los Seguros de Vida Universales.

Son considerados como seguros de vida entera en el sentido que por lo general, no tienen un plazo previamente establecido y la diferencia con los seguros clásicos es el pago de las primas y los valores acumulados a favor del asegurado. En la práctica se encuentran planes con vigencias previamente establecidas a cinco o más años al final del cual si el asegurado esta vivo, se le paga el valor disponible a su favor.

En los seguros universales o flexibles el asegurado decide el monto de la prima que desea pagar en función de una prima mínima y otra denominada programada que le ofrece la sociedad; la mínima corresponderá a la prima más baja que la aseguradora ofrece con la cual se mantiene vigente el seguro; y la programada, es la que se calcula en función del rendimiento promedio de las inversiones que realiza la sociedad. Establece una tasa garantizada y en otros contratos, también una discrecional en función del rendimiento que la aseguradora obtenga de sus inversiones, luego es opción de la aseguradora distribuirla y de ahí el término discrecional. En algunos casos con la prima mínima se garantiza un interés menor que el que se ofrece con la prima programada.

Los seguros universales o flexibles son productos de inversión que producen rendimiento en función de la prima que paga el asegurado, la cual genera un excedente después de cubrirse los gastos y la mortalidad del asegurado a la edad alcanzada que se denomina fondo disponible a favor del asegurado.

En la cuenta o fondo disponible se abonan la prima y la rentabilidad devengada durante el período, y se deduce el costo de la cobertura del riesgo asegurado y otros cargos si hubiese. Combinan protección e Inversión a través de variadas alternativas del portafolio

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de inversiones y el asegurado tiene libertad para escoger el tipo de inversión respecto de la parte de ahorro de la póliza45, pudiendo invertir en uno o más fondos de inversión. Las principales diferencias que se observan con relación a los seguros clásicos, se resumen a continuación:

Riesgos y

Asignaciones Póliza Tradicional Póliza Universal (Unit-Linked)

Riesgo de Inversión46 Asumido por la Aseguradora

Hasta el importe Garantizado Asumido por el Tomador del Seguro Asignación de

Activos (Inversiones)

Las inversiones las determinado la Aseguradora

Determinadas por el Tomador del Seguro de una lista autorizada por el Organismo de Supervisión47 Prestación en caso de

Muerte Prestación Garantizada por la Aseguradora (Pago de la Indemnización)

Prestación Garantizada por La Aseguradora

Prestación del Seguro Mixto (retiro del fondo por sobrevivencia o muerte)

Prestación garantizada por muerte

o rescate48. Hasta el valor del fondo acumulado (En ciertos casos, se entrega el fondo y la suma estipulada en el contrato). Rescate Reservas Matemáticas49 Valor del Fondo acumulado

Obsérvese que si el asegurado opta por el rescate de la póliza la sociedad entregará el valor disponible a favor del asegurado, y si fallece, en ciertos casos, la suma asegurada más el fondo disponible, y otros, únicamente la suma asegurada.

El seguro universal se fundamenta en la transparencia, la inversión de recursos de corto plazo y en los diseños de los sistemas informativos de la sociedad.

Es transparente para mostrar el ahorro que obtenga el asegurado al final del año desde el momento que se produce, requiere que los recursos se inviertan a corto plazo porque el plan demanda una gran cantidad de recursos líquidos debido a que los asegurados disponen libremente del ahorro. El sistema de información debe ser de tal categoría que debe permitir calcular los intereses en cualquier momento incluso remontándose a dos o tres años atrás, según lo demande el asegurado.

En el siguiente cuadro se presenta la evolución del fondo disponible de un plan flexible para una suma Asegurada de $ 25,000.00 y una prima anual de $ 559.33 para una persona de 30 años.

45 En el Salvador esta opción no se comercializa, no obstante constituir una buena alternativa de venta que permitiría mayores espacios en la inversión de instrumentos financieros, así como la posibilidad de que los usuarios obtenga mayores rendimientos.

46 Los valores acumulados en los pasivos derivados de los contratos, deben invertirse en instrumentos financieros que escoge la aseguradora en los seguros clásicos, y el asegurado, en las opciones del Unit-Link. 47 El instrumento financiero, lo escoge el Asegurado de una lista que provee el Supervisor, con características de rentabilidad y seguridad.

48 En el país, el rescate opera después que los contratos han estado vigentes por el período de 2 años o menos de acuerdo al Código de Comercio, y se interpreta como el retiro anticipado del Valor efectivo de la reserva matemática acumulada a favor del Asegurado después de dicho período.

49 Las reservas matemáticas constituyen los pasivos derivados de los contratos de seguros de vida individual, que se acumulan en la medida que transcurre los años hasta la finalización de la vigencia.

5. SEGUROS PRIVADOS

Año Fondo Inicio Año Cobertura Gastos Costo Neto

Tasa Interés (Técnico más Excedente) Reserva Matemática 1 559.33 43.25 475.43 40.65 4.0% 42.28 2 601.61 44.42 111.87 445.31 4.0% 463.13 3 1,022.46 44.90 111.87 865.69 4.0% 900.32 4 1,459.65 46.03 111.87 1,301.75 4.0% 1,353.82 5 1,913.15 47.29 111.87 1,753.99 4.0% 1,824.15 6 2,383.48 48.90 111.87 2,222.71 4.0% 2,311.62 7 2,870.95 50.82 111.87 2,708.26 4.0% 2,816.59 8 3,375.92 53.24 111.87 3,210.82 4.0% 3,339.25 9 3,898.58 55.88 111.87 3,730.83 4.0% 3,880.06 10 4,439.39 58.92 111.87 4,268.60 4.0% 4,439.35 11 4,998.68 62.09 83.90 4,852.68 4.0% 5,046.79 12 5,606.12 65.65 83.90 5,456.58 4.0% 5,674.84 13 6,234.17 68.80 83.90 6,081.47 4.0% 6,324.73 14 6,884.06 72.27 83.90 6,727.89 4.0% 6,997.00 15 7,556.33 75.43 83.90 7,397.00 4.0% 7,692.88 16 8,252.21 78.75 83.90 8,089.56 4.0% 8,413.15 17 8,972.48 81.61 83.90 8,806.97 4.0% 9,159.25 18 9,718.58 84.27 83.90 9,550.40 4.0% 9,932.42 19 10,491.75 86.49 83.90 10,321.36 4.0% 10,734.22 20 10,734.22 88.59 83.90 10,561.73 4.0% 10,984.20 21 10,984.20 94.05 25.00 10,865.15 4.0% 11,299.76 22 11,299.76 100.01 25.00 11,174.75 4.0% 11,621.74 23 11,621.74 106.49 25.00 11,490.24 4.0% 11,949.85 24 11,949.85 113.67 25.00 11,811.19 4.0% 12,283.63 25 12,283.63 121.57 25.00 12,137.07 4.0% 12,622.55 26 12,622.55 129.59 25.00 12,467.96 4.0% 12,966.68 27 12,966.68 137.90 25.00 12,803.77 4.0% 13,315.92 28 13,315.92 145.93 25.00 13,144.99 4.0% 13,670.79 29 13,670.79 153.96 25.00 13,491.83 4.0% 14,031.50

Obsérvese que a la prima total de $ 559.33 se restan los gastos de primer año equivalentes a $ 475.33 y el costo de la cobertura o probabilidad de muerte del asegurado por la cantidad de $ 43.25; el resto es el fondo disponible al cual deberá sumarse el interés garantizado del 4% de tal suerte que al final del primer año él dispondrá de $ 42.28. Si él falleciera durante el primer año, la sociedad debería pagar a los beneficiarios la suma asegurada más el fondo disponible, si así está pactado.

El siguiente año el fondo del anterior constituyen el saldo inicial al cual deberá sumarse la prima del segundo año, restarle los gastos y sumarse el rendimiento garantizado que llevará al monto total de $ 463.13; de esta forma crecerá el fondo salvo que el asegurado disponga retiros parciales o préstamos garantizados por la póliza.

Los planes son sustancialmente distintos a los planes de protección y supervivencia ya que proveen protección y ahorros con base a una tasa de interés financiera, lo cual no

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opera en los primeros. Contablemente difieren porque el fondo disponible constituye un pasivo inmediato y no un pasivo de largo plazo como las reservas matemáticas que reflejan los seguros clásicos, asimismo los valores invertidos en instrumentos financieros deberán separarse en el activo para transparentar los riesgos de dichos instrumentos50. iii. Seguros de Rentas Vitalicias.

En el apartado de los seguros previsionales se estudiaron los diferentes tipos de rentas que ofrece el sistema de ahorro para pensiones y se mencionó que las rentas vitalicias y las rentas programadas con rentas vitalicias serán ofrecidas a los afiliados por las sociedades de seguros.

En las rentas vitalicias el asegurador ofrece una un valor constante por el resto de la vida del afiliado, por lo que el saldo de su cuenta individual de ahorro para pensiones, se utilizara para comprarla mediante un solo pago.

Si el asegurado toma la decisión de aceptar una renta vitalicia y fallece 5 años después por ejemplo, el remanente del saldo de la cuenta individual de ahorro para pensiones queda a favor de la sociedad de seguros.

En las rentas programadas con renta vitalicia, se paga el valor de la renta al asegurado durante cierto tiempo al vencimiento del cual con el saldo de su cuenta compra una renta vitalicia que pagará la sociedad de seguros.

iv. Beneficios adicionales a las pólizas de vida.

Los seguros de vida se emiten para otorgar las coberturas de fallecimiento y supervivencia como es el caso de los seguros temporales y los seguros dótales; constituyen las coberturas básicas de los seguros de personas.

Las personas sin embargo, están expuestas además de la muerte o sobrevivir, a sufrir otros percances a consecuencia de accidentes y enfermedad.

Un accidente puede producir la muerte, incapacidad por invalidez total y permanente, desmembración de miembros superiores e inferiores que afectaran económicamente al grupo familiar y al asegurado.

Para cubrir estos riesgos las sociedades de seguros emiten beneficios en anexos o endosos que se adicionan a la póliza básica de muerte y supervivencia, con la finalidad de ofrecer al público todas las coberturas que pueden afectar su existencia e integridad. Dentro de los más comunes que se encuentran en el mercado están:

1 El beneficio de accidentes.

2 El beneficio de invalidez total y permanente. 3 El beneficio de gastos funerarios.

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En España, los instrumentos financieros se valoran a precios de mercado, utilizando los criterios definidos en los principios Internacionales de Contabilidad. Aclaramos que es el único plan de seguros que no cumple con el carácter significativo del riesgo que define la norma en referencia, y que se trata en posteriores capítulos de estos apuntes.

5. SEGUROS PRIVADOS

1) El beneficio de accidentes.

Se emite para cubrir la muerte por accidente de cualquier naturaleza, excepto lesión interna revelada mediante examen médico que no sea consecuencia del accidente, excluye además el suicidio, homicidio doloso, guerra declarada o no, huelgas y tumultos que ocasionen daños al asegurado. Para que opere se requiere que el siniestro sea independiente de la voluntad del asegurado, por lo que la muerte accidental o la desmembración de miembros no se cubrirá sí son provocados por él.

El Código de Comercio en el Art. 1490, establece que el asegurador estará obligado, aun en caso de suicidio, cualquiera que sea su estado mental, si se verifica después de dos años de la celebración o rehabilitación del contrato; disposición que no aplica para la cobertura de accidentes porque el suicidio es voluntario y no depende de un hecho incierto.

En caso de accidente especial, las sociedades ofrecen pagar el doble o el triple de la suma asegurada, cuando:

a) Cuando el asegurado viaje como pasajero en un vehículo de transporte terrestre de línea comercial debidamente autorizada.

b) Cuando se encuentre dentro de un ascensor de uso público.

c) Cuando a consecuencia de incendio de un teatro, hotel o edificio público en cuyo interior se encuentre el asegurado, y siempre que no sea éste su lugar de trabajo. El beneficio cubre además la desmembración en caso de accidentes y para este propósito se han establecido porcentajes para pagar las desmembraciones de miembros superiores e inferiores, si la pérdida es un brazo la indemnización será el 50% de la suma asegurada. Técnicamente los riesgos de los seguros de accidentes aumentan con la ocupación de las personas; un taxista tendrá un riesgo mayor que aquella persona que tenga un trabajo sedentario, es por esta razón que las tasas o primas riesgo se determinan considerando la ocupación de cada asegurado.

2) El beneficio de invalidez total y permanente.

Si el asegurado a causa de accidente cubierto o enfermedad queda invalido en forma total y permanente, la sociedad pagará una renta equivalente a la suma asegurada de la póliza básica.

Si la persona es declarada en estado de invalidez total y permanente y por esta condición inicia el pago de las rentas y si se recupera, la nueva suma asegurada será el resultado de restar a la suma básica los pagos efectuados en concepto de rentas.

El beneficio se extiende a exonerar al asegurado de continuar pagando las primas del seguro básico y de otros beneficios cuando a causa de accidente cubierto queda invalido total y en forma permanente; la exoneración se mantiene hasta que el asegurado recupera la salud y sale de su estado de invalidez.

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En este caso, la compañía seguirá emitiendo las primas de la póliza básica y contablemente registrará su valor como siniestro para mantenerla en esta condición. Técnicamente el riesgo de invalidez está relacionado a la edad de las personas y el género por la actividad habitual que realizan hombres y mujeres, por la peligrosidad que presentan unas con relación a otras. La práctica de deportes peligrosos aumentará la probabilidad de invalidarse por lo que se excluye en los contratos. Hay tablas de invalidez que reflejan la probabilidad por edad de invalidarse que se utilizan en el medio para determinar las primas de riesgo.

3) Beneficio de gastos funerarios

Establece que ante el fallecimiento del asegurado la sociedad reconoce determinada cantidad para los gastos funerarios, los cuales en ocasiones son extensivos a los familiares en límites previamente definidos. Generalmente se conceden en los anexos de la póliza básica en forma gratuita y la suma asegurada por lo general representa una cantidad fija que no se relaciona con la suma básica; así en el caso de fallecimiento del asegurado, la Compañía pagará $ 5,000.00 para gastos funerarios independientemente la suma asegurada básica.

Se comercializan planes colectivos de seguros de vida con coberturas de gastos funerarios que incluyen la compra del ataúd, el servicio funerario, carroza y servicio de taxis en cantidades previamente estipulados por los proveedores de servicios o empresas funerarias y usualmente ofrecen protección al grupo familiar del asegurado y en unos casos, hasta los padres.

5.4 Seguro de Accidentes y Enfermedad.

Cubren las indemnizaciones a causa de accidentes o enfermedad, tales como:

a) Indemnización por muerte por accidentes cubiertos o enfermedades cubiertas; y b) Reintegros de gastos médicos, como: honorarios, medicinas, intervenciones

quirúrgicas, etc.

El Seguro de Accidentes se considera si produce al Asegurado una lesión corporal en forma de contusión o herida visible en la parte exterior del cuerpo que ocasione la muerte o la pérdida de uno de sus miembros o funciones siempre que el acontecimiento sea producido independientemente de cualquier otra causa, por la acción directa o violenta de causas externas o fortuitas.

Se emiten pólizas de accidentes personales que cubren diferentes tipos de coberturas entre éstos:

Accidente de Aviación: Sufrido por aeronave de una línea regular comercial, con itinerario, legalmente establecida y autorizada para el servicio internacional de transporte aéreo de pasajeros.

Accidente de Vehículo Privado: Sufrido por un vehículo particular de circulación terrestre, de cuatro ruedas, de motor, destinado al transporte de personas que se encuentre el Asegurado como conductor o acompañante; se excluye la competencia, pruebas o contiendas de seguridad, resistencia o velocidad.

5. SEGUROS PRIVADOS

Accidente como Peatón: Accidente que sufra el Asegurado mientras se conduce a pie, por la vía pública a consecuencia de atropellamiento de un vehículo motor.

En los seguros de enfermedad o gastos médicos se indemniza al asegurado cuando éste contrae una enfermedad y sirve para cubrir la pérdida económica que le causa durante el periodo que dura, así como el pagar los costes médicos derivados de la misma: suele cubrir:

a)

Gastos de medicamentos cubiertos.

b)

Intervención quirúrgica: Se entregará una indemnización única en función del tipo de intervención.

c)

Hospitalización: El asegurado percibirá una indemnización diaria indicada en la póliza

por cada día que el asegurado permanezca hospitalizado.

Indemnización diaria: Se percibe una indemnización por cada día que el asegurado se encuentre de baja, por lo general, las aseguradoras ofrecen el pago diario con base a una tabla previamente prediseñada.

d)

Indemnización por convalecencia: Suele complementar a la indemnización diaria en

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