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Diversidad Cultural: Uso y Abuso del Concepto “un Acercamiento a su Sentido Real”

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Academic year: 2020

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(1)DIVERSIDAD CULTURAL: USO Y ABUSO DEL CONCEPTO “UN ACERCAMIENTO A SU SENTIDO REAL”. ADOLFO DEL PORTILLO RODRÍGUEZ [email protected] - [email protected] 20142057003. LUIS FERNANDO BRAVO LEÓN [email protected]. UNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCISCO JOSÉ DE CALDAS MAESTRÍA EN INVESTIGACIÓN SOCIAL INTERDISCIPLINARIA REPRESENTACIONES SOCIALES E IMAGINARIOS BOGOTÁ D.C., COLOMBIA 2017 1.

(2) TABLA DE CONTENIDO PORTADA TABLA DE CONTENIDO RESUMEN. 4. ABSTRACT. 4. INTRODUCCIÓN. 5. 1.. ADQUISICION Y PREPARACION DEL TERRENO (ANTECEDENTES). 1.1.. MARCO HISTÓRICO. 12. 12. 1.1.1.. CONQUISTA Y COLONIA. 13. 1.1.2.. INDEPENDENCIA (1810 – 1819). 15. 1.1.3.. REPÚBLICA (1819 – 1886). 16. 1.1.4.. CONSTITUCIÓN DE 1991. 20. 1.1.5.. BOGOTÁ HUMANA. 31. 1.2.. MARCO TEÓRICO. 35. 1.2.1.. ANTECEDENTES ACADÉMICOS. 35. 1.2.2.. ANTECEDENTES TEÓRICOS. 44. 1.2.3.. ANTECEDENTES LEGALES. 47. 2. CULTIVO DE LA TIERRA: LA MATERIA PRIMA Y LAS HERRAMIENTAS (CONCEPTUALIZACIÓN). 54. 2.1.. CULTURA. 54. 2.2.. DIVERSIDAD CULTURAL. 57. 2.2.1.. MULTICULTURALISMO. 59. 2.2.2.. PLURICULTURALISMO. 60. 2.2.3.. INTERCULTURALISMO. 61. 2.3.. CONSTITUCIÓN. 65. 2.4.. REPRESENTACIONES SOCIALES. 68. 2.4.1. PERTINENCIA DE LAS REPRESENTACIONES SOCIALES DENTRO DEL OBJETO DE ESTUDIO 70 3.. TÉCNICAS DE CULTIVO Y RECOLECCIÓN (REFLEXIÓN EPISTEMOLÓGICA) 74. 3.1 RASGOS METODOLÓGICOS 3.1.1.. 74. ANÁLISIS CRÍTICO DEL DISCURSO. 2. 78.

(3) 3.2.. LISTA DE TEMAS. 81. 3.2.1. CP DE 1991 - PREÁMBULO, ARTÍCULOS 1, 2 Y 7 (TÍTULO I), ARTÍCULO 13 (TÍTULO II) Y ARTÍCULO 70 (TÍTULO II, CAPÍTULO 2) 81 3.2.2.. LGE 115 - ARTÍCULO 1 Y ARTÍCULO 5 (NUMERALES 2 Y 6). 82. 3.2.3.. LCCS DE 2002 - EJES GENERADORES: NUMERALES 1 Y 7. 82. 3.2.4.. PDB 2012 – 2016 (CAPÍTULO II, EJE 1, ARTÍCULO 4). 83. 3.3.. INTERPRETACIÓN. 83. 3.3.1.. LA CP DE 1991. 83. 3.3.2.. LGE 115 de 1994. 85. 3.3.3.. LCCS de 2002. 87. 3.4.. ¿CÓMO SE REPRESENTA LA DIVERSIDAD Y LA CULTURA?. CONCLUSIONES. 88 97. 3.

(4) RESUMEN. Nuestro interés general fue desarrollar una investigación sobre la diversidad cultural en nuestro país desde documentos legales, ya que es muy interesante el auge que este concepto ha tomado desde inicios de la década de los 90, y en particular con la promulgación de la carta magna de 1991. Desconociendo, tal vez, que la diversidad en esta parte del mundo ya se presentaba desde la misma aparición de nuestras culturas aborígenes y las distintas relaciones entre éstas mismas, pasando por la llegada de los españoles con el llamado “descubrimiento de América” y todo el proceso de exploración y ocupación por parte de ellos; la caza, secuestro, esclavitud y desembarco de nativos del continente africano en territorio americano.. ABSTRACT. Our general interest was to develop an investigation on the cultural diversity in our country from legal documents, since there is very interesting the summit that this concept has taken from beginnings of the decade of the 90, and especially with the promulgation of the great letter of 1991. Not knowing, maybe, that the diversity in this part of the world already was appearing from the same appearance of our aboriginal cultures and the different relations between these themselves, spending for the arrival of the Spanish with so called " discovery of America " and the whole process of exploration and occupation on the part of them; the hunt, kidnapping, slavery and disembarkation of native of the African continent in American territory.. 4.

(5) INTRODUCCIÓN. “Quien en nombre del universalismo excluye al otro que se mantiene extraño para los otros, comete traición contra su propia idea” (Habermas, 1989). La pregunta principal que guío toda esta investigación fue ¿Cómo está representada la diversidad cultural establecida en la Constitución Política de Colombia de 1991 en la legislación posterior a su promulgación y en la política pública de la Bogotá Humana 2012 - 2015?. Nuestro objetivo general era analizar cómo la diversidad cultural recogida en la Constitución Política de 1991 (CP de 1991) está representada en la posterior legislación nacional y en la política pública bogotana con mención de la Ley General de Educación 115 de 1994 (LGE 115) promulgada por el Congreso de la República, los lineamientos curriculares para Ciencias Sociales (LCCS de 2002) establecidos por el Ministerio de Educación Nacional y el Plan de Desarrollo de Bogotá (PDB 2012 – 2016) durante el periodo de la Bogotá Humana.. Además, planteamos dos objetivos específicos, el primero era comparar la CP de 1991 (estatal), la LGE 115 (sectorial) y los LCCS de 2002 (ministerial), para determinar los puntos de aproximación y distanciamiento en términos de. 5.

(6) diversidad cultural. Y el segundo, caracterizar la diversidad cultural en la política pública durante el periodo de la Bogotá Humana 2012 – 2015 (local).. Por otro lado, no podemos desconocer la complejidad del mundo contemporáneo en el campo de la cultura y la (in)diferencia, representa un reto y un amplio campo para las ciencias en general y en particular para las humanidades y las ciencias sociales; la diversidad cultural ha emergido como objeto ineludible de estudio.. Los contactos entre personas de distintas culturas aumentan debido al gran avance de las comunicaciones y las tecnologías. El interés y la preocupación por la diversidad cultural es cada día mayor, esto se debe a que el mundo actual nos da muestras de conflictos, de movimientos poblacionales y de complejas formas de relaciones entre personas. Sin embargo, la diversidad cultural no se da solamente en las relaciones interpersonales, se manifiesta también a través de las industrias culturales. Es aquí donde se inscribe la idea de evidenciar las características propias de lo que se conoce como cultura y la diversidad dentro de ella. Por esto, ha tomado una gran relevancia en la actualidad, y es desde allí que se hace importante realizar un seguimiento de la trascendencia y real influencia de este concepto, en la configuración de representaciones sociales al respecto.. Por todo esto, surgió la importancia de realizar una investigación en la que se diera un repaso a esa diversidad y su presencia en los documentos oficiales como testigos mudos del proceso y reconocimiento de nuestra diversidad. 6.

(7) En este sentido, son muy pocos los referentes oficiales en cuanto al tema central de esta investigación, es por ello que el grueso de documentos que fueron abordados y que hacen alusión a la diversidad cultural en nuestro país se encuentran en el campo de la educación. Por otro lado, se realizó una descripción de la política pública del periodo de la Bogotá Humana desde PDB 2012 – 2016, con el objetivo de ver como se abordó (por lo menos en el papel) la inclusión y no segregación en la ciudad durante la alcaldía de Gustavo Petro ya que fue uno de los planteamientos fundantes de su administración; y si es posible, hacer una triangulación de información entre lo estatal, sectorial, ministerial y local.. Es posible que la diversidad cultural como concepto, haya tomado mayor importancia con el debilitamiento de los estados nacionales a nivel mundial, producidos desde el exterior por procesos como la globalización, la cual debilita su soberanía y la cohesión cultural, y desde el interior, por la reivindicación de los derechos de la gran cantidad de pueblos indígenas a nivel continental y algunos grupos migratorios específicos a nivel mundial.. Es importante aclarar que la diferencia en lo que se refiere a cultura ha existido desde el mismo momento de la aparición del ser humano; del mismo modo, no se puede desconocer que las distintas concepciones cosmogónicas y las relaciones entre culturas han sido investigadas a lo largo de la historia. Sin embargo, para el desarrollo del objeto de estudio de esta investigación se hizo necesario realizar un acercamiento a la historia y la caracterización del concepto de diversidad cultural; 7.

(8) ya que no se puede hablar de este concepto en el contexto nacional desconociendo como se ha ido desarrollando a nivel mundial y como se ha abordado específicamente en este lado del continente.. Retomando la idea inicial sobre procesos como la globalización, y partiendo de la concepción de que ésta abarca todos los campos referentes a la sociedad como son: la política, la economía, el medio ambiente, la tecnología, la cultura, la educación, la salud, etc., es importante reconocer cómo la cultura se convierte en uno de los espacios propicios para instaurar los principios del llamado “nuevo orden mundial”, el cual tiene sus raíces luego de la Segunda Guerra Mundial y la creación de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y que tuvo su consolidación con el final de la Guerra Fría, y la caída del muro de Berlín en noviembre de 1989.. Esta concepción de un organismo transnacional, al que se le concede cierto poder sobre las decisiones de sus países miembros, en todos los factores constitutivos de una nación, trae consigo una serie de directrices que apuntan al mantenimiento del control y el desarrollo de un idioma común, que fortalezca la idea de un mundo en función del mismo mundo. Dicen Hardt & Negri:. “Las Naciones Unidas pueden ser, en efecto, comprendidas como la culminación de todo este proceso constitutivo, culminación que tanto revela las limitaciones de la noción de orden internacional como apunta, más allá de él, hacia una nueva noción de orden global” (El Imperio, 2000, pág. 9). 8.

(9) Hoy en día, la mayoría de las sociedades deben asumir las demandas de unidad y de diversidad de maneras concretas y cotidianas y con independencia de que las semejanzas y las diferencias procedan del género, las creencias religiosas, las tradiciones, etc. A falta de unidad, se disgregan y no pueden adoptar y aplicar colectivamente decisiones que susciten un espíritu de comunidad. En cuanto a la diversidad, no sólo es ineludible, sino además un factor positivo y contribuye al bienestar colectivo. Se trata de generar espacios reales e igualitarios para el desarrollo constitutivo de otras lógicas de interrelación cultural, de la construcción de otras formas de convivir la cultura.. La diversidad cultural ayuda a las personas a adaptarse a la variación del entorno. Sin embargo, presenta múltiples problemas, que se despliegan a raíz de la diferencia. Como resultado de lo anterior, se ve la exclusión social que puede llegar incluso hasta el racismo, como reflejo de la falta de reconocimiento del otro. También, se ha tratado a la mayoría de comunidades como grupos absolutos e incluso estáticos, pero en realidad, los grupos culturales no lo son y a menudo dentro de ellos se presentan inquietudes acerca de su identidad y sus límites.. En la actualidad, se presenta una cierta tendencia hacia la homogeneización en todos los campos y en particular en lo social, en contraposición al reconocimiento de diferencias culturales, que son en sí, expresiones de la resistencia de ciertas manifestaciones culturales a homogeneizarse, la resistencia de las diversas lenguas a adecuarse a otras estructuras, o sencillamente, a ir 9.

(10) desapareciendo, a abandonar unas costumbres o a olvidar un pasado simplemente porque es minoritario.. En cada relación interpersonal, colectiva, de poder, económica, artística y, por supuesto, cultural se evidencian las formas distintas de ver, pensar y abordar la vida y el mundo de las ideas de cada persona. Las percepciones conviven, pero no se movilizan ni interrelacionan en la mayoría de los casos, ya que se pueden aceptar otras culturas siempre y cuando no se intente modificar la propia, que ha sido construida y arraigada por el individuo.. A partir de la gran tensión que se ha generado entre lo global y lo local y el auge por lo cultural, sobre todo en nuestra región, Latinoamérica, y en países como Estados Unidos y Canadá, se nos presenta una serie de interrogantes iniciales, que guiarán la primera parte del texto, y que al momento de abordarlos estarán apoyados en textos y autores acordes a estos. Dichas preguntas iniciales e introductorias son: ¿Qué es la cultura?, ¿cómo se entiende la cultura en términos de diversidad y sus variaciones?, ¿cuál es la historia del concepto de diversidad cultural?, ¿cómo se ha significado la diversidad en nuestro contexto?. Ahora bien, si, al interiorizar la cultura se presenta una gran complejidad, la diversidad cultural en sí, plantea un reto aún mayor, ya que, dependiendo del contexto, y de la entidad o el gobierno que lo aborde, es acomodable de acuerdo a los intereses de dicho organismo. De allí que sea pertinente abordar la manera en que se representa este fenómeno en nuestro país, a partir de la más reciente 10.

(11) carta magna, CP de 1991, teniendo en cuenta su proceso de construcción y la participación de las llamadas minorías étnicas en el tema de la cultura.. Para luego triangular dicha información con lo que se expone en algunos de los documentos posteriores, que para este caso en particular surgieron dentro del marco educativo (LGE 115 y LCCS DE 2002). Además, se realizará el análisis de documentos en los cuales algunas organizaciones étnicas presentan sus posturas al respecto y la política pública en este campo desde la Bogotá Humana (2011 – 2015).. No se puede desconocer el componente social que trae explicito el abordaje de la cultura y la riqueza implícita que supone la diversidad en ella, el estudio de la concepción legal de esta amplia y enmarañada temática en un país como el nuestro es muy atractivo e interesante para cualquier investigador en el campo de las Ciencias Sociales, el arte y las humanidades.. 11.

(12) 1. ADQUISICION Y PREPARACION DEL TERRENO (ANTECEDENTES). 1.1.. MARCO HISTÓRICO. A continuación realizamos una pequeña reseña histórica en busca de ubicarnos temporalmente frente a algunos de los momentos más relevantes de nuestro proceso cultural y a la presencia de la diversidad dentro de él. Este capítulo no tiene una gran extensión ya que este no es el tema central del documento. Sin embargo, se hace necesario definir en este marco algunas de las etapas clave para el desarrollo de nuestra investigación. 12.

(13) 1.1.1. CONQUISTA Y COLONIA. De manera global, en principio hablamos del hecho histórico que implicó a tres continentes. A partir de la llegada de los europeos a nuestro territorio en octubre de 1492 con el descubrimiento de América, posteriormente la conquista y durante todo la dinámica de colonia se presentaron de manera lógica procesos de mestizaje permanente. La presencia de dos grupos raciales, uno nativo y otro extranjero,. en un territorio supone su natural relación a todo nivel, desde el. intercambio cultural, pasando por los modos de producción, hasta las relaciones sexuales amorosas o de índole violento. Además, con la introducción de un grupo racial más en ese mismo espacio físico en pro de la explotación económica principalmente, la complejidad en la correlación es obviamente mucho más amplia.. Este proceso en principio se dio entre blancos españoles e indígenas americanos, dando como resultado un nuevo grupo racial llamado mestizos. Luego con la llegada de los negros africanos se presentan dos relaciones de tipo racial más, por un lado, los mulatos entre negros africanos y blancos españoles, y por el otro, los zambos entre indígenas americanos y negros africanos.. Este largo y complejo camino recorrido durante siglos entre tres culturas y la relación posterior entre los tres grupos raciales resultantes, suponen un 13.

(14) entramado de factores de gran riqueza para la historia de esta parte del mundo, factores que difícilmente tiene parecido en otras regiones del planeta.. La visión expansiva de los europeos, precedida por el desarrollo histórico, el avance tecnológico, el monoteísmo e incluso la crueldad de la violencia vivida entre civilizaciones predecesoras; la cosmogonía propia del indígena, el respeto por la naturaleza, el avance en medicina natural, el politeísmo relacionado con la naturaleza y los conflictos propios de nuestro territorio; y el animismo africano (sin ser exclusivo de este continente), sus rituales, las condiciones físicas de su territorio y la relación con este. Además, de todas las características sociales, de lenguaje, de modo de producción e incluso de organización política, evidencian la complejidad del encuentro entre estos tres mundos y el lugar que la dinámica propia del proceso desarrollado ocupa.. No solo se descubrió, también se destruyó y se construyó para bien o para mal de acuerdo al punto de vista desde el que se aborde: una nueva sociedad, que no solo se generó en territorio americano, sino que también modifico de manera radical el territorio europeo y obviamente el africano.. “En 1492, los nativos descubrieron que eran indios, descubrieron que vivían en América, descubrieron que estaban desnudos, descubrieron que existía el pecado, descubrieron que debían obediencia a un rey y a una reina de otro mundo y a un dios de otro cielo, 14.

(15) y que ese dios había inventado la culpa y el vestido y había mandado que fuera quemado vivo quien adorara al sol y a la luna y a la tierra y a la lluvia que la moja”1. (Galeano, 2013). De manera particular, en el contexto colombiano y dentro de la formación como nación y la historia constitucional de nuestro país, ya que estos dos aspectos son la carta de navegación en la lectura crítica de la realidad de nuestro territorio; al respecto podemos hablar de dos periodos históricos: el proceso de independencia entre 1810 y 1819, y por el otro lado, el periodo republicano que está entre 1819 y la actualidad.. 1.1.2. INDEPENDENCIA (1810 – 1819). Durante el primero se presentan diez textos de tipo constitucional, pero que son de incidencia provincial según comenta Ricardo Zuluaga Gil, en su artículo titulado “Historia del constitucionalismo en Colombia. Una introducción” (Zuluaga Gil, 2016), citando a Carlos Restrepo Piedrahita de la Universidad Externado de Colombia (Restrepo Piedrahita, 1993) y a Bernd Marquardt de la Universidad Nacional de Colombia (Marquardt, 2011), estas son:.  Acta Constitucional del Socorro (15 de agosto de 1810).  Constitución de Cundinamarca (4 de abril de 1811). 1. Recuperado de http://www.puroscuentos.com.ar/2013/10/el-descubrimiento-de-america.html, el 2 de agosto de 2017.. 15.

(16)  Constitución de la República de Tunja (23 de diciembre de 1811).  Constitución del Estado de Antioquia (21 de marzo de 1812).  Constitución de la República de Cundinamarca (17 de abril 1812).  Constitución del Estado de Cartagena de Indias (14 de junio de 1812).  Constitución de Popayán (17 de julio de 1814).  Constitución del Estado de Mariquita (21 de junio de 1815).  Constitución provisional de la provincia de Antioquia (30 de julio de 1815).  Constitución de Neiva (31 de agosto de 1815).. En estos textos no se define de manera particular la cultura y mucho menos la diversidad dentro de ella, es claro que es un momento histórico enmarcado en la herencia europea liderado por los criollos, los indígenas, negros y mestizos no tienen voz y mucho menos voto, las condiciones raciales no cambian, la sociedad de uno u otro modo permanece estática frente al reconocimiento del otro. Existen intereses particulares, la idea de unión e interés general no es reconocida como una prioridad.. 1.1.3. REPÚBLICA (1819 – 1886). Y el periodo republicano que está entre 1819 y la actualidad, según el historiador de la Universidad Nacional Jorge Cote, en su artículo titulado “Las constituciones” (Cote, 2010) en cual se presentan seis constituciones, ahora con incidencia nacional: 16.

(17)  Constitución Política del Estado de la Nueva Granada (1 de marzo de 1832)  Constitución de la República de Nueva Granada (20 de abril de 1843)  Constitución Política de la República de la Nueva Granada (30 de mayo de 1853)  Constitución Política para la Confederación Granadina (22 de mayo de 1858)  Constitución Política de los Estados Unidos de Colombia (8 de mayo de 1863)  Constitución Política de la República de Colombia (4 de agosto de 1886). Al realizar la revisión general de estos últimos textos se describe de forma particular como sujeto de derechos, al ciudadano y es desde allí que se puede evidenciar el prototipo de colombiano, según cada una de las constituciones:. 1832: Artículo 8.- Son ciudadanos todos los granadinos que tengan las cualidades siguientes: ser casado o mayor de veintiún años; saber leer y escribir (pero esta condición no tendrá lugar hasta el año de 1850) y tener una subsistencia asegurada, sin sujeción a otro en calidad de sirviente doméstico, o de jornalero2. (Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., 2016). 2. Recuperado de http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=13695, el 15 de febrero de 2017.. 17.

(18) 1843: Artículo 9.- Son ciudadanos, los granadinos varones que reúnan las cualidades siguientes: haber cumplido la edad de veintiún años; ser dueño de bienes raíces situados en la Nueva Granada que alcancen al valor libre de trescientos pesos o tener una renta anual de ciento. cincuenta. pesos;. y. pagar. las. contribuciones. directas. establecidas por la ley, correspondientes a dichos bienes o renta y saber leer y escribir (pero esta cualidad sólo se exigirá en los que, desde primero de enero de mil ochocientos cincuenta en adelante, cumplan la edad de veintiún años)3. (Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.) 1853: Artículo 3.- Son ciudadanos los varones granadinos que sean, o hayan sido casados, o que sean mayores de veintiún años 4. (Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.) 1858: Artículo 5.- Son ciudadanos hábiles para elegir o ser elegidos para los puestos públicos de la Confederación, conforme a esta Constitución, los varones granadinos mayores de veintiún años, y los que no teniendo esta edad sean o hayan sido casados5. (Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.) 1863: Artículo 33.- Son elegibles para los puestos públicos del Gobierno general de los Estados Unidos, los colombianos varones mayores de 21 años, o que sean o hayan sido casados; con excepción de los Ministros de cualquier religión6. (Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.). 3. Recuperado de http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=13694, el 15 de febrero de 2017. 4 Recuperado de http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=13696#0, el 15 de febrero de 2017. 5 Recuperado de http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=13697, el 15 de febrero de 2017. 6 Recuperado de http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=13698#0, el 15 de febrero de 2017.. 18.

(19) 1886: Artículo 15.- Son ciudadanos los colombianos varones mayores de veintiún años que ejerzan profesión, arte u oficio, o tengan ocupación lícita u otro medio legítimo y conocido de subsistencia7. (Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.). Con lo citado anteriormente se evidencia una concepción unitaria y excluyente, ya que en general se hace referencia a hombres, mayores de 21 años y casados, desconociendo las particularidades de otros individuos (mujeres, solteros, menores de edad, indígenas o negros),. tal vez bajo el firme propósito de. formarse como nación. Bajo la herencia española y la concepción judeocristiana, se cobijó a todo el pueblo colombiano y se presentó como la forma ideal de construir nuestra nación, todo esto liderado principalmente por los criollos, quienes eran hijos de europeos nacidos en tierras americanas y luego por sus descendientes.. La aceptación legalmente hablando de las particularidades de las distintas razas que confluyeron en nuestro país y la aparición de nuevos grupos raciales y el reconocimiento de estos como sujetos de derechos, como consecuencia de los procesos de mestizaje, no se expresa de manera clara y precisa en ninguna de las constituciones antecesoras a la de 1991.. 7. Recuperado de http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=7153#0, el 15 de febrero de 2017.. 19.

(20) 1.1.4. CONSTITUCIÓN DE 1991. Para analizar la CP de 1991 y su carácter inclusivo es necesario caracterizar el proceso de conformación de la Asamblea Nacional Constituyente la cual fue el resultado de diversas circunstancias en el contexto nacional durante los años previos, entre ellas: los procesos de paz con los diferentes grupos guerrilleros como el Movimiento 19 de Abril (M-19) y el Ejército Popular de Liberación (EPL); la violencia propiciada por los carteles del narcotráfico liderada por Pablo Escobar, Gonzalo Rodríguez Gacha y los hermanos Gilberto y Miguel Rodríguez Orejuela; los 105 años de longevidad de la Constitución de 1886 y la movilización de un grupo estudiantil conformado en 1989 por estudiantes de varias universidades públicas y privadas.. Este movimiento se autodenominó la Séptima Papeleta, el cual impulsó la idea de que en las elecciones de marzo de 1990 se incluyera la opción de apoyar o no la convocatoria de una asamblea nacional constituyente; el nombre de este movimiento hacia alusión a que se debía votar por candidatos al Senado, Cámara de Representantes, Asamblea Departamental, Juntas Administradoras Locales, Concejo Municipal y Alcaldía, convirtiéndose así en la séptima papeleta a depositar en las urnas. (Fundación Séptima Papeleta, 2016). El resultado fue a favor, y es así como en diciembre de 1990, durante el gobierno de César Gaviria Trujillo, se llevó a cabo una nueva elección, esta vez para designar a quienes la discutirían, escribirían y promulgarían. Este grupo 20.

(21) estuvo compuesto por setenta miembros, que provenían de diversos partidos políticos y movimientos minoritarios como los indígenas.. El proceso para la participación de grupos étnicos tuvo dificultades, se realizaron múltiples reuniones y movilizaciones por parte de los distintos cabildos en el territorio nacional, en cabeza de la Organización Nacional Indígena (ONIC) y las Autoridades Indígenas de Colombia (AICO), con el apoyo de las comunidades afrodescendientes y campesinas, y de este modo lograron asegurar su puesto dentro de dicha asamblea. Para vislumbrar dicha participación y la diferencia en porcentajes con las distintas corrientes políticas es importante puntualizar como estuvo conformada:. El Partido Liberal logró el mayor número de delegados con un total de veinticinco; el M-19 obtuvo diecinueve; el Movimiento de Salvación Nacional alcanzó once puestos; el Partido Conservador logró nueve escaños; el movimiento Unión Cristiana tuvo dos representantes al igual que la Unión Patriótica; y finalmente, los movimientos indígenas de la ONIC y AICO tuvieron un representante cada uno, Francisco Rojas Birry y Lorenzo Muelas Hurtado, respectivamente.. Además, participaron con voz pero sin voto dos representantes del EPL, uno del Quintín Lame y uno del Partido Revolucionario de los Trabajadores (PRT) (Banco de la República - Biblioteca Luis Ángel Arango, 2016).. 21.

(22) El proceso de la CP de 1991 fue realizado durante 150 días y culminó el 4 de julio de 1991, bajo el supuesto de una variedad política muy amplia que pocas veces había sido vista en Colombia.. La comisión primera fue la encargada del estudio de los principios, derechos, deberes, garantías y libertades fundamentales. Además de los mecanismos de participación democrática, el sistema electoral y los partidos políticos.. Y fue. precisamente allí donde se discutió el tema de la diversidad cultural de nuestro país, a partir de la ponencia: “Los derechos de los grupos étnicos” presentada el 30 de abril de 1991, por Rojas Birry quien hizo parte de ésta. A continuación un aparte de lo que expresó este asambleísta y del sentido que le dio al tema de la diversidad cultural dentro de la consolidación de este texto constitucional:. …“En esta dirección, la Subcomisión Segunda ha reconocido en el catálogo de derechos el siguiente principio: "Articulo 33. Del Derecho a la Cultura. La cultura en sus distintas manifestaciones es fundamento de la nacionalidad. El Estado garantiza la participación plena e igual de todas las personas en la vida cultural y científica. Se reconoce la identidad y dignidad de todas las culturas y lenguas que conviven en el país y el derecho de cada comunidad a preservar y reafirmar su identidad cultural". …“Sin embargo, consideramos conveniente que se cree un título nuevo o capítulo especial en el que se reconozcan los derechos de los grupos étnicos. Respecto de esta propuesta, se han expresado diversas opiniones en favor de su reconocimiento. En el informe elaborado por la Subcomisión de Igualdad y carácter Multiétnico de la 22.

(23) Comisión Preparatoria de Derechos Humanos se expresó: "En Colombia la ampliación de la democracia y el ejercicio de los derechos humanos, pasa por reconocer la heterogeneidad cultural y garantizar el respeto a los pueblos culturalmente diferentes”. …"Implican (sic) que se reconozca el derecho colectivo a ejercer su identidad étnica, preservar y enriquecer sus tradiciones culturales y llevar adelante el desarrollo cultural que les es propio”.8. En esta misma ponencia Rojas Birry, realiza una extensa, pero importante caracterización de los grupos étnicos diferentes a los mestizos, (considerados como blancos). A continuación, reseñamos esta trascendente descripción, la cual por un lado nos ubica frente al momento histórico que se estaba viviendo y a la pertinencia de reconocer los derechos que estas poblaciones reclamaban y por el otro lado nos da luces frente a la visión que tiene este constituyente indígena, quien fue en esencia quien los representó; en principio habla de los tres subgrupos que conformaban a los indígenas de nuestro país para esa época:. I.. Pueblos Indígenas: hay en Colombia más de 80 pueblos indígenas, no siendo posible clasificarlos bajo una sola categoría. De hecho, son grupos étnicos distintos entre sí no solo por su cultura sino también por su distinto grado de articulación a la sociedad nacional. El Departamento Nacional de Planeación ha propuesto la siguiente clasificación:. 8. Recuperado de http://www.banrepcultural.org/blaavirtual/ANC/brblaa668528.pdf, el 22 de mayo de 2017.. 23.

(24) a) Población Indígena Tribal: Es la que conserva su lengua, su economía es predominantemente indígena y mantienen sus propias instituciones de tradición amerindia, en la concepción, manejo y gobierno de su sociedad. En su conjunto esta población comprende unos 227.000 indígenas, es decir, el 50.7% de la población indígena.. b) Población Indígena Tribal de Economía Campesina: Estos pueblos tienen una gran cohesión interna, conservan su lengua y en su organización social han sincretizado formas administrativas de tradición hispánica de la sociedad nacional, como el Pequeño Cabildo. Conservan algunas instituciones y prácticas culturales de tradición amerindia pero sin un marco de referencia en su interpretación del mundo, que sea integral y totalizador (por la pérdida parcial de la historia, la mitología y su función social, el saber indígena y las prácticas tradicionales). La economía de estos pueblos. es. predominantemente. campesina.. Esta. población. comprende unas 126.000 personas que corresponden a1 28% de la población indígena.. c) Población. Campesina:. La. población. indígena. campesina. comprende el 21% del total indígena con 94.423 personas. Se incluyen aquí pueblos de origen amerindio que se identifican así mismos como indígenas pero no conservan su lengua aborigen, ni las instituciones sociales de tradición amerindia. Su economía es campesina. Es necesario advertir que las cifras presentadas anteriormente sobre el número de habitantes indígenas en Colombia es inexacto. Las cifras del Departamento Nacional de Planeación son incompletas. Otros cálculos señalan que la población indígena en Colombia puede superar la cifra de los 24.

(25) 700.000 habitantes. Es necesario advertir que estos últimos grupos se encuentran en un proceso de reconstrucción de su identidad.9. En segundo lugar, realiza la descripción de la población agrupada dentro de la raza afrodescendiente, en este aparte no expresa una cifra aproximada de la cantidad de personas que hacen parte de ella. Sin embargo, puntualiza los factores que los hacen perteneciente a esta población:. II.. Comunidades Negras: respecto de las comunidades negras, es importante realizar una aclaración fundamental: los derechos especiales que se reivindican para estas se hacen en consideración a su realidad sociológica y antropológica. Estas comunidades, a pesar de haber compartido el destino común de explotación económica y aculturación de la raza negra, han logrado conservar un legado cultural tradicional enriquecido históricamente y a pesar de los fuertes procesos de despojo sufridos por el resto de comunidades negras, han logrado conservar un espacio territorial que constituye su hábitat. Los derechos que aquí se señalan son para las comunidades que poseen identidad cultural, que tienen autoridades. propias. y. poseen. un. territorio. apropiado. comunitariamente. Este es el caso de los palenques y de las comunidades negras rurales del Choco y de algunas regiones del pacifico.10. 9. Recuperado de http://www.banrepcultural.org/blaavirtual/ANC/brblaa668528.pdf, el 22 de mayo de 2017. 10. Recuperado de http://www.banrepcultural.org/blaavirtual/ANC/brblaa668528.pdf, el 22 de mayo de 2017.. 25.

(26) Y por último, describe a los colombianos ubicados en la región insular y las características propias de estos, aquí tampoco específica cifras que ayuden a aclarar el número de personas que compone este grupo racial:. III. Comunidad Raizal del Archipiélago de San Andrés: tal como se describe en el documento que se anexa, la comunidad raizal posee un legado tradicional común, profesa una religión distinta a la católica, habla en lengua inglesa y habita en un territorio ocupado tradicionalmente.11. De la anterior exposición podemos deducir hipotéticamente y de manera previa que la representación de grupos poblacionales minoritarios fue muy poca, ya que luego de todo el esfuerzo de estos por hacer parte de este proceso histórico, los grupos enumerados en el II (comunidades negras) y III (raizales) aparte, dependieron de solamente dos constituyentes (Rojas Birry y Lorenzo Muelas) ambos integrantes de grupo I (indígenas).. Y luego en sesión plenaria fueron aprobados los artículos 1, 2 y 7 (TÍTULO I: de los principios fundamentales), 13 (TÍTULO II: de los derechos, las garantías y los deberes; CAPÍTULO 1: de los derechos fundamentales) y 70 (CAPÍTULO 2: de los derechos sociales, económicos y culturales), los cuales hacen mención a lo étnico y lo cultural (Presidencia de la República de Colombia, 2016).. 11. Recuperado de http://www.banrepcultural.org/blaavirtual/ANC/brblaa668528.pdf, el 22 de mayo de 2017.. 26.

(27) La CP de 1991 en general, como uno de los documentos fundamentales, y estos artículos en particular serán retomados dentro del marco teórico y el desarrollo general de esta investigación.. Luego de la indagación y consulta de documentos legales posteriores a la CP de 1991 que aborden oficialmente el campo de la cultura desde lo étnico, se evidenció que el lugar en donde se presenta es en la educación, lo cual tiene su lógica desde la concepción de la educación como transmisión de la cultura o enculturación; la escuela es un escenario en el que se entrecruzan distintas culturas, es productora de cultura y por ende juega un papel esencial dentro de dinámica social de cualquier sociedad.. El primer texto que acoge la diversidad cultural es la LGE 115 en 1994, este documento fue establecido por el Presidente de la República Cesar Gaviria Trujillo y la Ministra de Educación Maruja Pachón, la cual plantea dentro del Título I, “Disposiciones Preliminares”, Artículo 1, “Objeto de la ley”, lo siguiente:. “…La educación es un proceso de formación permanente, personal, cultural y social que se fundamenta en una concepción integral de la persona humana, de su dignidad, de sus derechos y de sus deberes. …De conformidad con el artículo 67 de la Constitución Política, define y desarrolla la organización y la prestación de la educación formal en sus niveles preescolar, básica (primaria y secundaria) y media, no formal e informal, dirigida a niños y jóvenes en edad escolar, a adultos, a campesinos, a grupos étnicos, a personas con limitaciones 27.

(28) físicas, sensoriales y psíquicas, con capacidades excepcionales, y a personas que requieran rehabilitación social”.12 Y es hasta el 2002 con los LCCS donde se explicita la necesidad de reconocernos como un país multicultural. Dentro de la justificación del porqué de la expedición en general de toda la serie de Lineamientos Curriculares encontramos que:. “…Los lineamientos son el punto de partida para la planeación curricular y los estándares son las herramientas que hacen más concretas y operacionales las propuestas teóricas que se hacen desde los lineamientos y ponen en blanco y negro la esencia misma de lo que será la formación de los futuros colombian@s de las próximas décadas”.13 Y de manera particular, al hablar de los LCCS, en la introducción de este texto, numeral 1 “La construcción histórica de las Ciencias Sociales y sus implicaciones educativas” aparte 1.3. “Nuevos retos a las Ciencias Sociales y la educación” declara que:. “…Reconocer los saberes de las culturas no occidentales, y aceptar el aporte de las minorías dentro de los distintos países para promover una ciencia que reconozca lo “multicultural” y lo intercultural; un reto que tendrán que asumir las Ciencias Sociales, es incorporar otras. 12. Recuperado de http://www.banrepcultural.org/blaavirtual/educacion/leyedu/1a35.htm, el 6 de septiembre de 2017. 13 Recuperado de http://www.colombiaaprende.edu.co/html/docentes/1596/article-73400.html, el 6 de septiembre de 2017.. 28.

(29) visiones de mundo en otras sociedades, por ejemplo, el manejo del agua y la tierra que tienen las comunidades indígenas…”14. Uno de los motivos para que se presente en principio como campo de la educación, podría ser el que el Ministerio de Educación Nacional fue la entidad que asumió el campo cultural desde su creación oficial “el 1º de enero de 1928, según lo dispuso la Ley 56 de 1927, siendo presidente de la República Miguel Abadía Méndez” (Ministerio de Educación Nacional, 2013).. Según el informe “10 años Mincultura” de 2007, es hasta 1997, seis años después de la CP de 1991, en el gobierno de Ernesto Samper Pizano, con “la promulgación de la Ley 397 de 1997, más conocida como Ley General de Cultura, que dio vida al Ministerio de Cultura de la República de Colombia” (Ministerio de Cultura, 2007), donde de designa como una de sus responsabilidades el desarrollo de programas que aporten al reconocimiento de la diversidad cultural en Colombia.. Luego, en la presidencia de Andrés Pastrana Arango, entre 1999 y 2000, se realiza la formulación de la política “Diálogos de Nación: una política para la interacción de las culturas”, que reflejó a través del canal institucional Señal Colombia la herencia colectiva del país y la publicación de la serie “Cuadernos de Nación”, uno de los debates más profundos sobre la relación entre cultura y nación. Es en este último donde se hace referencia a lo cultural en la CP de 14. Recuperado de https://www.mineducacion.gov.co/1759/articles-339975_recurso_1.pdf, el 6 de septiembre de 2017.. 29.

(30) 1991, en el aparte “La Constitución de 1991 y la apuesta por la diversidad” (Ministerio de Cultura, 1999).. En los años posteriores se han venido mencionando programas a favor de la cultura y su diversidad, pero no existen referentes puntuales a nivel legal que la abarquen. Solo se encuentran diferentes textos publicados por organizaciones no gubernamentales, sociales, indígenas y de otras etnias que son el resultado del análisis de lo que ha sido hasta ahora la CP de 1991. Dichos escritos se pueden encontrar en un sinnúmero de páginas de internet como en la de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de los Estados Americanos - OEA15 Organización Nacional Indígena - ONIC. 16. , la Agencia. Latinoamericana de Información - ALAI17, o la Corporación Viva la Ciudadanía18 entre otros.. Es importante que aún en la ausencia de documentos recientes por parte del Ministerio de Cultura, en la actualidad dentro de sus objetivos principales esta la diversidad y la cultura como lo ratifica en su sitio web:. “…La diversidad cultural es una característica esencial de la humanidad. Colombia es un país reconocido por su compleja y rica diversidad cultural que se expresa en una gran pluralidad de identidades y expresiones étnicas, lingüísticas de los pueblos y. 15. http://www.cidh.org/countryrep/colombia93sp/cap.11.htm http://www.onic.org.co 17 http://www.alainet.org/es/active/47462 18 http://viva.org.co/cajavirtual/svc0020/articulo02.pdf 16. 30.

(31) comunidades que conforman la Nación, reconocida en la constitución Política de 1991 – artículo 7º: “el Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana.” …Es por ello un propósito del Ministerio de Cultura contribuir desde la política pública y su campo misional al reconocimiento y fortalecimiento de los diversos grupos poblacionales de Colombia, a la salvaguardia de su patrimonio cultural; a visibilizar frente al país la importancia de las expresiones culturales, sus saberes y a promover, en el conjunto de la Nación, los valore de la interculturalidad, el respeto por la diferencia y la convivencia pacífica…”19. Sin embargo, podemos reiterar la ausencia de una ley particular que hable sobre la diversidad cultural y una postura clara y definitiva frente a la defensa de este campo fundante de nuestro país.. 1.1.5. BOGOTÁ HUMANA. En lo que respecta a Bogotá no se pueden desconocer algunas propuestas hechas por administraciones recientes, posteriores a la CP de 1991, como “Formar ciudad” en el primer mandato de Antanas Mockus (1995 – 1997), la cual planteaba dentro de sus prioridades: Fortalecer la autorregulación ciudadana: cultura ciudadana, prevenir y mitigar el deterioro de las condiciones ambientales: medio ambiente, recuperar los ambientes en que se es ciudadano: espacio 19. Recuperado de http://www.mincultura.gov.co/areas/poblaciones/quienes%20somos/Paginas /default.aspx, el 6 de septiembre de 2017.. 31.

(32) público, impulsar el desarrollo humano y la convivencia: progreso social, mejorar la infraestructura material y la capacidad humana para hacer la ciudad más competitiva: productividad urbana, mejorar la calidad y la oportunidad de acción de la Administración Distrital y generar así credibilidad: legitimidad institucional.20. "Por la Bogotá que queremos" también durante el primer mandato de Enrique Peñalosa. (1998. –. 2000),. que. planteaba. dentro. de. sus. prioridades:. Desmarginalización, interacción social, ciudad a escala humana, movilidad, urbanismo y servicios, seguridad y convivencia y eficiencia institucional.21. “Bogotá para vivir todos del mismo lado” de Antanas Mockus (2001 - 2003), dentro de sus objetivos estaba: Buscar avanzar hacia una ciudad construida colectivamente, incluyente y justa, amable con los niños y los viejos, donde aprendemos a vivir en paz con nuestra conciencia y con la ley; una ciudad económicamente competitiva en producción de conocimientos y servicios; una ciudad donde lo público es sagrado.22. Con la llegada de ideas de izquierda y/o progresistas a la alcaldía de nuestra ciudad se evidencia un compromiso más claro frente al tema de la cultura y la. 20. Recuperado de http://www.shd.gov.co/shd/sites/default/files/documentos/Plan%20de %20Desarrollo%201995_1998%20Formar%20Ciudad.pdf, el 6 de agosto de 2017. 21 Recuperado de http://www.shd.gov.co/shd/sites/default/files/documentos/Plan%20de %20Desarrollo%20-%201998_2001%20Por%20la%20Bogota%20que%20Queremos.pdf, el 6 de agosto de 2017. 22 Recuperado de http://www.shd.gov.co/shd/sites/default/files/documentos/Plan%20de %20Desarrollo%20-%20Bogota%20para%20Vivir%20Todos%20del%20Mismo%20Lado .pdf, el 6 de agosto de 2017.. 32.

(33) formación en el respeto por la diferencia, por lo menos desde los planteamientos teóricos como los planes de desarrollo, es así como con:. “Bogotá sin indiferencia” de Luis Eduardo Garzón (2004 – 2007), esta se planteaba como unos de sus principios: La diversidad (Reconocer y reasignar valor a las diferencias étnicas, de géneros, generacionales y culturales), equidad, participación y probidad.23. Y “Bogotá positiva” de Samuel Moreno (2008 – 2011),. que dentro de los. principios de política pública y de acción que se proponían se destacan: La perspectiva de derechos (La acción pública se orientará a la promoción, reconocimiento, garantía y restitución de los derechos fundamentales, civiles , políticos, económicos, sociales , culturales y colectivos, de todas y todos los habitantes de la ciudad, sin distinción de etnia, culto o creencia, género o condición socioeconómica), la diversidad (La administración distrital potenciará las capacidades de los grupos heterogéneos, reconociendo las particularidades étnicas, culturales, de edad, de sexo, identidad de género u orientación sexual, religiosa o política. En virtud de ello la política pública y la atención de las necesidades contendrán acciones afirmativas y se orientarán a desnaturalizar las discriminaciones) y. la interculturalidad (El gobierno distrital le apostará a la. construcción de la política pública de interculturalidad como proceso horizontal de. 23. Recuperado de http://www.shd.gov.co/shd/sites/default/files/documentos/Plan%20de %20Desarrollo%20-%20Bogot%C3%A1%20sin%20Indiferencia_0.pdf, el 6 de agosto de 2017.. 33.

(34) entendimiento entre grupos étnicos y culturales, reconociendo y contribuyendo a la manifestación y aplicación de los diversos saberes, usos y costumbres).24. Sin embargo, haremos referencia al abordaje de la diversidad cultural en el Distrito Capital durante la “Bogotá Humana” de Gustavo Petro (2012 – 2015), ya que es en esta alcaldía en la que se evidencia una política pública puntual y clara al respecto, además, de ser el referente más reciente; dentro del objetivo general del plan de desarrollo se resalta: Se buscará que en Bogotá se reduzcan todas las formas de segregación social, económicas, espaciales y culturales, por medio del aumento de las capacidades de la población para el goce efectivo de los derechos, del acceso equitativo al disfrute de la ciudad, del apoyo al desarrollo de la economía popular, así como también buscará aliviar la carga del gasto de los sectores más pobres y la promoción de políticas de defensa y protección de los derechos humanos de los ciudadanos y las ciudadanas.. Gustavo Petro Urrego en su haber cuenta con varios cargos de elección popular como el de alcalde mayor entre 2012 y 2015, senador de la república en el periodo de 2006 – 2010 y representante a la cámara en los periodos de 1998 2006 y 1991 – 1994. Además, fue candidato presidencial en 2010, y miembro del M-19 entre 1977 y 1990.. 24. Recuperado de http://portel.bogota.gov.co/secretariageneral/imadocumentos/Plan% 20de %20desarrollo%20BOGOTA%20FINAL%20web.pdf, el 6 de agosto de 2017.. 34.

(35) Dentro de su PDB 2012 - 2016 “Bogotá Humana” y su gestión como alcalde de la ciudad planteó la importancia de la no discriminación y el respeto por la diferencia; ejemplo de ello es el capítulo II, eje 1: Una ciudad que supera la segregación y la discriminación: El ser humano en el centro de las preocupaciones del desarrollo, artículo 4 (Petro Urrego, 2012). Este documento será abordado igualmente como uno de los documentos fundamentales dentro del marco teórico y el desarrollo de este trabajo de investigación.. 1.2.. MARCO TEÓRICO. 1.2.1. ANTECEDENTES ACADÉMICOS. En la búsqueda de antecedentes frente al tema de diversidad cultural, se evidencia la realización de varios tipos de investigaciones relacionadas con este concepto, en particular trabajos de grado de maestría y publicaciones en revistas de algunas universidades públicas y otras privadas del país y del continente.. Partiendo de nuestro contexto académico, en la Universidad Distrital Francisco José de Caldas, en la Maestría en Investigación Social Interdisciplinaria, encontramos dos trabajos realizados en el año 2013: 35.

(36) El primero de autoría de Rocío Janneth Durán Mahecha, titulado Identidad étnica, multiculturalismo y política cultural. Un análisis a la formulación de planes integrales de vida indígena en Colombia25, el cual habla sobre cómo desde el campo jurídico en nuestro país se ha ido desarrollando el reconocimiento por la diversidad étnica y cultural, pero que en la práctica, históricamente hablando ha existido un rezago frente al reto de materializar el respeto por la diferencia. La investigación busca analizar algunos documentos en el marco de las culturas indígenas, de una nación que se autodenomina como multicultural, llamados Planes de Vida (Durán Mahecha, 2013), los cuales son construidos en consenso y contienen información sobre la comunidad, la caracteriza a nivel de recursos y necesidades y define los cambios y las relaciones que dicha comunidad visualiza a mediano y largo plazo (Helvetas Swiss Intercooperation, 2009).. Y el segundo, realizado por Freddy Andrés Farfán Cañadulce, Con la sangre pintada: los desafíos a la subjetividad mestiza en la obra américa, magia, mito y leyenda de Alfredo Vivero Paniza26, este trabajo se centra en el sujeto mestizo latinoamericano a través de una crítica desde estudios decoloniales del grupo Modernidad / colonialidad y el post - estructuralismo francés de Gilles Deleuze, Félix Guattari y Michel Foucault. Posteriormente, investiga la composición afectiva de algunos mestizos con la obra América, magia, mito y leyenda del pintor colombiano Alfredo Vivero Paniza (Farfán Cañadulce, 2013).. 25 26. Recuperado de: http://hdl.handle.net/11349/1000, el 22 de mayo de 2016. Recuperado de http://hdl.handle.net/11349/1001, el 22 de mayo de 2016.. 36.

(37) Continuando con los trabajos de grado en universidades públicas, en la Universidad Nacional de Colombia, nos encontramos con algunos trabajos de grado de maestría como por ejemplo en derecho, es el caso de la tesis realizada por Paulo Ilich Bacca Benavides, Los derechos indígenas en la era del reconocimiento27, en este texto se abordan los derechos indígenas desde las políticas multiculturales, identificando líneas de continuidad entre el proyecto colonial y el reconocimiento constitucional de la diversidad étnica y cultural; además, busca resaltar el papel del derecho internacional de los derechos humanos en la descolonización de los derechos indígenas (Bacca Benavides, 2011).. Por otro lado encontramos en la Maestría en Antropología de esta misma institución el trabajo: La política educativa (etnoeducación) para pueblos indígenas en Colombia a partir de la constitución de 199128, realizado por Sonia Mercedes Rodríguez Reinel, en este trabajo se investigó sobre el eventual cambio de concepción de una Nación homogénea, como fundamento de la Nacionalidad colombiana propuesto en la Constitución de 1886 e implementado a través del proceso educativo para toda la población incluida la indígena, a una Nación pluricultural y multiétnica, establecida en la nueva carta constitucional de 1991 (Rodríguez Reinel, 2011).. 27. Recuperado de http://www.bdigital.unal.edu.co/2767/#sthash.wDWcCIaJ.dpuf, el 20 de septiembre de 2016. 28 Recuperado de http://www.bdigital.unal.edu.co/5328/#sthash.Iin728as.dpuf, el 20 de septiembre de 2016.. 37.

(38) Por último referenciamos el trabajo de Lady Andrea Córdoba Navarro, realizado como tesis de Maestría en Políticas Públicas: El Referencial de diversidad cultural en la educación de la primera infancia en Colombia 29; en este documento se hace referencia a cómo los gobiernos traen consigo prioridades, que direccionan su actuar en respuesta a su percepción sobre la problemáticas relevantes de la sociedad. El referencial constituido sobre la diversidad cultural es producto de una concepción universal y de la construcción propia del Estado colombiano sobre la realidad de su sociedad, mediante la creación de normas, líneas de acción, planes, programas y proyectos. Esta concepción puede no ser acorde con las particularidades de los grupos étnicos de acuerdo a su propia cosmovisión sobre la diversidad cultural, la primera infancia y la educación (Córdoba Navarro, 2014).. En los repositorios de la Pontificia Universidad Javeriana, se pueden referenciar dos trabajos como tesis de Maestría en Ciencia Política y Relaciones Internacionales, uno realizado dentro del campo de la educación y la cultura, parte importante abordada en éste trabajo de investigación, de autoría de Gloria Andrea Rodríguez Pradilla, denominado El papel de la educación en el fortalecimiento del proceso social y político del Pueblo Indígena Kankuamo 30, donde se desarrolla el estudio de los indígenas Kankuamos, de la familia chibcha en la región caribe de Colombia, el cual ha estado sometido, al igual que muchos 29. Recuperado de http://www.bdigital.unal.edu.co/39924/#sthash.gff5IgD8.dpuf, el 20 de Septiembre de 2016. 30 Recuperado de http://hdl.handle.net/10554/13430, el 25 de mayo de 2016.. 38.

(39) otros, a la violación de derechos humanos. Y como esto ha tenido repercusión en la pérdida de su cultura propia y autonomía; por otro lado nos recuerda como históricamente la educación en estos pueblos fue una herramienta de dominación. Además, realiza una descripción de lo que en la actualidad es para esta cultura aborigen la educación y que es en ella en la que se fortalece la protección y defensa del territorio, la autonomía y la identidad. (Rodriguez Pradilla, 2014). Y el otro, dentro del reconocimiento y el derecho, de Sergio Eduardo Estarita Jiménez, Ablación en Colombia, ¿derechos humanos o autodeterminación de los pueblos indígenas? necesidad de una política pública y social de inclusión y reconocimiento de los derechos de las mujeres indígenas31. Realizado en el año 2010, en el cual se analiza la autonomía de los pueblos indígenas, la cual ha sido reconocida a nivel internacional, por medio de acuerdos, convenios y tratados, para protección y conservación de sus culturas:. (…) A partir de este reconocimiento, las comunidades indígenas determinan. libremente. su. condición. política. y. persiguen. autónomamente su desarrollo económico, social y cultural. Bajo este presupuesto de autonomía, los pueblos indígenas conservan sus ritos y prácticas, encontrándose dentro de estos y específicamente en la Comunidad Embera Chamí, la ablación de clítoris, la cual consiste en la eliminación de tejido de los genitales femeninos. (Estarita Jiménez, 2010). 31. Recuperado de http://hdl.handle.net/10554/695, el 25 de mayo de 2016.. 39.

(40) Al momento de realizar un barrido por las revistas científicas, y en particular en la Red de Revistas Científicas de América Latina y el Caribe, España y Portugal (Redalyc), en el marco de las relaciones internacionales podemos destacar el artículo: La convención sobre diversidad cultural y la cooperación española en materia de cultura32, realizado por Mª Trinidad García Leiva, Profesora Doctora de la Universidad Carlos III de Madrid y publicado por la Universidad del Norte de Barranquilla en su revista Investigación & Desarrollo, vol. 23, núm. 2, juliodiciembre de 2015. El cual está centrado en el concepto de la diversidad cultural y el importante lugar que ocupa dentro de los debates sociales, principalmente desde la adopción de la Convención sobre la Protección y la Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales por parte de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) en el 2005, la cual entre sus apartes plantea:. “La Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, en su 33ª reunión, celebrada en París del 3 al 21 de octubre de 2005(…) Afirmando que la diversidad cultural es una característica esencial de la humanidad (…), fomentar la interculturalidad con el fin de desarrollar la interacción cultural, con el espíritu de construir puentes entre los pueblos (…)”. Para ello realiza un recorrido por diferentes referentes en términos de diversidad cultural como son: la Declaración de México sobre las Políticas. 32. Recuperado de http://www.redalyc.org/articulo.oa?id=26843173008, el 20 de mayo de 2016.. 40.

(41) Culturales (1982), El Decenio Mundial del Desarrollo Cultural (1988-1997), el Informe Nuestra Diversidad Creativa (1997), la Conferencia de Estocolmo (1998) y la Declaración Universal de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) sobre la Diversidad Cultural (2001).. Finalmente busca evidenciar en qué medida se hace una ratificación por parte de España, además del aporte en su elaboración, y si realmente ha influido en la implementación de políticas públicas en relación con dicha convención.. Dentro del marco político, podemos citar la publicación de Miguel A. Bartolomé,. Antropólogo,. Profesor-investigador. del. Instituto. Nacional. de. Antropología e Historia de México: La diversidad de las diversidades. Reflexiones sobre el pluralismo cultural en América Latina33, en esta resalta la vasta bibliografía que existe frente al tema de la diversidad cultural en América Latina. Sin embargo, plantea que este tipo de análisis en el contexto contemporáneo al respecto es de gran pertinencia, ya que no todo se ha explorado y reflexionado en lo que se refiere a las relaciones sociales; su intención es realizar aportes en este campo y dejarlos como un aporte para la imaginación social, la definición o redefinición de los referentes organizativos latinoamericanos y la implementación de políticas públicas por parte de los estados regionales. No se debe simplemente evocar al pasado al hablar de las diversas culturas en esta parte del continente,. 33. Recuperado de http://www.redalyc.org/articulo.oa?id=180913915002, el 20 de mayo de 2016.. 41.

(42) ya que existen y hacen parte en la conformación de nuestras sociedades plurales. (Bartolomé, 2008). Y en el marco educativo, encontramos el texto de Aliria Vilera G., de la Universidad de los Andes, San Cristóbal (Venezuela): La educación desde la política cultural y la diversidad34, en esta la autora aborda algunas discusiones teóricas y analíticas sobre la educación desde la política cultural y la diversidad. Del mismo modo, plantea que la acción educadora implica la comprensión hacia la complejidad de relaciones políticas, económicas, sociales, culturales, simbólicas y éticas. (Vilera G., 2001). Por otro lado, encontramos la publicación de investigaciones hechas en la Universidad Externado de Colombia (UEC), en la revista de 2004, la Catedra de Investigación Científica del Centro de Investigación en Política Criminal, cuya directora es Marcela Gutiérrez Quevedo. En ella se encuentras tres textos que abordan la Diversidad y los derechos fundamentales como punto central:. El primero se titula Derecho fundamental a la vida y multiculturalismo, y es realizado por la directora del centro de investigación. En este se busca establecer en el marco de la CP del 91, la relación entre las cosmovisiones diferentes de grupos indígenas y la normatividad de los derechos humanos y en particular del derecho a la vida y como estos deben ser protegidos por su riqueza cultural y raíces ancestrales. Haciendo énfasis en que los derechos humanos a nivel 34. Recuperado de http://www.redalyc.org/articulo.oa?id=36060203 el 20 de mayo de 2016.. 42.

(43) internacional hablan de los derechos inherentes al individuo y como a diferencia de estos las comunidades indígenas se conciben desde lo colectivo y la coexistencia. (Gutierrez Quevedo, 2004). La otra publicación, hecha por Cielo Mariño Rojas, Docente investigadora del mismo centro de investigación y coordinadora del Grupo de Derechos Humanos de la Infancia y la Adolescencia de la UEC, y que lleva como título Diversidad: la comunidad indígena como sujeto de derechos fundamentales, hace referencia en forma particular a los artículos 1º y 7º de la CP del 91 y a algunas sentencias de la Corte Constitucional al respecto de los derechos fundamentales de la comunidad indígena y al entretejido que debe haber entre ellos en reconocimiento a la concepción colectiva de dichas comunidades, se trata de una concepción distante de la occidental tradicional, una concepción múltiple. (Mariño Rojas, 2004). Finalmente, reseñamos el texto: Desarrollos constitucionales para el fortalecimiento de una política de reconocimiento a la diversidad étnica y cultural, autoría de la antropóloga de la Universidad de los Andes y consultora de diferentes. organizaciones. nacionales. e. internacionales. como. la. Corte. Constitucional. En este hace referencia a lo jurídico y de cómo en este aspecto Colombia ha asumido desde la Corte Constitucional que las normas y las formas de castigos no se pueden aplicar todas del mismo modo a las comunidades indígenas y que incluso entre ellas existen diferentes concepciones al respecto, se trata de respetar la jurisprudencia interna, dentro de una postura democrática,. 43.

(44) sin desconocer el encuentro histórico que se ha dado entre las sociedades y culturas, la autora lo define como: pluralismo jurídico. (Sanchez Botero, 2004). En general se evidencia que los trabajos y textos referenciados anteriormente abordan la diversidad cultural desde distintos enfoques, como la educación, la cosmovisión, la jurisprudencia, la política, la legislación e incluso el tratamiento internacional al respecto, todos enmarcados dentro del ámbito académico.. La pertinencia de este marco amplio de referencia es indiscutible en el desarrollo de esta investigación y representa un interés permanente por la academia en nuestra historia mestiza y el reconocimiento de nuestro territorio como un espacio físico en el que se genera un entramado de relaciones humanas, las cuales deberían contribuir a la construcción de una verdadera identidad nacional desde nuestros orígenes.. 1.2.2. ANTECEDENTES TEÓRICOS. De la diversidad cultural, se ha desarrollado un gran número de planteamientos e investigaciones en nuestro contexto latinoamericano. Bajo la necesidad de reconocer la gran diversidad de culturas propias (nativas legitimas que aún encontramos en a lo largo de nuestro territorio), autóctonas en principio y luego fusionadas, acudiendo al mestizaje histórico, por los procesos de conquista y colonización. Autores como Néstor García Canclini (escritor, profesor, 44.

(45) antropólogo y crítico cultural argentino, o Fernando Garcés (sociólogo, investigador, docente universitario boliviano), o Ramón Grosfoguel (sociólogo puertorriqueño) y en Colombia, Santiago Castro-Gómez (filósofo y escritor), entre otros, han realizado un análisis profundo de estos procesos, dándole una mirada muy particular desde este lado del globo terráqueo, haciendo uso de nuestro propio lenguaje y cosmogonía. Y de este mismo modo ampliando mucho más el espectro a la hora de abordar estos fenómenos evidentes y muy significativos en nuestro contexto.. Por ejemplo, en un acercamiento a los planteamientos de Castro-Gómez & Grosfoguel, podemos reseñar en torno a la interculturalidad, la cual es una de las asepciones de la diversidad cultural, el siguiente texto:. “El concepto de Interculturalidad tiene una significación en América Latina, ligada a geopolíticas de lugar y espacio, desde la histórica y actual resistencia de los indígenas y de los negros, hasta sus construcciones de un proyecto social, cultural, político, ético y epistémico orientado a la descolonización y a la transformación. Más que la idea simple de interrelación, la interculturalidad señala y significa procesos de construcción de un conocimiento otro, de una práctica política otra, de un poder social (y estatal) otro y de una sociedad otra; una forma otra de pensamiento relacionada con y contra la modernidad/colonialidad, y un paradigma otro que es pensado a través de la praxis política.” (Castro-Gómez & Grosfoguel, 2007, pág. 15). 45.

(46) En relación con Garcés, haciendo alusión a Catherine Walsh (investigadora profunda de la diversidad en nuestro continente, quien será abordada más adelante en esta investigación) e incluso a varios planteamientos del colombiano Castro-Gómez, también entorno al interculturalismo reseñamos el siguiente aparte:. “(…) Desde la perspectiva que estamos presentando, entonces, la interculturalidad “se refiere a complejas relaciones, negociaciones e intercambios culturales de múltiple vía”, buscando la concreción de interrelaciones equitativas a nivel de personas, conocimientos, prácticas desde el reconocimiento del “conflicto inherente en las asimetrías sociales, económicas, políticas y del poder” (Walsh, 2002: 3). La interculturalidad no hace referencia a un simple reconocimiento o tolerancia de la alteridad ni a procesos de esencialización de identidades étnicas inamovibles. La interculturalidad hace referencia a prácticas en construcción y de enriquecimiento en el conflicto y en el forcejeo por lograr espacios de poder. “A diferencia de la multi y pluriculturalidad que son hechos constatables, la interculturalidad aún no existe, se trata de un proceso a alcanzar por medio de prácticas y acciones concretas y conscientes” (Walsh, 2002: 3).” (Garcés V., 2009, pág. 24). Con la definitiva importancia que ha tomado el campo de estudio de la (in)diferencia, el racismo y el reconocimiento de derechos por parte de la academia, la investigación y los movimientos sociales; ha venido de la mano la publicación permanente de textos que traten sobre estos temas, pero vistos desde aquí, desde adentro, hechos por latinoamericanos. A diferencia de los estudios. 46.

(47) que se realizaban en otrora, en donde, sin desconocer sus aportes, eran estudios y opiniones de extranjeros (Europa y Estados Unidos principalmente) sobre nuestra realidad étnica. Se trata de mostrarnos de manera clara la riqueza de nuestra historia y el reconocimiento a la resistencia de nuestros pueblos ancestrales a no desaparecer y ser protagonistas de nuestras realidades.. 1.2.3. ANTECEDENTES LEGALES. De. manera. particular. tenemos. como. referencia. las. más. recientes. constituciones de Bolivia y Ecuador, que se convierten en claros ejemplos de procesos relevantes frente a la diversidad cultural, el reconocimiento y el derecho y su abordaje desde la ley. En el caso de Bolivia, extraemos un aparte del preámbulo, donde se evidencia de manera clara la postura política frente a la diversidad cultural y la riqueza histórica de esta:. “En tiempos inmemoriales se erigieron montañas, se desplazaron. ríos, se formaron lagos. Nuestra amazonia, nuestro chaco, nuestro altiplano y nuestros llanos y valles se cubrieron de verdores y flores. Poblamos esta sagrada Madre Tierra con rostros diferentes, y comprendimos desde entonces la pluralidad vigente de todas las cosas y nuestra diversidad como seres y culturas. Así conformamos nuestros pueblos, y jamás comprendimos el racismo hasta que lo sufrimos desde los funestos tiempos de la colonia (…)” (Presidencia del Estado Plurinacional de Bolivia, 2009, pág. 2). 47.

Referencias

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