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UNIDAD 1 Y 2 DERECHO ECONOMICO

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Academic year: 2019

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UNIDAD 1 Y 2

UNIDAD 1 CONCEPTOS FUNDAMENTALES DEL DERECHO ECONÓMICO...2

DERECHO DE LA ECONOMÍA Y DERECHO ECONÓMICO...2

DEFINICION DE DERECHO ECONÓMICO...4

SUJETOS DEL DERECHO ECONÓMICO...5

CLASIFICACION DEL DERECHO ECONÓMICO...6

UNIDAD II EL DERECHO ECONÓMICO EN LOS SISTEMAS ECONÓMICOS DEL SIGLO XX...6

DE LA INTERVENCION A LA PARTICIPACION DEL ESTADO EN LA ACTIVIDAD ECONOMICA...7

EL DERECHO EN LA ECONOMÍA DE MERCADO LIBRE...8

FORMAS DE INTERVENCION: ORIENTACION, CONCENTRACION, PLANEACION...9

FORMAS DE INTERVENCION...9

ORIENTACION...9

CONCENTRACION...9

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UNIDAD 1 CONCEPTOS FUNDAMENTALES DEL DERECHO

ECONÓMICO.

DERECHO DE LA ECONOMÍA Y DERECHO ECONÓMICO.

El derecho económico trata de una rama del derecho integrado por categorías jurídicas (elemento formal) y económicas (elemento material), de manera que su objeto de estudio es bicéfalo. Ambos elementos tienen como eje central el fenómeno del intervencionismo estatal en la economía (mixta o socializada) a fin de alcanzar metas definidas por el sistema político global, recogidas en las constituciones nacionales. Este eje central será distinto en uno u otro sistema económico.

Este intervencionismo y dirección estatal ha dado lugar en la ciencia económica a una rama autónoma. La política económica que estudia, sistematiza y evalúa los instrumentos técnicos de intervención estatal con el fin de regular la producción, distribución, circulación y consumo en una comunidad que aún mantiene mecanismos de mercado para la asignación de recursos. Cuando la política económica se racionaliza, se hace sistemática y permanente, avanza hasta la planificación democrática o concertada.

El derecho económico surge como un subconjunto normativo que regula, disciplina y ejecuta la política económica y la planificación en busca del desarrollo que equilibre necesidades sociales ilimitadas frente a recursos materiales escasos. Dada la importancia que reviste el concepto de política económica, a continuación se describe su definición:

Política económica. Son las directrices y lineamientos mediante los cuales el gobierno regula y orienta el proceso económico del país; define los criterios generales que lo sustentan de acuerdo con la estrategia general de desarrollo, loa ámbitos fundamentales y los instrumentos correspondientes al sistema financiero nacional como el gasto público, las empresas públicas, la vinculación con la economía mundial, la capacitación y la productividad; todo ello pretende crear las condiciones adecuadas y el marco global para el desenvolvimiento de las políticas social, sectorial y regional.

Es la forma de intervención deliberada del gobierno para lograr ciertos objetivos, haciendo uso de los medios de que dispone (política fiscal, de gasto, monetaria, entre otras). Es así mismo parte de la economía que se encarga del estudio de la intervención del gobierno para conseguir sus propósitos económicos. Son todas las actividades de regulación, supervisión y promoción de las actividades económicas que ejerce el gobierno.

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El derecho económico es el derecho de dirección, de mando que se adscribe en el ámbito del derecho público, sin desconocer su incidencia normativa en el área del derecho mercantil. Este carácter de “derecho fronterizo” ha llevado a algunos a sostener que en los sistemas económicos mixtos este derecho es el derecho de síntesis que plasma los intereses privados (en cuanto agentes que cumplen actividades económicas no estrictamente individualistas) con los intereses públicos de dirección o derecho de la economía. El derecho de la economía se dice que es el derecho aplicable exclusivamente a la intervención de las personas públicas en la economía (empresas públicas). Empero se cree que el derecho de la economía supone una noción amplia que configura el universo normativo disciplinando la actividad económica en general y admitiendo así, una distinción entre el derecho privado de la economía y el derecho público de la economía.

El derecho de la economía es casi tan antiguo como el hombre. En el momento en que éste produce un bien o un servicio y lo cambia y lo vende, el Derecho económico aparece. El hecho engendra el Derecho aunque también, cierto, el Derecho es fuente de hechos. Al aparecer el poder público, de inmediato se nota la participación de éste en el proceso económico, unas veces en forma amplia, cual es el caso del Estado Mercantilista; otras, restringidamente, como sucedió con el Estado liberal, ya que a pesar de la existencia de un Laissez-faire, Laissez passer, que impedía a este tipo de Estado intervenir en la vida económica, lo cierto es que siempre ejerció algunas funciones económicas. El Liberalismo económico puro jamás ha existido. El Estado Moderno no puede prescindir de su injerencia en la economía, en unos casos más que en otros, por ejemplo en Francia o Suecia participa más que en Estados Unidos de América o Japón.

El Derecho económico reglamenta todas las etapas del proceso económico, desde la producción de bienes y servicios, hasta el consumo de los mismos, así se trate de un sistema capitalista o de uno de tipo socialista y desde luego en uno de economía mixta. Lo anterior es el Derecho de la economía que, como hace notar la doctrina italiana se trata de un derecho cuyo contenido encaja en el Derecho público de la economía. Este se convierte en una nueva disciplina para estudiar y sistematizar las normas jurídicas correspondientes, a efecto de que el Poder público pueda actuar en la vida económica.

La diferencia que existe entre el Derecho Privado y el Público de la economía, es que el primero se refiere a normas para reglamentar la empresa privada (como los reglamentos generales que debe observar en su vida interna, las licencias, la seguridad física de los edificios, la seguridad industrial, etc.). En cambio en el segundo se trata de todas aquellas normas de Derecho Público que reglamentan las conducta de las personas correspondientes al sector publico de la vida económica.

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DEFINICION DE DERECHO ECONÓMICO

Existen diferentes definiciones de esta disciplina. A saber:

“Se considera al Derecho económico como el conjunto de las reglas que tienden a asegurar, en un momento y en una sociedad dadas, un equilibrio entre los intereses particulares de los agentes económicos privados o públicos y el interés económico general” (Robert Savy).

“Conjunto de principios y de normas jurídicas que regulan la cooperación humana en las actividades de creación, distribución cambio y consumo de la riqueza generada por un sistema económico” (Dario Munera Arango).

“Derecho regulador de la economía mixta que tiene por finalidad conciliar los intereses generales protegidos por el Estado por un lado, y los intereses privados por otro” (Gustavo Radbruch).

“Conjunto de principios jurídicos que informan las disposiciones, generalmente de derecho público, que rigen la Política Económica estatal orientada a promover de manera acelerada el desarrollo económico” (Daniel Moore Merino).

“Conjunto de técnicas jurídicas que formula el Estado contemporáneo para la realización de su Política Económica” (Fabio Konder Comparato)

En conclusión las definiciones precedentes destacan lo siguiente:

Organizar la economía macro-jurídicamente.

Asignar al Estado un poder de dirección.

Son normas generalmente de Derecho Público.

Buscan conciliar los intereses generales con los privados.

Persiguen proteger a los sectores débiles de la sociedad.

Son normas que tienen un carácter nacional.

OBJETO DEL DERECHO ECONÓMICO

Algunos temas objeto de estudio del Derecho Económico son:

-Explotación de los recursos naturales a nivel nacional e internacional.

- Empresa frente a Estado, consumidor y trabajador.

-Normas de conducta de las empresas trasnacionales.

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-Utilidades de las empresas.

-Créditos institucionales.

-Producción y control de bienes y servicios, objeto de la empresa.

-Mercados desde el punto de vista económico.

-Protección a consumidores.

-Control sanitario, Abasto de alimentos.

-Promoción económica, sobre todo fiscal.

-Inversión extranjera, Comunicaciones: radio, televisión, satélite, etc.

-Contaminación ambiental, agua, aire, etc.

-Transferencia de tecnología, Transportes terrestres.

-Navegación aérea, marítima, extraterrestre.

-Demografía, Asentamientos Humanos, Educación, Vivienda, Salud, Esparcimiento.

Otras veces el objeto se enfoca a metas que están más allá de lo puramente económico, como cuando se presenta la necesidad de proteger la vida contra los efectos de la contaminación, o para pedir la protección de aquellos bienes considerados como patrimonio de la humanidad, hechos derivados de la integración, internacionalización y globalización de la economía. Etc.

SUJETOS DEL DERECHO ECONÓMICO

El concepto de sujeto como centro de imputación de derechos y obligaciones para el derecho económico son los agentes económicos en general, sea cual fuere su forma jurídica o naturaleza patrimonial, que actúen en la producción, circulación y consumo de los bienes y servicios. Es decir, las personas jurídicas estatales, las personas jurídicas privadas y los particulares en cuanto a productores y distribuidores para el mercado, que cumplan funciones económicas trascendentes, y los consumidores.

Técnicamente, los sujetos del derecho económico son el Estado, como rector del proceso económico, junto a diversos agentes ejecutores de actividades económicas que se registren en el circuito de un país. Se trata entonces de agentes que están en el sector de las empresas (públicas y privadas) y en el sector de los consumidores (familias), pero insertos en el circuito general del sistema económico. Esto es, como oferentes o como consumidores económicos reales.

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mando y jerarquía y los agentes afectados tienen la obligación de observar un acatamiento que estará previsto en las garantías individuales de todo Estado social de derecho. En dicho contexto de legalidad, las violaciones o infracciones a las directrices estatales son sancionadas por las técnicas del derecho penal económico existente en todo sistema económico.

CLASIFICACION DEL DERECHO ECONÓMICO

El derecho económico se clasifica en interno y externo o derecho económico internacional.

El derecho económico interno es el conjunto de normas que rigen la política económica en el ámbito de un país. Es decir, espacial o territorialmente se circunscribe al universo en que cada Estado ejerce su soberanía económica y política.

El derecho económico internacional está referido a las normas y principios que disciplinan los comportamientos estatales en la comunidad internacional. Ejemplos de estas normas son las disposiciones del Fondo Monetario Internacional, del GATT (Organización Mundial del Comercio) y sus códigos de conducta, los tratados de integración económica, etc.

UNIDAD II EL DERECHO ECONÓMICO EN LOS SISTEMAS

ECONÓMICOS DEL SIGLO XX

El sistema económico es el conjunto de estructuras, relaciones e instituciones complejas que resuelven la contradicción presente en las sociedades humanas ante las ilimitadas necesidades individuales y colectivas y los limitados recursos materiales disponibles para satisfacerlas. Lo anterior es conocido como el principio de escasez.

El sistema jurídico conforma aquel subsistema de control social que dimana del Estado en forma de normas jurídicas, disciplina al cuerpo social con base en una ideología de aceptación.

El principio de la escasez, base del sistema económico, históricamente ha sido resuelto en función de tres grandes interrogantes: ¿Qué producir? ¿Cómo producir? Y ¿Para quién producir?

La sociedad contemporánea identifica tres sistemas económicos y por tanto jurídicos:

1.- Sistema capitalista liberal (economías de mercado)

2.-Sistema colectivista socialista (economías centralmente planificadas)

3.- Sistemas mixtos (economías formadas por sectores públicos y privados)

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El sistema colectivo o socialista responde a dichas premisas así: producir para el consumo interno normal, producir a través de empresas estatales inscritas en planes económicos y destinados a toda la sociedad que supone y a quien garantiza consumos mínimos globales.

El sistema mixto responde las interrogantes en forma opuesta a los sistemas anteriores. Esto es, produce para el mercado y para la colectividad; acepta simultáneamente a las empresas estatales y privadas y sus destinatarios son tanto los consumidores reales como los sectores marginados con limitado poder de compra.

El estado participa en la vida económica, la ordena y regula. Su actuación es de prestación y sus instrumentos son la empresa pública y los planes indicativos. Por su parte el derecho se bifurca en dos campos diferenciados. El derecho público y el derecho privado que coexisten reconociendo garantías individuales y sociales a los integrantes del cuerpo social.

DE LA INTERVENCION A LA PARTICIPACION DEL ESTADO EN LA

ACTIVIDAD ECONOMICA

El proceso de intervención del Estado en la actividad económica se inicia a principios del siglo XX en las economías liberales; en forma coyuntural y esencialmente supletoria ante fallas temporales de los mecanismos autorregulatorios del mercado.

Se trata, en consecuencia, del Estado que es el centro de poder utilizado o utilizable en favor de quien lo controla o influye, el instrumento para intervenir en la economía, para desarrollar los intereses de los individuos influyentes.

En resumen la intervención del Estado en la economía surge como el instrumento temporal por el cual el poder público penetra el sistema económico, para corregir las contradicciones y crisis internas del sistema económico liberal.

La intervención, así definida, utiliza en su primera aparición histórica tres técnicas: policía, fomento y servicios públicos. La técnica de policía consiste en el resguardo externo que el Estado efectúa a los agentes privados de la actividad económica (protección y seguridad jurídica a la actividad empresarial privada). La técnica de fomento consiste en el establecimiento de apoyos tributarios, financieros y crediticios, a las actividades económicas privadas. Y finalmente el servicio público consiste en la ejecución de actividades o prestación de servicios que por naturaleza no interesan al sector privado, (defensa, administración de justicia, salud y educación).

El intervencionismo económico es un sistema mediante el cual se confiere al Estado dirigir y/o suplir al sector privado en todo lo concerniente a la vida económica del país. En este sentido, el sistema se constituye en un punto intermedio entre liberalismo y colectivismo.

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. Fijar normas mediante las cuales han de elaborarse los contratos colectivos de trabajo.

. Legislar lo referente al funcionamiento de las empresas.

. Imponer normas para elaborar los presupuestos.

. Controlar la circulación monetaria y crediticia.

. Coordinar y financiar la inversión nacional que le corresponda.

. Responsabilizarse en todos sentidos en lo referente al sector público (Petróleos Mexicanos y Comisión Federal de Electricidad)

. Controlar directa o indirectamente precios y tipo de cambio.

. Asegurar cómo ha de redistribuirse el ingreso nacional.

. Dictar medidas acerca de las características que ha de tener del desarrollo económico y social del país.

El estado desde su aparición, siempre ha desempeñado alguna función económica aunque sea pequeña. El Estado abstencionista en cuestiones económicas como se supone fué en el liberalismo clásico, nunca ha existido. Siempre ha recabado los impuestos, ha elaborado tarifas, dictado tipos de interés, ha estructurado normas sobre el trabajo, etc.

EL DERECHO EN LA ECONOMÍA DE MERCADO LIBRE

Una de las características del sistema capitalista es la libertad, tanto para producir como para comerciar. Laissez faire-laissez passer, decían los clásicos. Bajo este concepto nace la idea de mercado libre, o mercado capitalista.

Todo sistema económico para que pueda funcionar tiene como ayuda un conjunto de normas jurídicas, educativas, etc. que han permitido estimular la producción de bienes y servicios, pero también las ha habido para favorecer la presencia de monopolios, que conduce a la concentración de la riqueza o del ingreso en pocas manos.

Son derechos naturales e imprescriptibles la libertad a la propiedad, a la seguridad, entre otros. El derecho a la propiedad es inviolable y sagrado y que nadie puede ser privado de ella si no es que se trate de necesidad pública, previa indemnización.

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FORMAS DE INTERVENCION: ORIENTACION, CONCENTRACION,

PLANEACION.

FORMAS DE INTERVENCION

El Estado dirige la política económica a través de los instrumentos directos (política monetaria, fiscal, comercio exterior, empresas públicas) e indirectas (políticas salariales, de empleo, seguridad social, educativa, científica y tecnológica, etc.)

Desde el punto de vista jurídico, la intervención del Estado en la economía se manifiesta como un conjunto de normas emanadas del poder público con objeto de corregir tanto las contradicciones propias del liberalismo como las crisis a que el mismo da origen. Tales normas proponen:

a) Proteger y dar seguridad jurídica a las empresas privadas.

b) Conceder ayudas financieras y crediticias o mediante impuestos a las mismas a fin de estimular la producción de bienes y servicios.

c) Llevar a cabo todas las funciones propias del Estado, como son la defensa del territorio, la administración de justicia, la salud y la educación.

ORIENTACION

La orientación, en México está prevista en los artículos 25,26 y 28 constitucionales. El art. 25 señala expresamente que el Estado “orientará la actividad económica nacional” (párrafo segundo). Por ejemplo:

.- Participación de los sectores público, social y privado, con responsabilidad social al desarrollo económico nacional y, también en el impulso y organización de las áreas prioritarias del mismo.

.- exclusividad del sector público en todo lo referente a las áreas estratégicas señaladas en el art. 28 párrafo cuarto, como son acuñación de moneda, correos, telégrafos, radiotelegrafia, satélite y emisión de billetes.

.- Apoyo e impulso, con criterios de equidad social y productividad a las empresas de origen social y privado.

.- Aquellas que alienten y protejan la actividad económica particular.

CONCENTRACION

En economía, la concentración es aquella tendencia de las empresas hacia el crecimiento. Son varios los tipos que se pueden presentar.

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.- Por la fusión de dos o más empresas.

.- Por la inter participación financiera de las empresas.

La gran empresa, dentro del capitalismo, posibilita la reducción de los costos fijos lo cual le permite obtener precios más competitivos dentro del mercado. asegurando con ello, la mayor ganancia posible. Así, la ventaja sobre la pequeña empresa es notoria.

En México, se trata lo relativo a la concentración en el art. 28 constitucional, que a la letra dice: “Las leyes fijaran las modalidades y condiciones que aseguren la eficacia de la prestación de los servicios y la utilización de los bienes, y evitaran fenómenos de concentración que contraríen el interés público”.

PLANEACION

La planeación económica es una técnica que lo mismo puede aplicarse en países socialistas que en países capitalistas, con el propósito de usar mejor y en forma completa los recursos naturales, económicos y humanos del país, en beneficio del interés de las mayorías; así, el interés personal pasa a segundo término y el interés colectivo se convierte en prioritario.

Para que la planeación económica sea eficaz debe comprender:

A toda la economía nacional, analizando los tres sectores productivos, las regiones, las grandes empresas y los grandes proyectos.

Cuando se trate de países en desarrollo, la planeación habrá de tener como meta el aumento de la mano de obra dedicada a la industria y a los grandes servicios y reducir la ocupada en las actividades primarias.

Dentro de una economía mixta, en donde compiten por la supremacía económica el sector privado y el sector público, no debe descartarse la planeación económica.

Teóricamente una economía planificada es más eficaz y productiva que una liberal, en virtud de estar en mejor postura para utilizar plenamente los recursos de todo tipo.

Existen dos tipos de planeación: la imperativa que es autoritaria o inflexible, y la indicativa que es flexible o democrática. La primera la formula y la aplica el Estado; la segunda la elabora también el Estado pero con la participación de los empresarios y trabajadores.

Para un enfoque integral a este tema se recomienda la lectura de la LEY DE PLANEACION

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Referencias

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