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SEXTO RESPONSABILIDAD PENAL

SEXTO

. RESPONSABILIDAD PENAL..

La valoración del material probatorio, de conformidad con las reglas de la lógica, las máximas de la experiencia y los conocimientos científicos, que es de donde tiene su fuente la sana crítica, permiten a este Tribunal de Juicio Oral, acreditar la plena RESPONSABILIDAD PENAL de XXX, en la comisión del hecho delictuoso que la ley prescribe como el delito de FEMINICIDIO, cometido en agravio de XXX, pues resulta inconcuso que se colman los siguientes aspectos:

1.- FORMA DE INTERVENCION. Se acredita con el desfile probatorio, en términos de lo dispuesto por el artículo 11 fracción I inciso c) del Código Penal en vigor, en calidad de autor material; ya que del contenido de los medios de pruebas se advierte que fue precisamente XXX, la persona que el día veintinueve de julio del dos mil once, aproximadamente entre las dieciséis treinta y dieciocho horas con treinta minutos; al estar en el domicilio que ocupaban como casa habitación, estando en el área de la sala jala a XXX sentándola en un sillón, posteriormente va hacia su ropero y saca un arma de fuego siendo un rifle, regresa a la sala y le dispara a XXX XXX impactando el proyectil en el lado derecho del cuello ocasionando con ello que falleciera a consecuencia de las alteraciones tisulares, estructurales y viscerales ocasionadas por el shock hipovolémico secundario a heridas por proyectil de arma de fuego penetrante de cuello con lesión en las arterias carótida primitiva lado derecho y de la yugular interna.

Conclusión a la que se arriba, al tomar en cuenta el contenido del deposado incriminatorio que emite en su calidad de testigo presencial de los hechos el menor de nombre XXX, persona que cuenta con una edad de , quien compareció a la audiencia de juicio oral, debidamente asistido en razón a su minoría de edad de la persona que lo tiene bajo su cuidado que lo es XXX, y la psicóloga adscrita a la Subprocuraduría de delitos relacionados con la violencia de género, de la Procuraduría General de Justicia del Estado de México, XXX, quien al momento del comparecer señaló en forma clara y precisa los hechos que pudo conocer de

manera directa y los cuales relata en forma acorde a su edad, narrativa que resulta trascendentes para acreditar la responsabilidad penal del acusado; en efecto, dicho testigo fue interrogado por el Ministerio Publico y durante el interrogatorio hizo el señalamiento firme, directo y contundente en contra del acusado, refiriéndolo como la persona que conoce con el nombre de XXX y que fue quien disparó el arma de fuego (rifle) en contra de la corporeidad de la pasivo penal (XXX xxx) provocándole lesiones que la privaron de la vida; dicho testigo señaló lo siguiente: “Yo andaba

jugando en la sala y que llega y que saca el rifle del ropero y mi má estaba en el sillón y que lo rasguña mi mamá y después que me salgo a jugar en el patio y que me meto debajo de la cama y que me pasa la bala aquí y se llevó a la peque y le pegó en el oído, le metió la bala y le pegó en el oído y a mí me sacaron los policías y me quedé en la tienda y que me quedo en la tienda y que me voy a jugar ahí y me quedé jugando ahí cuando se murió mi ma, y después que voy por mi pelota y después que juego hasta cuando me sacaron los policías y que mi abuelita XXX fue por mí, y a mí me pegó bien feo el viejo XXX, después a mi me pegó con el cinturón por la cara, cuando yo me subía a su cama y me decía que me bajara y después agarré mi triciclo me pasee y me subí a la casita de arriba por las escaleras y me fui asomar y ya no estaba la peque y vi a mi ma muerta. ¿como se llama tu mamá? mi mamá está en el cielo, porque el viejo XXX la mató, yo voy a su tumba, es que yo me paro y chillo, se llama XXX; ¿porque se fue al cielo? XXX se la llevó de las greñas de la carretera para la casa y después que la avienta en la cama y que le pega con el cinturón. Sé que mi mamá está en el cielo porque el viejo XXX la mató, la mató con el rifle; ¿tú dónde estabas cuando él sacó el rifle? Estaba en la tienda jugando, ¿quién más estaba cuando tú viste eso?, yo estaba con Don XXX; ¿qué fue lo que viste en relación a que tu mamá se fue al cielo?, yo estaba debajo de la cama y mi má XXX lo rasguño y yo que me salgo y veo y dijo tu salte de ahí y yo no quise, porque yo sabía que me podía dar con la bala y me salí y que le corro y que abro la puerta y que me salgo y que me voy con Don XXX y que le digo y que me meto cuando él no estaba y mi ma XXX estaba tirada en el piso y que a mí me sacaron los policías porque dejé la puerta abierta y yo me fui con don XXX y yo estaba chillando porque mi ma XXX estaba muerta y mi abuelita XXX que yo me voy con ella y soñé con ella y fui hacer pipí y vi una cara en el cielo y vi una cara y vi que era mi ma XXX y yo me metí pa´ la casa y amanece y juego carritos y fui hacer del baño y que veo un rectángulo de corazón que tenía un corazón adentro iba volando alguien y que por ella y alguien estaba en un rectángulo y con un corazón y fue a ver y ya no estaba y era mi ma XXX. ¿qué le hizo XXX a tu mamá? Que XXX le pegaba con el zapato por la cara y le daba de patadas y le pegaba recio y después yo estaba jugando con la peque y le decía ira peque, ira peque con su ropita, y mi má XXX que

me dice mira xxx quítamelo, ¿quién te decía que se lo quitaras? mi má XXX, después que el me pega y después mi má también me lo quita, después él se fue a emborrachar a la cantina y se fue a la casa bien borracho y que llega y después que mata a mi ma y yo me meto debajo de la cama y yo me salí cuando él se fue y cerré la puerta con la peque y mi má XXX lo rasguño, y los policías me sacaron. ¿ viste con que la mató? con el rifle y que yo veo que le dio en el oído y después que yo le dije a don XXX porque la puerta estaba cerrada y yo le grité y él llamó al licenciado y él que me saca porque tenía la llave. ¿De dónde tomó el rifle? en el piso, tenía una cobija tendida ahí quedó. ¿De dónde sacó el rifle XXX? del ropero; ¿quién es la peque? yo me salí, sí sé, mi má XXX también me quería y a la peque y la peque chilló como la vio a ella, cuando la mató XXX el viejo. ¿XXX te quería? XXX no me quería, XXX le dio con la pistola y él fue así le dijo a porque se fue para México y él la persiguió. XXX no me quería porque yo siempre agarraba el triciclo y yo le dije a mi ma XXX y después que me pega; XXX me pegaba con el cinturón y con la mano me pegaba en la cara. ¿en dónde quedó muerta tu mamá el día que tu viste esto? Cuando agarré el triciclo y que me metí a la cama que veo a mi má muerta, mi má se quedó muerta en el sillón grande quedó ahí, y después quedó junta al sillón, porque él la subió en el colchón XXX a mi ma.” Testimonio que fue

rendido previa la exhortación para conducirse con verdad, fue emitido de viva voz, ante el Tribunal de Juicio Oral y en presencia de las partes, en donde relata de acuerdo a su edad los hechos que pudo advertir de manera directa, revelando aspectos que difícilmente pudo haber expresado en la forma que lo hace sin que obedezcan a su conocimiento directo; su narrativa es lógica, emitida en forma contundente, sin ninguna duda, describiendo de acuerdo a sus posibilidades, los actos desplegados por XXX en contra de la hoy occisa, ubicándose claramente en el lugar en donde acontece el evento, esto es el interior de su domicilio, lo que se deduce en razón de que afirma que estaba jugando en la sala y la sala desde luego que es una parte integrante de una casa habitación; reconociendo a los intervinientes como a su mamá XXX y al agresor como XXX, quien le disparó a su mamá privándola de la vida; ubicándose además en la temporalidad del hecho como el día en que estaba jugando en la sala, cuando se da cuenta que XXX XXX agrede a su mamá, pues en palabras del menor señala que se da cuenta que su mamá rasguña a XXX y después de ese momento el menor señala que XXX va por un rifle y le disparó a su mamá, incluso señala el menor en forma insistente que XXX mató a su mamá y que le dio con la bala, que después de ese momento su mamá quedó tirada y que solamente sintió miedo por lo sucedido, siendo esta manifestación del testigo puntual, certera y sin dubitaciones, tanto por lo que hace a la presencia del acusado, la identidad del acusado como el autor de la conducta, los actos desplegados y la

existencia de un rifle como arma homicida; señalamiento incriminatorio que se advierte lógico y creíble, pues no obstante que durante el contra interrogatorio que realiza la defensa, se pretendió evidenciar contradicciones en sus aseveraciones, especialmente respecto del lugar en donde se encontraba el menor testigo cuando aduce que vio la forma en cómo se desarrollaron los hechos; sin embargo, contrario a ello, el menor hizo señalamientos que fortalecen de manera puntual y precisa la certeza de sus señalamientos de incriminación; en efecto al ser contrainterrogado por la defensa, el testigo refirió: “Antes de que viniera aquí me dijeron lo que tenía que

decir, me dijo mi hermano XXX, el que va en cuarto. Vivo con mi abuelita XXX, ella me lleva a la escuela, yo no hice nada cuando la vi tirada porque él también a mi me podía dar con la pistola el viejo XXX, yo así le decía a él; todo lo que les digo es verdad; ¿si yo te digo que tu te llamas es verdad o es mentira? yo me llamo XXX; mi abuelita me trajo aquí, cuando XXX le pegó a mi ma yo estaba en la tienda con el señor XXX, yo estaba en la tienda porque mi ma XXX me mandó a comprar azúcar, mi má XXX no me llevaba a la escuela, cuando ella se iba a trabajar me dejaba con mi abuelita y cuando salía iba por mí en la tarde; le pegaba en la panza XXX a mi ma, con el zapato, y yo le pegué y después él me pegó, si sé para que sirven el rifle y la pistola, él viejo XXX cuando se quedó ahí la tenía en el ropero, el tamaño de la pistola era, y cuando nos íbamos a dormir a la colchoneta el sacó el rifle y nos tiró un tiro pero le falló el tamaño del rifle es grande era azul, y yo ya había visto ese rifle antes cinco veces; cuando XXX mata a mi ma, yo estaba en el patio porque me dijo mi ma que jugara y jugué carritos y me vio jugando y el viejo XXX cerró la puerta y que le pega el balazo a mi ma XXX, me vio jugando y cerró la puerta y le dio con el rifle; estaba debajo de la cama y vi hacia abajo, y vi que caminó XXX hacia el ropero y sacó el rifle grande, desde ahí vi eso, estuve debajo de la cama cuando él se fue y después yo ya me salí de debajo de la cama y estaba la puerta cerrada, que tenía seguro y yo le hablé a don XXX que le habla al licenciado y él tenía las llaves y que me saca, y don XXX es el que está allá afuera, a don XXX lo conocí en xxx, ¿quién te llevó con don XXX? llegó el comandante y que el comandante les habla a policías y que ven a mi má muerta y ahí se quedaron en la tienda cuidando y tenían perros y cuidaban que el viejo XXX fuera a la casa y no fue, después mi má XXX fue por mi yo le platiqué a mi abuelita lo que había visto y le dije que mi má se había morido y que había sido el viejo XXX, le dije cuando fue por mi, ¿a quien más le platicaste? él no me veía, cuando vi a mi ma en el suelo, sentí que estaba triste; mi hermanita la tiene la que entró aquí. De lo que se advierte que a pesar de los cuestionamientos de la defensa, el menor insiste en relatar en forma coincidente la dinámica de los hechos que fueron advertidos en forma directa, señalando a detalle las circunstancias por las cuales pudo presenciar el evento, que

sucedió el día en que el estaba jugando en la sala y relata cómo fue se dio cuenta que XXX tomó un rifle, el cual incluso aduce el menor que ya había visto con anterioridad y con ese rifle le dispara a la hoy occisa, estableciendo que él no hizo nada por miedo, pero que todo lo que relata lo pudo ver directamente; reiterando esencialmente que posteriormente le platico a su abuelita lo que había visto en aquella ocasión; dejando en claro con su narrativa que la persona que realizo la conducta fue a quien él identifica como XXX. Luego entonces, contrario a patentizar alguna contradicción en el deposado del testigo, el contrainterrogatorio robustece la apreciación de los suscritos juzgadores, en razón de que la información que aporta no se separan esencialmente de la dinámica de los hechos que planteo desde el principio, por el contrario, abona en detalles que había omitido señalar al ser cuestionado por el Ministerio Publico; lo anterior se concluye no obstante que si bien es cierto el menor señaló que hubo una persona de nombre XXX, a quien identifica como su hermano, que fue quien le dijo lo que debía declarar, sin embargo, esta circunstancia no puede ser considerada como un indicio de aleccionamiento, pues en principio hace referencia a que esta persona va en cuarto año, lo que de suyo indica que no podría ser un acto de aleccionamiento ante la corta edad de la persona, pero más aún, porque la corta edad del testigo XXX, no hace factible que pueda ser inducido a declarar en determinado sentido; aunado a que el relato del menor tiene tal lógica y coherencia que guardan estrecha relación con el evento que se analiza y ello no puede ser producto de un artificio; y finalmente por que los aspectos descritos por el testigo en la forma en que los da a conocer a este Tribunal, se encuentran saturados de una serie de detalles, que reflejan invariablemente que son producto de una vivencia directa, que solo pueden ser emitidos por un testigo con la edad de XXX, por tratarse de hechos que conoció en forma directa; por ende es que dicho testimonio adquiere valor de indicio relevante; de cuyo contenido se permite advertir claramente que los actos desplegado por XXX en contra de la pasivo penal, fue realizarle un disparo con una arma de fuego, provocándole lesiones que acarrearon el cese de las funciones vitales. Siendo importante señalar que no obstante a que se adoptaron algunas medidas en cuanto a la ubicación del testigo, para salvaguardar el estado emocional de dicho menor y evitar su revictimización, dicho testimonio se recibió bajo los principios de publicidad, contradicción, inmediación, continuidad y concentración garantizando al acusado el derecho de conocer a la persona que depone en su contra y estar presente durante el desahogo de la prueba.

Debe destacarse que el señalamiento incriminatorio realizado por el testigo presencial de los hechos, no es aislado, por el contrario se adminicula y robustece

con los testimonios de XXX YXXX, madre y tía respectivamente de la víctima, quienes si bien es cierto no estuvieron presentes en el lugar del suceso; sin embargo, si aportan información que circunstanciadamente lleva a este Tribunal a considerar que el dicho del menor testigo es racional y coherente, además de que tiene factibilidad de realización en los términos que fueron relatados; lo que sin duda conlleva a la acreditación plena de la responsabilidad penal del enjuiciado; en efecto, la primera de las testigos al responder los cuestionamientos que fueron formulados por parte de la fiscalía y del defensor, manifestó: “Tuve once hijos, solo viven diez, mi

hija ya no vive, XXX era la tercera, pero ya no vive; mi hija no ha sido casada pero vivió con XXX, quien se encuentra aquí (señala al acusado quien está en el área de seguridad), con esta persona vivía desde hacía aproximadamente dos años antes de morir, si tuvieron hijos, una niña que se llama XXX, que tiene dos años, ella es la única hija que tuvo con él, mi hija tenía otro hijo que se llama XXX, que tiene años de edad, también vivía con mi hija, vivían en la comunidad de xxx, municipio de xxx; a mi hija le pegó el acusado, es lo que le dijo el delegado; a mí me mandó avisar el delegado de xxx, incluso paso el regidor de la presidencia de xxx, y por medio de unas vecinas me dejo el aviso, las vecinas fueron quienes me avisaron y por eso me trasladé a xxx, al llegar ahí fui a la casa del delegado y el Delegado ya me dio la información, cuando yo llegué ya no encontré a mi hija; le pregunté al delegado por el niño y éste me informo que estaba en la casa del señor XXX, yo fui a esa casa, recogí al niño y me lo llevé para mi casa; esto fue el 29 de julio del 2012, mi hija lleva muerta un año, porque apenas fue el cabo de año, el cabo de año fue el 31 de julio del dos mil doce; yo si declaré ante el Ministerio Publico cuando fui a recoger el cuerpo de mi hija; en esa ocasión declaré que a mi me avisaron, que yo no vio y que me mandaron decir que algo había pasado y me traslado al lugar; la fecha en la que rendí la entrevista fue el 30 de julio, porque el 29 falleció mi hija y en el Ministerio Publico de xxx me presenté al otro día; fue Don XXX, el señor de el que me entregó a mi nieto; en ese momento mi nieto no me comentó nada de lo sucedido, una vez que me lo entregó Don XXX, yo me lo llevé; ya después mi nieto me dijo lo que había ocurrido, me dijo que el acusado había llegado, que agarró el arma y le estuvo pegando a mi hija y que le pegó; mi nieto me dijo que se había