CAPÍTULO II SECTORIZACIÓN RURAL
SISTEMA DE EQUIPAMIENTOS
Artículo 86º. Conformación
El sistema de equipamientos está conformado por las áreas y construcciones de uso público o privado destinados a satisfacer las necesidades colectivas básicas, tanto las que permiten la prestación de servicios públicos a la comunidad como las que soportan el funcionamiento y operación del Municipio en su conjunto. Algunos de los equipamientos colectivos se encuentran ubicados en las diferentes Centralidades expuestas, otros se encuentran dispersos, pero en su conjunto todos, independientemente de su localización, constituyen el sistema de equipamientos municipal.
Los equipamientos son lugares de carácter público o privado (dependiendo de su propiedad y del servicio que presten), que sostienen el desarrollo de aquellas actividades diferentes a la vivienda y que constituyen símbolos o marcas de importancia colectiva. Los equipamientos cualificarán las Centralidades y contribuirán, junto al espacio público, a la construcción del Modelo de Ordenamiento Territorial deseado para el Municipio.
Por sus particulares, singularidades y por las condiciones de accesibilidad, estos equipamientos podrán además, prestar servicios a la población rural, al Área Metropolitana y a la región. Su ubicación se establece de acuerdo con el ámbito de prestación del servicio y deberán contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de la comunidad en general y a la consolidación del Sistema de Centralidades.
Artículo 87º. De los ámbitos territoriales para la prestación de los servicios.
En el territorio y según la cobertura de los servicios, los equipamientos municipales se jerarquizan por órdenes y ámbitos territoriales de atención así:
Tabla 4: Jerarquizacion de los equipamientos según su orden y ámbito
ORDEN ÁMBITO
Primer orden o general Ámbito regional y Metropolitano Ámbito municipal
Segundo orden o local Ámbito zonal o veredalÁmbito barrial
Ámbito Regional: Hacen parte de este ámbito los equipamientos que conforman las edificaciones e infraestructuras localizadas en el territorio del Municipio que ofrecen características de alta jerarquía y de impacto supramunicipal. La localización de estos equipamientos será preferiblemente en el Corredor Metropolitano de Servicios, la Centralidad sur, la Centralidad turística y el corredor Metropolitano sobre la Doble Calzada de Caldas.
Ámbito Metropolitano: Hacen parte de este ámbito los equipamientos que conforman las edificaciones e infraestructuras de alta jerarquía o reconocido impacto Metropolitano, y están dispuestos para atender la demanda de servicios públicos o privados de los Municipios correspondientes al área Metropolitana. La localización de estos
58 Acuerdo N° 22 de 2009 equipamientos será preferiblemente en el Corredor Metropolitano de servicios, la Centralidad Sur y la Centralidad Turística.
Ámbito Municipal: Conforman este grupo los equipamientos de alta jerarquía o significativo impacto municipal (urbano y rural) establecidos para la prestación de aquellos servicios públicos o privados, de los que requiere satisfacerse colectivamente el Municipio en su conjunto. Su localización será preferiblemente en la Centralidad del Centro Tradicional, en la Centralidad Cultural y Administrativa del Plan Parcial Sabaneta Real y en la futura Centralidad Turística, en el Cerro La Romera (Zona Núcleo del Parque Central de Antioquia) donde se podrán ubicar equipamientos institucionales de uso pasivo, científico e investigativo sin ir en detrimento de sus restricciones ambientales, previa autorización de las autoridades ambientales y de las Secretarías de Planeación y Medio Ambiente.
Ámbito Zonal: Conforman este grupo los equipamientos de mediana jerarquía o impacto urbano y rural, dispuestos para la prestación de servicios públicos o privados y que atienden las necesidades colectivas de la población correspondiente a una zona determinada del área urbana o rural. Se localizarán preferiblemente en los corredores de actividad múltiple o en las Centralidades municipales.
Ámbito Barrial: Conforman este grupo los equipamientos de menor jerarquía o impacto urbano previstas para la prestación de servicios públicos o privados, que atienden las necesidades colectivas de los barrios, entendido éste como la menor división política- administrativa municipal del área urbana.
Artículo 88º. De la Clasificación de los Equipamientos.
Adóptanse la clasificación de los equipamientos municipales: - Equipamientos Culturales
- Equipamientos Comerciales y de Servicios - Equipamientos de Recreación y Deportes - Equipamientos Turísticos
- Equipamientos de Salud
- Equipamientos de Asistencia Social
- Equipamientos Educativos y de capacitación
- Equipamientos para la prestación de Servicios Públicos Básicos - Equipamientos para el Culto
- Equipamientos de la Fuerza Pública
- Equipamientos para la Prevención y Atención de Desastres - Equipamientos Institucionales
- Equipamientos de Transporte
Artículo 89º. De los criterios para la localización de equipamientos Metropolitanos en el territorio municipal
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59 Acuerdo N° 22 de 2009 Para la localización de los equipamientos asociados a la implementación de los PGIRS, se respetará la legislación vigente y las premisas consignadas en los Planes de Gestión Integral de Residuos Sólidos Regional y Municipal. El objetivo primordial es permitir la continuidad y funcionalidad del sistema de manejo de los residuos en el valle de Aburrá, mediante la definición en el Municipio de las zonas aptas para consolidar el sistema para la gestión de los residuos sólidos: sitios para la disposición final de los residuos sólidos, las estaciones de transferencia multimodal de los residuos sólidos, y el tratamiento de los residuos sólidos.
Este tema se desarrollará más adelante en los Componentes urbano y rural.
b) De los equipamientos relacionados con el sistema de prevención de desastres y emergencias
El manejo y la implementación de los equipamientos relacionados con el sistema de atención y prevención de desastres se hará en el marco de la Red para la Gestión del Riesgo en el Valle de Aburrá - REDRIESGOS -, a la que el Municipio se ha incorporado. Este tema se desarrollará más adelante en Equipamientos para la Prevención y Atención de Desastres.
c) De los equipamientos asociados al Plan Maestro de Seguridad, Defensa y Justicia
El Municipio consultará el “Plan Maestro de Seguridad, Defensa y Justicia” para determinar la localización de los CAI, estaciones de policía, y demás equipamientos relacionados con el tema de la seguridad ciudadana en el valle de Aburrá.
Este tema se desarrollará más adelante Equipamientos de la Fuerza Pública.
CAPÍTULO V