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3. VALIDACIÓN DE LA PROPUESTA

3.2. Validación de la propuesta

Yo, Dr. Máster Gerardo Molina Jácome, Juez de la Sala de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la Corte Provincial de Justicia de Tungurahua, procedo a entregar mi hoja de vida a petición verbal de la Ab. Verónica Mantilla Pazmiño para que forme parte de los anexos de su investigación, y respecto a ésta expreso lo siguiente:

El Art. 94 de la Constitución de la República del Ecuador manifiesta: “La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencia o autos definitivos en los que se

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haya violado por acción u omisión derechos reconocidos en la Constitución, y se interpondrá ante la Corte Constitucional. El recurso procederá cuando se hayan agotado los recursos ordinarios y extraordinarios dentro del término legal, a menos que la falta de interposición de estos recursos no fuere atribuible a la negligencia de la persona titular del derecho constitucional vulnerado”. Disposición constitucional de la que se colige no procede contra los laudos arbitrales, pero sin embargo la Corte Constitucional, realizando una interpretación extensiva de la norma, ha aplicado sobre los mismos, lo que personalmente considero podría vulnerar el debido proceso, la seguridad jurídica, y el principio de legalidad, toda vez que universalmente es conocido que en Derecho Público, se puede realizar únicamente lo que éste permite, sin que en este campo sea aplicable la interpretación extensiva de la norma, en consecuencia resulta procedente la propuesta planteada por la maestrante de la Universidad Regional Autónoma de los Andes “UNIANDES”, previa a la obtención del grado académico de magister en Derecho Constitucional, quien de conformidad la investigación efectuada ha dado cumplimiento con los objetivos específicos, entre los que se cuentan: 1. La Fundamentación jurídica y doctrinaria del Derecho Constitucional, las garantías constitucionales, la acción extraordinaria de protección, los medios alternativos de solución de conflictos, y el arbitraje; 2. Determina a través de la investigación de campo la incidencia de la normativa constitucional relacionada con la aplicación de la acción extraordinaria de protección respecto de los laudos arbitrales; y, 3. Establece las bases para la elaboración del documento crítico jurídico sobre la acción extraordinaria de protección, y su aplicación en los laudos arbitrales.

La maestrante luego de la investigación bibliográfica y documental ha llegando en cumplimiento del objetivo general a elaborar categóricamente un documento crítico jurídico sobre la acción extraordinaria de protección que a futuro permitirá sensibilizar la reforma constitucional del Art. 94 de la Constitución de la República del Ecuador para su aplicación en forma expresa sobre de los laudos arbitrales.

Por lo expuesto, me permito validar la propuesta de la maestrante en los términos que quedan indicados.

97 3.3 Conclusiones parciales del capítulo:

La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencia o autos definitivos en los que se haya violado por acción u omisión derechos reconocidos en la Constitución. El Art. 94 de la Constitución no determina que la acción extraordinaria de protección sea aplicable en los laudos arbitrales.

La convalidación del experto viabiliza la propuesta, a lo que se adhiere la investigación de campo realizada a los profesionales del derecho inscritos en el Foro de Abogados de Tungurahua.

La propuesta es procedente, de actualidad y conlleva un beneficio para las personas que resuelven sus conflictos a través de los Centros de Arbitraje.

98 CONCLUSIONES GENERALES:

La Constitución de la República del Ecuador forma parte del Derecho Público y en la misma no cabe interpretaciones extensivas o antojadizas.

La Constitución de la República del Ecuador, reconoce a los medios alternativos de solución de conflictos.

La costumbre u la jurisprudencia constitucional no reforman la Constitución.

La acción extraordinaria de protección procede contra sentencias o autos definitivos. La acción extraordinaria de protección de hecho se plantea en contra de los laudos arbitrales.

La Constitución de la República del Ecuador en el Art. 94 no determina expresamente que la acción extraordinaria de protección va en contra de los laudos arbitrales que se emiten por parte de los Tribunales de Arbitraje.

La Corte Constitucional ha resuelto acciones extraordinarias de protección contra laudos arbitrales aplicando la interpretación extensiva de la norma Cosntitucional. En el Art. 94 de la Constitución ecuatoriana expresamente no se determina que la acción extraordinaria de protección proceda en contra de los laudos arbitrales, sino únicamente sobre sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por acción u omisión derechos reconocidos en la Constitución.

99 RECOMENDACIONES:

El documento crítico jurídico sobre la Acción Extraordinaria de Protección para sensibilizar una reforma constitucional respecto de los laudos arbitrales.”, deberá será difundido a través de la Universidad Regional Autónoma de los andes “UNIANDES”. La “UNIANDES”, debe ser el medio adecuado para hacer conocer a los Asambleísta de Tungurahua sobre la propuesta estructurada para que analicen detenidamente a efectos de que se proponga la respectiva reforma constitucional al Art. 94.

La propuesta deberá socializarse en foros de discusión y difundirlo en las redes sociales, con el fin planteado.

BIBLIOGRAFÍA:

ALVARADO, Santiago. ROBALINO, Vicente. “Manual de hábeas corpus en el Ecuador”. Ambato –Ecuador. Año 2011.

ÁLVAREZ VITA, Teoría del Estado y Derecho Constitucional, 3ra Edición, Editorial ADRUS, Arequipa 2010.

BENAVIDEZ, Jorge. Manual de Justicia Constitucional Ecuatoriana. Las medidas cautelares en la realidad constitucional ecuatoriana: eficacia en su aplicación y efectividad de la garantía. Quito, Centro de estudios y difusión, 2013.

CALAMANDREI, Piero. Introducción al estudio sistemático de las medidas cautelares. Buenos Aires, Editorial Temis, 1996.

CUEVA CARRIÓN, Luis. Jurisprudencia de la Corte Constitucional. Ediciones Cueva Carrión. Tomo VII. Quito-Ecuador

Declaración Universal de Derechos Humanos Art. 8

Comisión Andina de Juristas; “Perú y Chile Poder Judicial y Derechos Humanos”. Lima-Perú, Comisión Andina de Juristas. Año 2000.

Corte Interamericana de Derechos Humanos

FUENTES, Colón Bustamante, Nueva Justicia Constitucional, Quito, 2011, Editorial Jurídica del Ecuador.

GARCÍA BECERRA, José Antonio, Curso de Garantías Individuales y Sociales, Facultad de Derecho, Facultad Autónoma de Sinaloa Publicación Digital.

HENRIQUEZ FRANCO, H. Derecho Constitucional. Lima-Perú. Fecat.

JIJÓN LETORT Rodrigo, Dr. Medios Alternativos de solución de Conflictos. Projusticia. Digmpres. Quito-Ecuador. 1997.

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Procuraduría General del Estado. Doctrinas sobre temas de Derecho Público Ecuatoriano. Quito-Ecuador.2008.

QUIROGA LEÓN, Aníbal. Derecho Procesal Constitucional y el Código Procesal Constitucional, Primera Edición, Ara Editores, Lima 2005,

QUISBERT ERMO. Derecho Constitucional, 2da Edición, Edit. ADEQ, La Paz Bolivia 2007,

RAMOS ARIAS. Derecho Romano, páginas 30-32

TORRE Alberto. Introducción al Derecho. Editorial Perrot. Argentina-Buenos Aires. Villanueva, Ernesto, En el foro de acceso a la información auspiciado por la Coalición Acceso a la información, 2004

Códigos y Leyes:

Ley de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional. Editorial Jurídica del Ecuador. Quito-Ecuador. 2009

Código Civil ecuatoriano. Corporación de estudios y Publicaciones. Quito-ecuador.2012 Ley de Arbitraje y Mediación. R. O. No. 145 de 4 de sept. 1997. PROJUSTICIA. Quito- Ecuador.

Constituciones:

Constitución de la República. Quito-Ecuador. 2008. Asamblea Nacional Constitución de la República de España 1992

Constitución de la República de Argentina Constitución de la República de Chile

Diccionarios:

DICCIONARIO JURÍDICO ESPASA. LEX. Espasa siglo XXI. Editorial Espasa Calpe S. A. Madrid-España 1999

ENCICLOPEDIA JURÍDICA OMEBA. Varios tomos Editorial Bibliográfica, Buenos Aires – Argentina, 1998

DICCIONARIO JURÍDICO OSORIO, Tomo I. Editorial Hepassa.- Quito-Ecuador 1996.

DICCIONARIO DE DERECHO USUAL DE G. CABANELLAS. Varios Tomos.- Buenos Aires-Argentina. 1964

ENCICLOPEDIA ILUSTRADA. Tomo I. Editorial Sopena. 1966. Argentina. REAL ACADEMIA ESPAÑOLA. Diccionario de la lengua española. Vigésima primera edición. Edición electrónica en CD-ROM. Espasa Calpe. S. A. Madrid-España, 1.998.

LINKOGRAFÍA

http://definicion.de/derecho-constitucional/#ixzz3bJ5KA3LC

ANEXOS

Yo, Dr. Máster Gerardo Molina Jácome, Juez de la Sala de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la Corte Provincial de Justicia de Tungurahua, procedo a entregar mi hoja de vida a petición verbal de la Ab. Verónica Mantilla Pazmiño para que forme parte de los anexos de su investigación, y respecto a ésta expreso lo siguiente:

El Art. 94 de la Constitución de la República del Ecuador manifiesta: “La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencia o autos definitivos en los que se haya violado por acción u omisión derechos reconocidos en la Constitución, y se interpondrá ante la Corte Constitucional. El recurso procederá cuando se hayan agotado los recursos ordinarios y extraordinarios dentro del término legal, a menos que la falta de interposición de estos recursos no fuere atribuible a la negligencia de la persona titular del derecho constitucional vulnerado”. Disposición constitucional de la que se colige no procede contra los laudos arbitrales, pero sin embargo la Corte Constitucional, realizando una interpretación extensiva de la norma, ha aplicado sobre los mismos, lo que personalmente considero podría vulnerar el debido proceso, la seguridad jurídica, y el principio de legalidad, toda vez que universalmente es conocido que en Derecho Público, se puede realizar únicamente lo que éste permite, sin que en este campo sea aplicable la interpretación extensiva de la norma, en consecuencia resulta procedente la propuesta planteada por la maestrante de la Universidad Regional Autónoma de los Andes “UNIANDES”, previa a la obtención del grado académico de magister en Derecho Constitucional, quien de conformidad la investigación efectuada ha dado cumplimiento con los objetivos específicos, entre los que se cuentan: 1. La Fundamentación jurídica y doctrinaria del Derecho Constitucional, las garantías constitucionales, la acción extraordinaria de protección, los medios alternativos de solución de conflictos, y el arbitraje; 2. Determina a través de la investigación de campo la incidencia de la normativa constitucional relacionada con la aplicación de la acción extraordinaria de protección respecto de los laudos arbitrales; y, 3. Establece las bases para la elaboración del documento crítico jurídico sobre la acción extraordinaria de protección, y su aplicación en los laudos arbitrales.

La maestrante luego de la investigación bibliográfica y documental ha llegado en cumplimiento del objetivo general a elaborar categóricamente un documento crítico jurídico sobre la acción extraordinaria de protección que a futuro permitirá sensibilizar

la reforma institucional del Art. 94 de la Constitución de la República del Ecuador para su aplicación en forma expresa sobre de los laudos arbitrales.

Por lo expuesto, me permito validar la propuesta de la maestrante en los términos que quedan indicados.

f). DR MASTER GERARDO MOLINA JÁCOME JUEZ PROVINCIAL

Ambato, 14 de octubre del 2014 Formato de Encuesta:

Sr/a Ab/a Inscrito/a en el Foro de Abogados de Tungurahua Ciudad

Por medio del presente instrumento me permito ponerle en su conocimiento que me encuentro realizando la investigación sobre el tema: “La Acción Extraordinaria de Protección y los Laudos Arbitrales en el Ecuador”, previa la obtención del Grado Académico de Magister en Derecho Constitucional, en la Universidad Regional Autónoma de los Andes “UNIANDES”, en tal virtud muy comedidamente solicito se sirva contestar las preguntas que forman parte de esta encuesta dibujando una X en la respectiva casilla. La seriedad en sus respuestas me permitirá profundizar la investigación.

Pregunta No. 1

¿Procede la acción extraordinaria de protección contra sentencias o autos definitivos en los que se haya violado por acción u omisión derechos reconocidos en la Constitución?

SI……. NO…

Pregunta No.2

¿La acción extraordinaria de protección se propone cuando se hayan agotado los recursos ordinarios y extraordinarios dentro del término legal?

Pregunta No. 3

¿Conoce que la acción extraordinaria de protección se plantea en contra de los laudos arbitrales?

Pregunta No. 4

¿El Art. 94 de la Constitución de la República del Ecuador determina en forma expresa que la acción extraordinaria de protección recae sobre los laudos arbitrales?

SI….. NO…. Pregunta No 5.

¿Conoce casos en que la Corte Constitucional del Ecuador ha resuelto acciones extraordinarias de protección contra laudos arbitrales aplicando la interpretación extensiva de la norma?

SI……. NO…….

Pregunta No 6

¿La Constitución de la República del Ecuador forma parte del derecho público, y esta regidas por normas de orden público?

Pregunta No.7

¿Cuándo las normas son de orden público, debe realizarse lo que la norma jurídica permite?

SI……. NO…… Pregunta No 8.

¿La Jurisprudencia Constitucional reforma directamente la Constitución?

SI….. NO…….

Pregunta No. 9

¿La normativa constitucional de la acción extraordinaria de protección incide en la aplicación respecto de los laudos arbitrales?

SI….. NO…..

Pregunta No. 10

¿Considera necesario elaborar un documento crítico jurídico sobre la acción extraordinaria de protección para sensibilizar una reforma constitucional respecto de su aplicación en los laudos arbitrales?

SI…… NO…..

Atentamente.

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