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BlibiotecB
'FACULTAD LATINOAMERICANA DE
CIENC~AS
SOCIALES - FlACSO
TESINA PARA EL DIPLOMADO EN RELACIONES
INTERNACIONALES
TEMA
MEDIO AMBIENTE Y COMERCIO: UN ACERCAMiENTO
AMBIENTAL A LA ORGANIZACION MUNDIAL DEL
COMERCIO
Or.IVAN FERNANDO GARCES B•
i
/ND/CE
MEDIO AMBIENTE YCOMERCIO:
UN ACERCAMIENTO AMBIENTAL A LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO
INDICE
i
1. INTRODUCCION : 1
11. EL DEBATE COMERCIO Y MEDIO AMBIENTE... 5
A. La vinculación entre comercio y medio ambiente ~... 5
B. Sostenibilidad de la economía global.. '" 6
C.
La
teoría de las ventajas comparativas de Ricardo '" 9D. El libre comercio '" '" . 10
E.
Distorsiones del sistema internacional de comercio... . 121. Competitividad , ." '" .. 13
2. Subsidios '" , '" , .., 15
3. Competencia... 16
4. Libre comercio y sostenibilidad '" .. 17
F. El mercado ambiental global... 18
111. INSTRUMENTOS AMBIENTALES DENTRO DE LA ESTRUCTURA DE LA OMC... 20
A. El Comité de Comercio y Medio Ambiente de la OMC '" 20
B. La normativa de la OMC , 22
1. Los principios fundamentales .. 22
2. Disposiciones relacionadas con el medio ambiente en la OMC '" .. 23
a. Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos... .. 25
b. Acuerdo sobre Agricultura '" '" 27
c. Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias... . 28 d. Acuerdo sobre Subsidios y Medidas Compensatorias... 30 e. Acuerdo sobre Aspectos de los Derechos de Propiedad
Intelectual relacionados con el Comercio... ... ... ... ... ... ... ... ... .... . 30
IV. EL DEBATE AMBIENTAL EN TORNO A LA OMC 34
A. Los Acuerdos Multilaterales Ambientales y los Acuerdos de la OMC... 34 1. Los Acuerdos Multilaterales Ambientales '" '" 34 2. El conflicto entre los MEAs y los acuerdos de la OMC... . 36 3. La necesidad de la armonización de los MEAs y los acuerdos de la
OMC 38
B. Solución de controversias ambientales... 40
1. Los mecanismos de solución de diferencias de la OMC y
los Acuerdos Ambientales 40
2. Disputas ambientales resultas a través de los mecanismos de solución
de diferencias de la OMC '" ,. ... 42
a. La disputa del atún , ... ... ... 42
b. La disputa sobre cigarrillos de Tailandia 45
C. Conclusiones sobre las disputas ambientales '" ,. .. 46
V. CONCLUSiONES 47
34
Dr. Iván Fernando Gnrcés
Medin Ambi...nae )' Com..treio: Un (lcercamiento ambiental (1 la OMe
IV.
DEBA"rE AMBIENTAL EN TORNO A LA OMe
Dentro del debate sobre el comercio y medio ambiente una de las cuestiones
de fondo es la disyuntiva de la aplicación de medias unilaterales o multilaterales para
alcanzar objetivos comerciales y ambientales. A pesar de las críticas que se realizan al
sistema multilateral de comercio vigente, éste es generalmente reconocido como
modelo de multilateralismo donde se establecen de común acuerdo las normas y
procedimientos para las relaciones comerciales. siendo citado a menudo el
mecanismo de solución de diferencias como prueba del funcionamiento del sistema.
Desde el punto de vista de los intereses prácticos de los defensores del libre
comercio, podría decirse que la existencia de la OMC ha impedido que las
preocupaciones ambientales de ciertos paises no se hayan traducido en una serie de
medidas unilaterales restrictivas del comercio." Así, el sistema ha demostrado ser un
buen instrumento para defender la apertura comercial.
Desde otra perspectiva, sin embargo, la efectividad de un robusto sistema
multilateral de comercio, parece. según los críticos de la OMC. interferir con la defensa
del medio ambiente. debido a que este podria tender a proteger el comercio sobre
cualquier otra cosa, sobretodo si se toma en cuenta que la OMC, como se ha
analizado, aún no está suficientemente sensibilizada a los objetivos del medio
ambiente y del desarrollo sostenible.83
A. LOS ACUERDOS MULTILATERALES AMBIENTALES Y LOS ACUERDOS DE
LAOMC
1. Los Acuerdos Multilaterales Ambientales (MEAs) 84
los Acuerdos Multilaterales Ambientales son instrumentos internacionales que
tienen como fin multilateralizar cuestiones ambientales, estableciendo normas para
82 Se puede citar al respecto el caso del atún - delfin que fue perdido por los EE.UU., cfr. Infra,
pp,
42 Yss.
Intemational Centre for Trade and Sustainable Development. "los acuerdos ambientales multilaterales y el sistema multilateral de comercio", Puentes entre el Comercio y el Desarrollo Sostenible, Vol. 2 No. 2, Septiembre - Octubre 1999, p. 1-4
35
D,·, Iván )e'cruando Gorcés
Medin .1mbit.7JIte}' Comercio: Un (U'.eTl:amienttJ ambiental Q la OMC
enfrentar asuntos de interés común, del mismo modo en que los acuerdos
multilaterales de la OMC buscan hacer lo propio con tema comercial.85
Desde un enfoque polftico, se puede señalar que los MEAs tienen debilidades
intrínsecas con respecto a los de la DMC. Primeramente, porque el medio ambiente es
visto como un costo, mientras que el libre comercio como medio para promover la
riqueza. Además, los MEAs no cuentan con un sistema sólido para la solución de
diferencias comparables a los de la OMC. Por otro lado, los MEAs se caracterizan por
la existencia de altos niveles de incumplimiento y la creciente presencia de
argumentos comerciales en las negociaciones ambíenteles."
Existen cerca de 200 acuerdos internacionales en vigencia que tienen que ver
con asuntos ambientales. Unos veinte de estos acuerdos contienen disposiciones que
podrían afectar el comercio. Por ejemplo, ellos prohiben el comercio de ciertos
productos o facultan a los países restringir el comercio en ciertas circunstancias. Los
MEAs incluyen, cuestiones como la protección de la capa de ozono, la biodiversidad,
el cambio climático, el movimiento transfronterizo de deshechos peligrosos, el tráfico
de especies en peligro, la desertiñcación. Estos acuerdos se caracterizan también por tener un fuerte contenido de cooperación internacional y sobre todo por tener varias
normas
con
fines ambientales ycon
incidencia directa sobre el comercio.87Al momento se están negociando varios MEAs con implicaciones comerciales
quizás los más importantes son el Protocolo de Kioto que aún no está en vigor, el de
Bioseguridad, la Convención de Contaminantes Orgánicos Persistentes (COP), La
Convención de Rotterdam sobre consentimiento informado previo (CIP) y el Protocolo
de Basilea sobre responsabilidad y compensación por daños resultantes del
movimiento transfronterizo de desechos peligrosos y su eliminación.
La
COP, además de que prohibiría la exportación de cierto tipo de químicos seaplicaría a los productos hechos con estos elementos químicos peligrosos, es decir
afectaría el comercio en función de los procesos productivos, en tanto que el
procedimiento CIP permitiría a los países restringir o prohibir el comercio de ciertos
85 The Wor1d Conservation Union OUCN), The nade & Environment, Agenda: Survey of Major
~esand Prooosals, Washington D.C., 1997, p. 5.
36
Dr. h'án Feruandn Gllrcéll
Medio Ambit."IdeJ' Comercio: Un aeercumient(} runhientul a la OMC
pesticidas y otras sustancias. La CIP
y
la COP restringirían no sólo el comercio conpaises signatarios, sino también con países no signatarios generando un problema de
discriminación en el contexto de la OMC.88
Por otra parte, las negociaciones del Protocolo de Bioseguridad al Convenio
sobre Diversidad Biológica (CDB) ponen de relieve los conflictos con la aMC, pues
tras varios años de negociaciones no hay acuerdo sobre este instrumento,
fundamentalmente porque no se logran acomodar los intereses ambientales con los
comerciales y las obligaciones en el marco de la OMC. En este sentido, podría decirse
que la mayor conciencia sobre las relaciones entre comercio y medio ambiente no sólo
ha instalado las preocupaciones ambientales en la aMC sino también las
preocupaciones comerciales en las negociaciones ambientales.
La
importancia de estos acuerdos emergentes para el comercio internacionalpasa fundamentalmente por las diversas restricciones comerciales que estos
establecen y la gran cantidad de potenciales conflictos que se pueden generar.
2. El conflicto entre los MEAs y los acuerdos de la OMe
Desde el punto de vista ambiental un sistema de normas internacionales
parece ser la mejor forma de enfrentar los problemas ambientales comunes a la
humanidad. Sin embargo se produce un problema cuando se enfrentan a los dos tipos
de acuerdos internacionales que persiguen intereses en muchos casos contrapuestos.
Tal es el caso de MEAs que contienen normas restrictivas del comercio, cuya
aplicación es sospechosa ante la nonnativa comercial y muchas veces se superponen
con los de la OMC.89
Con ello coincide el Comité de Medio Ambiente de la OMC, al afirmar que la
mejor forma de enfrentar problemas ambientales internacionales es a través de los
acuerdos específicos sobre esta materia, enfatizando la necesidad de que la aMC
88 Puentes entre el Comercio y el Desarrollo Sostenible, arto cit. p. 2.
89 Un claro ejemplo de esta problemática es aquella que existe entre el Convenio sobre
37 Da'. lván Fernando Garcéll
Medin Amhi¡'''Ide)' Comercio: Un aceTcamienl.tJambiental o la OMC
actúe complementariamente para la solución de conflictos relacionados con el
cornercto."
En el preámbulo del acta Constitutiva de la ÜMC se incorpora el desarrollo
sostenible como uno de sus objetivos, por lo que en principio no debería existir
conflicto con los MEAs. De hecho, el Comité de Medio Ambiente de la üMC señala
que los principios de la DMC no entran en conflicto con las medidas ambientales, así
como tampoco lo constituyen las acciones concretas previstas en el marco de los
acuerdos ambientales, además que los acuerdos de la DMC dan prioridad a las
políticas ambientales nacionales, siempre y cuando no sean discriminatorias.91
El Comité de Medio Ambiente de la DMC anota que las acciones tomadas para
proteger el medio ambiente que tienen un impacto en el comercio pueden jugar un
papel importante en algunos acuerdos ambientales, pero también se indica que las
restricciones comerciales no son las únicas medidas ni las más efectivas para alcanzar
objetivos ambientales.92 Entre las alternativas a estas medidas están, por ejemplo,
ayudar a los países a adquirir tecnología compatible con la defensa del medio
ambiente, a través de asistencia financiera y capacitación.
Se argumenta que es posible una convivencia annónica entre ambos tipos de
acuerdos, siendo una prueba de ello el que no se ha planteado todavía una disputa
fonnal por inconsistencia entre las normas del sistema multilateral de comercio y un
MEA. Existe el convencimiento de que medidas tomadas en el marco de los acuerdos
ambientales no tienden a convertirse en un problema en la DMC si los países
involucrados han finnado un acuerdo. El problema se presentaría cuando un país
invoca un acuerdo ambiental para tomar medidas en contra de un país que no forma
parte de tal acuerdo.'"
Por otro lado, se dice que siendo los gobiernos los que negocian y aceptan los
acuerdos comerciales y ambientales es poco probable que en la práctica surjan
problemas, pues cuando los países no están de acuerdo con un tema, estos hacen
90 Introduction to the
wro -
Trading into the Futura, op. cit., p. 47. 91lbid.92 Ibid., p. 45
38
DI·. Iván Feruandn Gnrcés
Medio AmhicmteJ' Comercio: Un nCeTcamientlJ ambiental o la OMC
reservas o simplemente no los adoptan. Se piensa. sin embargo. que es cuestión de
tiempo hasta que esta situación teórica se convierta en un problema."
3. La necesidad de la armonización de los MEAs y los acuerdos de la OMe
La
posición del Comité respecto al confJicto entre MEAs y aMC es clara.Primeramente. se niega la existencia de un problema importante, además está a favor
de que preferiblemente no se tomen medidas que restrinjan el comercio y se mantiene
en que las medidas ambientales no se contraponen con la OMC mientras no sean
discriminatorias. Cabe señalar al respecto que la determinación de la
discriminatoriedad queda en el ámbito de la aMC. la misma que se la hace con
criterios netamente comerciales.
Con estos antecedentes es conveniente revisar las tres tendencias alrededor de la
problemática entre Acuerdos ambientales y OMC:
o La primera. ante la ausencia de conflictos. sugiere el mantenimiento del status quo,
es decir no modificar el marco regulatorio de la OMC para acomodar las relaciones
con los MEAs. ya que los conflictos. no sólo son polrticamente improbables, sino
que además las normas del sistema multilateral de comercio ya ofrecen suficiente
espacio para solucionar eventuales problemas. Esta es en general la posición de
los países en desarrollo incluyendo los latinoamericanos. 95
o El segundo planteamiento es una solución "ex post", a través de la aplicación del
articulo XXV.5 del GAlT sobre excenciones concedidas a los miembros de la aMC
respecto de ciertas obligaciones las que son autorizadas por los países miembros
y se aplicarían caso por
caso."
Es decir que en función de lo permitido por laOMC. existe la posibilidad de obtener una excepción o permiso para casos
especfficos lo que facultaría a los miembros incumplir las compromisos con la
OMC para observar obligaciones contraídas en el marco de los MEAs.
o
La tercera propone una solución "ex ante", es decir ampliar las excepciones delartículo XX del GATI mediante la inclusión de los MEAs o la elaboración de un
94 Puentesentre el Comercio y el Desarrollo Sostenible. art, cit. p. 2.
95 The Trade & Environment, Agenda: Survey of Majar Issuesand Proposals, op. cít., p. 13-14.
39 Da'. Ivñn Fernando Gnrcés
Medin Ambic..'11U J' Comercio: Un acercamiento am1tintla/ o la OMe
entendimiento sobre la interpretación de ese mismo artículo, acordando
lineamientos que indiquen a los negociadores de los MEAs los Ifmites de las
medidas comerciales que podrían acordarse en los mismos. Esta posición que
corresponde a Canadá ya la Unión Europea.97
Esto ilustra de modo interesante la forma en que se está abordando la
discusión. Básicamente existe una marcada presión por que el sistema multilateral de
comercio se haga cargo también de cuestiones ambientales, ya que hay decisiones
que nacen en la OMC y que tienen incidencias en el medio ambiente, como por
ejemplo la discusión de los límites de lo que está permitido hacer para proteger el
medio ambiente.
Por otra parte, esta presión se da porque el régimen ambiental intemacional es
comparativamente más débil. Suele decirse que la OMC atrae al ambientalismo
porque es un foro con dientes, es decir con capacidad de aplicar las decisiones que se
toman. En contraste los MEAs suelen contener numerosas normas del llamado 50ft
law, así como disposiciones referidas a cooperación pero muy pocos mecanismos de
aplicación de normas o de solución de diferencias verdaderamente efectivos.
Ante esta situación, es natural que quienes están preocupados por la
protección del medio ambiente busquen formas de fortalecer estos regímenes
acudiendo a mecanismos más eficaces.
Se
dice, además, que la relativa fortaleza delrégimen comercia.1 y el signo de su desarrollo vuelve necesario acelerar la
convergencia con las consideraciones sociales y ambientales proclamadas en Río en
1992, a fin de corregir las falencias del sistema de la OMC. Es decir, el sistema
multilateral de comercio sólo puede favorecer el desarrollo de los pueblos si se
organiza sobre premisas sociales y ambientales, además de las económicas,
Más allá de las tres aproximaciones mencionadas (status qua, ex ante y
expost) es claro que hay una gran necesidad de fortalecer los MEAs. En este contexto,
parecería que en lugar de mejorar la relación entre los MEAs y la OMC en el seno de
esta ultima, sería mejor procurar el fortalecimiento de los regímenes ambientales
intemacionales, incluyendo los compromisos de la agenda 21 acordados en Río en
40
Da", Iván Fernando Garcéll
Medio Ambilmte )' Comc.7CÚJ: Un acercamiento ambiental (J la OMC
1992.
Sin embargo para que se alcance tal fortalecimiento de los MEAs hay que notarque:
al Uno de los más firmes impulsores de la vinculación comercio medio ambiente en la
OMC, los EE.UU., no es parte de varios de los MEAs, lo cual naturalmente los
debilita.
b) Los países desarrollados están muy lejos de cumplir con las transferencias de
distintos tipos (financieras, temológicas) a las que se han comprometido, y que
son componentes clave de los regímenes ambientales internacionales.
e) Que ni los compromisos de la agenda
21
ni los contenidos en convenios como el Convenio sobre Diversidad Biológica y la Convención Marco sobre CambioClimático han sido cumplidos satisfactoriamente, ya que en general los países se
resisten a acordar mecanismos eficaces de control del cumplimiento de las
convenciones.
d) Los países en desarrollo tienen una gran responsabilidad en la inoperancia de los
MEAs y los compromisos políticos como los asumidos en Río
1992,
pues no existetodavía un claro compromiso de los países en desarrollo con los regímenes
ambientales internacionales.98
B. SOLUCiÓN DE CONTROVERSIAS AMBIENTALES
1. Los mecanismos de solución de diferencias de la OMC y los Acuerdos
Ambientales
Existe un conflicto entre el sistema comercial intemacional de solución de
diferencias y los acuerdos y mecanismos de solución de conflictos previstos en los
Acuerdos Multilaterales Ambientales. El debate central gira en tomo a los
procedimientos de la OMC.
Una de las preocupaciones más importantes de los sectores ambientalistas es
que según el Entendimiento de Solución de Diferencias de la OMe (ESO) los
miembros de los panele~designados para resolver las disputas y apelaciones deben
98 Ibid., p. 18-19.
41
Da'. Iván Fernando Gareé!!
Medin AmbiL'JrteJ' Comercio: Un (lt~rcamierdfJambiental o la OMC
ser expertos en comercio internacional. A pesar de que los paneles pueden contar con
el asesoramiento de peritos en medio ambiente esto no constituye una obligación.
Tampoco es muy claro como los peritos pueden contribuir dentro de los
procedimientos ni cómo los paneles deberían estructurar las peticiones y acoger el
asesoramiento científico. En este sentido, los grupos ambientalístas sugieren que los
peritos ambientales deberían estar en capacidad de opinar sobre la efectividad de una
medida ambiental en disputa o que se incluya como panelistas a expertos en
desarrollo sostenible. 1OO
Otra de las preocupaciones de muchos analistas es que el sistema de solución
de disputas continúe siendo confidencial.
se
critica el grado de transparencia, pues laOMC tiende con frecuencia a operar en secreto y los litigios son confidenciales, de
modo que no se da cuenta de sus acciones al público ni a los medios de difusión.
Además, se opera en secreto sin que se establezcan reglas para la transmisión de los
argumentos, información y evidencia a grupos interesados, como ONGs o instituciones
privadas. La transparencia, según Jackson, contribuiría al manejo de asuntos
ambientales permitiendo que otros sectores ganen alguna cuota de participación en
los procesos de la OMC.1D1 De ahí que se sugiera que para el mejoramiento del actual
mecanismo de solución de diferencias se incremente el acceso a información de todos
los litigios que sean sujetos de protección de seguridad nacional y secretos
comerciales por otras organizaciones internacionales, ONGs y personas privadas.102
Otra área de conflicto es la del debate sobre la primacia de los mecanismos de
solución de diferencias de la OMC frente a los de los MEAs. En caso que se produzca
una disputa entre dos países sobre aspectos ambientales relacionados con el
comercio, fundamentándose en algún acuerdo ambiental internacional
y
un país objetesu competencia para resolver sobre el tema, aquí surgiría la pregunta de ¿Bajo qué
acuerdo debe resolverse la disputa?, o ¿Quién tiene competencia para conocer esta
disputa?
La
opinión del Comité de Medio Ambiente de la OMC es que si los dospaíses han firmado el acuerdo ambiental. éste deberá ser resuelto conforme a los
que sean llevadas al seno de la OMC. El informe del panel deberá ser adoptado (aceptado) por el Organo de Solución de Diferencias. Ver: Garcés, Iván Femando, El sistema de solución de diferencias en la Omanlzaci6n Mundial del Comercio, Tesis doctoral, PUCE, Quito, 1998, p. 86 99.
100 The Trade &Environment, Agenda: Survey of MajarIssues and Proposals, op. cit., p. 40-43.
101 Jackson, John, et aL, Comercio V Medio Ambiente. Derecho. economia y politica, Centro
Mexicano de Derecho Ambiental, p. 57-59.
42
DI'. lván Fernando Garcés
Medio AmbiL'I1te )' 0ImL'TCÚJ: Un OUTCtlmienttJ ambiental fila OMC
mecanismos estipulados por ese acuerdo. pero si uno de los países en disputa no ha firmado el acuerdo ambiental entonces queda abierta la posibilidad de usar los
mecanismos de solución de diferencias de la OMC. Aunque el Comité enfatiza que el
hecho de que la OMC no sea un foro ambiental no quiere decir que los aspectos
ambientales no son tomados en cuenta para la solución de diferencias,103 se debe
enfatizar, sin embargo, que los criterios con los que se resuelven las disputas en la
Organización son netamente comerciales.
Por otra parte, sectores ambientalistas sugieren que, cuando existan conflictos
de competencia entre un MEA y los acuerdos de la OMC, se prevea la posibilidad de
que la Corte Internacional de Justicia emita una opinión vinculante o se cree una
instancia superior de apelación de las decisiones del Organo de Apelación de la OMC
o una comisión arbitral compuesta por dos miembros designados por el presidente de
la CIJ o se garantice una jurisdicción exclusiva para resolver disputas relativas a sus
áreas.104 Esto fortalecería los mecanismos de solución de diferencias de los MEAs.
2. Disputas ambientales resueltas a través de los mecanismos de solución de
diferencias de la OMe
Una parte muy importante del acervo legal de la OMC constituye la
jurisprudencia, es decir los casos resueltos por el sistema de solución de diferencias
de la Organización.105 Existe una recopilación oficial de la jurisprudencia que aunque
no es obligatoria para fallos posteriores, es siempre tomada en cuenta y citada para la
sustentación de los nuevos. Hay que resaltar la importancia de analizar casos
concretos que enfrentan las normas del sistema multilateral con normas ambientales
implementadas por países miembros para poder determinar hasta que punto la OMC
puede ser instrumento para promover la preservación del medio ambiente.
a.
La
disputa del atún: exportación de atún mexicano hacia EE.UU.103 Introduct.ion to the
wro -
Tradlng into the Future, op. cit., p. 45.104 The Trade & Environment, Agenda: Survey of Majar Issues and Proposals, op. cit., p. 40-43.
105 El conjunto de informes adoptados por la OMC constituye la jurisprudencia de la
~uwso
-
fJlibiotec1:
Da'. h'án Fernando Gllrcé!l
Medio AmbiL7J,u )' COmt.'TlW: Un m:ercamierrtlJ ambiental o la OMC 43
Este caso es muy importante pues fue resuelto bajo las normas del GATI en
1991 y ha llamado la atención en el ámbito internacional por las implicaciones
ambientales que ha tenido. A continuación serán analizados los principales aspectos
de la disputa.
Los elementos claves sobre los que gira la disputa fueron la posibilidad de que
un país tenga la facultad de: imponer a otro regulaciones ambientales y de que las
normas comerciales permitan tomar medidas en contra de un método de producción,
en lugar de limitarse al control de calidad de los bienes.
En el Océano Pacífico los cardúmenes de atún se ubican debajo de los
cardúmenes de delfín. Cuando el atún es pescado con un tipo de redes los delfines
quedan atrapados y mueren a menos que sean liberados a tiempo. Por este particular
las autoridades estadounidenses emitieron el Acta
pata
la protección de rnamlferosmarinos que establece estándares para las flotas pesqueras americanas y para barcos
pesqueros de países que faenan el atún de aleta dorada en esa parte del .Océano
Pacífico.
En este sentido, si un país, que exporta atún a EE.UU., no puede probar a las
autoridades norteamericanas que cumple con los estándares de protección al delfín
establecidos por las normas estadounidenses, las autoridades de este país imponen
un embargo al atún del país exportador. En este caso las exportaciones de atún
mexicano fueron prohibidas por lo que interpuso un reclamo bajo las normas de
solución de diferencias del GATT en 1991. El embargo afectaba también a países que
intermediaban en la venta del atún mexicano. En esta disputa se aplicó el embargo por
intermediar a Costa Rica, Italia, Japón, Esparta, Antillas Holandesas, Reino Unido y
otros.
En febrero de 1991 México solicitó la formación de un panel para analizar el
caso y un número importante de países, calificados por las autoridades de EE.UU.
como Uintermediarios", participaron como terceros interesados. El panel dio su informe
en septiembre del mismo año y concluyó que:
[J EE.UU. no podía poner un embargo a las importaciones de atún mexicano
simplemente porque las regulaciones mexicanas no satisfacían las disposiciones
44 DI'. lván Fernando Garcés
Medin Ambic?llÚ )' Comercio: Un aC#!n:amientu fU1tIJknta/ a laOMC
americanas, aunque sí podía aplicar sus regulaciones con respecto a la calidad y
contenido del atún importado. Es decir tiene derecho a calificar al producto y no al
proceso de producción (producto versus proceso).
[J Las reglas del GATI no permitían a un país tomar medidas comerciales con el propósito de imponer leyes nacionales en otro país, ni siquiera para la protección
de animales o recursos naturales.
El razonamiento de este fallo fue que si aceptaban los argumentos
norteamericanos entonces cualquier país podría prohibir las importaciones de un
producto simplemente porgue el país exportador tiene políticas ambientales, sociales o
de salud diferentes. Esto, además, dejaría campo abierto para que cualquier país
pueda imponer sus leyes y estándares a otros países, lo que sígnificaría la posibilidad
de aplicar restricciones unilaterales y naturalmente va en contra de los propósitos del
sistema multilateral de comercio, pues afectaría la predictibilidad del sistema.11l6
Es importante seFtalar que la labor del panel no examinó si las medidas eran
ambientalmente correctas sino que se limitó a analizar que tales medidas fueran
compatibles con las normas del GATI.
Se
sugirió entonces que las disposiciones deEE.UU. podrían llegar a ser compatibles con las normas del GATI si los miembros en
disputa se ponían de acuerdo en ciertas reformas para prevenir un abuso
proteccionista que era evidente.
El panel fue consultado acerca de la viabilidad de que se etiquete el atún con la
leyenda "dolphin-sate", dejando a los consumidores la opción de comprar o no el
producto. El panel concluyó que ello no violaba las normas del GATI. Aunque el
reporte del panel no fue adoptado las partes llegaron a un acuerdo a través de
consultas bilaterales.107
106 Guide to GATI Law and Practica - Analvticallndex, op, cit. 583-585.
107 Bajo las antiguas reglas del GATI los informes del panel debían ser adoptados por
45
Da'. lván Fernando Garcé!l
Medin Amhilmte)' Comercio: Un ncncamienttJ ambienta/llla OMC
b. Disputa sobre cigarrillos de Tailandia
Según el Acta tailandesa de 1966 este país restringió la importación de
cigarrillos e impuso un arancel más elevado a las importaciones. EE.UU, solicitó la
formación de un panel para que analice el caso. Tailandia fundamentó sus medidas en
los articulos XI: 2 (c) una excepción que faculta la imposición de restricciones a la
importación si son necesarias para restringir la producción de un producto nacional
similar, y artículo XX (b) en el que consta una excepción que permite imponer
gravámenes a las importaciones para proteger la salud de personas animales y
vegetales.108
Tailandia aducía que las medidas tomadas tenían el propósito de controlar la
producción interna de la hoja de tabaco.
La
restricción se fundamentaba en el periulcioque ocasiona el cigarrillo por contener ciertas sustancias químicas y otros aditivos en
los cigarrillos lo cual constituye un peligro para la salud humana.
se
consultó a expertos de la Organización Mundial de la Salud para que indiquen sobre el peligro que representaba el cigarrillo para la salud pública. La OMSindicó que el tabaco tailandés era más fuerte que el importado y el hecho de que
exista tabaco más suave estimulaba el consumo. Los expertos también constataron
que existió una disminución en el consumo de cigarrillos debido a las leyes,
prohibiendo la importación de tabaco. La OMS sugirió que los impuestos eran un buen
mecanismo para controlar el consumo. Sin embargo, el panel concluyó que no existían
medidas internas para el control de la producción interna de tabaco.
Aunque se reconoció que el artículo
xx
del GATI permitía a las partes contratantes anteponer la salud humana sobre la liberalización comercial, el panel sepronunció en contra de Tailandia, indicando que las medidas no eran imprescindibles
dentro de los términos del artículo XX (b) porque existían otras mediadas disponibles
para controlar la cantidad y calidad de cigarrillos, para llevar a cabo los objetivos de
una política para preservar la salud y que a su vez tueran consistentes con los
compromisos y normas del GATI.109
108 Pearce, David, Intemational Trade and the Enviroment, Blue print Four, Caoturing Global
Enviroment Value, Earthscan Publications Limited, 1995, p. 86-87.
46
DI". h'án Fernando Garcés
Medio Ambj(.7J1te)' Comercio: Un (weTl.:amient.o ambientalo la OMe
En suma, aunque todo indicaba que las medidas restrictivas adoptadas por el
gobierno tailandés ayudaron a controlar el consumo de tabaco, los demandantes se
acogieron de la brecha que la medida tailandesa dejaba, que era el hecho de que la
industria tabacalera nacional resultaba favorecida. Prevaleciendo en el fallo los
criterios comerciales sobre los ambientales.
c. Conclusiones sobre las disputas ambientales
Con base a los casos estudiados podemos concluir que conforme a las normas
del GATT/aMC existen disposiciones que permiten tomar medidas para restringir el
comercio a fin de alcanzar objetivos ambientales. Pero a menudo es difícil establecer
si las medidas ambientales tienen como meta el proteger el medio ambiente, o tienen
como prioridad el proteccionismo comercial. El problema principal es que todas las
medidas ambientales suelen tener elementos favorables a la producci6n interna, lo
que puede ser entendido como proteccionismo. Por otra parte se ha visto que aunque
los efectos ambientales sean evidentes, se falla en funci6n de los intereses
comerciales. Este es, entonces, el aspecto fundamental que debe ser reconsiderado
en disputas sobre aspectos que involucren al medio ambiente.
Se debe enfatizar que los objetivos de los paneles al analizar disputas sobre el
medio ambiente no es la protecci6n de ésta, sino precautelar "que, si se han adoptado
medidas ambientales, de ser posible, estas no interfieran con el comercio y de hacerte
lo hagan cumpliendo las normas de la aMC, es decir sin discriminar el comercio
respetando los principios de trato nacional y trato de la nación más favorecida.
Es evidente que el interés de la aMC no es la defensa del medio ambiente,
pues su principal objetivo es fomentar el libre comercio. Aunque la aMC no se
contrapone a la defensa del medio ambiente, en las disputas en las que se enfrentan
estos dos temas prevalece los comercial.
En el mejor de los casos podría afirmarse que el enfoque de la aMC sobre los
problemas ambientales de la aMC demuestra que la organizaci6n no desearía
47 Da". h'án Feruandn Garcés
Medin AmhicmteJ' Comercio: Un acercamiento ambiental o la OMC
V.
CONCLUSIONES
La
economía y el medio ambiente coexistieron sin que haya habido muchocontacto entre ellas, pues, se daba poca importancia a los costos ambientales
generados por el crecimiento económico y el comercio intemacional. Sin embargo,
esto ha cambiado, pues existe evidencia de que se ha llegado a los límites de la
capacidad regenerativa natural del planeta. Este hecho toma mayor importancia en los
actuales momentos, en que se vive un gran auge de liberación de los mercados
mundiales, lo que ha llevado a que tanto en foros ambientales como comerciales se
empiecen a tomar en cuenta los aspectos ecológicos y crezca el interés por su
preservación a nivel internacional.
se
ha recomendado que se abran las fronteras y que se permita el libre flujo de mercancías y dinero para enfocar las economías hacia la producción para laexportación. Si bien es verdad que la economía mundial en las últimas décadas ha
crecido enormemente, no es menos cierto que el mundo tiene más gente pobre que
antes, y existe una mayor brecha entre pobres y ricos, a lo que hay que sumar el gran
deterioro que han sufrido los ecosistemas por no
tomar
en cuenta, suficientemente, asuntos como la escala apropiada de la actividad económica, los peligros de lasexcesivas emisiones de CO2, ni la pobreza mundial que es un factor importantísimo en
el deterioro ambiental.
El libre comercio ha dado lugar a una gran cantidad de efectos como una
rápida generación de empleo doméstico, crecimiento de ingresos y saldos positivos en
la balanzas comerciales, el incremento de la importación de bienes y servicios
estratégicos y ha atraído la inversión extranjera directa, dando lugar a cierta
transferencia tecnológica. Sin embargo, en países donde las actividades económicas
reflejan un comercio creciente, se puede observar serios daños ecológicos cuando no
son tomadas políticas ambientales complementarias. Además, cuando la actividad
económica crece a niveles elevados se amenaza la viabilidad de las mismas
actividades económicas que se promueven. En estos casos, el comercio se vuelve
insostenible y se reducen significativamente las posibles perspectivas de comercio en
el futuro. Por lo que es necesario diseñar políticas para mitigar los efectos negativos
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D,-. lvlÍn Fernando Garcéll
Medin Ambic.'1IU )' OJmc.7CÜJ: Un nceTcamientlJ ambiental o la OMC
desarrollo, políticas de liberalización comercial y en los programas de ajuste
estructural.
Las críticas a la OMC se producen en el contexto de la existencia de un nuevo
elemento en el orden internacional que se encuentra basado en el reconocimiento de
la crisis ambiental y está plasmado en la Conferencia de la Naciones Unidas sobre el
Ambiente y el Desarrollo.
Aunque la OMC tiene disposiciones que regulan aspectos relacionados con la
salud humana, animal y vegetal, la OMC ha reconocido que sus objetivos están
orientados a impedir que no sea obstruido el libre comercio y que sólo tiene
competencia para conocer asuntos comerciales, siendo su obligación analizar temas
relacionados con el comercio que surgen cuando políticas ambientales tienen un
efecto significativo en él.
El Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio, que cubre todos los
procesos o estándares que se considera que interfieren con el comercio internacional,
ha sido criticado porque es puede ser utilizado como un medio para impedir la
aplicación de políticas para la protección del medio ambiente, como el ecoetiquetado.
La forma en que son abordados los temas de Agricultura y Subsidios es
observada por las contradicciones que se manifiestan entre los acuerdos de la OMe y
el libre comercio. pues violan los postulados básicos de la libre competencia, como es
el caso de los subsidios a la agricultura. Como está planteada la liberalización en esta
área podría generarse un gran impacto ambiental en países en desarrollo donde los
más perjudicados serían los campesinos, corriendo muchos países el peligro de la
imposibilidad del auto abastecimiento alimentario_ También otro aspecto sensible es la
fonna en que están concebidas las reducciones de los subsidios en esta área.
Dentro del Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias el punto más
conflictivo es que para poner barreras al comercio, en este acuerdo se exige la
existencia de pruebas científicas contundentes y en caso de incertidumbre científica no
sería posible hacerlo, sino solamente la aplicación de medidas temporales. Para los
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Dr. íván Fernando Gan-,és
Metlin Ambi..7J1tt! )' Comeircio: Un ace,,:amienttJ ambkntal a la OMC
comercio de productos modificados genéticamente de los cuales hasta el momento no
existe, a ciencia cierta, prueba de ser o no perjudlciales para el ser humano.
Con relación a los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el
Comercio, si bien es cierto estimulan la investigación de nuevas tecnologías y su
mejoramiento, se debe admitir que ello eleva su precio, y por ende se incrementan los
costos de la protección del medio ambiente. Ello contradice los compromisos
contraidos en varios acuerdos ambientales por los paises desarrollados en relación
con la transferencia de tecnología.
Las normas que regulan la propiedad intelectual han dejado de lado un amplio
sector de la creatividad humana como el acervo intelectual de las comunidades indígenas, es decir sus conocimientos ancestrales, expresiones artísticas y culturales
que tienen un valor fundamental para sus titulares. Por lo que es necesario el
desarrollo de una forma de reconocimiento sui generis intemacional para el
conocimiento ancestral, de modo de que se reduzca su apropiación indebida y
explotación sin autorización, y se disminuya el riesgo de destrucción de estos
conocimientos como de las culturas que los generaron.
En cuanto al debate existente entre Acuerdos Multilaterales Ambientales y los
Acuerdos de la ÜMC, se puede decir que los MEAs tienen debilidades intrínsecas con
respecto a los de la üMC porque el medio ambiente es visto como un costo, además
los Acuerdos Ambientales no cuentan con un sistema sólido para la solución de
diferencias lo que contribuye a los altos niveles de incumplimiento.
La posición de la üMC respecto al conflicto entre MEAs y üMC es clara.
Primeramente, se niega la existencia de un problema importante, además se está a
favor de que preferiblemente no se tomen medidas que restrinjan el comercio y se
mantiene en que las medidas ambientales no se contraponen con la ÜMC mientras no
sean discriminatorias. Cabe señalar al respecto que la determinación de la
discriminatoriedad queda en el ámbito de la ÜMC, la misma que se la hace con
criterios netamente comerciales.
Ante esta situación, quienes están preocupados por la protección del medio
50
D.·. lván Fernando Garcoés
Medio Ambil.'11U}' Comercio: Un acacamiento ambienta/lila OMC
'eficaces. Se ha $ugerido que se lo haga al interior de la estructura de la aMC, pero
parece que en lugar de mejorar la relación entre los Acuerdos Ambientales y la OMC
en el seno de esta última, es mejor procurar el fortalecimiento de los regímenes
ambientales intemacionales, incluyendo los compromisos de la "Agenda 2~"
acordados en Río en 1992.
Existe un conflicto alrededor de los procedimientos de solución de diferencias
de la aMC por lo que se sugiere que para resolver las disputas y apelaciones sobre
temas ambientales se incluya como miembros de los grupos conformados para
resolver las disputas (panelistas), a expertos en desarrollo sostenible, y, por otro lado,
que se incremente el grado de transparencia a fin de que terceros interesados tengan
la oportunidad de argumentar en casos que tienen que ver con el medio ambiente.
En base a los casos examinados de solución de disputas ambientales se puede
decir que cuando se encuentran sobre la balanza intereses comerciales y ambientales
se ha visto que, aunque el beneficio para el medio ambiente sea evidente, se falla en
función de los intereses comerciales. En el sistema de solución de diferencias de la
aMC el objetivo al analizar disputas sobre el medio ambiente no es la protección de
ésta, sino precautelar que, si se han adoptado medidas ambientales, éstas no
interfieran con las normas de la aMC, pues de hacerlo estas últimas prevalecen. Si se
es optimista, podría afirmarse que el enfoque de la aMC sobre los problemas
ambientales de la aMC demuestra que la organización no desearía interferir con los
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Dr. IvlÍn }'eruandn Garcés
Meáin .4mbic.7J1teJ' Comercio: Un «cercamien/IJ ambiental o la OMC
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