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Unidad de servicios penitenciarios y carcelarios USPEC

2. El sistema penitenciario y carcelario en Colombia

2.3 Instituciones y servicios que integran el sistema penitenciario y carcelario:

2.3.3 Unidad de servicios penitenciarios y carcelarios USPEC

La USPEC es una unidad administrativa especial con personería jurídica y autonomía administrativa y financiera, adscrita al Ministerio de Justicia y del Derecho y cuyo objeto corresponde a la gestión y operación del suministro de bienes y la prestación de servicios, infraestructura y apoyo logístico y administrativo requerido para el funcionamiento de los servicios penitenciarios y carcelarios a cargo del INPEC (arts. 2 y 4 D. 4150/11).

De acuerdo a su naturaleza jurídica, la USPEC es una entidad descentralizada que guarda una relación de control con el poder central bajo el denominado poder de tutela, debido al

fenómeno de la adscripción. De igual manera, la Ley 489 de 1998 no fija una forma de

organización ni funciones especiales para este tipo de entidades, por lo que la norma de creación deberá determinar tales aspectos para cada una de ellas (Rodríguez, 2011).

La USPEC se posiciona entonces como una entidad técnica de apoyo para la prestación de servicios carcelarios y penitenciarios. Es por ello que, a diferencia del INPEC, esta no se ocupa de la ejecución de las penas o medidas privativas de la libertad o de la aplicación del tratamiento penitenciario, sino que responde a las necesidades de infraestructura, recursos físicos, servicios y gestiones contractuales que sean requeridas para el cumplimiento del objeto del INPEC.

De tal manera, según lo señalado por el artículo 5° del Decreto 4150 de 2011, la funciones de la USPEC son:

- Desarrollar e implementar los planes, programas y proyectos logísticos y administrativos para la prestación de los servicios requeridos por el INPEC.

- Adelantar las gestiones para la adquisición y suministro de los recursos físicos, técnicos y tecnológicos necesarios para la gestión penitenciaria y carcelaria.

- De manera concurrente con el INPEC, definir los lineamientos que en materia de infraestructura se requieran.

- Coadyuvar en la definición de políticas en materia de infraestructura.

- Administrar los fondos y sistemas de manejo de cuentas que le sean asignadas; entre otras.

Así mismo, para el cumplimiento de su objeto, la USPEC debe promover y celebrar contratos de asociaciones público-privadas, de concesión o de cualquier otro tipo, cuyo objeto sea la construcción, rehabilitación, mantenimiento, operación y prestación de servicios asociados a la infraestructura carcelaria y penitenciaria, además de realizar, ya sea de manera directa o

contratado con terceros, las funciones de supervisión, interventoría, auditoría y seguimiento a la ejecución de los mismos (art. 5 num. 7 y 8 D. 4150/11).

La Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios se encuentra dividida a su vez en varias direcciones con funciones diferenciadas, similar a la estructura del INPEC, las cuales, según lo dispuesto por el artículo 11 del Decreto 4150 de 2011, se conforman por un nivel

superior que corresponde al Consejo Directivo. Este se ocupa de formular la política general de la entidad, junto con sus estrategias de operación; hacer seguimiento a los resultados de gestión institucional; impartir instrucciones a la Dirección General para el manejo de fondos y sistemas

de manejo de cuentas; aprobar el proyecto de presupuesto anual y sus modificaciones y adoptar los estatutos internos (art. 9 D. 4150/11).

En el siguiente nivel está la Dirección General de la cual dependen el resto de las direcciones de la entidad42, que se encuentra compuesta a su vez por las Direcciones de

Infraestructura43, Logística44, Gestión Contractual45 y Administrativa y Financiera46. A este

despacho, además de las funciones de diseño y formulación de políticas institucionales y planes de gestión, le corresponde (art. 12 D. 4150/11):

42 A su vez, la Dirección General se encuentra compuesta por las Oficinas denominadas Asesora de Planeación y Desarrollo -

encargada de la formulación, ejecución y evaluación de políticas institucionales en materia de presupuesto, desarrollo e infraestructura, entre otros-, Asesora Jurídica –encargada del apoyo jurídico, fijación de directrices para la implementación de disposiciones normativas y ejercer la representación judicial-, Control Interno –diseño e implementación del Sistema de Control Interno y evaluación de la atención al ciudadano- y Tecnología –diseño e implementación de políticas para el uso y

aprovechamiento de la tecnología, la información y las telecomunicaciones- (arts. 13 a 16 D. 4150/11).

43 Esta se compone de las Subdirecciones de Construcción y Conservación y de Seguimiento a la Infraestructura (arts. 18 y 19 D.

4150/11) y sus funciones comprenden la asistencia a la Dirección General en la definición de las políticas y estrategias en materia de infraestructura; la elaboración del Plan maestro de reposición, rehabilitación y mantenimiento de infraestructura; así como la formulación, ejecución y seguimiento de los planes, programas y proyectos de inversión en dicha materia, lo cual comprende la adquisición de predios y la elaboración de estudios técnicos (art. 17 D. 4150/11).

44 Compuesta por las Subdirecciones de Suministro de Servicios y de Suministro de Bienes (arts. 21 y 22 D. 4150/11) y cumple

como función principal consolidar el plan anual de compras; dirigir la elaboración previa de los estudios de conveniencia y oportunidad para atender los requerimiento de bienes y servicios para la gestión penitenciaria y carcelaria; así como ejecutar los planes de provisión de los mismos (art. 20 D. 4150/11).

45 Esta Dirección se ocupa de adelantar los trámites y procedimientos relacionados con la gestión contractual de la entidad en lo

que respecta a la elaboración de actos administrativos y contratos, estudio y aprobación de pólizas, alimentación de los sistemas de información y seguimiento a la función de vigilancia contractual (art. 23 D. 4150/11).

46 Esta se encuentra conformada por las Subdirecciones Administrativa, Financiera y de atención a los Establecimientos de

Reclusión (arts. 25 a 27 D. 4150/11) yse ocupa de los asuntos relacionados con las políticas, objetivos, estrategias, dirección y ejecución de los servicios administrativos y el presupuesto de la entidad (art. 24 D. 4150/11).

- Dirigir la ejecución de proyectos de adquisición, suministro y sostenimiento de los recursos físicos, técnicos, tecnológicos y de infraestructura requeridos para la prestación de servicios penitenciarios y carcelarios.

- Ejercer la representación legal de la entidad y celebrar los convenios interadministrativos o de asociación entre entidades públicas para el cumplimiento de la misión de la entidad.

Igualmente, el Director General podrá administrar el Fondo de Infraestructura Penitenciaria -FIC- y hacer las veces de ordenador del gasto, por delegación del Ministro de Justicia. El citado fondo fue creado mediante el Decreto 1890 de 1999 como una dependencia interna del Ministerio de Justicia y del Derecho, con autonomía administrativa y financiera, cuyas funciones están relacionadas con el diseño, adquisición de terrenos, construcción, reconstrucción, refacción, ampliación y equipamiento de la infraestructura del sistema penitenciario y carcelario del orden nacional, junto con la administración del fondo-cuenta para la financiación y

adquisición de infraestructura carcelaria.

Las anteriores son las dos principales entidades que participan del Sistema Penitenciario y Carcelario, que como se acaba de ver, abarcan una gran cantidad de funciones y servicios en lo que respecta a la ejecución de la pena, la aplicación del tratamiento penitenciario y la prestación de servicios penitenciarios y carcelarios. No obstante, existen otras entidades participantes en algunos otros aspectos del sistema, los cuales se enunciarán a continuación.