P RIMERA PARTE
2.3. El tabú lingüístico: características generales
2.3.2. Tabú e interdicción: terminología y definición
En la bibliografía sobre tabú, se encuentra a menudo una preferencia por alguno de los dos términos siguientes: tabú lingüístico, interdicción lingüística, o una diferenciación conceptual entre ellos. Se puede decir que el uso de uno u otro está determinada, en parte, por la tradición lingüística de los autores: en la lingüística francesa, se ha preferido interdiction linguistique, mientras que en el mundo anglosajón se habla de linguistic/verbal taboo51 (Galli de Paratesi, 1964: 17). Esta autora propone
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Para una revisión del fenómeno, ver Montero Cartelle (1981: 15-19).
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La bibliografía sobre tabú lingüístico es particularmente metafórica (magia, toxicidad, contagio, daño, arma…) lo que parece revelar una cierta complejidad a la hora de explicar el fenómeno desde un marco terminológico exclusivamente lingüístico.
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Esto sitúa el tabú en la reflexión sobre el vínculo entre “las palabras y las cosas”, relevante en varias etapas de la historia de la Lingüística desde el Cratilo, de Platón hasta la corriente Wörter und Sachen, con repercusión en la Dialectología de inspiración etnolingüística (García Mouton, 1987a: 49).
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En 2008, en el IX Curso de Variación Sociolingüística de la Universidad de Murcia, tuve ocasión de preguntarle a Peter Trudgill por qué no había incluido el término ‘interdicción
que estos nombres se refieren en realidad a dos momentos del mismo fenómeno: la interdicción es la coacción social ejercida sobre los hablantes para “non parlare di una data cosa o ad accennarvi con termini che ne suggeriscano l’idea pur senza indicarla direttamente” (íbid.), y el tabú es la interdicción que opera solo en la esfera religiosa primitiva52. El origen de esta división está en Mansur (1956:12, en Uría Varela, 1997: 3), aunque la formalización terminológica de mayor repercusión es la de Galli, seguida por Montero Cartelle (1981), Casas Gómez (1986, 2009a), Senabre (1971) o Coseriu (1977). Otros autores, como Crespo Fernández (2007: 31) y Alonso Moya (1978) también manejan ambos conceptos, aunque establecen una división distinta: si bien coinciden con los anteriores en que el fenómeno global de presión social es la interdicción lingüística, para ellos el tabú lingüístico tiene el sentido léxico de ‘palabra tabuizada’. Para otros autores no existe esta división e incluyen bajo uno de estos conceptos, bien interdicción, bien tabú, todos los ámbitos en los que se aplican restricciones en la comunicación, ya sean más cercanos a los originarios (mágico- religiosos) o no (sexuales, escatológicos, etc.). Kany (1960), por ejemplo, opta por interdicción, y propone varios grupos: interdicción mágico-religiosa, sexual y de decencia, social, política, y de vicios y defectos. El Diccionario de Sociolingüística (Trudgill y Hernández Campoy, 2007) se decanta por tabú y considera que “[en] las sociedades occidentales, también hay tabúes relacionados con el sexo, la religión, las funciones corporales, los grupos étnicos, la comida, la suciedad y la muerte” (ibíd., p. 311).
La vacilación en los términos responde, en parte, al hecho de que el fenómeno es intrínsecamente complejo y está compuesto por varios subfenómenos, como “los juramentos, las blasfemias, los insultos y las obscenidades sexuales y escatológicas” (Martínez Valdueza, 1998: 116) 53. Estos conceptos, cuya clasificación está basada en
lingüística’ en su Diccionario de Sociolingüística (Trudgill y Hernández Campoy, 2007). Se trataba, desde su perspectiva, de un concepto extremadamente marcado y ligado a conceptos religiosos como el pecado, que no le parecían adecuados para tratar el fenómeno. Esta anécdota ilustra cómo los conceptos científicos, como los demás, están determinados por su origen cultural, lo cual puede explicar la preferencia por uno u otro según la tradición de pensamiento a la que se pertenezca.
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El vínculo está motivado probablemente por la asociación con el origen tribal y, por tanto, relacionado con el sistema de símbolos mágicos o religiosos que conferían una fuerza misteriosa.
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También en inglés se encuentran problemas a la hora de consensuar el alcance del concepto y el hiperónimo utilizado para referirse a todos los fenómenos implicados. Por ejemplo, “[c]ursing, as the term is used here, refers to several uses of offensive speech.
las categorías sobre las que se centre la ofensa, forman parte del lenguaje prohibido. En muchos casos, aunque se intentan justificar diferencias entre ‘interdicción’ y ‘tabú’, los autores se refieren a facetas de un mismo sistema de prohibiciones que afectan a la comunicación.
En este trabajo, se considerarán como equivalentes: el tabú lingüístico/ la interdicción lingüística es la restricción54, socialmente motivada, sobre la comunicación de determinados conceptos o de determinadas formas léxicas.
2.3.3. ¿Palabras tabú o conceptos tabú?
Las teorías del tabú lingüístico suelen pecar de cierta imprecisión en la definición del plano al que afecta la prohibición. Existe una tendencia generalizada a relacionar el tabú con el léxico, asumiendo que la prohibición recae sobre la palabra. Así, se habla de que la interdicción afecta a “certo nome o certa palavra” (Mansur Guérios, 1956: 12, en Montero Cartelle, 1981: 15), al “término que designa un objeto” (Montero Cartelle, 1981: 15), a “ciertas palabras” (Casas Gómez, 1986: 20), a “su significante” (Crespo Fernández, 2007: 29).
Esta asimilación de tabú con expresión léxica no es errónea, sino imprecisa, y es incoherente con ciertas premisas teóricas manejadas en la bibliografía. Se percibe, más o menos sutilmente, que los autores sitúan la interdicción en un plano más profundo que el de las formas. Esto se deduce de varias asunciones en sus razonamientos: en primer lugar, el hecho de que haya consenso en que el estudio del tabú es un campo privilegiado para estudiar una cultura (ver 2.1). Esto implica, teóricamente, que las prohibiciones no recaen sobre palabras que resulten malsonantes, sino sobre conceptos que remiten a realidades marcadas, constituyentes de esa cultura en cuestión. En segundo lugar, las clasificaciones del tabú que hacen los autores (ver 2.3.4) parten siempre de criterios temáticos, aunando los elementos prohibidos en campos semánticos
Technically speaking, cursing is wishing harm on a person (e.g., eat shit and die). But the term cursing is used comprehensively here to include categories such as: swearing, obscenity, profanity, blasphemy, name calling, insulting, verbal aggression, taboo speech, ethnic-racial slurs, vulgarity, slang, and scatology.” (Jay 2000: 9).
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Es importante matizar que los conceptos de ‘restricción, prohibición, interdicción, etc.’ utilizados aquí se refieren a fenómenos cuya fuerza de aplicación varía considerablemente. Se debe tener presente esta variabilidad como característica fundamental del tabú lingüístico y no concebirlo como una limitación extrema, a pesar de la contundencia que los términos mencionados parezcan transmitir.
del tipo ‘escatología’, ‘sexo’, ‘muerte’, etc. lo que apunta a niveles más profundos que los de las meras formas. Explícita o implícitamente, se asume la idea de que el tabú supone “non parlare di una data cosa” (Galli de Paratesi, 1964: 16) y no solo no usar ciertas formas léxicas.
Martínez Valdueza (1998: 120), y ya antes Andersson y Trudgill (1992: 57), distinguen tres situaciones posibles con respecto al tabú: el caso de comportamientos prohibidos sin reflejo lingüístico (como el canibalismo o el incesto), el caso de prohibiciones que afectan solo a la forma lingüística55 o “tabúes puramente lingüísticos” (Trudgill y Hernández Campoy, 2007: 311), y las que afectan al signo lingüístico en su conjunto (con forma y significado afectados por la prohibición). A pesar del avance que supone esta división, aún se pueden añadir algunos matices. En primer lugar, Martínez Valdueza solo considera propiamente lingüísticos los dos últimos tipos. Existen, sin embargo, evidencias que hacen que el primero también deba considerarse según esta perspectiva. Si bien caníbal no es una palabra malsonante en cualquier contexto, sí que puede ser utilizada como insulto, lo que la equipara funcionalmente a los tabúes (Martínez Valdueza, 1998: 125). En cuanto al segundo tipo, la autora menciona palabras, como puñetas o pendejo, que han perdido su sentido interdicto pero resultan malsonantes. Aunque sincrónicamente la motivación no sea transparente, la base de la prohibición está en el significado sexual de los conceptos a los que remitieron. Diacrónicamente, por tanto, estos tabúes también tienen un origen semántico. Al tercer tipo pertenecen los tabúes que afectan al signo lingüístico en forma y significado, según la autora. En este se incluyen el sexo y la escatología, campos con un alto de grado de variación (ver diccionarios sexuales, capítulo III) en los que, para cada concepto, existen multitud de formas de expresión. La creación constante de expresiones remite, más que a una asociación aislada de ciertas palabras prohibidas con ciertos conceptos, a la prohibición que recae sobre el concepto en sí.
A pesar de que el fenómeno pueda afectar exclusivamente al nivel de la forma (algunas palabras que, por asociación o por cacofonía, pueden considerarse malsonantes, aunque no tengan significados ofensivos, sobre todo en sincronía), su manifestación más común se da en el nivel semántico (Uría Varela, 1997: 18). Como se
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Algunos ejemplos muy citados, por lo exóticos, son los casos de los Tiwi (habitantes de islas al norte de Australia) que tienen prohibido pronunciar los nombres de los muertos, pero también cualquier palabra que suene parecida (Andersson y Trudgill, 1992: 57).
verá a continuación, la propia clasificación de los tabúes que hacen los autores mencionados apunta en esa dirección, ya que las divisiones son temáticas, no formales.